Ayudas e Incentivos para el Fomento del Empleo Estable y el Emprendimiento
La reducción del número de desempleados mediante la creación de puestos de trabajo es clave para el despegue de nuestra economía. El fomento de la contratación requiere en estos difíciles tiempos de incentivos al sector empresarial en aras a potenciar el empleo estable.
Con esta finalidad se puso en marcha una nueva modalidad de contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores, mediante la aprobación del Real Decreto-Ley 3/2012, dotado además de importantes bonificaciones que conviene conocer. La medida va dirigida a empresas de cincuenta o menos trabajadores que, según datos del Instituto Nacional de Estadística, constituyen el 99,23% del tejido empresarial español. Para poder beneficiarse de los correspondientes incentivos laborales y fiscales será necesario que el contrato se celebre por tiempo indefinido y a jornada completa, y que se formalice por escrito en el modelo establecido.
Imagen: Incentivos para la contratación indefinida que buscan fomentar el empleo estable.
Incentivos del Contrato Indefinido de Apoyo a los Emprendedores
Por el primer trabajador contratado por la empresa menor de 30 años, la empresa tendrá derecho a una deducción de 3.000€ en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades del período impositivo correspondiente a la finalización del período de prueba de un año exigido en el contrato. Este contrato incluye un período de prueba de un año.
Debe mantenerse el empleo del trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha de inicio de la relación laboral y deberá mantenerse el nivel de empleo en la empresa alcanzado con el contrato por tiempo indefinido de apoyo a emprendedores, al menos, un año desde la celebración del contrato.
No podrá concertar este contrato la empresa que en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato hubiera adoptado decisiones extintivas improcedentes de contratos de trabajo. La empresa que en los seis meses anteriores a la celebración del contrato, hubiera realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedentes por sentencia judicial o hubiera procedido a un despido colectivo, no podrá acogerse a esta modalidad de contratación.
Bonificaciones en la Seguridad Social
Las contrataciones de desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, darán derecho a bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante 3 años, que variarán en función del colectivo al que pertenezca el trabajador.
Tratándose de jóvenes entre 16 y 30 años, ambos inclusive, la empresa tendrá derecho a una bonificación cuya cuantía será de 1.000 euros en el primer año, de 1.100 euros en el segundo año, y de 1.200 euros en el tercer año.
En el caso de trabajadores mayores de 45 años, inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses dentro de los dieciocho meses anteriores a la contratación, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social, cuya cuantía será de 1.300 euros/año durante tres años.
Cuando estos contratos se concierten con mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos representado, las bonificaciones indicadas serán de 1.500 euros/año.
Estas bonificaciones serán compatibles con otras ayudas públicas previstas con la misma finalidad, sin que en ningún caso la suma de las bonificaciones aplicables pueda superar el 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
Tabla de Bonificaciones a la Seguridad Social (Contrato de Apoyo a Emprendedores)
| Colectivo del Trabajador | Bonificación 1er Año (€) | Bonificación 2º Año (€) | Bonificación 3er Año (€) |
|---|---|---|---|
| Jóvenes (16-30 años) | 1.000 | 1.100 | 1.200 |
| Mayores de 45 años (desempleados 12/18 meses) | 1.300 | 1.300 | 1.300 |
| Mujeres en sectores subrepresentados | 1.500 | 1.500 | 1.500 |
Deducciones Fiscales Adicionales
La empresa tendrá derecho también a aplicar una deducción fiscal de 3.000 euros en el supuesto de que el primer contrato de trabajo concertado se realice con un menor de 30 años.
Adicionalmente, en caso de contratar desempleados beneficiarios de una prestación contributiva por desempleo, la empresa tendrá derecho a una deducción fiscal con un importe equivalente al 50% de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación, con el límite de doce mensualidades, y de acuerdo con determinadas condiciones.
EL CONTRATO INDEFINIDO y sus ventajas | 💊 HR Pills
Modalidades Contractuales Indefinidas con Bonificaciones para Autónomos y Microempresas
Existen diversas modalidades contractuales indefinidas que permiten obtener bonificaciones o reducciones para la contratación de empleados por parte de autónomos y microempresas:
- Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores: Fomenta la contratación estable por parte de los emprendedores y PYMES. (Art. 4, Ley 3/2012 de 6 de Jul)
- Contrato de trabajo indefinido de un joven celebrado por microempresas o empresarios autónomos: Su objetivo es fomentar la contratación estable por parte de los emprendedores y PYMES con plantilla igual o inferior a 9 trabajadores, de jóvenes desempleados menores de 30 años, o menores de 35 si tienen un grado de discapacidad igual o superior al 33%. (Art. 10, Ley 11/2013 de 26 de Jul)
- Contrato de trabajo indefinido de familiar del trabajador autónomo: El trabajador autónomo titular podrá contratar como trabajadores por cuenta ajena, por tiempo indefinido y jornada completa o parcial, a su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive con una bonificación del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes durante un período de 12 meses. (D.A. 7ª, Ley 6/2017 de 24 de Oct)
- Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa: La contratación a tiempo parcial con vinculación formativa de jóvenes desempleados inscritos en la Oficina de Empleo, menores de 30 años que cumpla los requisitos que se desarrollan permitirá el disfrute de la reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes. (Ley 11/2013 de 26 de Jul)
- Contrato de trabajo indefinido de nuevo proyecto de emprendimiento joven: Mediante este contrato se incentiva la contratación de asalariados que tengan 45 años o más, por parte de trabajadores por cuenta ajena o autónomos menores de 30 años, mediante una reducción del 100% de todas las cuotas empresariales de la Seguridad Social, mientras la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%. (Art. 9, Ley 11/2013 de 26 de Jul)
Imagen: Esquema que detalla las opciones de contratos indefinidos para emprendedores.
Incentivos Específicos para Emprendedores en Andalucía
Andalucía ha ido construyendo un bloque bastante concreto de deducciones dirigidas a quien decide invertir en empresas con domicilio y actividad real en la comunidad.
Deducción por Inversión en Empresas de Nueva Creación
La medida clave es la deducción por inversión en empresas de nueva creación con domicilio social y fiscal en Andalucía. Cuando un contribuyente entra en la constitución de una sociedad o acude a una ampliación de capital, puede deducirse el 20% de lo aportado en la cuota autonómica del IRPF. Esta deducción tiene un límite máximo de 4.000 euros anuales.
La norma exige que la entidad desarrolle una actividad económica real, no aplica a sociedades meramente patrimoniales. Además, debe adoptar formas mercantiles típicas como pueden ser Sociedad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad Laboral y determinadas cooperativas. La deducción está pensada para inversores minoritarios, ya que la norma limita la participación al 40% y exige que el contribuyente no ejerza funciones de dirección ni mantenga relación laboral con la entidad. En la práctica, no está diseñada para el socio fundador que controla y gestiona su propia sociedad.
Ventajas en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre el Patrimonio
En la mayoría de transmisiones dentro de la familia directa, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones prácticamente no supone un coste real relevante. Además, existen reducciones autonómicas en la base imponible que hacen que muchas herencias de importe medio ni siquiera lleguen a generar una cuota significativa.
En el Impuesto sobre el Patrimonio, Andalucía mantiene un tratamiento especialmente favorable. La comunidad aplica una bonificación autonómica del 100% sobre la cuota, lo que en la práctica elimina la tributación autonómica del impuesto hasta el límite exento.
Ayudas Directas al Inicio de Actividad para Autónomos
Andalucía cuenta con una subvención directa al inicio de la actividad pensada para quienes se dan de alta como autónomos. No se trata de una reducción de cuota, sino de una ayuda económica que se concede si se cumplen los requisitos y se mantiene el alta durante al menos 12 meses desde la solicitud.
Las cuantías actuales son:
- 5.000 euros para mujeres menores de 35 años.
- 5.000 euros para hombres menores de 30 años.
- 3.800 euros para mujeres de 35 o más.
- 3.800 euros para hombres de 30 o más.
Para acceder a la ayuda, es necesario desarrollar la actividad en Andalucía, presentar un plan de viabilidad con previsión de resultado positivo y cumplir determinadas condiciones de mantenimiento. Además, la compatibilidad con el trabajo por cuenta ajena está limitada.
El gobierno autonómico ofrece subvenciones para emprender en Andalucía a fondo perdido para jóvenes a través de la Agencia IDEA, como Innovactiva 2026 (IAJ), una ayuda de hasta 9.000 euros por proyecto para jóvenes de entre 18 y 35 años (hasta 40 en proyectos agrarios). A nivel local, la diputación de Granada convoca ayudas de 1.000 euros para emprendedores de 18 a 35 años en municipios de menos de 30.000 habitantes, destinadas a gastos como alta de autónomo, local o suministros. La Junta dispone de una partida de 54 millones de euros para ayudar a emprender en Andalucía a través del programa de inicio de actividad.
Imagen: Mapa interactivo que muestra las regiones de Andalucía con programas de apoyo al emprendimiento.
Subvenciones por Contratación en Andalucía (Líneas Emplea-T)
Si tienes un centro de trabajo en Andalucía, ya seas autónomo o una sociedad mercantil, puedes acceder a diferentes líneas de subvención por contratación indefinida o temporal. En Andalucía, las ayudas por contratación son publicadas principalmente por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta.
Existen subvenciones para la contratación indefinida, orientadas a la incorporación estable de perfiles prioritarios. Estas son una ayuda económica directa y a fondo perdido, que se ingresa en la cuenta de la empresa una vez aprobada la solicitud. No se aplican a contratos que no sean indefinidos o aquellos en los que no se garantice el mantenimiento del puesto durante al menos 24 meses.
La Consejería volverá a convocar varias líneas de Emplea-T:
- Línea 1 y 2: Pensadas para pymes y autónomos que continúen ampliando su plantilla mediante contratos indefinidos.
- Línea 3: Orientada a mejorar las condiciones laborales mediante la ampliación de la jornada.
- Línea 5: Dirigida a empresas que formalicen contratos indefinidos con personas que hayan realizado prácticas no laborales vinculadas al programa EPES.
- Línea 6: Es un apoyo específico a la incorporación estable de jóvenes al mercado laboral.
Es importante destacar que el plazo para solicitar estas ayudas es clave. En muchas ayudas a la contratación de la Junta de Andalucía, la solicitud debe presentarse dentro del mes siguiente al alta. El plazo puede variar según la carga administrativa y el programa activo, como el vinculado al empleo estable de la Junta de Andalucía.
Bonificaciones Generales en la Seguridad Social por Contratación
Además de los incentivos específicos, existen bonificaciones generales aplicables a la cuota empresarial a la Seguridad Social, que buscan fomentar la inclusión laboral de diversos colectivos.
Las bonificaciones para personas con discapacidad van de los 128 a los 525 euros al mes, es decir, llegan hasta los 6.300 €/año. Igualmente, los beneficios a la contratación para contratar temporalmente a personas con discapacidad van de los 291 a los 441 euros al mes. En muchos de los supuestos se premia la contratación de mujeres y mayores de 45 años.
La bonificación general va de los 55 a los 147 euros al mes, según el tipo de contrato inicial y el género del trabajador. No todos los incentivos están ligados a nuevas contrataciones. Aunque cabe mencionar que el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones también anunció como novedad que se impone un recargo a los contratos temporales de duración inferior a 30 días.
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