Ayudas y Beneficios para la Contratación de Mayores de 50 Años: Una Guía para Empresas
¿Has considerado alguna vez las ayudas para contratar a mayores de 50 años de las que podría beneficiarse tu empresa? A pesar de que las empresas a menudo encuentran obstáculos al considerar la contratación de personas mayores, existen programas y ventajas significativas que pueden hacer que esta opción sea muy atractiva.
La Realidad del Empleo para Mayores de 50 Años en España
Que en un país siempre hay personas sin empleo es un hecho, y en el nuestro la tasa de desempleo suele ser bastante elevada. Partiendo de esa base y del hecho de que hay cierta temporalidad en el mercado de trabajo, hay características que hacen que una persona sea más demandada o menos. Y una de las principales es la edad. Las personas con una edad entre 26 y 35 años son los más demandados por las empresas en España. Una vez que superan esa edad, las posibilidades de encontrar trabajo van disminuyendo. La realidad es que durante la última década el número de desempleados de más de 55 años se ha duplicado y los mayores de 50 suponen el 15% del total de los demandantes de empleo. La conclusión es, por tanto, que no lo tienen nada fácil a la hora de conseguir un contrato laboral.
Para intentar paliar esta situación y tratar de incentivar la contratación de los mayores existen algunos beneficios fiscales por contratar personas mayores de 50 años. Como ya hemos explicado, las empresas suelen decantarse por personas más jóvenes cuando necesitan personal para incorporar. Desde las Administraciones Públicas ofrecen ciertas ventajas a las organizaciones si contratan o mantienen el empleo a personas que superan los 50 años de edad. Volver a trabajar después de los 50 años puede resultar complicado para quienes están en situación de desempleo. Con el objetivo de incentivar su contratación, se ha puesto en marcha una iniciativa que ofrece importantes ventajas para las empresas.
Ventajas Estratégicas de Contratar a Personas Mayores de 50 Años
Además de los beneficios fiscales por contratar a mayores de 50, contratar a este tipo de personas aporta grandes ventajas de las que puedes beneficiarte. Contratar a personas mayores de 50 años enriquece la diversidad de pensamiento en tu empresa, aportando perspectivas únicas que pueden conducir a soluciones creativas y estrategias innovadoras. La diversidad de pensamiento es esencial para la resolución de problemas y la toma de decisiones eficaces.
- Experiencia y conocimiento: Una gran diferencia que puede existir entre los trabajadores jóvenes y los más mayores es que estos últimos tienen más experiencia. Aunque no en todos los casos, los mayores de 50 suelen tener más de 20 años trabajados. Eso hace que conozcan perfectamente el sector y cómo hacer su trabajo. Alguien con mucha experiencia puede aportar mucho a tu negocio.
- Red de contactos: Un aspecto relacionado con el anterior es que las personas con mucha experiencia suelen tener muchos contactos en su agenda. Al haber estado trabajando durante muchos años en el sector, conocen a muchas personas y eso puede aportar cosas muy positivas para tu negocio, aportando nuevos clientes y proveedores.
- Capacidad de adaptación: Las personas con más de 50 años han tenido que ir adaptándose a los cambios tecnológicos, desde sus inicios hasta las últimas innovaciones. Estos cambios han hecho que se conviertan en personas con una gran capacidad para adaptarse a nuevos procedimientos o herramientas que puedan incluirse en tu empresa.
- Estabilidad y lealtad: Los trabajadores mayores suelen ser conocidos por su estabilidad y lealtad. Cuando inviertes en su desarrollo y bienestar, es más probable que permanezcan en tu empresa. A medida que se van cumpliendo años lo más habitual es tener una vida estable y sin demasiados cambios. Por ello, hacer cambios en el ámbito laboral para las personas de más de 50 años es menos probable que para alguien más joven que pueda sentirse atraído por una oportunidad laboral más atractiva. Así, el compromiso de estas personas con la empresa es más fuerte que en alguien de menor edad.
- Mentores y transferencia de conocimiento: Las personas mayores de 50 años pueden ser excelentes mentores y facilitadores de la transferencia de conocimientos en tu organización.
Ayudas y Subvenciones para la Contratación de Mayores de 50 Años
Desde las administraciones públicas se ofrecen ayudas a las empresas que contraten o mantengan en el empleo a trabajadores mayores de 50 años. A comienzos del año, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 1/2023, que modifica parte del sistema de ayudas con el objetivo de promover la estabilidad laboral.
Bonificaciones y Subvenciones Generales
- Bonificaciones a la seguridad social: Estas bonificaciones reducen la carga financiera asociada con la seguridad social, lo que hace que la contratación sea más asequible y atractiva. La bonificación anual que reciben las empresas depende del colectivo al que pertenezca el trabajador y de lo que se recoja en el Programa de Fomento del Empleo.
- Subvenciones para la formación: Las empresas pueden acceder a subvenciones para la formación continua de empleados mayores de 50 años.
- Contratos de relevo: Permiten a las empresas contratar a trabajadores más jóvenes mientras los empleados mayores reducen sus horas antes de jubilarse.
- Contratos indefinidos: La conversión de contratos temporales en indefinidos puede conllevar ventajas financieras. Esto demuestra un compromiso a largo plazo con el empleado, lo cual puede ser beneficioso tanto para el empleado como para la empresa.
- Personas con discapacidad: Para los contratos indefinidos o temporales dirigidos a personas con discapacidad existe una bonificación que es bastante diferente en función de la edad que tengan las personas contratadas. Por ejemplo, se pueden recibir hasta 5.700 euros por contratar a una persona mayor de 45 años con discapacidad. Para mayores de 45 años con discapacidad severa (parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual), la bonificación es de 6.300 euros.
¿Qué beneficios tendrían las empresas que contraten a adultos mayores? | EL TIEMPO
Ayudas Específicas en la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE)
Con el objetivo de incentivar la contratación de personas desempleadas, de edad igual o superior a 50 años, en situación de desempleo, se ha puesto en marcha un programa de ayudas que subvenciona su contratación en centros de trabajo en la CAE. Esta convocatoria se dirige a la contratación de personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener una edad igual o superior a 50 años.
- Estar desempleada, inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo o en el servicio público de empleo correspondiente, el día anterior a la fecha de inicio del contrato.
Los recursos económicos destinados a esta convocatoria ascienden a 2.200.000 euros, de los cuales 1.485.000 euros corresponden al crédito de pago de 2025 y 715.000 euros al crédito de compromiso para 2026, del presupuesto de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo. El importe máximo subvencionado será de 6 meses para los contratos temporales y 12 meses para contratos cuya duración sea indefinida, y finalizará, en todo caso, el 31 de octubre de 2026.
El importe subvencionado por cada contrato se determinará en función de la duración del contrato y de la titulación académica o estudios realizados por la persona contratada, necesarios para el desempeño del puesto de trabajo, de acuerdo a la siguiente tabla:
Importe de la Subvención Base
| Titulación Académica o Estudios realizados | Contrato ≥ 6 meses | Contrato indefinido |
|---|---|---|
| Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 4.725 € | 15.750 € |
| Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 4.140 € | 13.800 € |
| Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 3.150 € | 10.500 € |
| Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 2.500 € | 8.300 € |
Incremento del 15% (si la persona contratada cumple al menos una de las siguientes características: ser mujer o tener una edad igual o superior a 55 años)
| Titulación Académica o Estudios realizados | Contrato ≥ meses | Contrato indefinido |
|---|---|---|
| Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 5.435 € | 18.115 € |
| Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 4.760 € | 15.870 € |
| Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 3.620 € | 12.075 € |
| Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 2.875 € | 9.545 € |
Incremento del 10% (si la persona contratada ha finalizado en 2024 o 2025 un curso con compromiso de contratación y el contrato cumple las condiciones del artículo 7.3.)
| Titulación Académica o Estudios realizados | Contrato indefinido |
|---|---|
| Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 17.325 € |
| Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 15.180 € |
| Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 11.550 € |
| Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 9.130 € |
Incremento del 20% (si la persona contratada cumple las condiciones establecidas en los apartados 7.2 y 7.3 de la convocatoria)
| Titulación Académica o Estudios realizados | Contrato indefinido |
|---|---|
| Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 18.900 € |
| Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 16.560 € |
| Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 12.600 € |
| Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | 9.960 € |
Las cuantías de subvención establecidas se refieren a contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial se ajustarán los importes en proporción a la jornada.
En todo caso, la retribución bruta anual y referida a jornada completa de la persona que se contrate no podrá ser inferior a las cantidades que figuran en la tabla siguiente:
Remuneración Salarial Bruta Anual Mínima
| Titulación Académica o Estudios realizados | Remuneración salarial bruta anual mínima (incluidas pagas extras) |
|---|---|
| Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura o Máster-Plan Bolonia Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o Grado Universitario- Plan Bolonia | 31.500 € |
| Ciclos Formativos de Grado Superior (FPII) | 27.600 € |
| Ciclos Formativos de Grado Medio (FPI), Bachillerato, Formación Profesional básica y Certificados de Profesionalidad | 18.700 € |
| Educación Secundaria Obligatoria o Sin Estudios | Salario mínimo interprofesional vigente |
A efectos de determinar la retribución salarial bruta mínima exigida por la convocatoria, sólo se tendrán en cuenta el salario base, las pagas extraordinarias y los complementos salariales, quedando expresamente excluidos del cómputo otro tipo de percepciones y complementos extrasalariales.
Las contrataciones deberán suponer creación de empleo sobre la plantilla media existente en los centros de trabajo de la empresa en la Comunidad Autónoma de Euskadi durante el período de los 6 meses inmediatamente anteriores a la incorporación de las personas cuyos contratos se subvencionen. A fecha de contratación, el nuevo contrato ha de suponer un incremento sobre dicha media. No serán objeto de subvención la contratación del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado, ni de quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas.
El plazo para suscribir e iniciar el contrato comienza a partir del 16 de noviembre de 2023, día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPV, y finaliza el 18 de octubre de 2024.
Ayudas en la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid ofrece ayudas a las empresas que contraten a trabajadores mayores de 50 años. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó el 29 de junio de 2023 las normas reguladoras y estableció el procedimiento de concesión directa del Programa de Incentivos a la Contratación Indefinida, una normativa que mantiene su plena vigencia y aplicación para este año 2026. Este programa de incentivos se ha diseñado con un carácter universal para garantizar que cualquier entidad empleadora pueda acceder a las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social y a las deducciones fiscales correspondientes.
- Cuantía de la ayuda: 3.000 euros por trabajador contratado a tiempo completo. En el supuesto de que el contrato sea indefinido a tiempo parcial, el importe de la ayuda se calculará de forma proporcional al porcentaje de jornada establecido en el contrato. Por ejemplo, si la dedicación equivale al 50 % de una jornada ordinaria, la cuantía del incentivo se reducirá a 1.500 euros.
- Límite por beneficiario: Cada empresa o persona trabajadora autónoma podrá solicitar incentivos por un máximo de cinco trabajadores, lo que establece un límite de 15.000 euros por beneficiario.
- Mantenimiento del empleo: Para consolidar el empleo creado, las empresas beneficiarias deberán comprometerse a mantener al trabajador en plantilla durante un periodo mínimo establecido (generalmente entre uno y tres años), salvo en casos de despido procedente.
- Requisitos adicionales: Esta cifra base puede verse incrementada sustancialmente si el perfil del trabajador cumple con criterios adicionales de prioridad, como ser desempleado de larga duración, mujer en ocupaciones con subrepresentación femenina o persona con discapacidad, pudiendo elevar la ayuda total en función de la normativa específica de cada convocatoria autonómica o estatal.
- Tramitación: Las empresas deben solicitar la ayuda ante la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid.
- Objetivos y impacto: El programa tiene como objetivo incentivar la contratación indefinida de trabajadores, entre los que se encuentran los mayores de 50 años. El programa tiene un impacto económico estimado de 10 millones de euros.
Otros Programas de Ayuda a Nivel Estatal
En España, existen diferentes subvenciones por contratar a mayores de 52 años en 2025. Otra subvención es de 3.000 euros por cada trabajador contratado a tiempo completo, con un máximo de cinco contrataciones por beneficiario. Los trabajadores pueden acogerse a este programa de forma voluntaria y compatibilizar el subsidio por desempleo con el trabajo por cuenta ajena.
Después de todo lo visto, debes tener en cuenta los beneficios fiscales por contratar personas mayores de 50 años antes de hacer la selección de personal para tu empresa. Si estás inmerso en un proceso de selección para elegir a personas que presten servicios en tu empresa, te habrás dado cuenta de que no es una tarea sencilla. Existen diferentes características que hay que definir a la hora de decidirse por uno de los candidatos, entre ellas está la titulación o la edad. Quizás antes de decidir te interese saber qué ventajas de contratar a mayores de 55 años tendrás.
