Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de Navarra: Información y Actividades
La Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de Navarra (AESNA) desempeña un papel crucial en el ámbito empresarial de la región. Ubicada en Pamplona/Iruña, en la provincia de Navarra, su domicilio fiscal se encuentra en Travesía Ana de Velasco, 4, Pb. 31006. AESNA se dedica a actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas, clasificada en Otras Actividades de Apoyo a las Empresas N.c.o.p. La información empresarial de Asociacion De Empresarios De Estaciones Asociación fue actualizada por última vez el día 06/09/2022.
Integración y Estructura en el Ámbito Nacional
La Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio agrupa a más de 4.000 instalaciones en todo el territorio nacional, dedicadas a la distribución, venta y/o comercialización de productos petrolíferos. En aquellas provincias donde no exista una Asociación, o que, aun existiendo, no formen parte de la Confederación, los empresarios de Estaciones de Servicio podrán integrarse directamente en ella.
AESNA forma parte de esta Confederación, trabajando en conjunto con otras asociaciones regionales para fortalecer el sector. A continuación, se presenta un listado de algunas de las asociaciones que integran esta confederación, mostrando su alcance nacional:
Asociaciones Regionales y Provinciales
- ANDALUCÍA: Federación de Asociaciones de Empresas de Estaciones de Servicio de Andalucía (FEDAES)
- Asociación de Almería: EE.S. Costa del Andarax.
- Asociación de Cádiz: María Antonia Jesús Tirado, local 8.
- Asociación de Huelva: Avda.
- Asociación de Málaga: C/ Tomás Heredia, 4, 2º D.
- Asociación de Sevilla: Av. De la Innovación 5, Edificio Espacio, Planta 3, Izq.
- ARAGÓN: Asociación de Estaciones de Servicio de Aragón (AESAR)
- ASTURIAS: Asociación Provincial de Empresarios de Estaciones de Servicio de Asturias
- CANTABRIA: Asociación Regional de Empresarios de Estaciones de Servicio de Cantabria.
- CASTILLA LA MANCHA: Federación Castellano-Manchega de Empresarios de Estaciones de Servicio (FECAMAES)
- Asociación de Ciudad Real: Plaza Mayor, 14 Pasaje Alcor, 3. Planta 1ª.
- Asociación de Cuenca: Paseo Recaredo, 1, Edificio Fedeto.
- Asociación de Guadalajara: C/ Molina de Aragón, 3.
- Asociación de Toledo: Paseo Recaredo, 1, Edificio Fedeto.
- Ávila: Asociación de Ávila
- Barcelona y Tarragona: Asociación de Barcelona y Tarragona
- Girona: Asociación de Girona
- PONTEVEDRA: Asociación Provincial de Empresarios de Estaciones de Servicio de Pontevedra
- LA RIOJA: Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de La Rioja
- NAVARRA: Asociación de Empresarios de Estaciones de Servicio de Navarra (AESNA)
- Alicante: Asociación de Alicante
- Castellón: Asociación de Castellón
- PETRÓLEOS ARCHIPIÉLAGO, S.A.: Hoya Fría, 6 (Nave 1), Pol. Ind. El Mayorazgo.
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Marco Normativo y el Sector de Estaciones de Servicio
La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, ha incorporado, parcialmente, al Derecho español, la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. Esta ley adopta un enfoque ambicioso, fomentando una aplicación generalizada de sus principios con objeto de impulsar una mejora global del marco regulatorio del sector servicios, para así obtener ganancias de eficiencia, productividad y empleo en los sectores implicados, además de un incremento de la variedad y calidad de los servicios disponibles para empresas y ciudadanos.
La Ley 17/2009 consolida los principios regulatorios compatibles con las libertades básicas de establecimiento y de libre prestación de servicios, y al mismo tiempo permite suprimir las barreras y reducir las trabas que restringen injustificadamente el acceso a las actividades de servicios y su ejercicio. La presente Ley adapta la normativa estatal de rango legal a lo dispuesto en la Ley 17/2009, en virtud del mandato contenido en su Disposición final quinta. También extiende los principios de buena regulación a sectores no afectados por la Directiva, siguiendo un enfoque ambicioso que permitirá contribuir de manera notable a la mejora del entorno regulatorio del sector servicios y a la supresión efectiva de requisitos o trabas no justificados o desproporcionados.
El Título III de esta legislación, denominado “Servicios energéticos”, es de particular relevancia para AESNA y sus asociados. Este título elimina los regímenes de autorización para el ejercicio de las actividades de comercialización en el ámbito de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. Adicionalmente, se elimina la obligación de inscripción en el Registro para los comercializadores y consumidores directos en el mercado de electricidad y gas natural, y se suprimen los requisitos prohibidos por la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, de todas las leyes del sector energético.
Regulaciones Específicas Relevantes
El marco legal que afecta a las estaciones de servicio es amplio y abarca diversas áreas, desde procedimientos administrativos hasta aspectos laborales y de seguridad. A continuación, se detallan algunas de las modificaciones normativas pertinentes:
Medidas Horizontales
- Procedimiento administrativo:
- Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Modificación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
- Consumidores y usuarios de los servicios:
- Modificación del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
- Servicios profesionales:
- Modificación de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
- Modificación de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales.
- Actuaciones relativas a las empresas en el ámbito laboral y de Seguridad Social:
- Modificación del Real Decreto-Ley 1/1986, de 14 de marzo, de medidas urgentes administrativas, financieras, fiscales y laborales.
- Modificación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Modificación de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Modificación de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Servicios Industriales y de la Construcción
- Servicios industriales:
- Modificación de la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología.
- Modificación de la Ley 11/1986, de 20 de marzo, de Patentes.
- Modificación de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
- Modificación de la Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada.
- Servicios de la construcción:
- Modificación de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
- Modificación de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
Servicios Energéticos
- Modificación de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
- Modificación de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
- Modificación de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
Servicios de Transporte y Comunicaciones
- Servicios de transporte:
- Modificación de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea.
- Modificación de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres.
- Modificación del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
- Modificación de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
- Modificación de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario.
- Modificación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.
- Servicios de información y comunicaciones:
- Modificación de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
- Modificación de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.
Servicios Medioambientales y de Agricultura
- Servicios medioambientales:
- Modificación de la Ley de 20 de febrero de 1942, por la que se regula el fomento y conservación de la pesca fluvial.
- Modificación de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza.
- Modificación de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.
- Modificación de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
- Modificación de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.
- Modificación del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
- Modificación de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
- Modificación de la Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales.
- Modificación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
- Servicios de agricultura:
- Modificación de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
- Modificación de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal.
- Modificación de la Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero de recursos fitogenéticos.
Otras Medidas
- Modificación del Texto Refundido de Tasas Fiscales, aprobado por Decreto 3059/1966, de 1 de diciembre.
- Modificación de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
- Modificación del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
- Modificación de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria.
- Modificación del Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.
- Modificación de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
- Modificación de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
- Modificación de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
- Modificación de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales.
Estas modificaciones legislativas buscan un entorno regulatorio más eficiente, transparente, simplificado y predecible para los agentes económicos, lo que supone un significativo impulso a la actividad económica de sectores como el de las estaciones de servicio.
Bandera de la Comunidad Foral de Navarra, donde AESNA tiene su sede.
Disposiciones Adicionales y Transitorias de Interés
La Disposición Adicional Primera elimina la autorización administrativa previa para la organización, celebración y desarrollo de combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales siempre que la participación del público en estas actividades sea gratuita, flexibilizando los instrumentos de promoción comercial. La Disposición adicional segunda se refiere a los sujetos ya inscritos en los registros administrativos en materia de energía eléctrica e hidrocarburos. La Disposición adicional tercera se dirige a potenciar la asunción personal por el empresario de la gestión de la actividad preventiva.
Entre las Disposiciones Transitorias, se encuentran:
- Régimen transitorio.
- Procedimientos de autorización de entidades especializadas en materia de prevención de riesgos laborales.
- Vigencia de la exigencia de visado colegial.
- Vigencia de las obligaciones de colegiación.
- Implantación de la ventanilla única y del servicio de atención a los consumidores y usuarios.
- Aprobación del sistema de gestión de la ventanilla única.
