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Comunicación

Emprender por Decreto: Un Análisis de las Medidas de Apoyo y Regulación en España

by Admin on 20/05/2026

"Gobernar por decreto" es la expresión coloquial de un conjunto de técnicas de producción normativa que tienen un importante impacto empresarial. Estas técnicas son fundamentales en la relación entre el poder ejecutivo y el legislativo. Por un lado, el Gobierno dirige la actividad de una Administración que está plenamente sujeta a las leyes que emanan de los parlamentos. Sin embargo, no siempre el Gobierno dispone de la mayoría parlamentaria que le permita afrontar sus proyectos.

Real Decreto-ley vs. Real Decreto

Es crucial diferenciar entre "Real Decreto-ley" y "Real Decreto". Los Reales Decretos-leyes están previstos en la Constitución Española (en el artículo 86) para que el Gobierno pueda aprobar una norma con rango de ley (como las que se aprueban en las Cortes Generales) sin contar con la previa aprobación parlamentaria. En definitiva, con los reales decretos leyes, el Gobierno consigue introducir medidas que exijan la rápida aprobación de normas con rango de ley sin necesidad de pasar previamente un proceso parlamentario.

Por otro lado, existe una serie de materias en las que no se puede emplear la figura del real decreto ley. Entre ellas, se encuentran los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos y, dentro de los deberes se encuentra el de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos. Sin embargo, el Tribunal Constitucional tiende, cuando se le ha planteado, a no declarar inconstitucionales, generalmente, los decretos leyes relacionados con cuestiones fiscales.

Por su parte, el "Real Decreto" (o, simplemente, "decreto") se refiere a una norma aprobada por el Gobierno con rango de reglamento, de jerarquía inferior a una norma con rango de ley. Constituyen un mecanismo muy importante de acción gubernamental en tiempos de falta de mayoría parlamentaria. Sin embargo, no puede traspasar lo establecido por las leyes. Así, si un artículo de un decreto contradice lo establecido en una norma con rango de ley, puede ser anulado por el Tribunal Supremo a través de diversos procedimientos. Son importantes porque contribuyen a desarrollar detalles que las normas con rango de ley solamente regulan en términos generales. Por ejemplo, en el ámbito fiscal existen muchos reglamentos de desarrollo de la Ley General Tributaria y de las leyes de los impuestos.

En los casos en los que el Gobierno decida aprobar reformas mediante un real decreto, estas seguirán en vigor mientras no sea aprobado otro en sentido contrario. No obstante, si, de un modo u otro, cambiase el signo político del Gobierno, es probable que los nuevos responsables iniciasen otro tipo de reformas que, en algunos casos, puedan tener un sentido contrario. En todo caso, esas decisiones no dependerían del juego de mayorías parlamentarias, al no ser normas que pasen por las Cortes Generales.

Incentivos a la I+D+i y el Fomento del Emprendimiento

La economía española se caracteriza por su dinamismo, aunque ha acumulado desequilibrios económicos y financieros. Las reformas estructurales aplicadas desde principios de 2012 persiguen tres objetivos principales: estabilidad macroeconómica, solidez financiera y canalización del crédito hacia la inversión productiva. Dentro del tejido empresarial español, las pymes y los autónomos son clave. Por ello, es imprescindible que las Administraciones Públicas potencien y faciliten la iniciativa empresarial, especialmente en la coyuntura económica actual.

Un claro ejemplo de incentivo fiscal de carácter supranacional es el IP-Box (Patent Box), que nace de la OCDE y está presente en 14 de los 27 países de la Unión Europea. Se trata de una herramienta financiera 100% catalizadora de innovación, ya que premia a empresas que invierten realmente en innovación. Cualquier empresa constituida en España que realice actividades de I+D+i puede aplicarse una serie de deducciones en el Impuesto de Sociedades.

¿Qué es la I+D+i? Son las iniciales de Investigación (I), Desarrollo (D) e Innovación (i) tecnológica (a veces también denominada IT).

  • Investigación (I): Búsqueda original y planificada que persigue descubrir nuevos conocimientos y una superior comprensión en el ámbito científico y tecnológico.
  • Desarrollo (D): Aplicación de los resultados de la Investigación a través de la fabricación de nuevos productos, el diseño de nuevos procesos, así como la mejora tecnológica de materiales, productos, procesos de sistemas preexistentes.
  • Innovación tecnológica (i o IT): Incluye las actividades cuyo resultado sea un avance tecnológico o mejoras sustanciales de productos o procesos ya existentes.

Incentivos Específicos en las Islas Canarias

Las Islas Canarias son un lugar idóneo para invertir y emprender gracias a su sistema de incentivos a la I+D+i. En el caso concreto de las empresas con domicilio fiscal en las Islas Canarias, en virtud de lo establecido en el artículo 94 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, se aplicará un incremento del 30,6% de la deducción (45% + 30,6% = 75,6%) al gasto de I+D del año en cuestión que exceda a la media del gasto en actividades de I+D de los dos años inmediatamente anteriores.

Esta aplicación es directa, libre y general, si se cumplen los requisitos cualquier empresa puede optar a ella. No se requiere el éxito del proyecto a ningún nivel, ni el tecnológico ni el comercial. Existe la posibilidad de Monetizar la deducción fiscal, que consiste en solicitar a Hacienda la devolución del exceso de deducción cumpliendo una serie de requisitos y que se contemplan en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre y más concretamente en el artículo 26, apartado 1.

La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) nació para fomentar la inversión productiva en Canarias, así como la inversión en la creación y desarrollo de infraestructuras públicas, con el objetivo "sine qua non" de generar empleo de calidad. Este incentivo fiscal supone un importante beneficio fiscal para las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades y para las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas mediante establecimiento permanente en el Archipiélago Canario, tengan o no su domicilio fiscal en él.

Análisis Nueva Ley de Emprendedores 2013- Modificaciones fiscales: IRPF-IGIC

Bonificaciones a la Seguridad Social para Personal Investigador

En virtud de lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador, los trabajadores que tendrán derecho a dichas bonificaciones son “aquellos incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de la de cotización al Régimen General de la Seguridad Social que, con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa dedicada a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, se dediquen a la realización de las citadas actividades, ya sea su contrato de carácter indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado. En este último caso, el contrato deberá tener una duración mínima de tres meses”.

Medidas para el Fomento del Autoempleo y Nuevas Empresas

El Plan Nacional de Reformas, puesto en marcha por el Gobierno, tiene como objetivos mejorar la empleabilidad de los jóvenes, aumentar la calidad y la estabilidad del empleo, promover la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado laboral y fomentar el espíritu emprendedor.

Subvenciones al Autoempleo

Existen ayudas para personas desempleadas que se den de alta como trabajadoras autónomas en diversas modalidades, incluyendo trabajadores por cuenta propia, miembros de sociedades civiles o de comunidades de bienes, y socios de sociedades mercantiles, cooperativas o sociedades laborales. Están excluidas las personas autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación, los familiares de personas socias o los miembros de órganos administradores de sociedades mercantiles no unipersonales.

El importe final de la ayuda será el 80% de los gastos justificados, conforme a los costes subvencionables. El gasto mínimo para tener derecho a la ayuda será de, al menos, 1.000 euros en el total de gastos justificados. Las cuantías máximas varían según el colectivo:

Categoría Gastos Corrientes (Máximo) Gastos en Inmovilizado (Máximo) Cuantía Total Máxima
Trabajador por cuenta propia (general) 2.800€ 2.800€ 5.600€
Jóvenes (<30 años), mujeres, mayores (>45 años), parados de larga duración, víctimas de violencia/terrorismo, discapacidad (>=33%) 3.400€ 6.200€

Las solicitudes se presentan con carácter general en el plazo máximo de los tres meses siguientes a la finalización de cada periodo de doce meses de disfrute de la reducción o bonificación. En el caso de autónomos que hubiesen percibido el subsidio por desempleo para mayores de 52 años, las solicitudes se presentarán en los tres meses siguientes a la finalización de los doce meses tras el alta en el RETA o en la mutualidad.

Las personas solicitantes deben cumplir ciertos requisitos, como estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y no haber recibido subvenciones superiores a los 300.000 euros en total durante tres ejercicios fiscales.

Apoyo a la Creación de Cooperativas y Sociedades Laborales

Se subvencionará parte de los gastos iniciales de constitución de nuevas cooperativas y sociedades laborales, así como de calificación definitiva de empresas de inserción, y parte de los gastos de Seguridad Social de los socios constituyentes de estas entidades, en el caso de que optaran por el Régimen General de la Seguridad Social.

  • Hasta un máximo de 12.000 euros por entidad de nueva creación.
  • El importe se ampliará hasta los 15.000 euros para nuevas entidades que desarrollen su actividad en municipios de menos de 2.500 habitantes, entidades puestas en marcha por menores de 30 años, y entidades que desarrollen su actividad en sectores como el energético, social, medioambiental, nuevas tecnologías, dependencia o educación.

Los gastos subvencionables incluyen cotizaciones al Régimen General de la Seguridad Social de los socios constituyentes, honorarios de notarios, registradores, ingenieros técnicos, letrados, asesores y gestorías, gastos de relevo y/o traspaso de negocio, estudios de viabilidad y planes de empresa, tasas e licencias, alquiler de local, gastos de mantenimiento web, entre otros.

Simplificación de Trámites y Lucha contra la Morosidad

La Ley 18/2020 de Facilitación de la Actividad Económica y el Decreto 131/2022 del Reglamento de la Ley de facilitación de la actividad económica, simplifican la presentación de documentación y recortan los tiempos de los trámites con las administraciones. Una manera fácil de hacer los trámites es a través de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), donde la tramitación no tiene ningún coste y la constitución se realiza en un tiempo mínimo.

La lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales también ha sido objeto de atención legislativa. Se establecen plazos de pago, una indemnización fija de 40 euros por costes de cobro sin necesidad de petición previa, y se prohíben las cláusulas que excluyan esta indemnización, salvo que el deudor demuestre que dicha exclusión no es abusiva. Estas medidas buscan mejorar las reglas de contratación mercantil y la resolución eficaz de conflictos.

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