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Comunicación

Corrupción en los Negocios: Causas, Tipos y Efectos en el Ámbito Empresarial

by Admin on 20/05/2026

La corrupción es un fenómeno que puede manifestarse de diversas maneras y que se presenta en todos los niveles de las organizaciones y las sociedades. A medida que el escrutinio público se intensifica y las expectativas de los consumidores y los inversores aumentan, es imperativo comprender a fondo los diversos tipos de corrupción en empresas y sus consecuencias, así como las estrategias para prevenir y combatir este flagelo. Esta práctica consiste en el uso de las funciones y medios de las organizaciones en provecho de sus gestores.

La corrupción se aparta de todo tipo de preceptos de orden cultural, moral y jurídico, aceptados socialmente y prohibidos por el ordenamiento jurídico nacional y los instrumentos internacionales. Al igual que el soborno, a través de actuaciones inapropiadas, está relacionada con la falta de gobernabilidad y gobernanza dentro de la esfera pública y privada. Hoy en día, la corrupción se presenta como una de las nuevas amenazas de tipo antrópico, de orden híbrido y de conducta humana, con amplias repercusiones a nivel nacional y transnacional.

Causas y Evolución de la Corrupción en los Negocios

Históricamente, la corrupción se entendió como un comportamiento cuya dañosidad social se refería exclusivamente al correcto funcionamiento de la Administración, concretada en la pérdida de confianza en la imparcialidad de los funcionarios públicos. Esta comprensión de los delitos de cohecho estaba conectada, además, con una visión de la corrupción como anomalía que afectaba sobre todo al funcionario público y menos al particular. Permitir ganar mercados a toda costa, incluso realizando pagos ilícitos, era simplemente una forma de ser más competitivos; de hecho, en muchos países de la Unión Europea hasta bien entrados los años noventa, los sobornos pagados a funcionarios extranjeros podían deducirse fiscalmente.

Sin embargo, las características de los delitos de cohecho se han alterado en las últimas décadas. Los escándalos de corrupción han mostrado una relación más paritaria entre funcionarios y empresas. De un tipo de corrupción extorsiva y puntual, referida a un determinado asunto, la corrupción se ha convertido en sistemática y clientelar, en una trama de acuerdos ilícitos entre el tejido empresarial y el político.

Entre las causas que propician la corrupción en los negocios, se pueden identificar:

  • La naturaleza de la función directiva y la inercia en los procesos de decisión.
  • Una cultura empresarial poco sensible a la ética.
  • La racionalización de las conductas ilícitas y el proceso de socialización en entornos corruptos.
  • Valores predominantes en la sociedad que toleran o normalizan ciertas prácticas.
  • El pago de sobornos como estrategia para introducirse en nuevos mercados, conseguir proveedores u obtener cualquier otro tipo de ventaja en las relaciones con las Administraciones públicas o con otras empresas.

Esto último constituye un comportamiento contrario a la buena fe en las relaciones comerciales, y en muchas ocasiones, empresas y funcionarios públicos, a través de comportamientos como la entrega de regalos en atención al cargo o la financiación ilegal de partidos políticos, buscan una relación continuada en la que existirá un intercambio de favores a lo largo del tiempo.

Tipos de Corrupción en el Contexto Empresarial General

La corrupción en los negocios puede manifestarse de diversas formas, afectando la integridad y la equidad de las operaciones. Algunos de los tipos más comunes incluyen:

  • El soborno empresarial: Implica dar o recibir objetos de valor, como dinero, regalos costosos o favores, a cambio de obtener un trato preferente o un beneficio indebido en los negocios.
  • El fraude en los negocios: Abarca una amplia gama de actividades deshonestas e ilegales llevadas a cabo con el propósito de obtener ventajas financieras indebidas.
  • La malversación: Se refiere a la apropiación indebida de bienes, fondos o recursos de una empresa en beneficio propio.
  • Colusión: A menudo, comportamientos como el fraude o el soborno conducen a precios inflados y a un perjuicio para los consumidores, ya que terminan pagando más por productos o servicios que podrían obtener a un precio más justo en un mercado competitivo.

Es importante destacar que la corrupción en los negocios puede tener graves consecuencias legales y éticas, además de socavar la confianza en el sistema empresarial y económico.

Marco Legal de la Corrupción en los Negocios en España

El delito de corrupción en los negocios se regula en los artículos 286 bis a 286 quater del Código Penal español, formando parte de la Sección 4ª (Delitos de corrupción en los negocios) del Capítulo XI (De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores) del Título XIII (Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico) del Libro II de esta ley.

La "corrupción en los negocios", es decir, el pago de sobornos entre empresas para obtener ventajas competitivas, constituye delito en España desde que la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, reformó el Código Penal. Estos delitos se incluyeron en la reforma de 2010, pero se modificaron en las reformas de 2015 y 2019. La razón de la introducción de estos artículos responde a la necesidad de poner freno a la corrupción a nivel nacional e internacional, un problema que se ha convertido en una práctica habitual en el sector empresarial.

El delito de corrupción en los negocios puede consistir en el pago de dinero, sobornos y demás ofrecimientos económicos con el fin de asegurar la ejecución de un contrato o la obtención de ventajas competitivas frente a otras empresas, o en solicitar, aceptar o recibir dichos ofrecimientos. Este delito protege el bien jurídico de la competencia entre empresas, el cual es un requisito necesario para que el mercado funcione de forma correcta. El objetivo de la creación de este delito es eliminar el pensamiento de las empresas de que se puede competir y triunfar en el mercado a través de sobornos.

A continuación, se muestran algunos favores que son susceptibles del tipo penal de corrupción en los negocios:

  • Los favores que generen una expectativa razonable de ahorro o provecho económico, mediante una contratación.
  • Los favores que generen una expectativa razonable de ahorro o provecho económico a través de la obtención de una información comercial que permita a un competidor sobreponerse al resto.
  • La discriminación de determinadas empresas competidoras, poniendo fin a sus relaciones comerciales.

El bien jurídico protegido de estos delitos es la adecuada aplicación de las reglas de la competencia justa y el buen funcionamiento del mercado. Pero bajo este rótulo se esconden diferentes conductas.

Tipos Penales de Corrupción en los Negocios según el Código Penal

El Código Penal español diferencia distintos tipos penales dentro de la corrupción en los negocios:

Tipo de Delito Artículo del Código Penal Descripción General
Corrupción entre Particulares (Modalidad Pasiva) 286 bis.1 Directivo, administrador, empleado o colaborador de una empresa que recibe, solicita o acepta un beneficio o ventaja injustificados para favorecer indebidamente a otro en relaciones comerciales.
Corrupción entre Particulares (Modalidad Activa) 286 bis.2 Quien promete, ofrece o concede un beneficio o ventaja injustificados a los anteriores, para ser favorecido indebidamente en relaciones comerciales.
Corrupción en la Competición Deportiva 286 bis.4 Conductas en el ámbito deportivo (directivos, deportistas, árbitros) que buscan predeterminar o alterar fraudulentamente el resultado de una competición de relevancia económica o deportiva.
Corrupción en Transacciones Comerciales Internacionales 286 ter Ofrecimiento o concesión de beneficios indebidos a una autoridad o funcionario público extranjero para obtener una ventaja competitiva en actividades económicas internacionales.
Tipo Agravado del Delito de Corrupción 286 quater Aumento de la pena si los hechos revisten especial gravedad (valor elevado del beneficio, acción no ocasional, comisión en organización criminal, etc.).
Tipo Atenuado del Delito de Corrupción 286 bis (general) Posibilidad de reducir la pena en delitos del Art. 286 bis, considerando la cuantía del beneficio y la trascendencia de las funciones del culpable.

1. Delito de Corrupción entre Particulares (Artículo 286 bis del Código Penal)

Este delito se encuentra regulado en el artículo 286 bis del Código Penal, y a su vez conoce los siguientes subtipos:

  • Modalidad pasiva: Está contemplada en el apartado 1, y tiene lugar cuando se pide o acepta un soborno.

Artículo 286 bis.1 del Código Penal:

"1. El directivo, administrador, empleado o colaborador de una empresa mercantil o de una sociedad que, por sí o por persona interpuesta, reciba, solicite o acepte un beneficio o ventaja no justificados de cualquier naturaleza, u ofrecimiento o promesa de obtenerlo, para sí o para un tercero, como contraprestación para favorecer indebidamente a otro en la adquisición o venta de mercancías, o en la contratación de servicios o en las relaciones comerciales, será castigado con la pena de prisión de seis meses a cuatro años, inhabilitación especial para el ejercicio de industria o comercio por tiempo de uno a seis años y multa del tanto al triplo del valor del beneficio o ventaja."

Respecto al sujeto activo, la responsabilidad penal debe ser atribuible a las organizaciones, ya que una cosa es que el delito de las personas físicas provoque el beneficio a la persona jurídica, y otra cosa muy distinta es que sea la empresa quien facilite la consecución del beneficio en cuestión. De tal forma que no se puede responsabilizar a una empresa por el simple hecho de que el delito cometido por una persona física conlleve un beneficio para esta. Es necesario acreditar un defecto de organización que sea imputable desde un punto de vista objetivo y subjetivo para que sea jurídicamente responsable.

  • Modalidad activa: Se regula en el apartado 2 del artículo 286 bis, y en este caso la conducta típica consiste en realizar un soborno.

Artículo 286 bis.2 del Código Penal:

"2. Con las mismas penas será castigado quien, por sí o por persona interpuesta, prometa, ofrezca o conceda a directivos, administradores, empleados o colaboradores de una empresa mercantil o de una sociedad, un beneficio o ventaja no justificados, de cualquier naturaleza, para ellos o para terceros, como contraprestación para que le favorezca indebidamente a él o a un tercero frente a otros en la adquisición o venta de mercancías, contratación de servicios o en las relaciones comerciales."

  • Corrupción en la competición deportiva: Este es un subtipo especial de este delito regulado en el apartado 4 del artículo 286 bis, en el que se comete un delito de corrupción entre particulares en el ámbito del deporte.

Artículo 286 bis.4 del Código Penal:

"4. Lo dispuesto en este artículo será aplicable, en sus respectivos casos, a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, cualquiera que sea la forma jurídica de ésta, así como a los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva."

En las modalidades del artículo 286 bis, el juez o tribunal puede imponer la pena inferior en grado y reducir la multa a su prudente arbitrio, teniendo en cuenta la cuantía del beneficio o el valor de la ventaja y la trascendencia de las funciones del culpable.

2. Corrupción en las Transacciones Comerciales Internacionales (Artículo 286 ter del Código Penal)

Esta es la modalidad del artículo 286 ter, en la que se corrompe o intenta corromper a una autoridad o funcionario público para obtener un favor en un negocio internacional. También comete este delito quien atiende a la solicitud de la autoridad o funcionario en ese sentido.

Artículo 286 ter del Código Penal:

"1. Los que mediante el ofrecimiento, promesa o concesión de cualquier beneficio o ventaja indebidos, pecuniarios o de otra clase, corrompieren o intentaren corromper, por sí o por persona interpuesta, a una autoridad o funcionario público en beneficio de estos o de un tercero, o atendieran sus solicitudes al respecto, con el fin de que actúen o se abstengan de actuar en relación con el ejercicio de funciones públicas para conseguir o conservar un contrato, negocio o cualquier otra ventaja competitiva en la realización de actividades económicas internacionales, serán castigados, salvo que ya lo estuvieran con una pena más grave en otro precepto de este Código, con las penas de prisión de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses, salvo que el beneficio obtenido fuese superior a la cantidad resultante, en cuyo caso la multa será del tanto al triplo del montante de dicho beneficio. Además de las penas señaladas, se impondrá en todo caso al responsable la pena de prohibición de contratar con el sector público, así como la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad Social, y la prohibición de intervenir en transacciones comerciales de trascendencia pública por un periodo de siete a doce años.2. A los efectos de este artículo se entenderá por funcionario público los determinados por los artículos 24 y 427."

3. Tipo Agravado del Delito de Corrupción en los Negocios (Artículo 286 quater del Código Penal)

El artículo 286 quater establece una pena agravada para los delitos de corrupción en los negocios para los casos en los que los hechos revisten de especial gravedad, algo que ocurre en todo caso en los siguientes supuestos:

  • El beneficio o ventaja tenga un valor especialmente elevado.
  • La acción del autor no sea meramente ocasional.
  • Se trate de hechos cometidos en el seno de una organización o grupo criminal.
  • El objeto del negocio versara sobre bienes o servicios humanitarios o cualesquiera otros de primera necesidad.
  • Tengan como finalidad influir en el desarrollo de juegos de azar o apuestas.
  • Sean cometidos en una competición deportiva oficial de ámbito estatal calificada como profesional o en una competición deportiva internacional.

Si se da alguna de las circunstancias anteriores, el delito cometido se castigará con la pena correspondiente en su mitad superior, pudiendo incluso alcanzar la pena superior en grado.

Efectos y Consecuencias de la Corrupción Empresarial

La corrupción en los negocios tiene consecuencias devastadoras que van más allá de los conflictos legales o disputas civiles directas, afectando a la salud financiera de la empresa, a sus empleados y accionistas, y al mercado en general. A menudo, estos comportamientos desencadenan conflictos legales y disputas civiles, lo que implica riesgos financieros y perjuicios a la reputación.

Entre los principales efectos se incluyen:

  • Pérdida de confianza: La corrupción mina la confianza de los inversores, los clientes y los empleados en una empresa, lo que puede llevar a la pérdida de negocios y oportunidades de crecimiento.
  • Daño a la reputación: Las empresas afectadas por la corrupción a menudo sufren daños significativos en su reputación, lo que puede ser difícil de restaurar.
  • Riesgos legales y financieros: La corrupción puede llevar a investigaciones legales y multas financieras, lo que afecta negativamente a la salud financiera de la empresa. Asimismo, perjudica la confianza en el mercado y puede llevar al colapso de empresas y la pérdida de inversiones.
  • Perjuicio a la competencia: Este comportamiento lesiona los derechos del resto de competidores, que se ven postergados por la utilización de una estrategia comercial ilícita. También afecta a los beneficios sociales que en una economía social de mercado se esperan de la libre competencia. La corrupción supone una mala asignación de recursos que frustra la función social de la competencia. Por ejemplo, cuando la Administración decide otorgar la construcción de un hospital a la empresa que más ha sobornado, está dejando de lado otras ofertas que pueden ser mejores técnicamente.
  • Afectación al patrimonio y los intereses económicos: El pago de sobornos afecta también al patrimonio de la sociedad y a los intereses económicos de los accionistas, pues supone utilizar el patrimonio de manera contraria al interés social. A través del conocido efecto kick back, la corrupción acaba incrementando el precio de los servicios públicos o de los servicios que prestan las empresas. Considerada como un coste de producción más, el coste que para una empresa supone la entrega de sobornos se traslada al precio que ha de pagarse por sus servicios o productos, lo que en algunos casos nos acerca al delito de administración desleal.
  • Deterioro de la cultura corporativa: Las mentiras tienden a multiplicarse y se acaba creando una cultura corporativa de baja moralidad.

Estrategias de Prevención y Lucha contra la Corrupción

Para proteger a las empresas y al sistema económico de los efectos perjudiciales de la corrupción, es fundamental implementar estrategias sólidas de prevención y combate. La promoción de una cultura de integridad y ética en toda la organización es esencial para prevenir la corrupción.

  • Políticas y códigos de ética: Las empresas deben establecer políticas claras contra la corrupción y códigos de ética empresariales que guíen el comportamiento de los empleados. Estos deben ser comunicados de manera efectiva a todos los niveles de la organización y ser parte integral de la cultura corporativa.
  • Auditorías regulares: Las auditorías regulares ayudan a identificar y abordar posibles problemas de corrupción dentro de la organización.
  • Programas de cumplimiento normativo (Compliance): A través de los programas de cumplimiento, las empresas deben responsabilizarse de la prevención de la corrupción. El cumplimiento normativo en este ámbito se encuentra altamente estandarizado, con numerosas directrices y estándares internacionales que han venido concretando las mejores prácticas en la prevención de la corrupción.
  • Certificaciones como ISO 37001: La ISO 37001 permite a las empresas obtener un certificado que acredita la instalación de un programa de prevención de la corrupción en la entidad.

Las empresas deben establecer políticas y controles muy rigurosos y estrictos respecto de este particular en su práctica diaria y en sus transacciones comerciales. En la mayoría de los casos, esto se traduce en una cultura de empresa en la que no se admite ningún tipo de regalo o se admiten solo aquellos que tengan un valor simbólico o que sea socialmente aceptable. En este último caso, la práctica enseña que la dádiva o regalo se destina a un fondo común que después es sorteado entre los empleados de la empresa.

Es cierto que en una sociedad desarrollada y avanzada como la nuestra se deben eliminar este tipo de prácticas, que están cada vez peor vistas y son rechazadas por los ciudadanos, si bien hasta hace relativamente poco tiempo eran socialmente aceptadas. No solo hay que poner freno a estas conductas porque estén tipificadas como delitos en el Código Penal, sino que hay que tomar conciencia de la injusticia que entrañan.

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Contexto Internacional de la Lucha Anticorrupción

La tercera de las líneas en que se enmarca la nueva política anticorrupción es la internacionalización. La corrupción se configura como una de las nuevas amenazas derivadas de la conducta humana inapropiada. El abordaje de la corrupción busca centrar su atención con apego a uno de los instrumentos internacionales como es la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción. Dicha convención fue aprobada mediante la Resolución 58/4 y presentada a la Conferencia Política de Alto Nivel para ser firmada por 95 países, estableciendo un marco legal internacional para combatir la corrupción en sus diversas manifestaciones.

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