Asest

Asociación Española de Storytelling
  • Eventos
  • Áreas de especialización
    • Emprendimiento
    • Salud
    • Deporte
    • Nuevas tecnologías
    • Turismo
    • Diseño y moda
  • Comunicación
    • Artículos
    • Prensa
    • Testimonios
  • Story
  • Galería
  • Contacto
  • Acerca de
Inicio
|
Comunicación

Convocatoria de Subvenciones para Entidades Locales: Promoción de la Autonomía y Atención a Personas Mayores

by Admin on 24/05/2026

La promoción de la autonomía personal y la atención a las personas mayores constituyen pilares fundamentales en el desarrollo social y el bienestar de nuestras comunidades. Conscientes de esta necesidad, diversas administraciones públicas han lanzado convocatorias de subvenciones dirigidas a entidades locales, con el objetivo de fortalecer los servicios y programas destinados a este colectivo.

Estas iniciativas buscan no solo mantener infraestructuras existentes, como residencias y centros de día, sino también impulsar la creación de nuevos recursos, la digitalización de los servicios y el desarrollo de programas innovadores que mejoren la calidad de vida de las personas mayores.

Convocatorias en Castilla-La Mancha

La Dirección General de Mayores de Castilla-La Mancha ha emitido una resolución clave en este ámbito. La

RESOLUCIÓN DE 29/12/2025, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MAYORES, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2026 LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE ÁMBITO TERRITORIAL INFERIOR AL MUNICIPIO, MUNICIPIOS, MANCOMUNIDADES Y AGRUPACIONES MUNICIPALES, PARA EL MANTENIMIENTO DE PLAZAS EN RESIDENCIAS Y CENTROS DE DÍA Y PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE ATENCIÓN A PERSONAS MAYORES EN CASTILLA-LA MANCHA

es una pieza fundamental para la financiación de estas actuaciones. Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden 81/2025, de 6 de junio, de la Consejería de Bienestar Social.

Las subvenciones objeto de esta convocatoria se integran en el Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2026, de la sección presupuestaria 27-Bienestar Social, y contribuyen al cumplimiento del objetivo 00135: “Mayores”. La cuantía máxima destinada a esta convocatoria asciende a 18.185.970,00 euros.

Líneas de Actuación

La convocatoria se estructura en dos líneas principales de financiación:

  • Línea 1: Para la financiación del mantenimiento de plazas en residencias y centros de día para mayores.
  • Línea 2: Para la financiación de gastos de personal y mantenimiento para el desarrollo de programas o proyectos de atención a mayores.

Requisitos y Documentación

Para obtener la condición de entidad beneficiaria, deberá quedar acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos. Las entidades solicitantes únicamente tendrán obligación de presentar, junto a la solicitud electrónica de iniciación, la documentación relativa a la subcontratación (si tuviera lugar), el formulario modelo del proyecto (disponible en la sede electrónica), y el documento acreditativo del negocio jurídico en las subvenciones de la Línea 1, cuando se colabore en el desarrollo del programa o proyecto con una entidad externa.

Es importante destacar que no haber sido sancionada por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente es un requisito indispensable, salvo que acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

Los trámites relacionados con los expedientes de subvenciones se notificarán por medios electrónicos, a través de la plataforma de notificaciones telemáticas en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Criterios de Valoración

La evaluación de las solicitudes tendrá en cuenta diversos parámetros, entre los que se incluyen:

  • Evaluación de la calidad de los resultados del desarrollo de la actividad subvencionada por convocatoria análoga en ejercicios anteriores.
  • Evaluación de los resultados de los programas o servicios desarrollados en el ejercicio anterior al de la convocatoria, considerando el número de personas atendidas (máximo 2 puntos), la incidencia en la detección de situaciones de soledad no deseada (máximo 2 puntos), el nivel de empleo generado (máximo 2 puntos) y la intervención en zonas rurales (máximo 2 puntos).

Gestión y Plazos

La instrucción de las subvenciones correspondientes a la Línea 1 será tramitada por el servicio encargado de la gestión de programas de mayores de la Dirección General de Mayores. La instrucción de las subvenciones de la Línea 2 será tramitada por el servicio competente en la atención a personas mayores de la delegación provincial de la Consejería.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses, contados desde la fecha de presentación de la solicitud. Cuando el importe de la subvención resultante de la propuesta de resolución provisional sea inferior al que figura en la solicitud presentada, los órganos instructores del procedimiento podrán instar a la entidad solicitante a que reformule su solicitud.

Las subvenciones concedidas y denegadas se notificarán a las entidades por medio de la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Justificación y Pago

Los libramientos se realizarán de manera fraccionada, respondiendo al ritmo de ejecución de las acciones subvencionadas. Para la Línea 1, se realizarán libramientos mensuales, abonándose por cuantía equivalente a la justificación presentada cada mes. Para la Línea 2, la cuantía a abonar durante 2026 se dividirá en 12 libramientos mensuales de igual cuantía. No obstante, tras la notificación de la resolución de concesión, se realizarán los libramientos de los meses ya vencidos.

Las justificaciones mensuales deberán presentarse dentro de los diez primeros días naturales del mes siguiente al que corresponden los servicios prestados, incluyendo certificaciones del órgano o unidad responsable de la contabilidad, con la relación de personas usuarias, su grado de dependencia, aportaciones económicas y la cuantía correspondiente de subvención.

La justificación final deberá presentarse antes del 15 de diciembre de 2026, una vez ejecutadas y finalizadas las actuaciones. Los documentos presentados corresponderán a gastos ejecutados desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 30 de noviembre de 2026. En la justificación no se podrán incluir gastos distintos a aquellos para los que fue concedida la subvención.

Cómo mejorar la calidad de vida de las personas mayores | Improving quality of life of the elderly

Ilustración de la diversidad de programas y servicios para personas mayores.

Convocatorias en Cantabria

En Cantabria, la

Orden EPS/6/2022, de 10 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

, busca financiar actuaciones de apoyo a la digitalización y la adaptación de los centros de atención a personas mayores, con discapacidad y/o en situación de dependencia al nuevo modelo de cuidados de larga duración.

Un aspecto relevante de esta convocatoria es la creación, adaptación, dotación y mejora de centros comunitarios y minicentros residenciales de titularidad pública en los municipios de Cantabria. Se priorizan aquellos municipios que, por su lejanía de los grandes núcleos de población y por su menor número de habitantes, presentan una mayor carencia de recursos sociales para la atención a personas mayores y/o con discapacidad.

El Servicio de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia es el encargado de verificar que las entidades no excedan los importes máximos de la convocatoria y que las actuaciones se adecuen a lo regulado en la orden. Posteriormente, formulará la propuesta de resolución, identificando al solicitante y la cuantía de la subvención, o indicando los motivos de no concesión.

Representación geográfica de los centros de atención a personas mayores en Cantabria.

Declaración de "No Causar Perjuicio Significativo"

Un elemento crucial en la convocatoria de Cantabria es el Anexo VII, referente a la

Declaración responsable del principio de "no causar perjuicio significativo" objetivos medioambientales (art. 17 Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de 2020)

. Este requisito subraya el compromiso con la sostenibilidad y el impacto ambiental de las actuaciones financiadas.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de tres meses, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.

Anexos Relevantes

Para ambas convocatorias, la consulta de los anexos es fundamental para la correcta preparación de las solicitudes y la comprensión de los requisitos específicos:

  • Anexo I.
  • Anexo II.
  • Anexo III.
  • Anexo IV.
  • Anexo VI.
  • Anexo VII. Declaración responsable del principio de "no causar perjuicio significativo" objetivos medioambientales.
  • Anexo VIII.

Estos documentos complementan la información general y detallan aspectos cruciales para las entidades solicitantes.

tags: #convocatoria #subvenciones #entidades #locales #servicio #promocion

Publicaciones populares:

  • Conoce la importancia de la ética para tu PYME.
  • Descubre oportunidades de autoempleo en Ávila
  • Flexibilidad para el Éxito con Coworking en Barcelona
  • Datos clave de ACTIMA CONSULTORIA DE RECURSOS HUMANOS SL
  • Estrategias de innovación para emprendedores
Asest © 2025. Privacy Policy