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Comunicación

El Certificado de Inversión Startup: Impulso a las Empresas Emergentes en España

by Admin on 22/05/2026

El viernes 21 de julio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden interministerial que regula el procedimiento para la certificación de las startups. Esta certificación permite que las empresas emergentes puedan acogerse a los beneficios de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de Fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como «Ley de Startups».

Esta ley reconoce una serie de beneficios, principalmente de carácter fiscal, para las empresas que se consideran startups. Para la aplicación de estos beneficios, es necesario obtener un «sello» o certificación de startup, cuyo procedimiento acaba de aprobarse. El certificado de startups, también llamado certificado de empresas emergentes, es un procedimiento previsto por la ley de startups a través del cual se pretende incentivar la creación de empresas con un alto componente de innovación y escalabilidad, y cuyo objetivo principal es ofrecerles una serie de ventajas y beneficios en sus primeros años de vida.

La Empresa Nacional de Innovación (ENISA), dependiente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, ha abierto ya la ventanilla para solicitar dicha certificación. ENISA, Empresa Nacional de Innovación SME, es la entidad designada como gestora para certificar startups, mediante un proceso sencillo, rápido y gratuito para el emprendedor. El proceso es muy sencillo y 100% online: entra en enisa.es, regístrate y cumplimenta los datos que se solicitan.

¿Cómo iniciar el proceso de acreditación?

El procedimiento de certificación de startup será competencia de ENISA, aunque podrá colaborar y delegar en otras entidades. Podrá iniciarse mediante solicitud presentada en el registro electrónico de su página web.

A dicha solicitud debe acompañarse la siguiente documentación mínima:

  • Documentación acreditativa de la empresa solicitante.
  • Número de identificación fiscal.
  • Escritura pública de constitución.
  • Cuentas anuales cerradas del último ejercicio.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con Hacienda.
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
  • Declaración responsable del cumplimiento de requisitos de los artículos 3 y 6 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre.
  • Plan de negocio.

A esta documentación habrá que añadir la que sea necesaria para acreditar los requisitos que se detallan a continuación. Para poder solicitar el certificado para tu startup, se recomienda que compruebes si tu empresa cumple con todos los requisitos necesarios para su obtención.

¿Qué requisitos analizará ENISA para otorgar la certificación?

La Ley de Startups establecía ya determinados requisitos generales para las startups, tales como:

  • Su juventud: cinco años desde su constitución (siete para determinados sectores).
  • Que no hayan nacido como resultado de una operación de modificación estructural.
  • Que no hayan repartido dividendos.
  • No ser cotizada.
  • Tener su domicilio social o sede, así como más del 60% de sus contratos laborales en España.

Estos criterios tienen carácter objetivo, resultando fácil acreditarlos y comprobarlos. No obstante, la ley preveía además dos últimos requisitos más subjetivos o difíciles de acreditar, que son los que regula la Orden recién publicada y examinará ENISA: que el proyecto de la empresa tenga carácter innovador, y que su modelo de negocio sea escalable.

ENISA podrá identificar el carácter innovador y escalable de la startup a través del análisis del modelo de negocio y de la documentación aportada por la empresa solicitante. Para todos estos criterios, ENISA te solicitará aportar documentación o información adicional durante el proceso de solicitud.

Carácter innovador

El carácter innovador se entenderá como acreditado directamente si la empresa cumple cualquiera de los siguientes requisitos:

  • Los gastos en investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i) representan al menos el 15% de los gastos totales de la empresa durante los dos ejercicios anteriores (o en el ejercicio anterior cuando se trate de empresas de menos de dos años).
  • Haber sido beneficiaria de inversión, financiación o ayuda públicas para el desarrollo de proyectos de I+D+i o de emprendimiento innovador en los últimos tres años (siempre que no se revoque dicha financiación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad).
  • Que la empresa disponga de un informe motivado emitido por el Ministerio de Ciencia e Innovación respecto a su alto grado de innovación.
  • Que se acrediten bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por tener contratado personal investigador.
  • Contar con el Sello Pyme Innovadora concedido por el Ministerio de Ciencia e Innovación.
  • Disponer de Certificación de Joven Empresa Innovadora emitida por AENOR (EA0043) o de Certificación de Pequeña o microempresa Innovadora emitida por AENOR (EA0047) o Certificación conforme a la norma UNE 166.002-Sistemas de gestión de la I+D+i.

Cualquiera de los requisitos anteriores servirá para acreditar el carácter innovador del proyecto. En caso de que no se cumpla ninguno de estos criterios, ENISA valorará:

  • La presencia de innovación tecnológica, ya sea en desarrollo o explotación, y que pueda estar protegida por derechos de propiedad industrial (quedan excluidos marcas y nombres comerciales) u otros derechos como software o know-how protegidos, todos ellos relacionados con el modelo de negocio de la empresa solicitante. Se podrá solicitar la emisión de un informe potestativo a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) para la evaluación de este aspecto.
  • La presencia de innovación en productos, procesos, servicios y/o modelos de negocio.

Carácter de negocio escalable

Respecto del carácter de negocio escalable, se prevén igualmente dos vías para acreditarlo. Si la empresa ha firmado una o varias pólizas de crédito con ENISA en los últimos tres años, siempre que alguna esté vigente y no existan incidencias, se considerará directamente que cuenta con un modelo de negocio escalable.

En caso de que no se dé esta circunstancia, ENISA valorará la escalabilidad atendiendo a los siguientes criterios:

  • Grado de atractivo del mercado: Se valorará la oferta y la demanda del sector en el que opera la empresa solicitante, la generación de tracción, las estrategias de captación de usuarios o clientes, así como el crecimiento de la demanda, la sensibilidad de la demanda al ciclo económico, las barreras de entrada para nuevos oferentes, así como otros aspectos que pueden ayudar a establecer o inferir el grado de atractivo del mercado.
  • Fase de la vida de la empresa: Se valorará la implementación de prototipos y la obtención de un producto mínimo viable o la puesta en mercado del servicio. Así como la posición de la empresa solicitante en el mercado, si sus productos o servicios están o no en el mercado, desde hace cuánto tiempo se comercializan, cuánto tiempo llevan en desarrollo, o cuánto tiempo tardarán en llegar a la fase de comercialización, entre otros.
  • Modelo de negocio: Se considerará respecto de cada solicitante la escalabilidad del número de sus usuarios, del número de sus operaciones o de su facturación anual, así como la definición y monetización de su actividad, productos y/o servicios y los objetivos y naturaleza de su plan de inversión y su financiación.
  • Competencia: Se valorarán las empresas competidoras en su ámbito o sector de actividad y la diferenciación respecto de las mismas, incluyendo las fortalezas y debilidades que presentan las empresas competidoras respecto a la empresa solicitante.
  • Equipo: Se valorará la experiencia, formación y trayectoria del equipo que componga la empresa solicitante, tanto la experiencia previa en otras empresas y sectores afines del equipo directivo, como la solvencia y trayectoria de los socios.
  • Contratos con proveedores, suministradores y contratos de alquiler: Se considerarán las empresas y/o profesionales que prestan servicios a la empresa solicitante y su importancia en el proceso de producción.
  • Clientes: Se considerarán el volumen de clientes o usuarios de la empresa solicitante, su grado de concentración y su relevancia para la empresa en función de su diversificación.

En cualquier caso, ENISA se reserva la posibilidad de denegar la certificación de startup cuando el modelo de negocio presente dudas razonables de potenciales riesgos reputacionales, regulatorios, éticos o especulativos.

Plazo para la certificación de startup

Desde que se inicie el procedimiento con la solicitud en la web de ENISA, esta contará con un plazo máximo de tres meses para otorgar la certificación de empresa emergente. Una vez enviada la solicitud, ENISA procederá al análisis y dispondrá de un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar tu Certificado.

La propia ENISA enviará esta certificación a los registros públicos correspondientes; será imprescindible, para que la certificación de startup opere, que esté inscrita en el Registro Mercantil. En caso de que transcurra el plazo máximo de tres meses sin que ENISA hubiera resuelto la solicitud, se entenderá que la certificación de startup ha sido concedida. No obstante, está por ver cómo se inscribe esta no respuesta en el Registro Mercantil: ¿Será suficiente con acreditar la fecha en que se presentó la solicitud, o se va a requerir algún certificado o documento de ENISA?

Una vez concedida la certificación, ENISA podrá vigilar que la startup mantiene los requisitos de la misma en el tiempo. La certificación es un paso imprescindible para acceder a los beneficios fiscales y sociales establecidos en la Ley de Startups (PCM/825/2023, de 20 de julio), de la que pueden beneficiarse las empresas emergentes, incluidas las empresas de base tecnológica. Este reconocimiento será válido ante todas las Administraciones y entidades que deban reconocerlos. No será necesario realizar trámites adicionales para acogerse a los beneficios, una vez que ENISA conceda el certificado, este será válido frente a todas las administraciones y entes que deban reconocerlo.

El Gobierno estima que al menos soliciten la acreditación 10.000 empresas que puedan acceder a los beneficios fiscales que recoge la Ley de Startups. Según Gómez, “el establecimiento de este sistema otorga amplia seguridad jurídica al sector de las empresas emergentes en España, favoreciendo que cada vez más grandes fondos quieran invertir aquí. España no es sólo el mejor país para vivir, sino también para emprender y para invertir.”

Contexto y evolución del ecosistema startup en España

Internet revolucionó el mundo de los negocios. Primero llegaron las puntocom, a finales de los 90. Y en la última década las empresas emergentes o startups. Estas últimas son innovadoras y con un modelo de negocio escalable y disruptivo. En 2022, España era el cuarto país de Europa con mayor número de empresas de este tipo. Las ciudades de Barcelona y Madrid son las que más tienen, por detrás de Londres, París, Berlín y Dublín.

Antes de la Ley de Empresas Emergentes, el régimen no era especialmente ventajoso. En ese momento, las empresas perdían los beneficios fiscales del certificado startup para invertir en estas empresas emergentes. Los emprendedores tenían mayores dificultades para poder atraer talento a sus startups por la dificultad para establecer retribuciones que fueran potentes. Con la implementación de la Ley de Startups se busca solventar estas problemáticas y potenciar el ecosistema.

Un beneficio que se reparte principalmente en actividades relacionadas con aplicaciones directas de la economía digital (que incluye hardware, software, servicios e internet), pero también con productos y servicios industriales. Es importante también tener en cuenta el efecto sobre las inversiones en nuestro país. Entre 2015 y 2021 la inversión se multiplicó por cinco, alcanzando en ese año un valor de 10.000 millones de euros.

A través de programas como ICEX Next de apoyo a la internacionalización de pymes y/o startups españolas, se ayuda a las empresas a comenzar a exportar o a diseñar un nuevo plan estratégico de negocios internacional.

Ley de Startups 2025 en España: ¿cómo ahorrar en impuestos y atraer inversores?

Si quieres ver las empresas certificadas por ENISA, puedes clicar en el enlace correspondiente en su página web.

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