Todo lo que necesitas saber sobre las SICAV: un vehículo de inversión clave
Es probable que hayas oído hablar mucho de las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) y es posible que todavía no tengas muy claro en qué consisten ni si son una fórmula de inversión a la que te puedes acoger. Las SICAV son un instrumento de inversión que combina características de un fondo y de una sociedad anónima. Una SICAV es una Sociedad de Inversión de Capital Variable, es decir, una institución de inversión colectiva en forma societaria cuyo capital puede aumentar o reducirse en función de las suscripciones y reembolsos de los inversores.
Desde un punto de vista más práctico, las SICAV son como un fondo de inversión con personalidad jurídica (los fondos no la tienen). La misión de una SICAV es la misma que la de un fondo de inversión, solo que tiene forma de sociedad anónima, de empresa. De hecho, las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) son vehículos de inversión colectiva que permiten a múltiples inversores agrupar su capital para invertir en diversos activos financieros.
¿Qué es una SICAV y cómo funciona?
Una SICAV se trata de una sociedad anónima cuyo objetivo principal es la inversión colectiva en activos financieros. A diferencia de los fondos de inversión tradicionales, estas entidades poseen personalidad jurídica propia, lo que les confiere una estructura similar a la de una empresa. Estas sociedades operan como un fondo de inversión, pero con la diferencia de que sus inversores son accionistas con derecho a voto en la toma de decisiones.
El funcionamiento de una SICAV es relativamente sencillo. Toma el capital invertido por los socios y lo invierte en toda clase de activos para obtener rentabilidad. En este punto no existen muchos límites sobre dónde y cómo invertir. Sí que hay límite a la rentabilidad que puede obtener. Una SICAV no puede hacer crecer su patrimonio más allá de lo que marquen sus estatutos. En cualquier caso, la propia ley establece que la SICAV nunca podrá tener un patrimonio 10 veces superior al capital inicial.
La forma jurídica de la SICAV hace que, a diferencia de un fondo de inversión, no tenga partícipes, sino accionistas. La propia empresa es la que se encarga de todo y se autorregula. Toda SICAV articula unas piezas básicas:
- Una Management Company (ManCo) designada por la SICAV, responsable de la gestión global y funciones UCITS/AIFM (cumplimiento, riesgos, reporting, delegaciones).
- Un Investment Manager o Investment Advisor, que realiza o asesora las decisiones de inversión (delegado por la ManCo).
- Un depositario (custodia y control).
- Un consejo (gobierno y supervisión).
- Un auditor externo.
La gobernanza es el armazón que sostiene la confianza. El mundo de la inversión es cada vez más diverso, polifacético y variado. En todo caso, eso sí, se trata de conocer en profundidad el producto o solución de inversión que se contrata o, en su defecto, elegir adecuadamente al compañero de viaje. Dado que es de carácter general, esa filosofía puede resultar útil para cualquier movimiento o estrategia.
Tipos y formatos de SICAV: España vs. Luxemburgo
Aunque el término “SICAV” se usa en varios países europeos, el formato, los requisitos y la supervisión varían por jurisdicción. Los requisitos (capital mínimo, número de accionistas, gobierno, políticas de inversión, límites de concentración, información periódica) dependen de la jurisdicción. Por ejemplo, en Luxemburgo no hay accionistas, sino partícipes, como en un fondo de inversión.
En muchas jurisdicciones, una SICAV puede subdividirse en compartimentos (subfondos) con carteras, objetivos y políticas independientes, pero que comparten una misma “cáscara” legal y operativa. Un compartimento es, en la práctica, una “cartera con reglas propias” dentro de la misma SICAV.
Esta combinación permite ajustar la exposición sin cambiar de vehículo, manteniendo la coherencia operativa y de reporte. La SICAV es una “cáscara” regulada que, bien diseñada, combina diversificación, gobierno sólido y eficiencias operativas. En Luxemburgo (UCITS/OICVM), su pasaporte y ecosistema la convierten en una solución versátil para distribuir estrategias a distintos países.
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Requisitos para crear una SICAV en España
Las SICAV como el resto de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) están regidas en España por la Ley 35/2003. Para constituir una SICAV se necesita un número mínimo de 100 accionistas y 2,4 millones de euros de capital mínimo, y solo puede llegar a tener un capital máximo que exceda 10 veces su capital inicial.
En España, las SICAV adoptan la forma de Sociedades Anónimas (S.A.). El regular competente en España exige a las SICAV la obligación de tener que aportar información cada trimestre, semestre y año, información en lo relativo a su operativa. Además, la legislación actual regula con bastante detalle los que denomina «activos aptos para la inversión».
Toda SICAV debe cumplir una serie de condiciones para poder ser considerada como tal. Estos requisitos de las SICAV son:
- Contar con 100 accionistas o más de partida.
- El capital mínimo de la SICAV es de 2.400.000 euros.
- Estar bajo la tutela y control de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
- Limitaciones a las inversiones y los porcentajes que pueden invertir:
- Coeficiente de control: No más del 5% de los valores deben de ser emitidos o avalados por una misma entidad.
- Coeficiente de diversificación: No más del 5% de su activo invertido en valores de una misma sociedad. Este límite queda ampliado al 10%, siempre que el total de las inversiones de la sociedad en valores en los que se supere el 5%, no exceda del 40% del activo de la misma.
- Coeficiente de inversión: Al menos el 90% del activo estará invertido en valores mobiliarios admitidos a cotización en mercados organizados reconocidos oficialmente.
- Coeficiente de Liquidez: Mínimo 3%.
En los últimos años, el Gobierno ha introducido modificaciones para evitar que este modelo de inversión se utilice como un vehículo exclusivamente personal en lugar de colectivo. La principal reforma consiste en que solo se computarán, a efectos del número mínimo de 100 accionistas, aquellos que tengan una participación superior al 0,55%. Si una sociedad de inversión tiene un capital de 2,4 millones de euros, deberá contar con 100 accionistas, cada uno con una inversión superior a 13.200 euros, asegurando así su carácter colectivo.
Las SICAV cotizan en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Como cualquier empresa, las SICAV pueden cotizar en bolsa, concretamente en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). A través del MAB puedes comprar acciones de cualquier SICAV igual que lo haces de una empresa. Así te convertirás en accionista y disfrutarás de los rendimientos que consiga la SICAV.
Fiscalidad de las SICAV
La diferencia fundamental entre las SICAV y otras formas de inversión está en la fiscalidad. La fiscalidad de las IIC difiere por país y por tipo de inversor (persona física/jurídica, residente/no residente).
Los beneficios netos de las operaciones de una SICAV tributan al 1% en el Impuesto de Sociedades, igual que los de cualquier otra IIC, tanto fondos como sociedades de inversión. Para poder disfrutar de ese tipo del 1%, la SICAV debe tener por lo menos 100 socios. Este tipo es muy bajo, sobre todo si lo comparamos con el tipo general del 25% que pagan las empresas de España en el Impuesto sobre Sociedades.
El razonamiento detrás de esta tributación tan baja es que como todos los beneficios de las SICAV tienen que acabar reinvirtiéndose en nuevas inversiones, no tiene sentido tributar mientras los accionistas de la empresa no retiren su dinero de la misma. Por tanto, este 1% es algo simbólico (en otros países de la Unión Europea, el tipo llega a ser tan reducido como un 0,01%), ya que la tributación real viene cuando los accionistas retiran el dinero de la SICAV.
Una vez que se produce este reembolso definitivo, el inversor tendrá una retención de un 19% que después se ajustará mediante el tipo aplicable en su declaración de la renta. Como accionista de una SICAV solo pagarás dinero cuando recuperes tu dinero, algo que por ley no estás obligado a hacer en ningún momento. Al hacerlo ese beneficio tributará en el IRPF como una ganancia o pérdida patrimonial, igual que con cualquier otra acción. Esto quiere decir que pagarás entre un 19% y un 26% a Hacienda dependiendo del dinero que hayas ganado.
Además, también están exentas de pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Estos beneficios fiscales han provocado que muchas grandes fortunas se hayan acogido a esta fórmula de inversión para evitar o al menos aplazar el pago de impuestos. Este motivo es el que ha generado la mala prensa que habitualmente se asocia con estas sociedades.
Existen dos excepciones a esta norma general con las que no pagarás impuestos:
- Traspaso de una SICAV a otra: Podrás eludir el pago de impuestos si realizas un traspaso en lugar de un reembolso, igual que ocurre con los fondos de inversión. El único requisito es que la SICAV de destino debe tener más de 500 accionistas de origen, es decir, haber sido fundada por más de 500 personas.
- Reducciones de capital: Cuando una SICAV reduce su capital no está repartiendo beneficios, por lo que no hay ganancia por la que tributar. Esta podría parecer una fórmula para eludir sistemáticamente pagar impuestos al hacer la declaración renta. Sin embargo, es un movimiento que solo se puede hacer una vez.
En algunos casos las SICAV están controladas por una sola persona que es la que aporta el capital y decide su destino, con lo que se trata de sociedades unipersonales de facto. Cuando la sociedad está controlada por una sola persona se corre el riesgo de que esta, en lugar de retirar el dinero de la misma, pagar impuestos y después utilizar estos fondos para pagar bienes o servicios, realice sus gastos a través de la sociedad, evitando así el pago de impuestos.
Finalmente, las SICAV no son inspeccionadas por la Agencia Tributaria, sino que por ley es la CNMV la encargada de hacerlo.
Ventajas y desventajas de invertir en una SICAV
Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV) ofrecen una serie de ventajas a sus accionistas:
- Fiscalidad: Los beneficios obtenidos por la sociedad se gravan con un tipo impositivo del 1 %, en lugar del 25 % que se aplica a las empresas ordinarias. Además, es posible diferir el pago del gravamen hasta el momento del reembolso.
- Liquidez: Permiten la compra y venta de acciones en cualquier momento a través de los mercados secundarios.
- Accesibilidad: Cualquier persona puede invertir en una SICAV, siempre que esta se encuentre abierta a todos los públicos. Al hacerlo, se convertirá en accionista de la misma.
- Diversificación y gestión profesional: Permiten a los inversores minoristas y a los grandes patrimonios invertir en una amplia gama de activos financieros, con una gestión profesional y diversificada.
- Flexibilidad: La propia empresa es la que se encarga de todo y se autorregula, permitiendo a los socios con participación significativa influir en la política de inversión.
Pese a las ventajas que ofrecen, el número de sociedades de este tipo que se disuelven aumentan y en los últimos años solo 6 de cada 10 han conseguido rentabilidad. Este modelo de inversión ha sido durante años una opción atractiva por su fiscalidad reducida y flexibilidad operativa. Sin embargo, las recientes reformas han restringido su uso para garantizar su propósito original de inversión colectiva.
Cierre de SICAV en España: ¿qué puede pasar en el futuro?
La familia Sainz de Vicuña, dueña histórica de Coca-Cola, ha sido la última en liquidar su sociedad de inversión de capital variable y no está sola. Desde finales del año pasado el goteo de SICAV que están cerrando o trasladándose fuera de nuestras fronteras es incesante. A día de hoy hay 1.000 SICAV menos que en 2015, cuando marcaron su máximo.
Detrás de este éxodo están los cambios fiscales que plantea el proyecto de Ley de medidas de prevención contra el fraude que se está tramitando en el Congreso de los Diputados. Estos cambios pasan por elevar hasta los 2.500 euros la inversión mínima por cada socio. También se plantea que esta aportación inicial mínima sea de 12.500 para las SICAV por compartimentos.
Sin esa inversión mínima la SICAV no podría tributar al 1% y lo haría al 25%, como cualquier empresa. Además, también sería necesario que los socios permaneciesen en la SICAV por lo menos tres cuartas partes del año. Esta es la forma con la que se pretende eliminar la figura del mariachi o hombre paja. En otras palabras, accionistas con una inversión que normalmente no supera los 100 euros y que están ahí para que la sociedad alcance ese mínimo de 100 socios.
Para evitar la fuga masiva de los grandes patrimonios, la nueva ley daría a las SICAV seis meses para invertir el dinero en otras IIC que sí cumplan con los nuevos requisitos. Estas medidas ponen en riesgo la continuidad de un 45% de las sociedades de este tipo que hay en el país. De las 2.410 sociedades de inversión de capital variable, casi la mitad dispone de un patrimonio inferior al que los expertos consideran aconsejable para mantener este sistema.
Ahora ya sabes cómo funciona una SICAV, que puedes invertir en ellas y cuál puede ser su futuro. Si tras analizar este vehículo de inversión cree que puede interesarle, no tiene más que contactar con un asesor para ampliar información o para comprar acciones de cualquier SICAV, puesto que otra de las ventajas de estos productos es que pueden adquirirse títulos de los mismos desde cualquier entidad financiera.
Aviso: Este contenido es informativo y no constituye recomendación de inversión ni invitación a operar.
