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Comunicación

El Convenio Iberia para Jóvenes Empresarios: Impulso a la Movilidad y el Talento

by Admin on 22/05/2026

Iberia, en su compromiso con la educación y el desarrollo profesional, ha establecido diversos acuerdos y convenios que buscan potenciar el talento joven y facilitar su inserción en el mercado laboral global. Estos convenios no solo abordan aspectos de la movilidad académica, sino que también regulan las relaciones laborales dentro de la propia compañía, garantizando un marco de trabajo claro y equitativo.

Uno de los acuerdos más destacados es el establecido con Planeta Formación y Universidades, la red de educación superior del Grupo Planeta. Este convenio tiene como objetivo principal impulsar la movilidad de estudiantes colombianos hacia España, ofreciéndoles descuentos exclusivos para cursar su formación en programas educativos de la red.

Impulso a la Movilidad Académica Internacional

Planeta Formación y Universidades, que cuenta con 22 instituciones educativas en todo el mundo y más de 150.000 estudiantes de 100 nacionalidades distintas, ha cerrado un acuerdo con Iberia, la aerolínea líder conectando América Latina con España. El convenio ofrece un descuento para los estudiantes que se desplacen desde Colombia al país europeo para cursar su formación en programas educativos de la red.

Este esfuerzo promueve la movilidad académica y resalta la importancia de crear puentes educativos internacionales que potencien el talento y fortalezcan las conexiones entre los dos países. Este acuerdo permitirá a los estudiantes el acceso a una amplia gama de programas de más de 10 áreas de conocimiento más demandadas, entre las que se encuentra empresa, tecnología, educación, gastronomía o audiovisuales, impartidos por prestigiosas instituciones de la red educativa como EAE Business School, UNIE Universidad, Inesdi Business Techschool, Barcelona Culinary Hub, o The Core - Escuela Superior de Audiovisuales, entre otras.

Esta diversidad de opciones permitirá a los estudiantes elegir la formación que mejor se adapte a sus intereses y metas profesionales, brindándoles las herramientas y conocimientos necesarios para destacar en un mercado laboral cada vez más competitivo.

La Sra. Andrea Pulido, directora general del área internacional de Planeta Formación y Universidades, destacó que "esta alianza reafirma el compromiso de Planeta Formación y Universidades con Colombia, un país clave en nuestra estrategia de construir puentes para el desarrollo educativo y profesional de los estudiantes colombianos a nivel internacional. Por ello, es fundamental continuar promoviendo beneficios y estableciendo alianzas estratégicas que fortalezcan la atracción de talento colombiano".

Por su parte, María Consuelo Fiorentini, Country Manager de Iberia en Colombia, agregó: "Nuestro propósito como empresa es generar prosperidad conectando personas con el mundo, por lo que impulsar la movilidad de los estudiantes de Colombia para que sigan desarrollando su formación está en el corazón de ese propósito que nos hemos marcado. Es por eso por lo que estamos seguros de que esta alianza ayudará a que más jóvenes puedan beneficiarse de una experiencia académica líder haciendo más accesible el desplazamiento internacional".

El objetivo es continuar impulsando la educación internacional a través del intercambio y ofrecer todas las facilidades posibles para que los estudiantes colombianos puedan acceder a una formación de excelencia en España.

Descuentos Exclusivos para Jóvenes con Carné Joven EYCA

Con IBERIA, los socios del Carné Joven EYCA pueden vivir miles de experiencias disfrutando de viajes únicos e irrepetibles. Se ofrece un 10% de descuento exclusivo para socios Carné Joven EYCA, que se aplica sobre el precio final del billete, es decir, sobre la tarifa de Iberia y también sobre las tasas de aeropuerto. Esto puede suponer un ahorro extra de entre 40 y 60 euros en los trayectos. La oferta es válida para vuelos operados por Iberia, Iberia Express y AirNostrum y solo en www.iberia.com.

Para aplicar el descuento, se debe entrar en la web de Iberia y seleccionar el vuelo. Al final del proceso de compra se podrá introducir un código para ver aplicado el descuento.

Acuerdos Laborales y Flexibilidad en Iberia

El convenio colectivo de Iberia se aplica a todo el personal empleado en la Empresa vinculado por relación laboral común, con exclusión de cualquier otro. Este convenio tendrá una vigencia de tres años, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Las condiciones del presente convenio forman un todo orgánico e indivisible, y a efectos de su aplicación serán consideradas globalmente, asumiendo las partes su cumplimiento con vinculación a la totalidad del mismo. La parte social está representada por el comité intercentros.

En caso de denuncia del convenio, ésta deberá producirse con, al menos, tres (3) meses de antelación a la fecha de expiración de su vigencia, mediante comunicación escrita que deberá dirigirse a las otras partes firmantes del Convenio. De esta comunicación se enviará copia, a efectos de registro, a la autoridad laboral. En el plazo máximo de un (1) mes a partir de la recepción de la comunicación, se procederá a constituir la Comisión Negociadora. La parte receptora de la comunicación deberá responder a la propuesta de negociación y ambas partes establecerán un calendario o plan de negociación, todo ello de conformidad a lo establecido en el artículo 89. El plazo máximo para negociar el nuevo Convenio Colectivo será de nueve (9) meses, salvo pacto en contrario.

En el supuesto de que la jurisdicción social declarase la nulidad total del presente convenio, las partes se comprometen a reunir la Comisión Negociadora en el plazo de treinta (30) días con el fin de convenir un nuevo texto adaptado a la legalidad.

Comisión Paritaria y Resolución de Conflictos

La Comisión Paritaria habrá de constituirse necesariamente dentro del mes siguiente a la firma del presente Convenio Colectivo, y deberá reunirse en un plazo máximo de una (1) semana tras la solicitud por escrito al respecto de cualquiera de sus integrantes, bastando la comunicación mediante correo electrónico o medio similar y, en todo caso, y como mínimo, una vez cada semestre, quedando fijados como fechas para las reuniones mínimas ordinarias el primer día laborable de los meses de enero y julio, a falta de pacto expreso de la mayoría de la Comisión Paritaria respecto de otras fechas de reunión. En ambos casos, con posibilidad de delegación, que habrá de efectuarse por escrito.

Las partes firmantes del presente Convenio estiman necesario establecer procedimientos voluntarios de solución de los conflictos de carácter colectivo, al no agotar las tareas encomendadas a la Comisión Paritaria las necesidades que a este respecto puedan surgir entre Empresa y trabajadores, en relación con la aplicación e interpretación de lo pactado y su adecuación a las circunstancias en las que se presta y realiza el trabajo. A tal efecto asumen los contenidos del VI Acuerdo sobre solución autónoma de conflictos laborales (sistema extrajudicial), publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 23 de diciembre de 2020.

Deberes de las Personas Trabajadoras

Las personas trabajadoras tienen como deberes básicos el cumplir con las obligaciones de su puesto de trabajo de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia, observar las medidas de salud laboral y prevención de riesgos laborales que se adopten, cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas, no concurrir con la actividad de la Empresa en los términos previstos en el Estatuto de los Trabajadores y a contribuir a la mejora de la productividad. La persona trabajadora manejará de forma responsable los bienes e inmuebles que la compañía pone a su disposición.

Movilidad Funcional y Cambios de Centro de Trabajo

Podrá llevarse a cabo una movilidad funcional en el interior de los grupos profesionales, cuando ello no implique movilidad geográfica (en cuyo caso habría que remitirse al artículo 15). A los efectos de este artículo, se entenderá que existe la idoneidad requerida cuando la capacidad para el desempeño de la nueva tarea se desprenda de la anteriormente realizada o la persona trabajadora tenga el nivel de formación o experiencia requerida. La retribución, en tanto se desempeña trabajo de Grupo superior, será la correspondiente al mismo. Cuando se trate de un Grupo inferior, esta situación no podrá prolongarse por período superior a cuatro meses ininterrumpidos.

No obstante, este plazo podrá prolongarse si así se acuerda expresamente entre la empresa y la persona trabajadora en base a razones excepcionales, y sí existen, además, razones técnicas u organizativas que lo justifiquen y con la previsión de medidas para resolver el problema planteado. En todo caso, la persona trabajadora conservará la retribución correspondiente a su Grupo de origen, salvo que el cambio se produjera por petición de la persona trabajadora, en cuyo caso su salario se condicionaría según el nuevo Grupo Profesional. En ningún caso, el cambio de Grupo podrá implicar menoscabo de la dignidad humana.

Para aquellos casos en los que haya cambio del centro de trabajo sin movilidad geográfica dicho cambio deberá ser notificado por escrito y con una antelación de siete (7) días, salvo pacto entre las partes. La facultad de la empresa de modificar el centro de trabajo podrá ser utilizada con la misma persona trabajadora una vez por semestre salvo que concurra alguna de las causas previstas en los artículos 40 o 41 del Estatuto de los Trabajadores. Se entenderá que no concurre movilidad geográfica en los casos en que dichos cambios se realicen a una distancia igual o inferior a veinticinco (25) km del domicilio del primer centro de trabajo en el que la persona trabajadora preste sus servicios para la Empresa, y ello salvo que se hubiere producido una movilidad geográfica previamente, en cuyo caso, el centro de referencia para el cómputo de la distancia será el último centro de trabajo.

Cese Voluntario y Contratos a Tiempo Parcial

Cuando una persona trabajadora, una vez superado el periodo de prueba, se proponga cesar voluntariamente en la Empresa, con independencia de que su relación laboral sea de carácter indefinido o temporal, habrá de comunicarlo por escrito a la dirección de la misma con una antelación de quince (15) días, salvo que el contrato sea inferior a cuarenta y cinco (45) días, en cuyo caso la duración del preaviso será de un tercio de la duración del contrato. Dichos contratos se regirán por lo dispuesto en la legislación vigente en cada momento.

En caso de formalizarse pactos de horas complementarias, el número de horas complementarias no podrá exceder del cuarenta por cien (40 por 100) de las horas ordinarias de trabajo objeto del contrato. En todo caso, la suma de las horas ordinarias y de las horas complementarias no podrá exceder del límite legal del trabajo a tiempo parcial. Cuando por de la producción el incremento ocasional e imprevisible de la actividad y las oscilaciones, que, aun tratándose de la actividad normal de la Empresa, la Empresa podrá formalizar esta modalidad contractual.

➡️ CONVENIOS COLECTIVOS : Descubre los 7 Tipos【Fácil y con EJEMPLOS]

Clasificación Profesional en Iberia

La clasificación profesional busca lograr una mejor integración de los recursos humanos en la estructura organizativa de la Empresa sin menoscabo alguno de la dignidad, oportunidad de promoción y justa retribución de las personas trabajadoras y sin que se produzca discriminación alguna por razones de edad, sexo o de cualquier otra índole. En la clasificación de las personas trabajadoras incluidas en el ámbito de aplicación del presente convenio colectivo al grupo profesional y, por consiguiente, la asignación de un puesto de trabajo, se han ponderado lo siguientes factores: autonomía, formación, iniciativa, mando, responsabilidad y complejidad. Las personas trabajadoras afectadas por este convenio colectivo se encuadrarán dentro de un Área Funcional, en Grupos Profesionales, asignándoles un puesto de trabajo.

Áreas Funcionales y Grupos Profesionales

Se establecen varias áreas funcionales y dentro de ellas, diferentes grupos profesionales:

Área Funcional Primera (Oficinas)

  • Grupo Profesional A: Tareas técnicas complejas y heterogéneas con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia, autonomía, iniciativa y responsabilidad. Incluye funciones de gestión de una o varias áreas funcionales a partir de directrices de la Dirección.
  • Grupo Profesional B: Integración, coordinación y supervisión de tareas diversas, realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma unidad funcional.
  • Grupo Profesional C: Funciones con alto grado de especialización que integran, coordinan y supervisan la ejecución de varias tareas homogéneas o funciones especializadas que requerirán una amplia experiencia y un fuerte grado de responsabilidad en función de la complejidad del Organismo. Actúa bajo instrucciones y supervisión general, estableciendo o desarrollando programas o aplicaciones técnicas.
  • Grupo Profesional D: Trabajos de ejecución autónoma que exigen habitualmente iniciativa, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de las mismas, pudiendo ser ayudados por otros trabajadores de grupos profesionales inferiores. También tareas de ejecución siguiendo un método de trabajo preciso y concreto, bajo instrucciones establecidas, con alto grado de dependencia jerárquica y/o funcional. Trabajo totalmente normalizado y estandarizado.
  • Grupo Profesional E: Tareas de cierta autonomía que exigen habitualmente alguna iniciativa, pudiendo ser ayudados por otras personas trabajadoras.
  • Grupo Profesional F: Colaboración en la ejecución de tareas elementales, asistiendo a auxiliares, mozos especializados, dependientes y ayudantes de reparación. Tareas manuales o con ayuda de elementos mecánicos simples, ajustándose a instrucciones concretas, con alto grado de dependencia y que requieren normalmente esfuerzo físico y atención, y que no suelen requerir formación específica, pero pueden exigir conocimientos profesionales de carácter elemental.

Actividades y Puestos de Trabajo del Área Primera

  • Gerente: Al frente del departamento de tiendas o división correspondiente, coordina, controla, dirige y supervisa a los/as coordinadores/as. Responsable de tareas técnicas complejas y heterogéneas, con objetivos globales definidos y alto grado de exigencia y autonomía, iniciativa y responsabilidad. Traza estrategias de control comercial y vela por el cumplimiento de los objetivos de venta.
  • Coordinador/a: Responsable de canalizar a las tiendas todas las directrices de los/as Gerentes. Realiza seguimiento y control a los/as jefes/as de sucursal y demás empleados/as. Determina orientaciones y criterios para la venta en tiendas. Ejecuta indicaciones de marketing y actividades promocionales. Analiza y diseña la distribución física de establecimientos y organiza la composición de artículos expuestos. Colabora en la formación del personal y vela por los estándares de atención al cliente.
  • Jefe/a de sucursal: Al frente de una sucursal, tienda o punto de venta, ejerciendo por delegación funciones de dirección. Responsable del correcto funcionamiento del establecimiento, incluyendo existencias, orden y cuadros horarios del personal. Colabora en la formación del personal, supervisa inventarios, organiza la exposición de artículos y colabora en la implementación de protocolos de atención al cliente.
  • Subencargado/a de tienda: Con o sin personal a su cargo, responsable de dirigir los trabajos de su sección. Supervisa y controla funciones de cobro y colabora en la formación del personal. Organiza la exposición y colocación de artículos.
  • Dependiente/a: Conocedor/a del producto, es la representación directa de la empresa con el cliente. Vela por la exposición y custodia del producto. Ejecuta indicaciones de marketing, orienta profesionalmente a clientes y busca el aumento de ventas a través de la atención al cliente, manteniendo el área de ventas y almacén en correctas condiciones.

Actividades y Puestos de Trabajo del Área Segunda

  • Gerente: Al frente del departamento, dirigiendo el almacén y la logística, siendo responsable del correcto funcionamiento del departamento.
  • Responsable de área: Actúa como jefe/a de almacén o jefe/a de turno de almacén, asumiendo la responsabilidad concreta del departamento de logística y almacén, realizando el control y supervisión del trabajo de los/as operadores de logística y preparadores.
  • Jefe/a de equipo de almacén: Al frente de un almacén, teniendo a su cargo la responsabilidad última de las tareas del mismo.
  • Jefe/a de Sección Almacén: Al frente de una o varias secciones del almacén. Responsable de todos los flujos existentes en dicha sección y de la coordinación del personal que intervenga en la misma.
  • Mozo/a especializado/a: Realiza funciones especializadas en el almacén.

La clasificación profesional busca, en última instancia, asegurar la eficiencia operativa y el desarrollo de carrera de los empleados dentro de Iberia, fomentando un entorno de trabajo justo y productivo.

VIII Convenio de Pilotos y Reestructuración de la Plantilla

El acuerdo de productividad que Iberia y el sindicato de pilotos Sepla firmaron, calificado de “histórico”, incluye un programa de adelgazamiento de la plantilla que podría ampliarse a los colectivos de tierra y tripulantes de cabina de pasajeros (TCP), que siguen negociando con la empresa sus medidas de productividad. Tras el ajuste de empleo que supuso el Plan de Transformación, que acabó con 3.141 despidos el año pasado, dirección y pilotos han pactado un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que servirá de marco para posibles salidas.

Fuentes cercanas a la negociación aseguran que el actual grado de producción podría atenderse con un millar de pilotos, por lo que sobrarían unos 300. En este contexto, se abrirá un ERE voluntario, vigente hasta finales de 2017, que incluye prejubilaciones, bajas incentivadas y recolocaciones.

Detalles del ERE Voluntario

  • Jubilaciones anticipadas: Se cubren con el pago del 30% del salario.
  • Bajas incentivadas: Se pagan a 35 días por año trabajado, con un límite de 30 mensualidades y un mínimo de un año de salario.
  • Recolocaciones: Ofrecen la posibilidad de vuelta a la compañía a partir de los dos años de la salida. El personal que opte por esta última vía cobrará un 40% de la indemnización que le corresponde por despido. A la hora del retorno, deberá devolver ese dinero si reingresan en el mismo puesto que ocupaban; se quedan ese dinero si se integran en la cola del escalafón, y cobrarían el 60% que no han percibido del despido si no vuelven.

Al parecer, el Sepla se está encargando de encontrar los puestos en aerolíneas de todo el mundo para cubrir recolocaciones. Además, el sindicato ha impartido formación a unos 400 profesionales por si optan por abandonar Iberia. Fuentes sindicales aseguran que hay decenas de peticiones en las oficinas del sindicato.

Nuevas Condiciones Salariales y de Producción para Pilotos

1. Los pilotos de Iberia venían entrando a la compañía con un salario anual mínimo de 67.000 euros. El laudo de Jaime Montalvo rebajó ese nivel de entrada a 29.000 euros, que el pacto entre dirección y Sepla vuelve a elevar a 35.000 euros. Desde el sindicato se defiende que ese sueldo representa la mitad del salario de un piloto de Easyjet.

2. El acuerdo entre empresa y pilotos será controlado por comisiones de seguimiento en lo que toca al Anexo X (producción desde Barajas con código Iberia), o con una comisión de seguimiento del nuevo sistema de programación e incidencias.

La mediación del catedrático de Derecho del Trabajo Gregorio Tudela fijó el año pasado 258 despidos entre el colectivo de pilotos. Una cifra que, según cuenta el Sepla, no podrá cubrirse en su totalidad por las limitaciones que impone la propia mediación. Fuentes solventes afirman que han salido de la aerolínea 200 pilotos por la vía del último ERE, más otros 40 que han pedido la baja voluntaria.

La sección sindical del Sepla en Iberia, liderada por Justo Peral, informó a los pilotos sobre los detalles del acuerdo con la dirección. Una entente que asegura la paz en la compañía como mínimo hasta finales de 2017. Durante el acto, los pilotos aplaudieron un mensaje del presidente de la compañía, Luis Gallego, en el que venía a decir que Iberia cuenta con su plantilla. El pacto de productividad será incorporado al VIII convenio de los pilotos, vigente hasta el 31 de diciembre de 2017 más un año de ultraactividad.

Los servicios jurídicos del Sepla, liderados por Pedro Arriola y Susana Ruiz, ultiman un informe jurídico para dar forma al texto. Una amplia mayoría de los 600 asistentes a la asamblea informativa del martes dieron apoyo al pacto con Iberia.

El Sepla es optimista con la nueva etapa de entendimiento abierta con la dirección: “Iberia sacará el mayor fruto posible a la competitividad de su personal cuanto más vuele”, explica el jefe del sindicato, Justo Peral.

Los pilotos mantendrán una rebaja salarial del 14% hasta finales de 2018, más la congelación de los complementos. Además, han accedido a volar 850 horas al año, frente a las poco más de 600 horas anuales de servicio que prestaban hasta ahora. Otra concesión es la de rebajar el número de pilotos en vuelos transoceánicos, de cuatro a tres o de tres a dos, dependiendo del destino. Por último, ha trascendido que se pasa de dos jornadas de descanso mínimo en destino a una. “Se trata de maximizar la utilización de la tripulación para ponernos en cotas de productividad superiores a las de Ryanair”, dice Peral.

Expansión de Flota y Recuperación de Rutas

El memorándum de entendimiento entre Iberia y sus pilotos incluye las reglas que regulan el crecimiento de la flota de Iberia e Iberia Express. Por cada avión incorporado a la joven filial de bajo coste, con un máximo de diez aviones hasta finales de 2017, se comprará otro para Iberia, que no tiene límites para el crecimiento de la flota. La matriz cuenta con opciones para 34 Airbus 350 y ocho Airbus 330, más eficientes en consumo que los aparatos que cubren el largo radio de Iberia en la actualidad. De momento, no hay tomada una decisión de compra.

A partir de 2017, Iberia Express podrá crecer hasta un 15% de los asientos por kilómetros operados (AKO) sumados por Iberia. La filial cuenta con una flota de 15 aviones, por los 70 de Iberia.

La ministra Pastor preguntó por la recuperación de rutas. Al presidente de Iberia, Luis Gallego, se le pregunta por la recuperación de rutas allí por donde va. Y las dependencias del Ministerio de Fomento no son una excepción. Tras sellar la paz, Gallego y Peral presentaron el acuerdo a la ministra Ana Pastor y al secretario de Estado de Infraestructuras, Rafael Catalá. “¿Volveréis a destinos como Cuba, verdad?”, interrogó la ministra. Y Gallego comentó que la intención de Iberia, con costes laborales más competitivos, es regresar a Uruguay, Cuba, República Dominicana y Puerto Rico, entre otros destinos. Todo depende de que se logre un acuerdo de productividad con los TCP y con el personal de tierra.

tags: #convenio #iberia #jovenes #empresarios

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