La base de cotización del empresario individual en el Sistema de la Seguridad Social
La inscripción en el Sistema de la Seguridad Social es un acto administrativo fundamental para cualquier empresario individual en España. Consiste en un proceso mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) asigna un número identificativo al empresario. Este número, conocido como Código de Cuenta de Cotización (CCC), es esencial para el control de sus obligaciones dentro del respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social.
El CCC es el número principal al que se asociarán todos los trabajadores que contrates dentro de una misma provincia, así como otros Códigos de Cuenta de Cotización secundarios que puedan asignársele al empresario en determinados supuestos.
Obtención del Número de la Seguridad Social (NUSS)
Si eres un empresario individual (persona física), es imprescindible que dispongas de un Número de Seguridad Social (NUSS). Este número te identificará en todas tus relaciones con la Seguridad Social.
¿Cómo solicitar el NUSS?
Puedes solicitar tu NUSS a través del servicio "Solicitar el número de la Seguridad Social" disponible en la plataforma Importass. Este proceso puede realizarse con o sin identificación electrónica.
- Con identificación electrónica: Si dispones de medios de identificación electrónica, podrás realizar el alta de forma telemática.
- Sin identificación electrónica: Si no tienes medios de identificación electrónica, deberás indicarlo y seguir las instrucciones que se te presenten al acceder al servicio.
Casos específicos de alta como empleador
Si vas a contratar a un trabajador o trabajadora para tu hogar familiar, podrás solicitar tu alta como empleador cuando procedas a dar de alta a la persona trabajadora en la Seguridad Social. Esto se realiza a través del servicio "Alta en empleo de hogar" existente en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la App IMPORTASS.
- Si no tienes medios de identificación electrónica, indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.
El Código de Cuenta de Cotización (CCC)
El Código de Cuenta de Cotización (CCC) es el identificador principal que la TGSS asigna al empresario para su identificación y el control de sus obligaciones dentro del Sistema de la Seguridad Social. Dicho número es considerado como el primer y principal Código de Cuenta de Cotización.
¿Cuándo y dónde solicitar el CCC?
El empresario debe solicitar un Código de Cuenta de Cotización (modelo TA.7) en cada una de las provincias y para cada uno de los regímenes en los que ejerza su actividad. Asimismo, en determinados supuestos, será necesario identificar colectivos de trabajadores con peculiaridades de cotización, requiriendo Códigos de Cuenta de Cotización adicionales.
Para finalizar la solicitud del CCC, puedes dirigirte a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a tu domicilio de actividad.
La siguiente tabla resume la documentación necesaria para la asignación del número de empresario y el CCC:
| Documento Requerido | Descripción |
|---|---|
| Solicitud oficial | Formulario oficial de solicitud. |
| Documento de identificación | Original o copia del documento de identificación del propietario de la empresa, empresario individual o cabeza de familia. |
| Número de Identificación Financiera | Documento emitido por el Ministerio de Hacienda que asigna el Número de Identificación Financiera de la Actividad Económica de la Empresa según el CNAE-09. |
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Elección de la entidad colaboradora para contingencias
Cuando solicites la inscripción, debes hacer constar la entidad con la que vas a asegurar las contingencias derivadas del trabajo y enfermedades profesionales, así como la prestación económica en caso de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o no laborales.
Estos riesgos pueden asegurarse con:
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- El Instituto Social de la Marina (ISM), si estás encuadrado en el Régimen Especial del Mar.
- Diferentes entidades colaboradoras con la Seguridad Social.
Otras obligaciones del empresario con la Seguridad Social
Como empresario individual, además de la inscripción y la obtención del CCC, tienes otras obligaciones con la Seguridad Social:
Comunicación de variaciones y bajas
- Modificación de datos: Debes comunicar cualquier variación de los datos identificativos o de la actividad de la empresa. A través del Sistema RED, podrás modificar, entre otras cosas, el domicilio de la actividad.
- Comunicar mi baja como empresario: Cuando se produzca la finalización de tu actividad como empresario, debes comunicarlo a la TGSS después de haber dado de baja a todos tus trabajadores.
- Sucesión en la titularidad o la actividad: En caso de sucesión en la titularidad o la actividad, también deberás comunicarlo a la TGSS.
Gestión de cotizaciones
- Pago de cotizaciones sociales: Es tu obligación el pago de las cotizaciones sociales correspondientes.
- Comunicación de conceptos retributivos: Debes comunicar mensualmente a la TGSS los conceptos retributivos que perciben cada uno de tus trabajadores. La TGSS, previa solicitud de la empresa, liquidará y pasará al cobro las cotizaciones sociales, calculadas en función de las bases de cotización de tus empleados y las variaciones comunicadas, de la información de que dispone y de la proporcionada por otras entidades.
