Requisitos y Pasos para Crear una Microempresa en España
Si te caracterizas por ser una persona con espíritu emprendedor, es muy probable que uno de tus mayores objetivos o sueños sea abrir tu propio negocio. En este artículo, analizaremos los principales requisitos y pasos que hay que dar para abrir un negocio en España. Es fundamental conocer los pasos para crear una empresa en España, incluyendo aspectos burocráticos y legales. Tras la caída de la actividad empresarial provocada por la pandemia, una recuperación económica más rápida y sólida de lo previsto ha incitado al optimismo, de manera que muchos emprendedores se han animado a poner en marcha sus ideas de negocio. Si tú también estás pensando en abrir una empresa, te explicamos los requisitos y pasos para formalizar su constitución, de forma que puedas comenzar a facturar lo más rápido posible.
La burocracia es una de las tareas más complejas a la hora de emprender. Sin embargo, hay países en los que, gracias a la digitalización, crear una empresa es mucho más ágil y los requisitos para hacerlo, mucho más sencillos. El informe 'Doing Business' del Banco Mundial indica que en Nueva Zelanda la constitución de un negocio se puede realizar en menos de un día. En el caso de España, la ley de startups incluye medidas para agilizar ese proceso. Los requisitos para crear una empresa dependerán de su tamaño, de la actividad que vaya a realizar y del lugar en el que se vaya a registrar.
¿Qué es una Microempresa?
Las microempresas son pequeñas unidades comerciales, proyectos empresariales más pequeños que una PYME. En España, representan más del 95,6% del empresariado. Se definen como entidades con menos de 10 empleados y un volumen de negocio anual inferior a 2 millones de euros. Incluyen empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada, sociedades limitadas o comunidades de bienes.
Microempresa vs. Pequeña Empresa
Las diferencias entre una microempresa y una pequeña empresa son sutiles pero significativas. Una microempresa generalmente tiene menos de 10 empleados, con ingresos y activos limitados, operando en un ámbito local o regional. En contraste, una pequeña empresa puede tener hasta 50 empleados, con mayores recursos financieros y alcance.
Requisitos para ser PYME
Para acceder a ayudas y subvenciones, es fundamental entender qué se considera una PYME desde el punto de vista legal y administrativo. La Unión Europea (UE) ha establecido una definición precisa en la Recomendación 2003/361/CE:
- Número de empleados (UTA): Menos de 250 empleados.
- Volumen de negocio o balance general anual: Un volumen de negocio anual que no exceda los 50 millones de euros. O un balance general anual que no exceda los 43 millones de euros.
- Independencia de la empresa: No debe estar controlada por otra empresa o grupo de empresas que no sean PYMEs.
Cumplir con estos requisitos permite acceder a ayudas y subvenciones específicas, líneas de financiación y programas de apoyo empresarial.
Formas Jurídicas para Constituir un Negocio en España
Para constituir un negocio en España, existen diferentes opciones a nivel jurídico. No obstante, tal y como explica la página de la Administración del Estado, las más habituales son la sociedad anónima y la sociedad de responsabilidad limitada. No obstante, también se puede constituir una empresa como autónomo, es decir, como persona física. A la hora de constituir una empresa hay que elegir la forma jurídica que adoptará. También se puede ejercer una actividad económica como persona física, en nombre propio, asumiendo el control y el riesgo. Esta es la figura del Autónomo. Para una correcta decisión es importante conocer las características particulares de cada fórmula jurídica.
Tipos de Sociedades en España
- Sociedad Anónima (S.A.): Una sociedad anónima tiene que tener al menos un socio y se debe constituir con un capital mínimo de 60.000 euros. Este capital es la aportación que hacen los socios. Las siglas S.A. se incluirán obligatoriamente en la denominación de la empresa.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.): A diferencia de la sociedad anónima, el capital mínimo para crear una sociedad de responsabilidad limitada es de solo un euro. Este tipo de empresa se puede crear con solo un socio. El capital está dividido en participaciones indivisibles y acumulables y está integrado por las aportaciones de los socios. También tiene la obligación de tener un libro de inventario y de presentar cuentas anuales.
- Emprendedor de Responsabilidad Limitada: Como alternativa a la sociedad limitada, cabe la posibilidad de registrarse como emprendedor de responsabilidad limitada. Esta alternativa supone ser una persona física que lleva a cabo una actividad económica y cuya responsabilidad es ilimitada ante terceros.
- Empresario Individual (Autónomo): Una vez elegida la forma jurídica, el siguiente paso es obtener una certificación negativa por parte del Registro Mercantil.
Pasos para la Creación de una Empresa
Una vez que se ha decidido emprender un negocio con la forma legal de sociedad, se deben realizar los siguientes trámites. Dividimos las gestiones en dos partes al objeto de establecer la cronología.
Trámites Iniciales
- Registro Mercantil Central: Solicitar la certificación negativa del nombre. Este certificado acredita que no existe otra sociedad con el mismo nombre. Se puede hacer telemáticamente. La reserva de la denominación la debe hacer uno de los socios y se mantiene durante un periodo de seis meses, aunque hay que tener en cuenta, a los efectos de seguir realizando los trámites de constitución, que este certificado caduca a los tres meses de su expedición. Es un requisito indispensable para el otorgamiento de la escritura pública. Se pueden incluir hasta cinco opciones de denominación.
- Ingreso del capital social: Abrir una cuenta bancaria a nombre de la sociedad e ingresar el capital social. El capital social mínimo para una sociedad de responsabilidad limitada es de tres mil euros, mientras que para una sociedad anónima es de sesenta mil euros. La Cámara de Comercio especifica que es necesario establecer una cuenta bancaria única y exclusiva para la empresa donde se depositará el capital social.
- Aportaciones no dinerarias en la S.L.: Las aportaciones no dinerarias son aquellos bienes distintos al dinero que los socios aportan a la empresa (bienes muebles e inmuebles). Cualquier aportación, ya sea un ordenador, una mesa, sillas, furgoneta, maquinaria o un local, se deberá valorar para saber cuánto vale y cómo se debe contabilizar en la contabilidad de la empresa.
- Notario: Otorgamiento de escritura pública: Los socios fundadores firman la escritura de constitución de la sociedad ante notario. Se debe presentar la certificación negativa de la denominación, los estatutos sociales y la acreditación del desembolso o aportación de bienes al capital social. A partir de la Ley 11/2023, de 8 de mayo, es perfectamente posible el otorgamiento de la escritura fundacional mediante firma digital y, por tanto, no es necesario acudir presencialmente a la notaría. Los estatutos sociales son otro de los pasos clave para la creación de una empresa. Deben recoger la denominación de la empresa, el capital con el que se inicia el negocio y cuál es el domicilio social. Una vez tenemos el certificado bancario y también una certificación negativa del Registro Mercantil, en la que se indica que la denominación de la empresa es única y no está previamente registrada, deberemos acudir al notario, aportando los estatutos sociales y los documentos de identidad de los socios de la empresa.
Trámites Finales
- Consejerías de Hacienda de las CC.AA.: Pagar las tasas del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Aunque actualmente la operación está exenta, muchos registros siguen pidiendo el modelo cumplimentado.
- Agencia Tributaria: Obtener el número de identificación fiscal (NIF) para identificar a la sociedad a efectos fiscales. Se facilita un N.I.F. provisional que, en la actualidad, puede solicitarse a través de la mayoría de las notarías. Una vez se ha obtenido la escritura de constitución, es necesario presentarla ante la Agencia Tributaria, junto con una copia de los estatutos sociales y del modelo 036. Con el NIF provisional, es el momento de registrar la empresa en el Registro Mercantil.
- Registro Mercantil de la provincia: Inscripción de la empresa: Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil de la provincia. Para hacerlo, se deberá acudir al registro de la provincia en la que esté localizada la empresa.
- NIF definitivo: Por último, cuando se hayan realizado todos estos pasos, es el momento de solicitar el NIF definitivo a la Agencia Tributaria. Para ello, será necesario presentar el modelo 036, con la casilla 120 marcada.
10 Pasos Clave para Crear una Microempresa en España
- Tener una idea clara: Define qué quieres vender u ofrecer. La idea que tengas debe ser clara y concisa, con un público objetivo definido y con posibilidades de llevarse a cabo. Una de las preguntas que cabe plantearse es si se quiere trabajar siempre en ella o si se busca hacerla grande para después venderla al mejor postor. Entonces, ¿qué es un microempresario que hace bien las cosas? Además, hay que plantearse todo con paciencia y mesura. Es recomendable a la hora de crear una microempresa decidir con inteligencia cada aspecto de tu negocio, por pequeño que sea. Tomarse el tiempo necesario es vital.
- Realizar un estudio de mercado: Conoce a tu competencia y a tus posibles clientes.
- Escoger un nombre y una forma jurídica: Decide el nombre de tu negocio y si serás autónomo o sociedad limitada.
- Obtener el capital necesario: Busca un préstamo bancario, un inversor o usa tus ahorros. Dentro del espectro económico, es importante que tengas disponible de inicio más cantidad de lo que necesitas, ya que siempre puede surgir un imprevisto que requiera una inversión.
- Registrar tu empresa: Regístrala en el Registro Mercantil y en Hacienda. Se deberá realizar en el Registro Mercantil de la provincia en que se encuentre domiciliada la Sociedad.
- Obtener permisos y licencias: Varían según el tipo de negocio. Dependiendo del tipo de negocio que desees emprender, es posible que necesites obtener licencias y permisos adicionales. Algunas actividades comerciales requieren de autorizaciones específicas, como las relacionadas con alimentos, salud, educación, transporte, entre otros. Para conocer los requisitos exactos en cada caso, conviene acudir al ayuntamiento donde se establezca el negocio.
- Contratar empleados (si es necesario): Cumple con las regulaciones laborales y de seguridad social. Si tienes la intención de contratar empleados, debes tener en cuenta las obligaciones relacionadas con la Seguridad Social. Como empleador, estás sujeto a cotizaciones y contribuciones, y debes registrar a tus trabajadores antes de que comiencen la actividad.
- Darse de alta en IAE: Tramitar el alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en la Agencia Tributaria.
- Registra patentes y marcas: Inscribir tu empresa en el Registro Mercantil no te garantiza que tu logotipo, eslogan o cualquier producto que crees estén protegidos.
- Obtén el certificado electrónico: Facilita muchos trámites y te ahorrará muchísimo tiempo. Puede realizar de forma electrónica los trámites de constitución y puesta en marcha de determinadas sociedades mercantiles en España a través del sistema unificado CIRCE, desarrollado por la Dirección General de Industria y PYME en 2003, que unifica todos los trámites solicitados por organismos y administraciones que intervienen en el proceso de constitución de empresas. Para llevar a cabo los trámites a través del sistema CIRCE, deberá cumplimentar adecuadamente el Documento Único Electrónico (DUE) pudiendo acudir a los Puntos de Atención al Emprendimiento (PAE) que, de manera gratuita, ayudan a los emprendedores con su cumplimentación, así como facilitan asesoramiento en el inicio efectivo de la actividad y su desarrollo. Una manera fácil de hacer los trámites es a través de los Puntos de Atención al Emprendedor. En Servicios para Emprender encontrarás entidades públicas y privadas que ofrecen puntos PAE, en los cuales la tramitación no tiene ningún coste y la constitución se realiza en un tiempo mínimo.
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Habilidades Esenciales para un Emprendedor Exitoso
Para tener éxito en la creación de una microempresa, es importante tener una combinación de habilidades tanto técnicas como blandas. Algunas de las habilidades más importantes son:
- Habilidades empresariales: Conocimiento de cómo funciona un negocio.
- Habilidades de marketing: Capacidad de atraer a los clientes potenciales. Desarrollar una página web es indispensable en la actualidad para cualquier negocio, vayas a vender o no en línea. Tampoco puede faltar la promoción en redes sociales, tan presentes en el día a día de millones de personas en todo el mundo.
- Habilidades financieras: Conocimiento básico de contabilidad.
- Habilidades de gestión: Capacidad de dirigir a un equipo de trabajo.
- Habilidades de comunicación: Capacidad de comunicarse eficazmente.
- Habilidades para adaptarse al cambio: Capacidad de adaptarse rápidamente a los cambios.
Además de estas habilidades, es importante tener una pasión por lo que se está haciendo y un fuerte sentido de resiliencia para superar los obstáculos. La perseverancia y una mentalidad de aprendizaje continuo también son fundamentales para el éxito en la creación y gestión de una microempresa.
Al cumplir con todos los requisitos y trámites necesarios, estarás sentando las bases para el crecimiento y desarrollo de tu negocio con éxito. La burocracia es solo el primer paso para que el negocio de un emprendedor comience a andar. Pero una vez resuelta toda la documentación y todo el intercambio de información con las distintas instituciones, viene lo mejor: ver el negocio crecer.
