Asest

Asociación Española de Storytelling
  • Eventos
  • Áreas de especialización
    • Emprendimiento
    • Salud
    • Deporte
    • Nuevas tecnologías
    • Turismo
    • Diseño y moda
  • Comunicación
    • Artículos
    • Prensa
    • Testimonios
  • Story
  • Galería
  • Contacto
  • Acerca de
Inicio
|
Comunicación

Guía Completa sobre la Compensación de Bases Imponibles Negativas para PYMES

by Admin on 24/05/2026

Si tu empresa ha tenido ejercicios con pérdidas, esas bases imponibles negativas (BIN) no se pierden: puedes compensarlas contra los beneficios de ejercicios futuros, reduciendo o eliminando el Impuesto sobre Sociedades. Este mecanismo es crucial para la planificación fiscal de las pequeñas y medianas empresas.

¿Qué son las Bases Imponibles Negativas y por qué son importantes?

El Impuesto sobre Beneficios, conocido formalmente como Impuesto sobre Sociedades, es una figura tributaria esencial dentro del sistema fiscal español. La normativa que lo regula es la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades, junto con su reglamento, aprobado mediante Real Decreto 634/2015.

La base imponible se refiere a la renta obtenida en el periodo impositivo y se determina partiendo del resultado contable al que se le deberán hacer los correspondientes ajustes establecidos en la ley. El cálculo de la cuantía sujeta a gravamen parte del resultado contable presentado en las cuentas anuales, luego de realizar ciertos ajustes previstos por la normativa fiscal vigente. La base imponible es el resultado de restar a los ingresos de la empresa los gastos que ha tenido. El resultado puede dar positivo o negativo.

En el Impuesto sobre Sociedades, así como en otros muchos tributos, se utiliza la base imponible para calcular los impuestos. Si el resultado de la base imponible es negativo, la empresa ha incurrido en pérdidas fiscales. Definimos las bases imponibles negativas como el derecho de compensación en el resultado de la declaración del ejercicio actual con las bases negativas de ejercicios anteriores. Hacienda permite sustraer de las bases imponibles positivas de un ejercicio las bases negativas de otro.

Cuando en un ejercicio, el sujeto pasivo se encuentra con una Base Imponible Negativa, no solo no tendrá que pagar impuesto ese año, sino que la Base Imponible negativa la va a poder compensar en ejercicios siguientes. Puedes compensar las bases imponibles negativas en el impuesto de sociedades.

Ejemplo básico de Base Imponible

La empresa Garibaldi tuvo, en 2017, unos ingresos que ascienden a 200.000 euros. Sus gastos fueron, en total, de 100.000 euros (entre alquileres, compra de material, pagos a la Seguridad Social…). En total, la base imponible de Garibaldi es de 100.000 euros. Este ejemplo, por supuesto, es muy sencillo, ya que la contabilidad de las empresas suele ser mucho más compleja.

Marco Legal y Características Clave de la Compensación

Cuando una empresa cierra un ejercicio con pérdidas fiscales (base imponible negativa), el artículo 26 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014) le permite utilizar esas pérdidas para reducir la base imponible de ejercicios futuros en los que obtenga beneficios. El mecanismo es directo: las pérdidas de un ejercicio se restan de los beneficios futuros antes de aplicar el tipo impositivo. Esto reduce el impuesto a pagar o incluso lo elimina hasta que se hayan compensado todas las pérdidas acumuladas.

El artículo 26.1 de la LIS señala que las bases imponibles negativas que hayan sido objeto de liquidación o autoliquidación podrán ser compensadas con las rentas positivas de los periodos impositivos siguientes. Desde la reforma de 2015, la compensación de bases imponibles negativas no tiene límite temporal. Actualmente no existe un plazo máximo de años para compensar las BIN pendientes. Salvo casos excepcionales, las BIN no se pierden.

Las características clave de la compensación de BIN son:

  • Sin límite temporal: Las bases imponibles negativas se pueden compensar en cualquier ejercicio futuro, sin caducidad.
  • Voluntaria: La empresa decide cuándo y cuánto compensa en cada ejercicio.
  • Con límites cuantitativos: No se puede compensar el 100% de los beneficios en un solo ejercicio (salvo excepciones).

A modo de ejemplo, si nuestra base imponible del ejercicio 2017 es de 100.000 € y tengo una base imponible negativa del ejercicio 2016 de 40.000 € mi nueva base por la que calcularé el impuesto de este año será de 60.000 € y mi cuota a pagar (suponiendo un tipo de gravamen del 25%) sería de 15.000€ (25% s/60.000 €) en lugar de 25.000 € (25% s/100.000 €).

Límites Cuantitativos de Compensación

La ausencia de límite temporal se acompaña con la regulación de un límite cuantitativo. Pero sí tiene límites cuantitativos que debes conocer para planificar tu estrategia fiscal, especialmente si tu empresa invierte en I+D+i y genera deducciones que no puede aplicar. El artículo 26 LIS establece límites porcentuales según el tamaño de la empresa:

Cifra de negocios Límite de compensación Franquicia
Hasta 20M€ (pymes y medianas) 70% de la base imponible previa Siempre hasta 1M€
De 20M€ a 60M€ 50% de la base imponible previa Siempre hasta 1M€
Más de 60M€ 25% de la base imponible previa Siempre hasta 1M€

La franquicia de 1 millón de euros es clave: independientemente del porcentaje, siempre puedes compensar al menos 1M€ de bases imponibles negativas en cada ejercicio. Para la mayoría de pymes industriales, esto significa que en la práctica podrán compensar la totalidad de sus pérdidas acumuladas sin restricción, ya que raramente superan 1M€ de beneficio.

Además, el límite será distinto para aquellos contribuyentes cuyo importe neto de la cifra de negocios sea al menos de 20 millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha donde se inicie el período impositivo.

Ejemplo práctico de compensación para PYMES

Una pyme industrial con 3M€ de BINs acumuladas obtiene un beneficio de 800.000€ en 2026. Como 800.000€ es inferior a la franquicia de 1M€, puede compensar la totalidad. Resultado: base imponible cero, cero impuesto. Le quedan 2,2M€ pendientes para ejercicios siguientes.

Excepciones a los Límites de Compensación

El artículo 26 LIS contempla situaciones en las que no se aplican los límites porcentuales:

  • Entidades de nueva creación: Los 3 primeros períodos impositivos en que se genere una base imponible positiva previa a su compensación, la compensación no tiene límite porcentual (pueden compensar el 100%). Para startups y empresas de nueva creación que invierten en innovación, esta excepción es especialmente valiosa: durante sus primeros 3 ejercicios con beneficios pueden compensar todas las pérdidas acumuladas sin restricción alguna.
  • Quitas y esperas: Las rentas derivadas de acuerdos con acreedores no vinculados (concursos de acreedores, reestructuraciones de deuda) se compensan sin límite.
  • Extinción de la entidad: En el período de liquidación tampoco aplican los límites.

Bases Imponibles Negativas y Deducciones I+D+i: La Decisión Estratégica

Las empresas innovadoras con base imponible negativa se encuentran ante una decisión fiscal crítica: ¿compensar las BINs o monetizar las deducciones I+D+i? Ambos mecanismos operan sobre la declaración del Impuesto sobre Sociedades, pero de forma diferente. La planificación a 3-5 años es fundamental para optimizar esta decisión.

Los incentivos fiscales favorecen la capitalización, la inversión y el desarrollo de nuevos proyectos empresariales. Por otro lado, resulta imperativo subrayar los efectos beneficiosos de las mejoras en las deducciones por I+D+i y por generación de empleo.

Aspecto Compensar BINs Monetizar deducciones (Art. 39.2)
Efecto Reduce la base imponible Cobras la deducción en efectivo
Penalización Ninguna 20% de descuento
Requisito Tener beneficios para compensar No necesitas beneficios
Límite temporal Sin caducidad 1 año mínimo sin aplicar
Empleo Sin requisito Mantener plantilla 24 meses
Certificación No necesaria Informe motivado obligatorio

Estrategia óptima

  • Si tienes BINs y beneficios futuros previsibles → compensa las BINs (sin penalización) y aplica las deducciones contra la cuota resultante.
  • Si tienes BINs y no esperas beneficios pronto → monetiza las deducciones con Art. 39.2 (cobras el 80% en efectivo) y reserva las BINs para cuando lleguen los beneficios.
  • Si eres nueva creación → aprovecha la excepción de los 3 primeros ejercicios para compensar el 100% de BINs sin límite.

Fusión de holdings y bases imponibles negativas (DGT V0010-26)

Documentación y Control de las Bases Imponibles Negativas

La Agencia Tributaria puede comprobar las bases imponibles negativas durante 10 años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración que las generó. Por otra parte, y esto es importante, Hacienda puede comprobar la veracidad de la compensación de las bases negativas del impuesto de sociedad durante diez años. Esto implica una obligación de conservación documental más estricta que para otras partidas fiscales.

Recomendaciones prácticas:

  • Conserva las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades y toda la documentación soporte durante al menos 10 años.
  • Lleva un registro auxiliar de BINs pendientes con detalle por ejercicio de generación.
  • Revisa anualmente el saldo pendiente y la estrategia de compensación.
  • Documenta la justificación económica de las pérdidas (evitar que Hacienda cuestione su procedencia).
  • Ten en cuenta que las BINs generadas antes de la reforma de 2015 (cuando existía el límite de 18 años) siguen siendo compensables sin límite temporal.

Interacción con la Tributación Mínima del 15%

Desde 2022, las empresas con cifra de negocios superior a 20 millones de euros están sujetas a una tributación mínima del 15%. Esto afecta a la compensación de BINs porque, aunque compenses pérdidas y reduzcas la base imponible, la cuota resultante no puede ser inferior al 15% de la base imponible positiva (con ciertas excepciones).

Para pymes industriales (cifra de negocios habitualmente inferior a 20M€), la tributación mínima no aplica. Pero es un factor relevante si la empresa crece o pertenece a un grupo que consolida fiscalmente. La combinación óptima de BINs + deducciones I+D+i + amortización acelerada requiere un análisis que tenga en cuenta estos límites cruzados.

Tipos Impositivos Reducidos y Compensación Óptima para Startups y Nuevas Creaciones

Si su empresa es de reciente creación o una ‘start up’ y puede disfrutar durante unos años del tipo reducido del 15% en su Impuesto sobre Sociedades, elija bien el momento en el que compensa sus bases negativas. Así reducirá al máximo su tributación.

El Impuesto sobre Sociedades para pymes ofrece un tipo impositivo general del 25%. Entre los tipos de incentivos fiscales propicios para las pymes en el Impuesto de Sociedades, se encuentra la posibilidad de aplicar un tipo impositivo reducido al 23%.

Tipo reducido del 15%

Las empresas emergentes (denominadas ‘start ups’) y las de nueva o reciente creación pueden disfrutar durante unos años del tipo reducido del 15% en el IS, en lugar de satisfacer el tipo general:

  • Nueva creación: Las empresas de nueva o reciente creación pueden disfrutar del tipo del 15% en el primer ejercicio en que su base imponible sea positiva y en el siguiente.
  • «Start ups»: Las empresas emergentes pueden hacerlo en el primer ejercicio con base positiva y en los tres siguientes.

En ambos casos el tipo reducido sólo es aplicable en el primer ejercicio con base imponible positiva y en los siguientes ejercicios consecutivos que correspondan. No se confunda: aunque en uno de estos períodos la empresa incurra en pérdidas, ello no le permite ampliar en un ejercicio más dicho plazo. Por ejemplo, si en 2023 una empresa de reciente creación obtiene por primera vez una base positiva y aplica el tipo del 15%, aunque en 2024 su base sea negativa, en 2025 deberá tributar al 25% (o al 23% si es una micropyme).

Compensación óptima de BIN iniciales

Si su empresa es de reciente creación o una ‘start up’, es muy posible que al principio acumule bases imponibles negativas (BIN). La compensación de BIN es optativa, su empresa puede decidir si en un ejercicio quiere compensar o no las BIN pendientes de ejercicios anteriores y en qué cuantía desea hacerlo.

Teniendo esto en cuenta, cuando su empresa empiece a obtener beneficios, compense las BIN que tenga pendientes de forma óptima. Así reducirá al máximo su tributación. En este sentido, procure que en los ejercicios en los que el tipo aplicable sea del 15% la base imponible tributable sea la máxima posible. Las pymes disfrutan igualmente de tasas impositivas más beneficiosas y deducciones diseñadas para minimizar su carga tributaria.

tags: #bases #imponibles #negativas #pymes #guía

Publicaciones populares:

  • Más información sobre el Máster en Innovación y Sostenibilidad Empresarial aquí.
  • Temas de WordPress para Tienda Online
  • Abrir franquicia IKEA: ¿qué necesitas?
  • Estructura Efectiva: Idea Emprendedora
  • Iniciativa Emprendedora en Niños
Asest © 2025. Privacy Policy