Cómo hacerse empresario: Pasos esenciales para iniciar tu negocio
Desde que tienes una idea de negocio hasta que consigues plasmarla en una empresa, transcurre un tiempo considerable debido a los numerosos trámites que debes cumplir y requisitos legales que se exigen antes de empezar a operar con tu empresa. A continuación, te contamos todo lo que tienes que hacer para convertirte en empresario.
Tabla de contenidos
- La Ley Crea y Crece
- Qué empresas se pueden constituir online
- ¿Es lo mismo montar una startup que una pyme?
- Los trámites para la puesta en marcha de una empresa
- Elegir la forma jurídica
- Estatutos sociales
- Constitución de la empresa
- Visita al Registro Mercantil
- Registrar la marca
1. La Ley Crea y Crece
La Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, más conocida como la Ley ‘Crea y Crece’, fue aprobada por el Congreso de los Diputados en septiembre de 2022, con el objetivo de facilitar la creación de empresas, reducir obstáculos regulatorios, luchar contra la morosidad e impulsar su crecimiento y expansión.
Principales ventajas de la Ley Crea y Crece:
- Registro rápido y simplificado.
- Constitución de una S.L. por 1€.
- Uso generalizado de la factura electrónica. Generaliza el uso de la factura electrónica en las transacciones en las que intervienen profesionales y empresarios, ampliando la obligación de expedir y remitir facturas de este tipo a cualquier tipo de relación comercial. Como consecuencia, se mejora la trazabilidad y el control de pagos, lo que permite obtener información fiable con rapidez.
- Ampliación del listado de actividades económicas exentas de licencia.
- El papel de los notarios. El proyecto de ley también aporta novedades sobre el papel de los notarios. Estos no podrán rechazar ningún trámite necesario para la creación de empresas que ya hayan iniciado los trámites a través del Documento Único Electrónico (DUE) o del CIRCE. También se obliga a estos a estar registrados en la Agencia Electrónica Notarial.
- Contra la morosidad. En este apartado son varias las medidas que se incluyen entendiendo que la morosidad es una de las causas “que más incidencia tiene en la liquidez y rentabilidad de muchas empresas españolas, con particular incidencia en las pymes”.
2. ¿Qué empresas se pueden constituir online?
Aunque la Ley Crea y Crece recoge la posibilidad de tramitar la constitución de una empresa de forma telemática, a través del ‘PAE electrónico’, esta opción solo se aplica a determinadas sociedades mercantiles.
3. ¿Es lo mismo montar una startup que una pyme?
Atendiendo a estos criterios, la Ley de Startups introduce importantes medidas fiscales, suprime trabas administrativas, facilita la captación de talento nacional e internacional y flexibiliza la inversión en este tipo de empresas.
4. Los trámites para la puesta en marcha de una empresa
Para iniciar tu empresa, debes cumplir con una serie de trámites esenciales, que varían según la actividad y si contratas trabajadores o no:
- Alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores: Declaración censal de comienzo, modificación o cese de actividad que han de presentar a efectos fiscales los empresarios individuales, los profesionales y las sociedades.
- Impuesto sobre Actividades Económicas: Es un tributo derivado del ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas.
- Alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA): Régimen que regula la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos (empresarios individuales), comuneros y los socios y administradores de algunas sociedades.
- Alta de los socios y administradores en los regímenes de la Seguridad Social: El alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda en cada caso, estará condicionado al tipo de sociedad y/o a la participación en el capital social.
- Legalización del Libro de actas, del Libro registro de socios, del Libro registro de acciones nominativas y del Libro registro de contratos entre el socio único y la sociedad: La legislación actual obliga a las sociedades mercantiles a llevar unos libros registro (de actas, de socios o de acciones) y a realizar anualmente su presentación en el Registro Mercantil Provincial.
- Legalización del Libro Diario y del Libro de Inventarios y Cuentas Anuales: Todos los empresarios que lleven su contabilidad según las disposiciones del Código de Comercio deberán elaborar los siguientes documentos contables: un Libro Diario y un Libro de Inventarios y Cuentas Anuales.
- Obtención de un certificado electrónico: El certificado electrónico posibilita firmar documentos electrónicos e identificar inequívocamente al propietario de la firma.
- Licencia de actividad: Incluye licencias de instalaciones y obras, licencias de actividad y licencias de funcionamiento.
- Inscripción en otros organismos oficiales y/o registros: En función de la actividad desarrollada se deberá comunicar con carácter obligatorio el inicio de la actividad en aquellas administraciones, autoridades y/o registros.
Según la actividad:
Dependiendo del tipo de negocio, se requieren inscripciones específicas:
- Bares, cafeterías, restaurantes y establecimientos hoteleros.
- Agencias de viaje.
- Sociedades de inversión mobiliaria de capital fijo y capital variable.
- Actividades industriales, talleres de reparación, almacenes de sustancias tóxicas o peligrosas, empresas de fabricación de cualquier producto.
- Empresas de seguridad.
- Industrias y establecimientos alimentarios (No detallistas, supermercados o hipermercados).
- Empresas de material de juego (todas).
- Actividades de la construcción, instalaciones y/o reparaciones eléctricas, sector madera y corcho y actividades de ingeniería y consulta. Documentación de calificación empresarial.
- Personas físicas que se dediquen a instalaciones eléctricas, de gas, climatización y de aparatos de presión. Carnet o certificado.
Trámites adicionales con trabajadores:
Si tu intención es contratar a trabajadores, los requisitos legales y los trámites aumentan:
- Inscripción de la empresa: La inscripción es el acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones (código de cuenta de cotización).
- Afiliación de trabajadores: Acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce a las personas físicas su inclusión por primera vez en el Sistema de Seguridad Social.
- Alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social: Todo empresario que contrate a trabajadores deberá comunicar el alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.
- Alta de los contratos de trabajo: Este trámite consiste en realizar la legalización o alta de los contratos de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena.
- Comunicación de apertura del centro de trabajo: Constituida la Sociedad o decidida por el empresario la iniciación de su actividad, se deberá proceder a la comunicación de apertura del centro de trabajo, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral.
- Obtención del calendario laboral: Las empresas deben exponer en cada centro de trabajo el calendario laboral, que deberá estar en lugar visible.
5. Elegir la forma jurídica
La forma jurídica de una empresa es la modalidad legal que un profesional o sociedad escoge para llevar a cabo una actividad económica.
Aquí tienes una tabla comparativa de las diferentes formas jurídicas:
Cómo elegir forma juridica
| Forma Jurídica | Número Mínimo de Socios | Capital Mínimo Legal | Responsabilidad |
|---|---|---|---|
| Empresario Individual (Autónomo) | 1 | No existe mínimo legal | Ilimitada |
| Emprendedor de Responsabilidad Limitada | 1 | No existe mínimo legal | Ilimitada con excepciones |
| Comunidad de Bienes | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | Ilimitada |
| Sociedad Civil | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | Ilimitada |
| Sociedad Colectiva | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | Ilimitada |
| Sociedad Comanditaria Simple | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | Ilimitada |
| Agrupación de Interés Económico | Mínimo 2 | No existe mínimo legal | Ilimitada |
| Sociedad Agraria de Transformación | Mínimo 3 | No existe mínimo legal | Ilimitada |
| Sociedad de Responsabilidad Limitada | Mínimo 1 | Mínimo 1 euro | Limitada |
| Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral | Mínimo 2 (en la constitución), 3 a los 36 meses | Mínimo 1 euro | Limitada |
| Sociedad Anónima | Mínimo 1 | Mínimo 60.000 euros | Limitada |
| Sociedad Anónima Laboral | Mínimo 2 (en la constitución), 3 a los 36 meses | Mínimo 60.000 € | Limitada al capital aportado |
| Sociedad Comanditaria por acciones | Mínimo 2 | Mínimo 60.000 € | Ilimitada |
| Sociedad Cooperativa | Cooperativas 1er grado: Mínimo 3 socios. Cooperativas 2º grado: 2 cooperativas | Mínimo fijado en los Estatutos | Limitada |
| Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado | Mínimo 3 | Mínimo fijado en los Estatutos | Limitada |
| Sociedad de Garantía Recíproca | Mínimo 150 socios partícipes | Mínimo 10.000.000 euros | Limitada |
| Entidades de Capital-Riesgo | Al menos 3 miembros en el Consejo Administración | Sociedades de Capital Riesgo: Mínimo 1.200.000 €. Fondos de Capital-Riesgo: Mínimo 1.650.000 €. SICC autogestionadas: mínimo 300.000 €. SGEIC: mínimo 125.000 € | Limitada |
| Sociedades Profesionales | Mínimo 1 | Según la forma social que adopte | Limitada |
Importante: En la de responsabilidad ilimitada, los bienes personales y de patrimonio de los socios están expuestos a posibles embargos en caso de que la deuda no se solvente.
6. Estatutos sociales
Una vez elegida la forma jurídica, has de redactar los estatutos sociales. Éste es uno de los pasos más importantes para crear una empresa, ya que representan las bases sobre las que se constituye y recopilan todas las obligaciones y los derechos de los socios así como las normas que regulan el funcionamiento de la sociedad.
Además, se definen otros aspectos de interés para el correcto funcionamiento del negocio, como el órgano o la estructura administrativa, el reparto de dividendos o el proceso a seguir en caso de disolución de la empresa. Para redactar los estatutos, tanto se puede recurrir al apoyo de un abogado o asesor jurídico, como hacerlo los propios fundadores.
7. Constitución de la empresa
Los estatutos se realizan antes de la constitución de la empresa o sociedad dado que deben aparecer en las escrituras de constitución correspondientes. Para formalizar todos los trámites de creación de tu empresa, tendrás que escriturarla ante notario.
La escritura de constitución de una empresa es el documento jurídico a través del cual el socio/socios hacen constar de forma legal su voluntad de crear una empresa para poder llevar a cabo una actividad económica determinada. Una vez se ha procedido a la constitución de una empresa siguiendo los parámetros establecidos en la legalidad vigente, el paso siguiente es solicitar el número de identificación fiscal (NIF).
8. Visita al Registro Mercantil
Cuando tengas la escritura de constitución, deberás inscribirla en el registro mercantil del domicilio social en el plazo de dos meses desde su otorgamiento notarial. Una vez hayas realizado todos estos pasos, deberás solicitar el NIF definitivo.
9. Registrar la marca
Como ya hemos indicado arriba, tener registrada una denominación social en el Registro Mercantil no supone que el nombre esté protegido jurídicamente como marca, debido a que son dos registros independientes. Legalmente, se entiende por marca es el título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado.
La duración de la protección conferida por los Signos Distintivos (Marcas o Nombres Comerciales) es de diez años a partir de la fecha del depósito de la solicitud y pueden ser renovados indefinidamente.
Recuerda también que es importante registrar el dominio web a través de un registrador que esté acreditado en la ICANN (Corporación de Internet para la Asignación de Nombres y Números), puesto que hay aspectos legales y jurídicos tanto a nivel internacional como nacional que se deben tener en cuenta a la hora de llevar a cabo el registro.
