Beneficios y Derechos Laborales para Empresarias y Mujeres Embarazadas en España
El embarazo es una etapa crucial en la vida de una mujer, y es fundamental que las trabajadoras conozcan sus derechos laborales para garantizar su bienestar y el de su futuro hijo. En España, la legislación laboral establece una serie de protecciones para las trabajadoras embarazadas, que incluyen derechos relacionados con la maternidad, la salud y la seguridad en el trabajo.
Protección Laboral y Derechos de la Mujer Embarazada
El embarazo es un momento muy especial en tu vida y necesitas sentirte segura y confiada en todos los ámbitos de tu vida, incluido el trabajo. Por suerte, existen unas leyes especiales para proteger a la embarazada en el trabajo. La Constitución Española de 1978, en su artículo 39, establece que “Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia” y determina en su párrafo segundo “la obligación de los poderes públicos de asegurar la protección integral de las madres, cualquiera que sea su estado civil”.
Comunicación del Embarazo a la Empresa
No tienes ninguna obligación de notificar a la empresa tu embarazo en ningún momento concreto. Al contrario de lo que pueda parecer, no existe esta obligatoriedad, pero sí es un punto recomendable para facilitar la organización de la empresa de cara a tu baja por maternidad. La legislación laboral no contempla ninguna obligación de notificar el estado de embarazo de la trabajadora mientras éste no sea notorio. La trabajadora embarazada lo puede comunicar cuando lo desee.
Despido Durante el Embarazo
En España, el despido por embarazo está prohibido y se considera nulo. Esto significa que si ocurre tienes derecho a que te readmitan y a que te abonen los salarios que dejaste de percibir desde que te despidieron hasta que regresaste a tu trabajo. Durante el embarazo, los derechos laborales establecen que, cualquier despido sin causa justificativa se considerará nulo. Solo podría ser un despido procedente si la empresa puede demostrar causas justificadas y sin relación con el embarazo, como impuntualidades reiteradas o baja productividad.
En caso de tener un contrato temporal con fecha cerrada de finalización de contrato, éste concluirá el día firmado, independientemente de que estés o no embarazada.
Además, la ley prohíbe el despido por motivos relacionados con el embarazo.
Adaptación del Puesto de Trabajo y Prevención de Riesgos
Los derechos laborales durante el embarazo contemplan que la empresa tiene la obligación de adaptar las condiciones del trabajo para garantizar la prevención de riesgos laborales. Esto incluye ser informada sobre los riesgos que pueden afectar su salud y la del feto en el entorno laboral. En mayo de 2019, se realizó una modificación de las tablas para catalogar los riesgos durante el embarazo, registrando todos los agentes que pueden afectar al embarazo.
Si tu puesto de trabajo puede suponer un riesgo para tu embarazo (trabajas con sustancias químicas o en trabajos que supongan mucho esfuerzo) puedes solicitar una adaptación de tu puesto de trabajo o que te reubiquen en otro. En caso de que un trabajo no sea compatible, la mujer embarazada tiene el derecho a ser reasignada a otro puesto de trabajo del mismo grupo profesional, dentro de otro grupo dentro de la misma empresa o suspender su contrato si no hay ningún puesto compatible.
Si estás incluida en alguno de estos supuestos, la empresa está obligada a asignarte otro puesto, dentro de tu grupo profesional, que resulte compatible con el embarazo. Asimismo, las colaboradoras no deben permanecer mucho tiempo en pie, para reducir las posibilidades de que tengan algún tipo de problema psíquico o nervioso.
La Tabla SEGO, elaborada por la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia, proporciona directrices sobre cómo adaptar los puestos de trabajo para eliminar o minimizar los riesgos identificados. Para las trabajadoras, la Tabla SEGO es una referencia esencial que les ayuda a conocer sus derechos y las medidas de seguridad que deben ser implementadas durante su embarazo.
Permisos y Prestaciones Durante el Embarazo y la Maternidad
Las trabajadoras embarazadas en España tienen una serie de derechos específicos para proteger su salud y su empleo.
Baja por Maternidad
Dentro de los derechos de las mujeres embarazadas, podemos hablar de lo que establece el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, en donde viene explícito que se tiene derecho a un descanso de seis semanas antes y seis semanas posteriores al parto, lo que da un total de 12 semanas o 3 meses. La baja laboral por maternidad tiene una duración total de 16 semanas. De estas semanas, obligatoriamente 6 tienen que ser después del embarazo. Según el Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), las trabajadoras tienen derecho a una baja por maternidad de 16 semanas, de las cuales al menos seis deben ser disfrutadas después del parto. Además, el periodo de baja se amplía en casos de parto múltiple, adopción, acogimiento o discapacidad del hijo.
Durante la baja por maternidad, la trabajadora recibe una prestación económica equivalente al 100% de su base reguladora. La Seguridad Social abonará una prestación económica durante la baja por maternidad.
Permiso por Riesgo Durante el Embarazo
Si no fuera posible cambiar de puesto o de condiciones, tienes derecho al subsidio por riesgo durante el embarazo: es una prestación económica del 100% de la base reguladora derivada de contingencias profesionales. Hoy son las mutuas de trabajo las responsables de tramitar el subsidio por riesgo durante el embarazo. Se cobra todo el sueldo y es necesario un informe del ginecólogo en el que se especifique qué condiciones laborales ponen riesgo la gestación. La mutua valora si es posible la adaptación del puesto de trabajo para que el riesgo desaparezca.
LOS 8 DERECHOS LABORALES DE UNA MUJER EMBARAZADA
Permiso por Lactancia
Las trabajadoras tienen derecho a una hora diaria de permiso por lactancia hasta que el bebé cumpla nueve meses. Este permiso puede dividirse en dos fracciones de media hora cada una o acumularse en jornadas completas según lo pactado con la empresa o convenido colectivo. Lo anterior, durante los primeros 6 meses de lactancia, que es muy importante cuidar de estos detalles con los recién nacidos.
Reducción de Jornada por Cuidado de Hijos
Las madres trabajadoras tienen derecho a solicitar una reducción de jornada laboral para el cuidado de menores de 12 años, según el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. La reducción puede oscilar entre un octavo y la mitad de la jornada, con la correspondiente reducción salarial proporcional.
Ausencias por Visitas Médicas y Preparación al Parto
Durante el embarazo se realizarán diferentes análisis, exámenes y técnicas de preparación para el parto. Si estás embarazada tienes derecho a acudir a las clases de preparación a la maternidad, dentro de tu horario de trabajo y sin dejar de cobrar tu sueldo. Y el padre, también. El derecho a asistir a los cursos de preparación a la maternidad se recoge también en el artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores. Sí, los padres tienen derecho a ausentarse del trabajo para acompañar a su pareja a las visitas médicas prenatales. El permiso para acompañar a la pareja a las citas médicas es un derecho reconocido y debe ser solicitado con antelación.
Beneficios Laborales Adicionales para Mujeres Embarazadas
Flexibilidad Laboral y Teletrabajo
Si las circunstancias lo permiten, puedes brindar la opción de trabajar desde casa para que el esfuerzo del traslado y lo que implica estar en una oficina sea mucho menor. Además del home office, una excelente manera de ofrecer un beneficio laboral es a través de horarios flexibles, ya sea que trabajen menos horas o que tengan algunos días de descanso adicionales.
Vales de Despensa y Previsión Social
Otro de los grandes beneficios para mujeres embarazadas es contar con este tipo de previsión social, ya que con los vales de despensa puedes realizar compras en miles de comercios para tener siempre alimento, productos de higiene y cuidado para el bebé.
Tabla Resumen de Derechos Laborales Clave
| Derecho Laboral | Descripción | Fundamento Legal |
|---|---|---|
| Protección contra el Despido | El despido por embarazo es nulo. | Estatuto de los Trabajadores |
| Baja por Maternidad | 16 semanas, 6 obligatorias post-parto, prestación del 100% de la base reguladora. | Estatuto de los Trabajadores, Ley Federal del Trabajo |
| Adaptación del Puesto de Trabajo | Derecho a la adaptación o reasignación a un puesto compatible con el embarazo. | Tabla SEGO, Estatuto de los Trabajadores |
| Permiso por Riesgo durante el Embarazo | Prestación económica del 100% de la base reguladora si el puesto es incompatible. | Ley General de la Seguridad Social |
| Permiso por Lactancia | Una hora diaria hasta que el bebé cumpla 9 meses. | Estatuto de los Trabajadores |
| Reducción de Jornada por Cuidado de Hijos | Reducción de jornada para el cuidado de menores de 12 años. | Artículo 37, Estatuto de los Trabajadores |
| Ausencias por Citas Médicas y Preparación al Parto | Derecho a ausentarse del trabajo para visitas médicas y clases prenatales. | Artículo 37.3, Estatuto de los Trabajadores |
