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Comunicación

Guía completa para el alta de autónomos extranjeros y la gestión de comisiones del extranjero en España

by Admin on 20/05/2026

Ser autónomo en España es una alternativa atractiva al trabajo asalariado, y esta opción está abierta a un creciente número de trabajadores extranjeros. España cuenta con más de 300.000 negocios abiertos por autónomos extranjeros, un colectivo en auge que tiene una importancia creciente en la actividad económica del país.

Este artículo desglosa todo lo que necesitas saber para darte de alta como autónomo en España si eres extranjero, y cómo gestionar las comisiones o ingresos del extranjero. ¡Toma nota!

¿Qué se considera extranjero a efectos de ser autónomo en España?

La Ley Orgánica 4/2000 delimita el ámbito de extranjero, que es considerado aquel que no tiene la nacionalidad española. Se diferencian dos tipos de extranjeros en España:

  • Extranjeros comunitarios: Aquellos que han nacido en un estado miembro de la Unión Europea o en un estado que se rige por las normas comunitarias (Noruega, Islandia, Liechtenstein y Suiza). A efectos laborales, todos los ciudadanos de estos países cuentan con los mismos derechos que los españoles.
  • Extranjeros no comunitarios: Quienes han nacido fuera de este ámbito geográfico. Cada caso aborda un camino diferente.

Autónomos comunitarios: Requisitos y pasos para el alta

El proceso para ser autónomo en España siendo extranjero comunitario es sencillo y cómodo, ya que la mayoría de los trámites se realizan de forma telemática.

Requisitos para ser autónomo en España siendo extranjero comunitario

Los requisitos son muy sencillos, hasta el punto de que coinciden, en su mayoría, con los de un ciudadano nacional:

  • Ser mayor de edad, es decir, tener 18 años o más.
  • Disponer de un pasaporte o carné de identidad del país de origen (UE o zonas acogidas a sus normas).
  • Disponer de Número de Identidad de Extranjero (NIE). Es recomendable, aunque no obligatorio, tener la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), que es una identificación de identidad que se puede solicitar tras estar más de seis meses de residencia.

Pasos para darse de alta como autónomo en España si eres comunitario

  1. Conseguir el NIE: La solicitud se consigue en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores. Además, hay que rellenar el Modelo 790, donde se selecciona el punto ‘Asignación de Número de Extranjero (NIE) a instancias del interesado’ y pagar la tasa correspondiente. Esta documentación se presenta en una Oficina de tramitación para ciudadanos extranjeros.
  2. Alta en la Agencia Tributaria (AEAT): Al igual que el autónomo de origen español, el trabajador por cuenta propia extranjero comunitario tiene que darse de alta en la Agencia Tributaria, a través de la página web de la AEAT, y presentar el Modelo 036 (régimen general) o el Modelo 037 (régimen simplificado).
  3. Alta en la Seguridad Social: El siguiente paso es darse de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, un trámite que también se puede realizar de forma telemática en el sitio web de la Seguridad Social, presentando el modelo oficial TA1.

Una vez tengas el NIE, los siguientes pasos son los que seguiría cualquier ciudadano español: darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y en la Agencia Tributaria.

Autónomos no comunitarios: Requisitos y pasos para el alta

El extranjero no comunitario es la persona que no tiene la nacionalidad española y que ha nacido en un país que no pertenece a la Unión Europea y que tampoco se rige por las normas comunitarias. Las condiciones y el proceso para convertirse en autónomo son más estrictos que en el otro caso, si bien no suponen un impedimento grande para quien quiere ejercer una profesión por su cuenta.

Todo lo que necesitas saber antes de ser autónomo en España | Guía completa

Requisitos para ser autónomo en España siendo extranjero no comunitario

Para empezar, no debes ser ciudadano de un Estado miembro de la UE y no puedes hallarte de manera irregular en España. Además, se requiere:

  • No tener antecedentes penales en España ni en los anteriores países de residencia (por delitos homologables en el ordenamiento jurídico español).
  • No tener prohibida la entrada en España ni estar en situación de no retorno a España.
  • Realizar una actividad legal en España.
  • Demostrar la cualificación profesional o experiencia para poder desarrollar la actividad que deseas. En algunos casos - determinados profesionales autónomos - deberás colegiarte.
  • Demostrar que la inversión inicial es suficiente y que con tu actividad crearás empleo.
  • Demostrar recursos suficientes para tu manutención en España, sin contar los necesarios para mantener tu actividad.

Más información se encuentra en el Portal de Inmigración del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Las diferentes situaciones de los ciudadanos no comunitarios residentes en España contemplan varios escenarios, así que vamos a definir los requisitos en función de los casos más significativos:

  • Permiso de residencia temporal (entre 90 días y cinco años): El permiso debe indicar que puede trabajar como autónomo en España, ya que algunos documentos autorizan a trabajar, únicamente, por cuenta ajena. En este caso, hay que solicitar el permiso en una oficina de extranjería. La no especificación de este aspecto permite trabajar en ambos regímenes. Si el permiso te autoriza a trabajar pero solamente por cuenta ajena, no puedes ser autónomo residente extranjero.
  • Permiso de residencia de larga duración: Se aplica a los extranjeros no comunitarios que han residido en España, de forma ininterrumpida y sin haber estado en otro país durante un largo periodo de tiempo, un mínimo de cinco años. En estos casos, el ciudadano puede trabajar como autónomo sin tener que solicitar un permiso específico. También pueden trabajar por cuenta propia los extranjeros no comunitarios que obtuvieron, hace cinco o más años, la tarjeta azul de otro país de la UE; y quienes tuvieron anteriormente la nacionalidad española, que actualmente han perdido por varios motivos.
  • Situación de arraigo social o cultural: Cada Comunidad Autónoma emite un certificado que confirma esta condición, la cual tiene en cuenta la integración social y cultural en España. Tener amigos o familiares, como una pareja española, son los principales requisitos. Cuando se obtiene este documento, hay que pedir el NIE y el permiso de residencia.
  • Familiar extranjero comunitario: Es otro de los motivos para obtener el permiso de residencia, que abre la puerta a tener un NIE y poder así trabajar como autónomo, una vez se ha seguido el proceso.
  • Situación excepcional: El asilo político o la condición de refugiados son motivos excepcionales que llevan, a la Administración, a otorgar de forma automática el permiso de residencia a extranjeros no comunitarios por un periodo de seis meses. Superado este tiempo, hay que solicitar una prórroga mediante la formulación del Modelo 790.

Pasos para darse de alta como autónomo en España si eres no comunitario

Quien quiera ser autónomo en España siendo extranjero no comunitario debe saber que el permiso de trabajo, correspondiente al segundo paso, tiene una validez de un año y que debe ser prorrogado. La condición es estar al corriente de los pagos a Hacienda y la Seguridad Social. Los pasos son:

  1. Tener el permiso de residencia: Que se solicita en la Oficina de Extranjería de la provincia donde se reside. Debes presentar el Modelo EX01. Una vez te la hayan aceptado, tendrás que recoger la autorización en el plazo de un mes. Tendrás tres meses, desde su expedición, para instalarte en España.
  2. Disponer del permiso de trabajo: Que está condicionado al tipo de permiso de residencia obtenido y que debe confirmar la posibilidad de trabajar por cuenta propia. Este permiso es temporal, de tan solo un año de duración, y está restringido a una sola comunidad autónoma y a una sola actividad empresarial. Una vez pasado el tiempo, podrás solicitar alargar tu permiso otros 2 años más y seguir trabajando por tu cuenta.
  3. Realizar el alta en Hacienda y la Seguridad Social: Al igual que haría un ciudadano español y un extranjero comunitario. El plazo para formalizar estos trámites es de treinta días naturales desde la fecha en la que ha sido concedido el permiso de trabajo.

Documentación adicional para autónomos no comunitarios

Para solicitar la autorización de trabajo por cuenta propia, lo primero que deberás hacer es tener preparado y redactado tu plan de empresa para presentarlo en la Delegación de Gobierno de tu provincia. Este estudio es en realidad una especie de plan de negocio, pues debe contener la explicación de tu idea de negocio, la cantidad que vas a invertir, una proyección de beneficios, posibilidades de creación de empleo, autorizaciones y licencias necesarias para abrir el negocio, etc.

Además, si vas a establecer tu negocio en un local que mida 300 m2 o más, debes conseguir la declaración responsable o comunicación previa, así como un recibo del pago de tributos locales. Asimismo, si tu profesión requiere para su ejercicio una cualificación profesional legalmente exigida, deberás acreditarlo.

Por último, necesitas justificar que tienes la financiación necesaria para abrir tu negocio. También tendrás que aportar la traducción jurada de los documentos oficiales de tu país.

Costes asociados: El coste total de tasas para ser autónomo extranjero en España ronda los 300 euros. Necesitarás el Modelo 790 código 052, epígrafe 2.1 de autorización inicial de residencia temporal, y el Modelo 790 Código 062, epígrafe 1.5 “autorizaciones de trabajo por cuenta propia”, más 60 euros para conseguir un justificante de pago de las tasas anteriores.

¡Buenas noticias! Con la nueva Ley de Startups, también puedes pedir la nueva visa para nómadas digitales, lo que podría simplificar el proceso.

Trámites comunes para todos los autónomos extranjeros

Obtención del Número de Identificación de Extranjero (NIE)

El pasaporte es un documento válido para conseguir el NIE. Podrás solicitar personalmente el NIE en la Dirección General de la Policía, directamente o a través de las Oficinas Consulares de España en el exterior.

Junto a tu solicitud, debes adjuntar una copia de tu pasaporte, así como los intereses económicos, profesionales o personales que te llevan a solicitar el permiso. Ten mucho cuidado en este proceso si quieres ser autónomo, porque no es lo mismo si el permiso indica "Autoriza a cuenta ajena", que si indica que puedes trabajar, ya que con el primero no puedes darte de alta como autónomo, sino trabajar únicamente como empleado.

Alta en Hacienda (Agencia Tributaria)

El alta de autónomo de ciudadanos extranjeros en realidad no difiere mucho del alta de autónomos nacidos en España si tienes tu NIE en regla. Consiste en dos fases: primero tendrás que darte de alta en Hacienda y, una vez esté realizado este proceso, deberás tramitar tu alta en la Seguridad Social. Esta primera fase consiste en darte de alta en el llamado Censo de Empresarios y Retenedores.

Desde el punto de vista fiscal no hay ninguna diferencia respecto a españoles, siempre que dispongas de NIE y seas residente en España. De hecho, si vas a tener clientes o proveedores de la Unión Europea, te recomendamos que lo indiques en tu alta de Hacienda.

Lo primero que toca es darse de alta en la Agencia Tributaria con el Modelo 036 o 037. Con este formulario, comunicarás a Hacienda de qué vas a trabajar. De modo orientativo, puedes consultar nuestro artículo: ¿Cómo saber mi código IAE? El epígrafe de tu IAE y el código de CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) son informaciones que te exige la Seguridad Social con fines estadísticos.

Alta en la Seguridad Social

Aquí la cosa se complica un poco más porque el alta de autónomo en la Seguridad Social diferencia entre extranjeros comunitarios y extracomunitarios. No obstante, recuerda siempre que para poder tramitarla tienes que tener primero formalizada tu alta en Hacienda.

Con el modelo TA.0251, empezarás a pagar tu cuota de autónomo para contribuir y recibir prestaciones sociales (como el paro o la baja por desempleo). Si es la primera vez que vas a hacerte autónomo, puedes solicitar la tarifa plana. Pagarás 86,66 € (en 2024) al mes por tu cuota de autónomo a la Seguridad Social.

Si no puedes beneficiarte de la tarifa plana, debes hacer una estimación de lo que vas a ganar durante el año (después de restarle los gastos). La Seguridad Social lo llama rendimientos netos. La cotización por contingencias comunes representa el 90,4 % de tu cuota de autónomo.

También deberás informar el nombre de la mutua, que es una entidad privada que colabora con la Seguridad Social y se encarga de la gestión (y a veces pago) de tus prestaciones sociales. Hay 18 mutuas. No tienes que solicitar cita previa. Puedes presentarte en las oficinas dentro del horario de atención al público. El alta, por cierto, siempre debes hacerla antes de iniciar tu actividad (nunca después).

¿Cuánto tarda el proceso de alta de autónomo desde el extranjero?

El proceso de alta como autónomo en España puede variar en duración. Aquí tienes una estimación general:

Trámite Duración estimada
Obtención del NIE y autorización de residencia y trabajo Varias semanas
Alta en la Seguridad Social Unos días
Visita a la Agencia Tributaria (NIF) Unos días
Alta en el IAE Unos días

En resumen, desde el inicio hasta la finalización de todo el proceso, podría llevar alrededor de 1 a 2 meses. Sin embargo, esto puede variar según tu situación personal y la eficiencia de las instituciones involucradas.

Obligaciones fiscales y sociales de un autónomo extranjero

Las obligaciones fiscales son las mismas que cualquier autónomo español.

Pagos periódicos

  • Cuota de autónomo: Si tienes tarifa plana, el coste fijo durante el primer año es de 86,66 € al mes. Pasado ese tiempo, empiezas a cotizar en función de tus ingresos netos. La Seguridad Social carga automáticamente la cuota de autónomos en la cuenta bancaria el último día hábil de cada mes.
  • IVA: Este es un pago trimestral que debes hacer a Hacienda (a no ser que tu actividad esté exenta de IVA), a través del Modelo 303. Se calcula la diferencia entre el IVA que se repercute en las facturas de venta y el IVA que se soporta en los gastos. Se presenta trimestralmente (enero, abril, julio y octubre).
  • IRPF (Modelo 130): Algunos autónomos tienen que adelantar cada trimestre un 20 % de sus ganancias en concepto de IRPF. Depende, sin embargo, de tu epígrafe de IAE. Si estás registrado en una actividad profesional o artística del IAE, y el 70 % (o más) de tu facturación va a clientes que son autónomos o empresas, no tienes que presentar el Modelo 130.

Declaraciones y libros

  • Declaraciones trimestrales a Hacienda: Cada trimestre tienes una cita con Hacienda para presentar tus declaraciones de IVA (y otras más, según tu actividad).
  • Declaración de la renta: Se presenta una vez al año, entre los meses de abril y junio. Este es uno de los principales impuestos mediante el cual los residentes españoles contribuyen al sistema tributario y funciona por tramos.
  • Declaraciones informativas: Son declaraciones fiscales -generalmente anuales- para informar a Hacienda, por ejemplo, del IVA que has facturado al año.
  • Libros de contabilidad: Se basan en un registro de tus ingresos y gastos. Hacienda exige que sigan un determinado formato con una información esencial (como el IVA o una descripción clara de lo que vendes).

Otros costes y consideraciones

  • Cotizaciones de los empleados: Si tienes trabajadores a tu cargo, eres tú el encargado de ingresarlos a la Seguridad Social.
  • Seguros: Es recomendable contar con seguros que protejan tu actividad.
  • Gestoría o asesoría: El asesoramiento es fundamental para asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones y optimizar la gestión fiscal.

Gestión de ingresos del extranjero: El autónomo contractor

Cada vez es más frecuente, sobre todo en el mundo de la tecnología, que una empresa extranjera externalice ciertos servicios y contrate a personas autónomas que residen en otros países. Esta figura se conoce comúnmente como autónomo contractor.

Diferencia entre autónomo contractor y TRADE

Estos términos pueden generar dudas, ya que los ingresos de ambos proceden de una única empresa. Sin embargo, hay diferencias:

  • Autónomo TRADE (Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente): Deben formalizar un contrato con el cliente que recoja sus derechos y registrarlo en la Oficina del Servicio Público de Empleo siguiendo un modelo estándar. Normalmente tanto la empresa como el autónomo están ubicados en España.
  • Autónomo contractor: El contrato que firman con la empresa es un contrato privado al que se le aplica la normativa mercantil.

Consideraciones específicas para autónomos contractor

  • Moneda de los ingresos: Aunque el autónomo perciba los ingresos en una moneda diferente al euro (por ejemplo, en dólares), los impuestos deben presentarse oficialmente en euros. Si el autónomo tiene que emitir una factura previa al cobro de sus servicios, debe emitir la factura en la moneda pactada, registrar el importe de esa factura en euros según el tipo de cambio de ese día y, una vez cobre el importe, registrar el importe final con la ganancia o la pérdida según la factura inicial.
  • Clientes de la Unión Europea: Si el cliente pertenece a un país de la Unión Europea, el autónomo contractor tiene que darse de alta en el ROI (Registro de Operaciones Intracomunitarias). Si tanto el autónomo como el cliente están de alta en el ROI, el autónomo debe emitirle la factura por sus servicios con IVA 0%. De lo contrario, la factura deberá incluir el 21% de IVA.
  • Ingresos de Estados Unidos: En caso de recibir ingresos de Estados Unidos, habrá que rellenar y enviar el formulario W-8BEN.
  • Gastos deducibles: Los gastos que se pueden deducir los autónomos contractor son los mismos que cualquier otro autónomo.

Preguntas frecuentes sobre ser autónomo en España siendo extranjero

¿Los autónomos extranjeros pueden acceder a la tarifa plana?

Sí. La tarifa plana para autónomos está disponible para todos aquellos que cumplan con los requisitos de la misma, independientemente de su nacionalidad.

¿Puedo darme de alta como autónomo si no tengo NIE?

No. El NIE es uno de los requisitos imprescindibles para ser autónomo en España siendo extranjero.

Autónomo extranjero y trabajador por cuenta ajena, ¿es posible?

Sí que es posible. Todos los ciudadanos extranjeros, sean o no comunitarios, que cumplen con los requisitos para ser autónomos, pueden combinar esta actividad con un trabajo por cuenta ajena.

¿Puedo ser autónomo sin papeles?

Rotundamente no. Lo más importante que necesitas es el permiso de residencia y trabajo. Un extranjero sin papeles no puede trabajar por cuenta propia en España hasta que no regularice su situación.

¿Puedo trabajar como autónomo si soy residente comunitario pero no tengo domicilio fiscal en España?

Si eres residente comunitario (es decir, que tienes permiso de residencia en algún país de la Unión Europea) pero no tienes un domicilio fiscal en España (aunque vivas aquí), tienes dos opciones: la primera, sería hacer los trámites de autónomo en tu país de origen y pagar todos los impuestos allí, aunque pases largas temporadas en España. La segunda opción sería seguir los pasos para ser autónomo extranjero comunitario que hemos contado y establecer tu domicilio fiscal en España.

Si quieres darte de alta como autónomo extranjero en España, es recomendable contar con una asesoría de autónomos. Los trámites, el papeleo y presentar las declaraciones de impuestos y demás puede ser bastante estresante.

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