Cómo Denunciar un Negocio por Falta de Higiene en España
La denuncia por falta de higiene en un negocio tiene por objeto poner en conocimiento de la autoridad administrativa las infracciones en materia sanitaria. Estas pueden afectar al propio denunciante, a un colectivo o comunidad, o al entorno urbano. Es fundamental para salvaguardar la salud pública y asegurar el cumplimiento de las normativas vigentes.
Tipos de Denuncias Relacionadas con la Higiene
Higiene de los Alimentos
Se podrá denunciar cualquier actividad alimentaria que, según la perspectiva del denunciante, observe malas prácticas higiénicas, deficiencias estructurales, mal estado de los alimentos, etc., independientemente de si le ha causado un perjuicio directo o no.
Este tipo de denuncias, si afecta directamente al consumidor, puede constituirse en una reclamación. Para ello, se puede acudir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), previo rellenado de las correspondientes hojas de reclamaciones.
Salubridad Urbana
Son las denuncias relativas a actitudes, hábitos o situaciones que afectan al entorno urbano y de modo particular, tanto en zonas públicas como privadas.
Proceso General de una Denuncia por Falta de Higiene
Cuando se presenta la denuncia, esta es registrada y se intenta averiguar todos los datos adicionales que sean necesarios. Posteriormente, se realiza una inspección para comprobar los hechos denunciados.
¿Me puedo LLEVAR LA HOJA DE RECLAMACIONES a CASA?. Cómo se rellena la hoja de reclamaciones
La tramitación de la denuncia será competencia del Centro de Salud Pública del Departamento que tenga asignado el municipio en el que se ubique el establecimiento denunciado o el establecimiento en que se ha adquirido el producto alimentario.
Marco Normativo
La denuncia por falta de higiene se ampara en diversas leyes y reglamentos, tanto a nivel europeo como nacional y autonómico. Algunos de los más relevantes incluyen:
- Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana.
¿Dónde y Cómo Presentar una Denuncia?
Autoridades Competentes
En materia de seguridad alimentaria y de condiciones de higiene de los establecimientos públicos de hostelería, de restauración o de alimentación, se puede contactar y poner los hechos en conocimiento de la autoridad sanitaria competente en seguridad alimentaria.
- A nivel estatal: Existe la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), adscrita orgánicamente al Ministerio de Consumo, y funcionalmente a dicho Ministerio, al Ministerio de Sanidad y al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La AESAN integra y desempeña las funciones relacionadas con la seguridad alimentaria y la nutrición saludable.
- A nivel autonómico: En la Junta de Andalucía, por ejemplo, se trata de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Consejería de Salud y Consumo. Similarmente, en otras comunidades autónomas existen organismos equivalentes.
Para poner en conocimiento de la administración sanitaria hechos que puedan suponer un incumplimiento normativo y/o un posible riesgo para la salud desde el punto de vista alimentario, se puede dirigir un escrito identificándose con su nombre, dirección, localidad, código postal, provincia, DNI y, en su caso, correo electrónico, ante la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Consejería de Salud y Consumo, en los Servicios de Salud de las Delegaciones Territoriales de la misma Consejería, o al Director del Distrito Sanitario o Área de Gestión Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud.
Vías de Denuncia
Presentación Telemática
Para la presentación telemática de la denuncia y de la documentación que se adjunte, se suele realizar a través de un enlace específico en la sede electrónica de la administración correspondiente (ej. SOLICITUD PRESENTACIÓN AUTENTICADA).
Para acreditar la identidad y firmar electrónicamente los documentos, deberá disponer de un sistema de firma electrónica basado en certificados electrónicos expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». Ejemplos de estos son el DNIe (DNI electrónico), los certificados emitidos por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y los certificados de persona jurídica, empleado público o persona física emitidos por la ACCV (Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana).
El proceso general para la presentación telemática incluye:
- Identificarse con idCAT Mòbil o certificado digital.
- Rellenar el formulario en línea.
- Adjuntar la documentación: haciendo clic en el botón “Adjunta” y buscando el documento en su ordenador.
- Enviar el formulario: si faltan datos obligatorios o algún dato no es correcto, aparecerá un mensaje de error y se resaltarán los campos que deben revisarse.
- Recibo de registro: Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparecerá el recibo de registro en la pantalla. Asimismo, la administración que gestiona esta denuncia notifica a la persona denunciante el trámite que se le dará.
Respecto a la DOCUMENTACIÓN A ANEXAR, es recomendable que, antes de iniciar el trámite, se reúnan todos los documentos, se cumplimenten, firmen electrónicamente y guarden en su ordenador, de modo que posteriormente se incorporen en el paso correspondiente del trámite telemático.
Importante: Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos solo pueden realizar este trámite por internet.
Denuncias de Consumo
Si las cuestiones relativas a etiquetado de los alimentos no cumplen las disposiciones normativas y, por lo tanto, podrían suponer una información incorrecta a la persona consumidora, pueden ser puestas en conocimiento de la oportuna autoridad autonómica de consumo, utilizando para ello la oportuna hoja de quejas y reclamaciones o la denuncia correspondiente.
Si ha tenido algún conflicto o discrepancia con algún establecimiento de alimentación, puede solicitar la oportuna hoja de quejas y reclamaciones. Si observa alguna conducta que pudiera ser constitutiva de infracción administrativa en materia de consumo, podrá interponer la oportuna denuncia de consumo.
Si la persona consumidora ha sido afectada por un alimento en mal estado adquirido en un establecimiento de alimentación, o consumido en un establecimiento de restauración u hostelería, podrá obtener información sobre las pautas a seguir en este contenido.
Canales Internos de Información (Whistleblowing)
Las personas jurídicas, para las que trabaje o con las que mantenga cualquier otro tipo de relación en un contexto laboral o en las que ostente una participación significativa, pueden utilizar canales internos de información para denunciar acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave. La protección prevista en la citada Ley no será de aplicación a las informaciones que afecten a la información clasificada.
Las comunicaciones especificarán las circunstancias que faciliten la identificación de las acciones o las omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa que se quieren poner en conocimiento del Ministerio de Sanidad, por lo que en todo caso es obligatorio describir la conducta contraria al derecho.
Es voluntario rellenar los campos identificativos de la persona que presenta la comunicación. El canal interno de información permitirá incluso la presentación y posterior tramitación de comunicaciones sin identificación del informante. Las comunicaciones realizadas a través de reunión presencial se documentarán a través de una transcripción completa y exacta de la conversación realizada por el personal responsable de tratarla.
Se garantiza la confidencialidad en la gestión del canal interno de información. Serán objeto de comprobación todas las comunicaciones que se presenten, salvo aquellas en relación con las que proceda acordar su inadmisión a trámite; en tal caso, se archivarán.
El informante debe tener una creencia razonable sobre la certeza de la información que comunica y no formular comunicaciones con mala fe o abuso de derecho. Las revelaciones hechas en virtud de este apartado estarán sujetas a salvaguardas establecidas en la normativa aplicable. En particular, se trasladará al informante antes de revelar su identidad, salvo que dicha información pudiera comprometer la investigación o el procedimiento judicial.
Vía Judicial
Si se está ante la comisión de un posible delito contra la salud pública, la vía que se debe utilizar es la judicial. La denuncia no comporta beneficios ni reparación de los daños. En todo caso, puedes dirigirte a los juzgados ordinarios.
Consideraciones Adicionales
La persona denunciante no tiene la condición de interesado, según los términos previstos en el art. (del procedimiento administrativo).
Al margen de lo expuesto, cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea podrá poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (S.N.C.A.).
Si no estuviese de acuerdo con la respuesta dada a su pretensión, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), C/ Jorge Juan, 6. 28001.
Si necesita información en materia de consumo no dude en contactar con los organismos pertinentes. Si prefiere un servicio de atención presencial, puede acercarse a alguno de los Servicios Provinciales de Consumo, presentes en todas las capitales de provincia andaluzas, por ejemplo.
*El horario de atención telefónica es de lunes a viernes, de 8.00 a 20.00 horas; y sábados, de 8.00 a 15.00 horas, excepto festivos nacionales y autonómicos.
