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Comunicación

Declaración Responsable PYME en SEFCARM: Qué es y Cómo Realizarla

by Admin on 26/05/2026

La Declaración Responsable es un trámite esencial para las empresas de servicio a la actividad industrial en la Región de Murcia. Permite la inscripción en el Registro Industrial Integrado (RII) y habilita a los titulares de las instalaciones para su puesta en funcionamiento inmediata. A continuación, te explicamos en detalle qué implica este proceso y cómo llevarlo a cabo.

¿Qué es la Declaración Responsable?

La presentación de la declaración responsable habilita a los titulares de las instalaciones para ponerlas en funcionamiento con carácter inmediato, sin perjuicio de la obtención de las autorizaciones que sean necesarias para el ejercicio de la actividad de la que forma parte la instalación. Esta declaración debe ser suscrita por el titular y el resto de agentes que intervienen en el diseño y ejecución de la instalación, como la empresa instaladora, el redactor de la memoria técnica de diseño, el técnico proyectista y/o el técnico director de obra.

Es fundamental que la información proporcionada en la declaración responsable sea precisa y veraz. La inexactitud, falsedad u omisión en cualquier dato o manifestación sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos, así como la realización de la actividad sin haber presentado la declaración responsable, están tipificadas como infracciones. Estas infracciones pueden ser sancionadas con multas de hasta 90.151,82 euros.

Inscripción en el Registro Industrial Integrado (RII)

Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas de servicio a la actividad industrial en el Registro Industrial Integrado (RII) de España, división B Secciones d) y e) conforme Real Decreto 559/2010, que tengan la sede social/fiscal en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. A partir de la inscripción, esta tendrá validez en todo el territorio nacional.

En caso de que su domicilio social/fiscal sea distinto a esta Comunidad, la empresa debe inscribirse en su lugar de origen. Es importante recordar que solo es válida la inscripción en el Registro Integrado Industrial en todo el territorio nacional mediante una única inscripción. Anualmente, las empresas deberán presentar la documentación exigida a través del procedimiento 3753 de la CARM para su comprobación.

Representación y Apoderamiento

En caso de presentación de solicitud a través de un representante, deberá acreditarse la representación, estando en todo caso a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para más información, se puede consultar la información disponible en el procedimiento 9943 de la Sede electrónica de la Administración Pública de la C.A.R.M. - Apoderamiento de la Representación ante las Administraciones Públicas (carm.es).

Instrucciones para la Cumplimentación de la Declaración Responsable (Procedimiento 1045)

El apartado 3, "OBJETO DE LA DECLARACIÓN", del procedimiento 1045 de la Declaración Responsable, contempla diversas opciones según la situación de la empresa:

  • NUEVA: Se debe marcar para la inscripción de una nueva empresa.
  • BAJA: Se debe marcar para la baja total de la empresa. En este caso, no es necesario marcar los campos reglamentarios, ya que se dan de baja todos ellos.
  • CAMBIO DE TITULARIDAD: Se debe marcar cuando hay un cambio de titularidad. No es necesario marcar los campos reglamentarios, ya que cambian todos.
  • MODIFICACIÓN POR:
    • AMPLIACIÓN ÁMBITO REGLAMENTARIO: Se debe marcar cuando se amplía algún campo reglamentario. En el apartado 6, solo se debe incluir el personal habilitado del campo objeto de ampliación. En el apartado 7, solo se debe marcar el campo reglamentario objeto de ampliación.
    • REDUCCIÓN ÁMBITO REGLAMENTARIO: Se debe marcar cuando se pretenda dejar de actuar en uno o varios de los campos reglamentarios. En el apartado 6, no es necesario indicar el personal habilitado. En el apartado 7, solo se debe marcar el campo reglamentario objeto de reducción.
    • CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL: Se debe marcar cuando hay un cambio de denominación social sin cambio de NIF. No es necesario marcar los campos reglamentarios, ya que cambian todos. Tampoco se debe indicar el personal habilitado.
    • REVISIÓN DE DATOS: Se debe marcar cuando hay algún cambio que no incluya ampliación o reducción de campos reglamentarios. Si la modificación es de datos de los apartados 1 y 2, no se deben marcar los campos reglamentarios ni el personal habilitado. Si la modificación es de los epígrafes de un campo reglamentario o del personal habilitado, en el apartado 7 solo se debe marcar el campo reglamentario objeto de modificación. En este caso, se debe listar todo el personal habilitado que queda en ese campo reglamentario tras la modificación.
    • TRASLADO: Se debe marcar en caso de que la empresa cambie de domicilio. No es necesario marcar los campos reglamentarios, ya que cambian todos.

Tramitación Electrónica

La tramitación electrónica es obligatoria para ciertos sujetos que se relacionen con las Administraciones Públicas en procedimientos administrativos. Esto incluye:

  • Aquellas personas físicas que inicien de forma electrónica un procedimiento administrativo de autorización ambiental integrada, evaluación ambiental o autorización sectorial ambiental, así como los relacionados con la actividad industrial, energética y minera. Se entiende que tienen acceso y disponen de los medios electrónicos necesarios y, por lo tanto, quedarán obligadas a continuar la relación con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de medios electrónicos, en el ámbito del procedimiento de que se trate, en función de lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.
  • Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y el resto de sujetos establecidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Los trabajadores autónomos que den ocupación a trabajadores por cuenta ajena para todos aquellos procedimientos administrativos relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.

Empresas Instaladoras y Habilitación

En el supuesto de intervención de una empresa instaladora, esta deberá estar habilitada y contar con instaladores habilitados en el campo reglamentario correspondiente al tipo de instalación ejecutada. En su caso, la habilitación de los instaladores se realizará dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1032 - Certificados y carnés profesionales' del catálogo de procedimientos y servicios de la administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Una vez que la empresa disponga de instaladores habilitados, deberá proceder a su habilitación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el procedimiento '1045 - Registro de empresas de servicio a la actividad industrial'.

Tasas

El trámite de la Declaración Responsable está sujeto a la Tasa T610, correspondiente a la Ordenación de actividades e instalaciones industriales y energéticas. En el formulario de solicitud electrónica, durante el proceso de presentación, se obtendrá la liquidación de la tasa correspondiente para efectuar el pago con tarjeta de crédito o débito, no siendo necesario obtener la carta de pago.

Las personas físicas que opten por desplazarse a una Oficina Presencial para presentar la solicitud, pueden obtener la carta de pago y el modelo de solicitud en el apartado correspondiente de este procedimiento, en el Servicio de atención telefónica (para envío por correo electrónico) y en algunas Oficinas Presenciales de la CARM.

Tipos de Trámite y Requisitos en la Declaración Responsable (Procedimiento 1045)
Objeto de la Declaración Descripción Campos Reglamentarios Personal Habilitado
NUEVA Inscripción de una nueva empresa. Marcar todos. Indicar todo.
BAJA Baja total de la empresa. No es necesario marcar. No es necesario indicar.
CAMBIO DE TITULARIDAD Cambio de titularidad de la empresa. No es necesario marcar. Indicar todo.
AMPLIACIÓN ÁMBITO REGLAMENTARIO Ampliación de campos reglamentarios. Marcar solo el objeto de ampliación. Incluir solo el personal habilitado del campo objeto de ampliación.
REDUCCIÓN ÁMBITO REGLAMENTARIO Dejar de actuar en uno o varios campos reglamentarios. Marcar solo el objeto de reducción. No es necesario indicar.
CAMBIO DE DENOMINACIÓN SOCIAL Cambio de denominación social sin cambio de NIF. No es necesario marcar. No es necesario indicar.
REVISIÓN DE DATOS Cambio que no incluye ampliación o reducción de campos reglamentarios. Depende del cambio (verificar si afecta apartados 1 y 2 o epígrafes). Depende del cambio (verificar si afecta apartados 1 y 2 o epígrafes).
TRASLADO Cambio de domicilio de la empresa. No es necesario marcar. Indicar todo.

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