Aplicación Práctica de la Ley de Emprendedores y la Ley de Startups en España
España ha implementado una serie de reformas significativas para fomentar el emprendimiento y la creación de empresas, como respuesta a una crisis económica prolongada y con el objetivo de impulsar el crecimiento y la reactivación económica. Dos de las normativas más destacadas en este ámbito son la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización (conocida como la Ley de Emprendedores), y la más reciente Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (conocida como Ley de Startups).
Estas leyes buscan transformar el panorama empresarial español, facilitando la iniciativa emprendedora, promoviendo la cultura del emprendimiento y ofreciendo un marco legal y fiscal más favorable. Este artículo explorará en detalle los aspectos clave de estas leyes, sus novedades, beneficios y cómo afectan al desempeño empresarial, tanto para ciudadanos españoles como para extranjeros.
La Ley de Emprendedores (Ley 14/2013)
Contexto y Objetivos
La Ley de Emprendedores de España es una normativa que establece una serie de medidas para fomentar el emprendimiento y la creación de empresas en el país. El contexto que apunta la ley en su preámbulo es el de un país que ha vivido una recesión salvaje con gran destrucción de empleo en los últimos años y una balanza negativa de destrucción y creación de empresas. También señala que el paro juvenil en España duplica la media europea, entre otras cosas, se apunta, porque no ha habido iniciativa emprendedora entre los jóvenes faltos de contratos. Según el gobierno, esa falta de iniciativa entre nuestros jóvenes tiene que ver con un sistema educativo y una sociedad que no han valorado lo suficiente la actividad emprendedora o la asunción de riesgos. Algo que hay que cambiar, para lo cual se incentivarán medidas desde la propia escuela.
Esta ley pretende abordar el tema del emprendimiento desde la base, y por eso se introducirán una serie de contenidos en Educación Primaria para que las nuevas generaciones lo vayan teniendo en cuenta tanto en su panorama laboral como en su imaginario colectivo en general. La ley también señala lo engorroso de la normativa actual, las dificultades para acceder a la financiación y la importancia, reflejada en las normativas de otros países, de facilitar el desembarco de talento en nuestro país con una normativa más ágil y flexible.
Medidas Clave de la Ley de Emprendedores
Las principales medidas adoptadas fomentan el emprendimiento y el trabajo por cuenta propia, promoviendo la cultura emprendedora y ofreciendo una serie de facilidades para crear y desarrollar proyectos empresariales que puedan generar empleo y valor añadido. El Título preliminar -«Disposiciones generales»- establece el objeto, ámbito de aplicación y la definición de emprendedor. El concepto de emprendedor se define de forma amplia, como aquellas personas, independientemente de su condición de persona física o jurídica, que van a desarrollar o están desarrollando una actividad económica productiva. Así, se pretende que las medidas de la Ley puedan beneficiar a todas las empresas, con independencia de su tamaño y de la etapa del ciclo empresarial en la que se encuentren.
Apoyo a la Iniciativa Emprendedora
El Título I de la Ley se enfoca en el apoyo a la iniciativa emprendedora, introduciendo figuras y mecanismos clave:
- Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL): Se crea una nueva figura, el Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), gracias a la cual las personas físicas podrán evitar que la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales afecte a su vivienda habitual bajo determinadas condiciones. Un ERL no tendrá que responder con sus bienes personales, en este caso su vivienda, con un valor de hasta 300.000 euros, de las deudas contraídas en su actividad empresarial. Podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad la vivienda habitual del deudor siempre que su valor no supere los 300.000 €, valorada conforme a lo dispuesto en la base imponible del Impuesto Sobre Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil. La creación de esta figura va acompañada de las oportunas garantías para los acreedores y para la seguridad jurídica en el tráfico mercantil. Conforme a la disposición adicional primera de esta Ley, se exceptúan de la limitación de responsabilidad las deudas de derecho público. La condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada se adquirirá mediante su constancia en la hoja abierta al mismo en el Registro Mercantil correspondiente a su domicilio. Además de las circunstancias ordinarias, la inscripción contendrá una indicación de los activos no afectos conforme a los apartados 1 y 2 del artículo 8 de esta ley y se practicará en la forma y con los requisitos previstos para la inscripción del empresario individual. Si transcurren 7 meses desde el cierre del ejercicio social sin que se hayan depositado las cuentas anuales en el Registro Mercantil, el emprendedor perderá el beneficio de la limitación de la responsabilidad en relación con las deudas contraídas con posterioridad al fin de ese plazo.
- Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS): El Capítulo III prevé la creación de una nueva figura de sociedad, la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS), sin capital mínimo, cuyo régimen será idéntico al de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, excepto ciertas obligaciones específicas tendentes a garantizar una adecuada protección de terceros. No será necesario acreditar la realidad de las aportaciones dinerarias de los socios en la constitución de sociedades de responsabilidad limitada de formación sucesiva. Estas sociedades estarán sometidas a límites y obligaciones para reforzar sus recursos propios y para impulsar que estas empresas crezcan a través de la autofinanciación. En particular, se endurece el deber de dotación de reserva legal y se prohíbe la distribución de dividendos hasta que el patrimonio neto alcance el capital mínimo requerido para las sociedades de responsabilidad limitada. Asimismo, se limita la retribución anual de los socios y administradores, que no podrá exceder del veinte por ciento del beneficio del patrimonio neto.
- Puntos de Atención al Emprendedor (PAE): Se crean los Puntos de Atención al Emprendedor, que serán ventanillas únicas electrónicas o presenciales a través de las que se podrán realizar todos y cada uno de los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial. Se garantiza la existencia de al menos un Punto de Atención al Emprendedor electrónico en el Ministerio de Industria, Energía y Turismo que prestará la totalidad de los servicios previstos en esta Ley.
- Acuerdo Extrajudicial de Pagos: El Capítulo V prevé un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios, ya sean personas físicas o jurídicas, similar a los existentes en los países próximos. La responsabilidad de negociar este acuerdo entre el deudor y sus acreedores se atribuye a una nueva figura de mediador concursal nombrado por el Registrador Mercantil o, en supuestos menos relevantes, por el notario del domicilio del deudor.
Apoyos Fiscales y en Materia de Seguridad Social
El Título II de la Ley introduce importantes apoyos fiscales y en materia de Seguridad Social:
- Deducción por Inversión de Beneficios: En relación con el Impuesto sobre Sociedades, se establece una nueva deducción por inversión de beneficios para aquellas entidades que tengan la condición de empresas de reducida dimensión, vinculada a la creación de una reserva mercantil de carácter indisponible. Las empresas de reducida dimensión podrán deducir el 10% de los beneficios que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a la actividad económica.
- Incentivos Fiscales a I+D: Se mejora la aplicación práctica de los incentivos fiscales vinculados a las actividades de investigación y desarrollo, estableciendo la opción de proceder a su aplicación sin quedar sometida esta deducción a ningún límite en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, y, en su caso, proceder a su abono, con un límite máximo conjunto de 3 millones de euros anuales, si bien con una tasa de descuento respecto al importe inicialmente previsto de la deducción.
- Régimen Fiscal de Activos Intangibles: Se modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas procedentes de determinados activos intangibles, en coherencia con el existente en países del entorno. Se pretende que el incentivo recaiga sobre la renta neta derivada del activo cedido y no sobre los ingresos procedentes del mismo.
- Deducción en el IRPF por Inversión en Empresas de Nueva Creación: Se tendrá derecho a una deducción en la cuota estatal del IRPF con ocasión de la inversión realizada en la empresa de nueva o reciente creación. Quienes inviertan en nuevas empresas podrán deducirse el 15% del capital que suscriban, con un tope máximo para esta deducción de 9.000 euros anuales.
- Reducción de Cuotas de Seguridad Social (Tarifa Plana de Autónomos): Para no penalizar excesivamente a aquellos trabajadores que coticen en el Régimen General y que vienen obligados a cotizar en otro Régimen a tiempo completo cuando realizan una actividad económica alternativa, se reducen las cuotas de la Seguridad Social de forma que aliviará la actual penalización y se incentivará la pluriactividad, estimulando nuevas altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. La tarifa plana se plantea como una de las medidas estrella de esta ley, ya que por tan solo 75 euros mensuales podrán tener una cuota de autónomos 80 % menor de lo habitual. Esta reducción tiene lugar durante los seis primeros meses; los descuentos pasan a un 50 % en los seis meses siguientes y 30 % en los seis siguientes. La conocida como «Tarifa Plana de 50€», ahora también estará disponible para mayores de 30 años.
- Régimen especial de IVA según la Ley de Emprendedores: A partir del 1 de enero de 2014, los autónomos pueden retrasar el pago del IVA al cobro efectivo de las facturas emitidas, bajo el «Régimen especial del criterio de caja». Para acogerse, el volumen de operaciones del año anterior debe ser inferior a 2.000.000€ y los cobros en efectivo de un mismo destinatario no pueden superar los 100.000 €.
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Tabla Resumen de Incentivos Fiscales de la Ley de Emprendedores
| Incentivo Fiscal | Descripción |
|---|---|
| Deducción por Inversión de Beneficios | Las empresas de reducida dimensión podrán deducir el 10% de los beneficios que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a la actividad económica. |
| Incentivos Fiscales a I+D | Posibilidad de aplicación de créditos fiscales pendientes para gastos e inversiones en I+D. Las empresas podrán aplicarse, con un descuento del 20%, la deducción por investigación y desarrollo que no hayan podido aplicarse en años anteriores, por insuficiencia de cuota. |
| Reinversión de Ganancias | La ganancia obtenida de la transmisión de participaciones en entidades de nueva o reciente creación estará excluida de gravamen si el importe total obtenido en la operación se reinvierte en la adquisición de acciones o participaciones de entidades de características similares. |
| Deducción IRPF por Inversión | Quienes inviertan en nuevas empresas podrán deducirse el 15% del capital que suscriban, con un tope máximo de 9.000 euros anuales. |
| Business Angels | Regulación de inversores informales, con deducciones en el IRPF por el capital invertido y exención de tributar por las ganancias patrimoniales si se reinvierten en otro proyecto. |
Apoyo a la Financiación y Crecimiento Empresarial
El Título III y IV abordan el apoyo a la financiación y el crecimiento empresarial:
- Crowdfunding: La ley regula sobre la creación de un fondo de capital riesgo para financiar los proyectos de innovación y mejora del acceso a la financiación para INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO (I + D).
- Cédulas de Internacionalización: El Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, introdujo un nuevo instrumento financiero a emitir por las entidades de crédito conocido como «cédulas de internacionalización». Con las modificaciones que ahora se llevan a cabo, se persiguen dos objetivos. Por un lado, perfeccionar el marco regulatorio de las cédulas de internacionalización, añadiendo más claridad a los activos que sirven como cobertura.
- Simplificación de Cargas Administrativas: Se prevén diversas medidas de reducción de cargas administrativas. En primer lugar, se revisará el clima de negocios a través de la mejora de la regulación de las actividades económicas. Se garantiza que los empresarios no deban contestar más de una encuesta para el Instituto Nacional de Estadística durante el primer año de actividad, si tienen menos de cincuenta trabajadores. Se elimina la obligación de que las empresas tengan, en cada centro de trabajo, un libro de visitas a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Acceso a la Contratación Pública: Para poner en contacto a pequeños emprendedores que se dediquen a una misma actividad, se prevé la posibilidad de que los empresarios puedan darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. Se elevan los umbrales para la exigencia de la clasificación en los contratos de obras y de servicios, que viene siendo una traba para muchas empresas, especialmente para aquellas de menor tamaño o de nueva creación. Además, para reducir las cargas administrativas, se prevé que los licitadores puedan aportar una declaración responsable indicando que cumple las condiciones legalmente establecidas para contratar con la Administración.
- Flexibilización de Requisitos de Información Económica Financiera: Se flexibilizan las exigencias de contabilidad de las empresas de menor dimensión, en cumplimiento del principio de proporcionalidad.
Internacionalización de la Economía Española
El Título V de la Ley se enfoca en la internacionalización de la economía española:
- Instrumentos y Organismos de Apoyo Financiero: Se sistematizan los organismos financieros de la acción del Gobierno en materia de internacionalización de la economía española y las empresas (el Instituto de Crédito Oficial, la Compañía Española de Financiación del Desarrollo y la Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación, S.A.), así como los instrumentos de apoyo financiero.
- Movilidad Internacional (Visados y Autorizaciones de Residencia): La Sección 2.ª regula determinados supuestos en los que, por razones de interés económico, se facilita y agiliza la concesión de visados y autorizaciones de residencia, al objeto de atraer inversión y talento a España. La medida se dirige a los inversores, emprendedores, trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, profesionales altamente cualificados e investigadores, así como a los cónyuges e hijos mayores, a través de un procedimiento ágil y rápido ante una única autoridad.
La Ley de Startups (Ley 28/2022)
Contexto y Propósito
La Ley de Emprendimiento (Ley 28/2022) o Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes lo ha cambiado todo. En un mundo cada vez más dominado por la innovación, la digitalización y la agilidad empresarial, los marcos legislativos deben adaptarse rápidamente a las nuevas formas de hacer negocios. En este contexto, esta ley -conocida también como la Ley de Startups- representa un paso significativo para convertir a España en un centro neurálgico de atracción de talento, inversión y crecimiento tecnológico. Esta legislación no solo facilita el desarrollo de nuevas empresas, sino que también elimina muchos de los obstáculos burocráticos y fiscales que tradicionalmente frenaban la iniciativa emprendedora.
La Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes fue aprobada el 21 de diciembre de 2022 como una respuesta integral del gobierno español al auge del ecosistema startup. Claramente, se alineó con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y con los objetivos de la Agenda España Digital 2026. Esta ley, que ofrece un marco jurídico específico para startups y empresas emergentes, prioriza la flexibilidad, la digitalización de trámites y la competitividad fiscal.
¿Qué es una Startup según la Ley 28/2022?
La Ley de Emprendimiento (Ley 28/2022) es una normativa española que regula y fomenta el ecosistema de empresas emergentes e innovadoras, comúnmente denominadas startups. Esta ley las reconoce legalmente como un tipo empresarial diferenciado, otorgándoles ventajas fiscales, administrativas y migratorias, al tiempo que promueve la inversión en proyectos de alto valor añadido. Uno de los puntos más innovadores de la Ley de Emprendimiento (Ley 28/2022) es su definición legal de startup:
- Empresa de reciente creación. Máximo 5 años, 7 en sectores estratégicos.
- Cuenta con un fuerte componente innovador.
- No cotiza en bolsa.
- Tiene una facturación inferior a 10 millones de euros anuales.
- No ha distribuido dividendos.
- Está domiciliada fiscalmente en España.
- Tiene al menos un 60 % de su plantilla con contrato en territorio nacional.
Esta ley también introduce la figura de ENISA (Empresa Nacional de Innovación S.A.). La señala como la entidad responsable de validar si una empresa puede ser considerada como startup. Este proceso de acreditación es fundamental para que las empresas puedan acceder a los beneficios y exenciones que contempla la ley.
Utilidad y Beneficios de la Ley de Startups
La finalidad principal de la Ley de Startups es crear un entorno legal y fiscal favorable para que estas empresas puedan crecer de manera sostenible. Principalmente, reduce la carga burocrática, incentiva la inversión y atrae talento internacional. Ahora bien, sus objetivos son aún más ambiciosos: se trata de construir una economía digital robusta, basada en la innovación, la sostenibilidad y la retención de talento.
Estos son los principales beneficios que aporta la Ley de Startups:
Beneficios Fiscales
- Tipo reducido del Impuesto de Sociedades: Baja del 25 % al 15 % durante los primeros 4 años con beneficios.
- Aplazamiento de deudas tributarias: Se contemplan hasta 12 meses sin intereses de demora ni necesidad de garantías.
- Deducción por inversión en empresas emergentes: Los inversores pueden deducirse hasta el 50 % del capital invertido, lo que incentiva el capital riesgo y el business angel.
- Ampliación del régimen fiscal especial para trabajadores desplazados.
- Mejora del tratamiento fiscal de las stock options (opciones sobre acciones) para trabajadores de startups: Aumento del límite exento de tributación de 12 000 a 50 000 euros anuales. El pago de impuestos se difiere hasta la venta de las participaciones, lo que facilita su uso como herramienta de retención de talento.
Facilidades Migratorias
- Introducción del visado para nómadas digitales: Los trabajadores extranjeros que operen en remoto para empresas fuera de España pueden residir legalmente.
- Mejora de la residencia para emprendedores y sus familias.
- Procesos simplificados y digitalizados para obtener permisos.
- Visa para emprendedores (Golden Visa Spain): La ley facilita la entrada y residencia de perfiles de interés económico como emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores, traslados intraempresariales o teletrabajo internacional.
Facilidad de Constitución
- Las startups pueden crearse 100 % online y en menos de 6 horas.
- Eliminación de tasas notariales y registrales para la constitución de empresas con capital inferior a 3100 euros.
- Se creará un portal online a través del cual se podrán realizar todos los trámites para la creación de empresas a través de un formulario único conectando las tres administraciones (central, autonómica y municipal) para realizar todas las gestiones pertinentes para la creación de una empresa.
Innovación Abierta y Otros Apoyos
- La Ley de Emprendimiento (Ley 28/2022) promueve acuerdos de colaboración entre startups y grandes empresas. En consecuencia, promueve la innovación compartida y la transferencia de conocimiento.
- Apoyo al emprendimiento femenino y rural. Contempla medidas específicas para reducir la brecha de género y fomentar la innovación en zonas despobladas.
- Se reconoce a la «miniempresa» o empresa de estudiantes como herramienta pedagógica, a través de la cual se podrán realizar transacciones económicas y monetarias, emitir facturas y abrir cuentas bancarias.
Contraste y Evolución del Marco Normativo
Hasta la publicación de la Ley 14/2013, si uno era deudor individual, consumidor o empresario, había de responder de sus deudas, fuere cual fuere su origen, con todo su patrimonio actual y futuro (art. 1911 CC y antiguo art. 178 LC). En contraste con otros países europeos, los consumidores y los empresarios individuales casi nunca entran en concurso en España, pues nada pueden sacar en términos de una cierta redención de deudas o protección frente a sus acreedores. Pero el concurso es costoso, pues sus cargas legales, administrativas y de tiempo son elevadas. Una de las reformas a cuya adopción nos ha azuzado enérgica e insistentemente el FMI es la del régimen legal de la insolvencia personal, tanto de consumidores como de autónomos, profesionales y empresarios individuales.
La Ley de Emprendedores es un paso adelante en el fomento de la cultura emprendedora de nuestro país. La entrada en vigor de la nueva Ley de Emprendedores, el 23 de diciembre de 2022 (Ley de Startups), generó un fuerte interés e impacto entre empresarios, inversores y emprendedores. Gracias a la Ley de Startups, España se ha posicionado como uno de los países más atractivos para la creación de empresas tecnológicas. Destaca, sobre todo, en incentivos fiscales, facilidad de constitución, atracción de talento y apoyo al capital riesgo.
