Guía completa para darse de alta como autónomo en Alta Gracia
Emprender un negocio propio es una de las aventuras más apasionantes que cualquier persona puede realizar en su vida. Y sin lugar a dudas, se trata de una experiencia apasionante, pero llena de retos que superar. Nada más comenzar, nos encontramos con el primero de ellos: darse de alta como autónomo.
Los primeros pasos de un profesional que decide ejercer una actividad por cuenta propia pueden llegar a ser bastante confusos y requieren de una gran inversión de tiempo. Para ayudarte en este camino, te ofrecemos una guía completa sobre los trámites y requisitos para darte de alta como autónomo en España, con especial atención a los aspectos relevantes en Alta Gracia.
¿Quién debe darse de alta como autónomo?
En primer lugar, todo trabajador que perciba ingresos que superen el sueldo mínimo por una actividad comercial, que no esté sujeta a un contrato laboral, es un autónomo. Si eres mayor de 18 años y vas a realizar de manera habitual una actividad económica sin un contrato de trabajo que te vincule a una empresa, tienes que darte de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo.
Tipos de autónomos
- Autónomos dependientes (TRADE): Son aquellos que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, de la que dependen económicamente.
- Socios en cooperativas de trabajo asociado: Aquellos dedicados a la venta ambulante que reciben sus ingresos directamente de los compradores.
- Vendedores ambulantes: Autónomos que, sin ser socios de cooperativas, se dedican a la venta ambulante (CNAE-09: 4781, 4782, 4789 o 4799) en mercados tradicionales o mercadillos un máximo de tres días a la semana, con un horario de actividad inferior a ocho horas al día, que no disponen de establecimiento permanente propio, ni producen los artículos o productos que venden.
- Autónomos societarios: Son aquellos que tienen una sociedad y optan por esta figura para reducir los impuestos. Al darse de alta como autónomo societario, se cotiza por el RETA y no pueden solicitar la tarifa plana de nuevos autónomos.
- Trabajadores del sector agropecuario: Es indispensable solicitar el alta de autónomo como trabajador en el sector agropecuario, ya sea como arrendatario o propietario, para acceder a los beneficios de la Seguridad Social. Pertenecer a esta categoría implica cotizar por el Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (SETA), ya que el régimen especial de 2008 establece una base de cotización inferior al resto.
- Autónomo en inactividad: Este es un régimen especial cuando un autónomo se encuentra en cese de actividades económicas, pero de manera temporal; ya sea por un descanso, justificación médica, baja demanda del servicio o bienes en oferta por el autónomo. Deberán seguir con la misma cuota de autónomo que la del tiempo en actividades profesionales, siempre y cuando tengan el alta en RETA.
Trámites para darse de alta como autónomo
Para trabajar por cuenta propia, es indispensable reportar tu actividad económica ante la Seguridad Social y Hacienda, para luego estar registrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
1. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
Este tributo de carácter local grava las actividades profesionales y empresariales. Es obligatorio para sociedades y trabajadores por cuenta propia. Desde 2003, las personas físicas y sociedades mercantiles que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros están exentas del pago del impuesto. No obstante, darse de alta en el impuesto sigue siendo obligatorio.
- Para darse de alta en el IAE, será necesario rellenar el modelo 840. Este modelo también se usa para comunicar cualquier modificación en el impuesto, como la variación, la baja o la finalización de la exención del pago del impuesto.
- Los sujetos pasivos exentos de pagar el IAE deberán informar sobre cuáles son sus actividades económicas y facilitar una relación con los establecimientos donde se realizan dichas actividades, a través de los modelos 036 y 037 de alta como autónomo.
- En el caso de estar obligado a pagar el IAE, hay que rellenar el modelo 848 para informar a Hacienda sobre la cantidad de ingresos netos que se han obtenido, salvo que hayan sido declarados en el Impuesto de Sociedades.
- Es posible realizar el alta en el IAE de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
BUCADOR DE IAE en la Sede Electrónica
2. Alta en Hacienda (Modelo 036 o 037)
El alta censal en la Agencia Tributaria se realiza a través del modelo 036 o su versión simplificada, el modelo 037. En este formulario deben indicarse nuestros datos y los de la actividad que vamos a emprender, así como el domicilio fiscal. El alta censal en Hacienda sirve para comunicar que se comienza a ejercer la actividad en una fecha concreta. También sirve para darse de alta en el IVA y especifica el régimen de tributación como trabajadores autónomos en el IRPF.
Hay que tener en cuenta que en estos modelos debemos indicar, entre otras cosas, si vamos a trabajar desde nuestra vivienda particular (para desgravarnos el IVA) o a través de una oficina.
3. Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social
Si quieres trabajar por cuenta propia, tienes que tramitar tu solicitud de alta en la Seguridad Social. Darse de alta como autónomo en la Seguridad Social podrá hacerse hasta un máximo de 60 días antes de comenzar a ejercer la actividad como profesional por cuenta propia.
- Para darse de alta en el RETA de la Seguridad Social deberás presentar el modelo TA.0521.
- También habrá que presentar una copia y el original del alta en el IAE, fotocopia del DNI y la tarjeta de afiliación a la Seguridad Social (si no se dispone de ella, habrá que hacer este trámite de forma simultánea) y el documento de adhesión a una mutua de accidentes del trabajo.
- Para actividades donde sea obligatorio colegiarse, será necesario presentar el certificado del colegio correspondiente.
Efectos del alta en el RETA
Las altas iniciales o sucesivas surten efecto desde el primer día del mes natural en que se reúnan todos los requisitos, siempre que se hayan solicitado en plazo. Las altas solicitadas fuera de plazo también surten efectos desde el primer día del mes natural en que se reúnan los requisitos para su inclusión en este Régimen Especial. En tales casos, no obstante las sanciones administrativas aplicables por la mora, las cotizaciones correspondientes a los períodos anteriores a la formalización del alta son debidas y surten efectos a efectos de prestaciones una vez ingresadas, con los recargos legalmente aplicables, salvo cuando estos ingresos no sean exigibles por prescripción y, por lo tanto, no sean válidos a efectos de prestaciones, siempre que el alta se haya formalizado con posterioridad al 1 de enero de 1994.
Efectos de la baja en el RETA
Las bajas solicitadas en la forma y plazos reglamentarios surten efecto desde el primer día del mes siguiente a aquel en que el trabajador cesó en la actividad que determinó su inclusión. Si el trabajador no solicita la baja o la solicita en forma y plazo distintos de los establecidos al efecto, o si esta se efectúa de oficio, la continuación del alta tendrá el efecto de hacer obligatoria la cotización, pero el trabajador no se considerará en situación de alta a efectos de la adquisición del derecho a las prestaciones. En este caso, la obligación de cotizar no se extingue hasta el día en que la Tesorería General de la Seguridad Social tenga conocimiento del cese de la actividad por cuenta propia o de la situación determinante de la inclusión en este Régimen Especial.
4. Licencia de apertura
Si vas a abrir un local, una vez que hayas completado los trámites anteriores deberás solicitar una licencia de apertura en el ayuntamiento de tu ciudad. Se trata de un permiso necesario para poder abrir un local donde se vaya a ejercer una actividad económica. Resumiendo mucho, las actividades calificadas requieren de un proyecto y unos mayores requisitos para obtener la licencia municipal, por lo que el proceso resulta más caro.
5. Alta y comunicación a los Organismos del Trabajo
El alta en los organismos del trabajo es el último paso que debe dar el nuevo autónomo antes de iniciar su actividad. Básicamente se trata de dos trámites que, aunque son sencillos, también requieren de su tiempo.
- En primer lugar, debe comunicarse la apertura del centro a la autoridad laboral competente, generalmente la Consejería de Empleo o Trabajo de la comunidad autónoma. Esta obligación se extiende a la reanudación de la actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones importantes.
- La apertura, instalación, traslado y ampliación de centros de trabajo conlleva la obligación de comunicárselo a la autoridad laboral competente.
Opciones para darse de alta como autónomo
Alta online a través de un Punto PAE
El alta online a través de un punto PAE es la solución más rápida y cómoda para cumplir con el trámite y darte de alta como autónomo online. La declaración censal del modelo 036 se incluye en el Documento Único Electrónico (DUE).
Una vez hecha la tramitación presencial mencionada en los puntos, la Oficina de tramitación se encargará de seguir la tramitación telemática con la Agencia Estatal Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.
| Ventajas del Alta Online (PAE) | Desventajas del Alta Presencial |
|---|---|
| Rapidez en la tramitación | Inversión de tiempo significativa |
| Comodidad (sin desplazamientos) | Posibilidad de confusiones en los trámites |
| Inclusión de la declaración censal (modelo 036) en el DUE | Necesidad de acudir a varias oficinas (Hacienda, Seguridad Social, Ayuntamiento) |
Alta presencial en oficina
Si prefieres realizar los trámites de forma presencial, deberás acudir a las oficinas correspondientes de cada organismo: Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de tu localidad.
Gestoría online
Una gestoría online es una empresa que te prestará un servicio de calidad, en el que se te organiza, gestiona y procesa todos los asuntos fiscales con los que debas hacer frente al Estado. Hacerte autónomo con una gestoría online no te llevará tiempo ni desplazamientos.
Aspectos económicos y de cotización
Base de cotización y cuota de autónomos
Al darte de alta como autónomo, deberás definir tu base de cotización. La cuota de autónomos será un porcentaje de la base de cotización. Teniendo en cuenta el promedio mensual que vas a hacer de tus rendimientos netos, tendrás que seleccionar la base de cotización que determinará tu cuota a pagar.
Tarifa plana para nuevos autónomos
Como nuevo autónomo, puedes acogerte a la tarifa plana de 80 euros, la bonificación más célebre entre las que aplica la Seguridad Social. La tarifa plana para nuevos autónomos es de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de sus ingresos.
Exención del IAE
Lo normal será que estés exento del pago del IAE, ya que solo se debe pagar en el caso de facturar más de un millón de euros anuales.
Optar por una mutualidad de previsión social
Existe la opción de optar por una mutualidad de previsión social ligada a colegios profesionales. Actualmente, son 10 las mutualidades que ofrecen la alternativa al RETA a los colegiados autónomos: arquitectos técnicos, arquitectos superiores, químicos, gestores administrativos, abogados, procuradores, ingenieros e ingenieros técnicos industriales, y médicos.
Información adicional importante
- El día que comiences a realizar tu actividad como trabajador autónomo tienes que estar de alta tanto en la Seguridad Social como en Hacienda.
- El autónomo es responsable de darse de alta si cumple los requisitos indicados y, en caso de no hacerlo, corre el riesgo de que sea la propia Seguridad Social la que proceda al alta a posteriori y con efectos retroactivos.
- Puedes consultar tu información y realizar tus gestiones desde tu dispositivo móvil. Descárgate la app y descubrirás una navegación sencilla, fácil y accesible.
- Para finalizar tu actividad profesional, tienes que comunicar tu baja.
Además de los trámites de alta, es importante informarse de otros aspectos relacionados con tu negocio como las hojas de reclamación, horarios comerciales y carteles necesarios para un bar (en caso de que tu actividad lo requiera).
