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Comunicación

El Plan General de Contabilidad para PYMES: Una Guía Esencial para la Gestión Contable

by Admin on 20/05/2026

El Plan General de Contabilidad para PYMES (PGC PYMES) es una herramienta esencial para la gestión contable de las pequeñas y medianas empresas en España. Este documento legal, diseñado específicamente para la contabilidad de estas empresas, simplifica, agiliza y armoniza la contabilidad en un contexto internacional, estando alineado con los estándares europeos.

A diferencia del Plan General Contable (PGC) convencional, el PGC PYMES se adapta mejor a la operativa de estas empresas, simplificando la gestión contable y reduciendo el proceso de presentación de cuentas anuales. Su objetivo fundamental es servir de instrumento de información, reflejando la situación patrimonial, el beneficio o la pérdida, y los ingresos y gastos de la actividad de la empresa.

Ámbito de Aplicación y Carácter Voluntario del PGC PYMES

El Plan General de Contabilidad de Pymes, aprobado por el Real Decreto 1515/2007, constituye el desarrollo de las normas contables que pueden ser aplicadas por ciertas empresas. Es un texto legal referente a la gestión contable de las empresas españolas, una especie de guía o manual de carácter teórico y práctico que contiene todas las pautas contables con las que reflejar la realidad económico-financiera de la empresa.

Debe resaltarse el carácter voluntario de este Plan General de Contabilidad de Pymes. Su aplicación es opcional para las empresas que cumplan las condiciones establecidas en el artículo 175 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, para la formulación de balance y estado de cambios en el patrimonio neto abreviados.

Requisitos para la Aplicación del PGC PYMES

No todas las PYMES pueden adoptar el PGC PYMES, ya que existen requisitos específicos. Podrán utilizar el PGC PYME todas las empresas que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, dos de los siguientes requisitos:

  • Que el total de las partidas del activo no supere los 2.850.000 €.
  • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 5.700.000 €.
  • Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

Las empresas de nueva constitución podrán utilizar el PGC Pyme siempre que prevean que los resultados del ejercicio cumplirán dos de las tres condiciones y no vayan a incumplir los otros criterios.

Criterios de Exclusión

No podrán utilizar el PGC PYME aquellas empresas que:

  • Hayan emitido valores admitidos a negociación en mercados europeos.
  • Formen parte de un grupo de sociedades que formule o debiera haber formulado cuentas anuales consolidadas.
  • Utilicen una moneda habitual distinta del euro.
  • Sean entidades financieras que captan capital privado y asumen obligaciones respecto al mismo, ni las empresas encargadas de la gestión de dichas entidades.

Obligación de Continuidad

Una vez que se cumplen los requisitos y se opta por la utilización del PGC PYME, se debe mantener su utilización por lo menos durante tres ejercicios contables. Esto, a no ser que se dejen de cumplir durante dos años consecutivos los requisitos que dan derecho a su utilización.

Estructura del Plan General de Contabilidad de PYMES

La estructura del Plan General de Contabilidad de Pymes es la misma que la del Plan General de Contabilidad, pero con contenidos reducidos en operaciones menos habituales y simplificación en aspectos puntuales. Se divide en las siguientes partes:

  1. Marco Conceptual de la Contabilidad: Aquí se definen los principios contables, las normas de contabilidad y los elementos de valoración para las cuentas anuales.
  2. Normas de Registro y Valoración para Pequeñas y Medianas Empresas: Esta sección describe los principios contables que las PYMES deben aplicar para registrar y valorar sus transacciones financieras en diversas situaciones. Se han eliminado las normas relativas a ciertas operaciones de escasa realización por estas empresas y se han simplificado algunos criterios, fundamentalmente relacionados con los instrumentos financieros.
  3. Cuentas Anuales: Contiene, además de las normas de elaboración, los modelos de las cuentas anuales para las pequeñas y medianas empresas, que son iguales a los modelos abreviados contenidos en la tercera parte del Plan General de Contabilidad, si bien prescindiendo de subagrupaciones, epígrafes, partidas y apartados de información en memoria relativos a las operaciones cuyo desarrollo no se inserta en el Plan General de Contabilidad de Pymes. Se ha eliminado el estado de ingresos y gastos reconocidos dada la práctica ausencia de operaciones que conllevan la imputación de ingresos y gastos directamente al patrimonio neto.
  4. Cuadro de Cuentas: Es una guía que enumera las cuentas y subcuentas utilizadas en las cuentas anuales. Aunque ofrece cierta flexibilidad en la numeración y denominación de cuentas, se divide en grupos y subgrupos según los eventos económicos y los datos contables que deben registrarse. Se suprimen los grupos 8 y 9.
  5. Definiciones y Relaciones Contables: Establece cómo se registran y relacionan los elementos patrimoniales de la empresa, describiendo en qué cuentas se registran el «debe» y el «haber» y cuáles son activos o pasivos.

Principios Básicos de Contabilidad para PYMES

La contabilidad de las pymes se rige por unos principios básicos establecidos en el plan contable:

  • Empresa en funcionamiento: Se considera que la empresa va a seguir funcionando en el futuro.
  • Principio de devengo: Los ingresos y gastos se imputarán al ejercicio en que se produzcan, independientemente de la fecha de cobro o pago.
  • Uniformidad: El criterio elegido para registrar contablemente un hecho debe mantenerse en el tiempo para casos similares.
  • Prudencia: Se actuará de manera prudente en las valoraciones y estimaciones, registrando ingresos y beneficios solo cuando se hayan producido, y gastos y riesgos tan pronto sean conocidos.
  • No compensación: No se podrán compensar entre sí cuentas de activo y pasivo ni de ingresos y gastos, salvo que una norma lo establezca.
  • Importancia relativa: Se admitirá la no aplicación de un principio o criterio contable si su incidencia es muy escasa y afecta poco a la imagen fiel del patrimonio.

Diferencias Clave entre el PGC PYMES y el PGC General

El PGC PYMES presenta significativas simplificaciones respecto al PGC general:

  • La presentación del estado de flujos de efectivo pasa a ser voluntaria.
  • Se eliminan normas o apartados relativos a: Fondo de comercio, instrumentos financieros compuestos, derivados con subyacentes no cotizados cuyo valor razonable no pueda determinarse con fiabilidad, contratos de garantía financiera, fianzas entregadas y recibidas, coberturas contables, pasivos por retribuciones a largo plazo al personal, transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio, combinaciones de negocios, operaciones de fusión, escisión y aportaciones no dinerarias de un negocio entre empresas del grupo, activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta, y conversión de las cuentas anuales a la moneda de presentación (ya que solo es aplicable a empresas que funcionan con el euro).
  • Se deberá presentar con carácter obligatorio: el Balance, la Cuenta de pérdidas y ganancias, el Estado de cambios en el patrimonio neto y la Memoria (en el formato establecido por el PGC PYME).
  • Se mantiene la clasificación decimal en el cuadro de cuentas, suprimiéndose los grupos 8 y 9.
  • Las subvenciones, donaciones y legados recibidos de terceros se reflejarán en las cuentas de patrimonio.

Seminarios INEAF. Los grupos 8 y 9 del PGC

Criterios Contables Específicos para Microempresas

Para las microempresas, se aplican criterios aún más específicos. Podrán utilizar estos criterios las empresas que, cumpliendo los requisitos necesarios para la aplicación del PGC PYME, reúnan durante dos años consecutivos de ejercicios, a la fecha de cierre, dos de los siguientes:

  • El total de las partidas del activo no supere el 1.000.000 €.
  • El importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 2.000.000 €.
  • El número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no haya sido superior a 10.

La obligación de continuidad de la utilización de los criterios especiales para microempresas es de tres años si se mantienen los requisitos.

Tratamiento Contable de Acuerdos de Arrendamiento Financiero para Microempresas

El primer criterio específico se refiere al tratamiento contable de los acuerdos de arrendamiento financiero y otros de naturaleza similar. Los arrendatarios de los acuerdos de arrendamiento financiero u otros de naturaleza similar que no tengan por objeto terrenos, solares u otros activos no amortizables, contabilizarán las cuotas devengadas en el ejercicio como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.

En el momento en que se ejerza la opción de compra, procederá registrar el activo por el importe satisfecho, aplicando el criterio valorativo del precio de adquisición. En la memoria de las cuentas anuales, en el apartado 5. Inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias, deberá indicarse el valor razonable o valor al contado del activo calculado al inicio del arrendamiento y su vida útil estimada, las cuotas abonadas, la deuda pendiente de pago y el importe por el que se pudiese ejercer la opción de compra, si la hubiere. La información acerca de las cuotas deberá suministrarse diferenciando la parte que corresponda a la recuperación del coste del bien y la carga financiera.

Tratamiento Contable del Impuesto sobre Beneficios para Microempresas

El otro criterio específico se refiere al registro contable del impuesto sobre beneficios. El gasto por impuesto sobre beneficios se contabilizará en la cuenta de pérdidas y ganancias por el importe que resulte de las liquidaciones fiscales del impuesto sobre sociedades relativas al ejercicio, considerándose como gasto por impuesto el importe que resulte de las liquidaciones fiscales del ejercicio corriente. Es decir, el gasto por impuesto sobre beneficios se hace equivalente al gasto por impuesto corriente.

El gasto contabilizado, al cierre del ejercicio, por los importes a cuenta devengados, deberá aumentarse o disminuirse registrando la correspondiente deuda o crédito frente a la Hacienda Pública. Por ello, las microempresas no tendrán que reflejar contablemente ni los pasivos por diferencias temporarias imponibles ni los activos por diferencias temporarias deducibles, sino que a la liquidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio, le sumarán los importes a cuenta ya pagados y la suma será el gasto por el Impuesto sobre el Beneficio.

Ejemplo de Contabilización de la Compra de un Equipo Informático según el PGC

La compra de activos tecnológicos, como un ordenador, es una transacción común. Estos equipos se encuadran dentro del inmovilizado material y se valorarán por su coste, ya sea el precio de adquisición o el coste de producción. En la compra de un ordenador, se utilizará el precio de adquisición, que incluye el importe facturado y todos los gastos adicionales directamente relacionados hasta su puesta en funcionamiento (transporte, instalación, etc.).

Cuentas Contables Relacionadas

  • 217 - Equipos para procesos informáticos: Registra el valor de hardware y dispositivos electrónicos.
  • 472 - Hacienda Pública, IVA Soportado: Impuesto sobre el Valor Añadido pagado en la adquisición.
  • 523 - Proveedores de inmovilizado a corto plazo: Deudas a corto plazo con proveedores por la adquisición de inmovilizado.
  • 572 - Bancos: Para registrar los movimientos de efectivo.
  • 681 - Amortización del inmovilizado material: Contabiliza las dotaciones anuales de amortización.
  • 281 - Amortización acumulada del inmovilizado material: Recoge el total de las amortizaciones practicadas.

Asientos Contables Relacionados

Momento de la Compra del Ordenador

Cuenta Contable Debe Haber
217. Equipos para procesos informáticos XXX
472. Hacienda Pública. IVA Soportado YYY
523. Proveedores de inmovilizado a corto plazo XXX + YYY

Abono del Equipo Informático

Cuenta Contable Debe Haber
523. Proveedores de inmovilizado a corto plazo XXX + YYY
572. Bancos XXX + YYY

Gastos de Transporte e Instalación

Cuenta Contable Debe Haber
217. Equipos para procesos informáticos XXX
472. Hacienda Pública. IVA Soportado YYY
572. Bancos XXX + YYY

Amortización del Inmovilizado (Cierre del Ejercicio)

Cuenta Contable Debe Haber
681. Amortización del inmovilizado material XXX
281. Amortización acumulada del inmovilizado material YYY

Ejemplo Práctico de Contabilización

Una empresa adquiere un ordenador el 1 de marzo, financiado a 180 días, con un precio de adquisición de 1.200 € y un IVA del 21%. Se asume una vida útil de 5 años y amortización lineal.

1 de marzo: Asiento de compra

Cuenta Contable Debe Haber
217. Equipos para procesos informáticos 1.200 €
472. Hacienda Pública. IVA Soportado 252 €
523. Proveedores de inmovilizado a corto plazo 1.452 €

1 de septiembre: Abono de la factura

Cuenta Contable Debe Haber
523. Proveedores de inmovilizado a corto plazo 1.452 €
572. Bancos 1.452 €

Cierre de ejercicio: Asiento de amortización anual

Amortización anual = 1.200 € / 5 años = 240 € (sin incluir el IVA en el coste amortizable del activo)

Cuenta Contable Debe Haber
681. Amortización del inmovilizado material 240 €
281. Amortización acumulada del inmovilizado material 240 €

Obligaciones Contables y Fiscales de una PYME en España

Según la legislación vigente en España, las pymes están obligadas a llevar la contabilidad conforme establece el Código de Comercio. Todo empresario deberá llevar una contabilidad ordenada, adecuada a la actividad de su empresa que permita un seguimiento cronológico de todas sus operaciones, así como la elaboración periódica de balances e inventarios. Llevará necesariamente un libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro Diario.

La normativa mercantil también obliga a las sociedades a depositar en el Registro Mercantil las Cuentas Anuales y cualquiera que lo solicite podrá acceder a ellas.

En cuanto a las obligaciones fiscales, deberán presentar las liquidaciones por los tributos que correspondan, en la forma y fechas que establece la ley. IVA, Impuesto de Sociedades, declaraciones relativas a operaciones intracomunitarias (por ejemplo, Intrastat o modelo 349), declaraciones informativas, son las obligaciones más habituales, pero cada empresa tendrá que presentar unas declaraciones u otras en función del tipo de actividad que desarrolle.

Utilización de la Tecnología para la Gestión Contable

La tecnología ha transformado la gestión contable. Los programas de contabilidad automatizan muchos procesos, disminuyendo las tareas manuales y minimizando errores. Esto se traduce en un considerable ahorro de tiempo y dinero. Por ejemplo, la integración de un software de facturación con el de contabilidad permite controlar el inventario y traspasar automáticamente los datos.

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