Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y su Rol en el Apoyo Empresarial
Los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) desempeñan un papel fundamental en el ecosistema empresarial, facilitando la creación y el desarrollo de nuevas iniciativas. Este marco de actuación es de especial interés para entidades y asociaciones que buscan impulsar el emprendimiento. Estos puntos se establecen mediante convenios específicos, asumiendo compromisos claros para apoyar a los emprendedores. Cada PAE que se constituya como consecuencia de este convenio asume todos los compromisos contenidos en el mismo, en particular, la prestación de los servicios obligatorios del apartado A.
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Servicios Ofrecidos por los PAE
Los PAE brindan una serie de servicios esenciales para los emprendedores que buscan constituir y poner en marcha su actividad empresarial:
- Realización de la tramitación para la constitución e inicio de actividad de empresas mediante el sistema de tramitación telemática CIRCE y utilizando el PACDUE (Programa de Ayuda a la Cumplimentación del Documento Único Electrónico). Este servicio deberá prestarse con carácter gratuito.
- Información sobre las ayudas públicas aplicables al proyecto empresarial.
- Información a los emprendedores que lo demanden sobre el estado de tramitación de los procedimientos iniciados en su nombre.
Además de los servicios obligatorios, los PAE pueden ofrecer servicios opcionales. Así mismo, comunicará a la DGIPYME qué servicios opcionales del apartado B prestará, pudiendo ampliar o disminuir con posterioridad dichos servicios opcionales. Para ello, la DGIPYME establecerá los medios electrónicos oportunos para ello. Es fundamental destacar que los servicios, obligatorios u opcionales, consistentes en la realización de tramitaciones mediante el sistema de tramitación telemática CIRCE y utilizando el PACDUE tendrán carácter gratuito.
A continuación, se presenta una tabla que resume los principales servicios y requisitos de los PAE:
| Categoría | Servicio/Requisito | Obligatorio | Gratuito (si aplica) |
|---|---|---|---|
| Servicios Obligatorios | Tramitación para constitución e inicio de actividad (CIRCE y PACDUE) | Sí | Sí |
| Información sobre ayudas públicas aplicables al proyecto empresarial | Sí | No especificado | |
| Información sobre el estado de tramitación de procedimientos | Sí | No especificado | |
| Servicios Opcionales | Servicios comunicados a la DGIPYME (ampliables/disminuibles) | No | Sí, si son tramitaciones CIRCE/PACDUE |
| Requisitos Técnicos | Instalación de equipos informáticos equipados para PACDUE | Sí | N/A |
| Requisitos de Personal | Personal adscrito con conocimientos necesarios para información y asesoramiento | Sí | N/A |
| Designación de un coordinador de entidad en materia de PAE | Sí | N/A | |
| Designación de un responsable de PAE por cada PAE establecido | Sí | N/A | |
| Identificación | Identificación como PAE mediante rótulos (interna y externamente) | Opcional | N/A |
Requisitos y Cualificación del Personal y Medios Técnicos
Para garantizar la calidad y eficiencia de la atención, los PAE deben cumplir con ciertos requisitos tanto en su personal como en su infraestructura tecnológica:
- Para la prestación de los servicios de información y asesoramiento contemplados en la cláusula cuarta, el personal adscrito al PAE tendrá los conocimientos necesarios.
- La DGIPYME podrá requerir que el personal adscrito al PAE realice una prueba de conocimientos en el entorno de formación habilitado al efecto antes de autorizarlo a utilizar CIRCE.
- La entidad designará a un coordinador de la entidad en materia de PAE.
- Así mismo para cada PAE que se establezca se designará un responsable de PAE.
- En cuanto a la infraestructura, es necesaria la instalación en los puestos de trabajo de equipos informáticos equipados para la ejecución del PACDUE.
Identificación del PAE
Cada una de los PAE establecidos en virtud de este convenio podrá indicar mediante rótulos tanto interna como externamente la identificación como PAE.
Protección de Datos Personales y Conservación Documental
La gestión de datos personales en el marco de la actividad de los PAE está sujeta a la normativa vigente, con responsabilidades claras y requisitos de conservación:
En aplicación de la normativa sobre protección de datos personales en vigor, la DGIPYME es responsable del tratamiento de los datos personales recogidos en el Documento Único Electrónico (DUE) o, en su caso, en la aplicación del servicio opcional de transmisión de empresas. Los PAE, por su parte, deben Tratar estos datos de acuerdo con las instrucciones documentadas de la DGIPYME. De acuerdo a los plazos de prescripción legal establecidos, los PAE deberán conservar copia de toda la documentación que los emprendedores tienen la obligación de aportar en el momento de comenzar la tramitación del DUE, incluyendo la copia firmada del DUE a la que se refiere la cláusula anterior.
Causas de Baja de un PAE
La Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, actuando por medio de la DGIPYME, tiene la potestad de dar de baja a los PAE en determinadas circunstancias:
- El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.
- La Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, actuando por medio de la DGIPYME podrá dar de baja a los PAE por incumplimiento de los términos del presente convenio o si el PAE no se mantiene activo.
