Impacto de la nueva regulación europea sobre recargos en el comercio electrónico
La Unión Europea ha implementado una serie de medidas regulatorias significativas que transformarán el panorama del comercio electrónico transfronterizo, especialmente para los envíos de bajo valor procedentes de fuera del bloque comunitario. Estas reformas buscan abordar problemas como la evasión fiscal, la competencia desleal y el control aduanero ineficiente.
La nueva tasa de 3 euros: una medida transitoria
La Unión Europea ha aprobado una nueva tasa fija de tres euros, que se aplicará a los envíos de bajo valor provenientes de fuera del bloque comunitario. La medida entrará en vigor el 1 de julio de 2026 y tendrá un carácter provisional hasta, por lo menos, julio de 2028. Esta afectará a aquellos paquetes cuyo valor sea menor a 150 euros. Como estos envíos estaban exentos de aranceles aduaneros hasta el momento, el movimiento representa un cambio importante en la política comercial de Europa.
Aplicación de la tasa: por categoría de producto, no por paquete
Uno de los puntos que más dudas había generado es cómo se aplicará exactamente el nuevo gravamen. No se cobrarán tres euros por paquete, sino tres euros por cada categoría arancelaria distinta del envío, a condición de que el valor total no exceda los 150 euros. En la práctica, si un paquete contiene productos de dos subpartidas arancelarias distintas, se abonarán seis euros. Por el contrario, si incluye varias unidades del mismo tipo de artículo, la tarifa será una sola de tres euros. Este matiz es clave para entender el verdadero efecto sobre los operadores de comercio electrónico, en particular aquellos cuyo modelo se basa en enviar productos a precios muy bajos y con márgenes limitados.
Según los datos de la Comisión Europea, en 2024 llegaron al mercado comunitario 4.600 millones de paquetes por debajo de ese umbral, aproximadamente unos 12 millones cada día. Esta cifra revela la magnitud del fenómeno.
La medida se aplicará de forma temporal hasta 2028, cuando está prevista la implantación de un nuevo sistema basado en un centro de datos común para el control de las importaciones. La tasa no se aplicará por paquete completo, sino por cada categoría de producto incluida en el envío, en función de su clasificación arancelaria.
Impacto en el modelo de ultra bajo coste
La medida afectará, sobre todo, a las plataformas de venta masiva que tengan una significativa presencia de productos originarios de China. En Europa, en los últimos años, marketplaces como AliExpress, Temu o Shein han tenido un aumento explosivo gracias a sus tarifas muy competitivas y a que envían directamente al cliente final. En países como España, estas aplicaciones han ocupado de manera constante los primeros lugares en términos de descargas. Su atractivo se encuentra, exactamente, en esa mezcla de precio bajo y acceso directo al cliente sin intermediarios europeos. No obstante, el nuevo recargo tiene la capacidad de modificar esa ecuación de manera considerable, pues un sobrecoste fijo de tres euros en productos que valen pocos euros puede representar una subida porcentual alta sobre el precio final.
Fraude y falta de cumplimiento en el comercio electrónico
Más del 65 % de los paquetes del comercio electrónico (e-commerce) que llegan a la Unión Europea (UE) se declaran por debajo de su valor real. Este dato, recogido en los análisis de la Comisión Europea, ilustra la magnitud del reto al que se enfrenta la UE para gestionar el creciente volumen del comercio electrónico transfronterizo y el elevado nivel de incumplimiento detectado en muchas de estas importaciones. Como respuesta, las instituciones europeas están impulsando un conjunto de medidas en el ámbito aduanero y del IVA que tendrán importantes consecuencias para las empresas que operan en el sector del e-commerce.
Alerta sobre riesgos en productos de Temu y Shein
La propuesta de reforma aduanera presentada por la Comisión Europea en 2023 partía de un diagnóstico claro: el marco normativo vigente no estaba preparado para gestionar adecuadamente el comercio electrónico transfronterizo de escaso valor. El crecimiento exponencial de envíos procedentes de terceros países -millones de paquetes diarios con bajo valor unitario- puso de manifiesto importantes limitaciones en los sistemas de control. También evidenció problemas significativos de cumplimiento fiscal y de competencia leal. Uno de los problemas centrales identificados fue el uso indebido de la franquicia aplicable a los envíos de bajo valor (aquellos con un importe inferior a 150 euros).
Este régimen permitió a muchos operadores declarar valores inferiores a los reales, fragmentar envíos o eludir obligaciones aduaneras y fiscales, lo que generó pérdidas relevantes de recaudación y un incremento del fraude. Esta situación creó, además, una clara ventaja competitiva para vendedores no establecidos en la UE frente a los europeos, reforzando la necesidad de garantizar la igualdad de condiciones entre operadores. A estas consideraciones fiscales y de competencia se añade la preocupación medioambiental. El elevado número de paquetes que llegan diariamente a la UE tiene un impacto significativo en términos de transporte, emisiones y residuos. Las medidas adoptadas persiguen, por tanto, no solo reforzar el control y la recaudación, sino también incentivar modelos logísticos más eficientes y sostenibles.
Medidas clave de la reforma aduanera y del IVA
Eliminación de la franquicia arancelaria de 150 euros
En noviembre de 2025, la Comisión Europea anunció la supresión de la exención de derechos arancelarios para los envíos de bajo valor, una medida ya prevista en el proyecto de reforma aduanera de 2023. La reforma propone también que las plataformas que participen en las ventas online asuman la consideración de «importadores» de las mercancías y, con ello, la responsabilidad de todas las formalidades y pagos aduaneros asociados. Bajo este nuevo esquema, las plataformas cobrarán los derechos de aduana en el momento de la venta y los ingresarán en sus respectivos Estados miembros, de forma similar a lo que ya ocurre con el IVA.
Para simplificar la determinación del arancel aplicable y mantener la carga administrativa en niveles razonables, el proyecto de reforma prevé un sistema simplificado de valoración y clasificación. Las mercancías se agruparán en cinco categorías, cada una con un tipo arancelario asociado de entre el 0 % y el 17 %. La entrada en vigor plena de esta medida está prevista para mediados de 2028, una vez esté operativo el Centro Aduanero de Datos de la UE (EU Customs Data Hub). Este centro actuará como interfaz aduanera única para todos los Estados miembros y proporcionará a los operadores las funcionalidades necesarias para aplicar el sistema simplificado de cálculo de derechos.
El objetivo principal de esta reforma es doble: eliminar la ventaja competitiva de la que actualmente disfrutan muchos vendedores establecidos fuera de la UE y reducir el fraude asociado a la infravaloración de los envíos. La atribución de la responsabilidad arancelaria a las plataformas contribuirá, además, a evitar que los consumidores se enfrenten a gastos inesperados en el momento de la entrega de sus compras.
Tabla de categorías arancelarias simplificadas
| Categoría de Producto | Tipo Arancelario Asociado |
|---|---|
| Categoría 1 | 0% |
| Categoría 2 | Hasta 5% |
| Categoría 3 | Hasta 10% |
| Categoría 4 | Hasta 15% |
| Categoría 5 | Hasta 17% |
Establecimiento de una tasa arancelaria de 3 euros como solución transitoria
Para anticipar los efectos de la eliminación de la franquicia, los Estados miembros han acordado establecer, como medida transitoria, una tasa arancelaria general de 3 euros por envío de bajo valor. Esta tasa entrará en vigor en julio de 2026 y permanecerá vigente hasta la aplicación definitiva de la reforma aduanera. La medida afectará principalmente a los envíos vinculados a ventas en las que el vendedor no comunitario esté registrado en el IOSS (sistema de ventanilla única para la liquidación del IVA de importación en las ventas a distancia). Según las estimaciones de la Comisión, esto abarcaría aproximadamente el 93 % de los paquetes del comercio electrónico.
Introducción del ‘handling fee’ o tasa de gestión aduanera
A las medidas anteriores se podría sumar la introducción de un handling fee o tasa de gestión por cada paquete, cuyo importe se situaría entre 1 y 2 euros. Esta tasa tendría como finalidad compensar los costes administrativos derivados de la supervisión de millones de envíos diarios. Al margen de que finalmente se apruebe su aplicación a nivel europeo, algunos Estados miembros -como Francia, Rumanía o los Países Bajos- ya han introducido o están considerando introducir este tipo de tasas a nivel nacional.
Otras medidas complementarias en materia de IVA
Desde 2021, todas las importaciones quedaron sujetas a IVA tras la eliminación de la franquicia prevista para los envíos inferiores a 22 euros. Para facilitar su gestión y liquidación, se estableció un sistema opcional de ventanilla única: el import one stop shop (IOSS). Las reformas adoptadas persiguen incentivar el uso del IOSS, permitiendo la recaudación del IVA de forma anticipada y simplificando el despacho aduanero. A partir de julio de 2028, los comerciantes o plataformas establecidos fuera de la UE pasarán a ser los deudores del IVA correspondiente a los bienes importados, que se devengará en el Estado miembro de destino final, de forma que ya no se podrá trasladar esta responsabilidad al consumidor. Quienes no utilicen el IOSS se deberán registrar en cada uno de los Estados miembros en los que realicen ventas.
Objetivos y justificación de la reforma
Según el texto que modifica el Reglamento (CE) n.º 1186/2009, la justificación oficial de Bruselas sobre la eliminación de la exención para envíos de bajo valor tiene dos partes. Por un lado, considera que en un entorno aduanero, no tiene sentido mantener un beneficio fiscal creado en su momento para evitar cargas administrativas excesivas. Por otro lado, subraya la necesidad de proteger las finanzas públicas de los países y el presupuesto comunitario.
Protección presupuestaria y competencia interna
El trasfondo también es competitivo. Las compañías europeas han estado denunciando una desigualdad en las condiciones del mercado, ya que compiten con productos importados que no pagaban aranceles a pesar de ingresar al territorio comunitario en grandes cantidades. Con esta decisión, la UE busca cerrar esta brecha. Sin embargo, al igual que sucede con cualquier medida arancelaria, los efectos no solo se verán en las plataformas extranjeras. Los participantes mencionan la existencia de diferencias en costes, obligaciones fiscales y requisitos regulatorios. “Falta de competitividad por condiciones desiguales de mercado”, apunta uno de los encuestados.
En cuanto al papel de la normativa comunitaria, los encuestados coinciden en que no protege suficientemente al comercio y la distribución local frente al comercio electrónico internacional. Sobre posibles medidas para garantizar condiciones de competencia similares, los profesionales consultados plantean distintas opciones. Con el fin de reforzar el control y la recaudación, así como de incentivar modelos logísticos más eficientes y sostenibles, está previsto que, desde mediados de 2028, se elimine la franquicia arancelaria de 150 euros y que, transitoriamente, se introduzca una tasa arancelaria de 3 euros. Además, se prevé introducir un handling fee o tasa de gestión por cada paquete e incentivar el uso de IOSS para simplificar el despacho aduanero.
El cambio normativo se produce en un contexto de incremento del volumen de paquetes procedentes de terceros países. Ante la pregunta de si el recargo de 3 euros servirá para equilibrar la competencia con los productos que llegan de fuera de la Unión Europea, la mayoría de los encuestados considera que no tendrá efecto. En relación con el impacto de la entrada de productos que no cumplen la normativa europea, las respuestas coinciden en señalar una alteración de las condiciones de competencia.
Información al consumidor en el comercio electrónico
Antes de la compra
Antes de comprar productos o servicios en la Unión Europea (UE), la persona vendedora debe proporcionar información clara, correcta y comprensible sobre el producto o servicio. En las ventas por internet, por teléfono, por catálogo de venta por correo o a domicilio, también debe recibir, antes de efectuar la compra, la siguiente información:
- Dirección de correo electrónico de la persona vendedora.
- Restricciones de entrega aplicables en determinados países.
- Su derecho a anular el pedido en el plazo de 14 días naturales.
- Los servicios postventa disponibles.
- Los mecanismos de resolución de litigios.
- El número de registro mercantil de la persona vendedora.
- El título profesional y, en su caso, el número de identificación a efectos de IVA de la persona vendedora.
- En su caso, la asociación profesional a la que pertenece la persona vendedora.
En este tipo de compras conviene tener en cuenta que no debe pagar gastos de entrega ni otros recargos de los que no le hayan informado previamente. La información previa forma parte del contrato, salvo si ha acordado con la persona vendedora la modificación de las condiciones previstas en su sitio web, por ejemplo. Los contratos deben estar redactados de forma sencilla y comprensible y no incluir cláusulas abusivas. Se debe tener en cuenta que una dirección web finalizada en .eu o .es no es garantía de que la persona vendedora esté establecida en la UE o en España.
Confirmación de la compra
Después de efectuar una compra por internet o a domicilio, debe recibir la confirmación escrita de la transacción. La confirmación puede hacerse en papel o en otro soporte duradero como un correo electrónico, fax o mensaje a su cuenta personal en la web de la persona vendedora. Lo fundamental es que pueda conservarla y que la persona vendedora no la pueda modificar a su antojo.
Comunicación postventa por teléfono
Las empresas que ofrecen servicios de asistencia telefónica postventa a las personas consumidoras deben garantizar que las llamadas se facturen según la tarifa básica. Está prohibido que usen un número de tarifa de mayor coste o de tarificación adicional para pedir información o presentar una reclamación sobre sus compras o contratos.
Precios y pagos
Al hacer una compra, tiene que recibir información clara sobre el precio total de los productos o servicios, incluidos todos los impuestos y gastos adicionales. Si se trata de una compra por internet, debe reconocer explícitamente -por ejemplo, pulsando un botón o similar- que es consciente de que hacer un pedido implica obligatoriamente pagar.
Recargos: suplementos por utilización de tarjetas y otros medios de pago
Si la persona vendedora quiere facturar un recargo por utilizar un medio de pago específico, la tarifa no puede ser superior a los costes reales que tiene por el tratamiento del pago. En España no se podrán exigir al ordenante el pago de gastos o cuotas adicionales por la utilización de una tarjeta de débito o de crédito.
Gastos por servicios adicionales
Para cualquier pago adicional solicitado por la persona vendedora, como entrega urgente, empaquetado para regalo o seguro de viajes, debe dar su consentimiento. Las empresas no pueden cobrar por esos servicios a no ser que lo elija expresamente. La utilización de casillas preseleccionadas en la web de la persona vendedora no constituye un consentimiento expreso y tiene derecho al reembolso de todos los pagos que haya efectuado así.
Envío y entrega
Salvo acuerdo en contrario de las partes sobre el plazo de entrega, la persona comerciante entregará los bienes mediante la transmisión de su posesión material o control a la persona consumidora sin ninguna demora indebida y en un plazo máximo de 30 días a partir de la celebración del contrato.
Productos estropeados
La persona vendedora es responsable de los posibles daños causados a los productos desde el momento de su expedición hasta su recepción. Recuerde que si ha comprado un artículo en la UE que está defectuoso o no es o no funciona según lo anunciado, tiene derecho a solicitar una reparación, un cambio o, si nada de esto es posible, un reembolso.
