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Comunicación

Guía Completa sobre el Alta Censal para Autónomos en España: Modelos 036 y 037

by Admin on 20/05/2026

Cuando una persona física o jurídica decide comenzar una actividad profesional, debe seguir una serie de pasos para formalizar su situación ante la administración. Uno de los trámites más importantes es el alta censal, que se conoce comúnmente como "alta en Hacienda". Este proceso es fundamental para comunicar a la Agencia Tributaria los datos del obligado tributario que quiera pertenecer al censo de empresarios, profesionales y retenedores.

¿Qué es la Declaración Censal y Para Qué Sirve?

La declaración censal sirve para comunicar los datos de cada obligado tributario que quiera pertenecer al censo de empresarios, profesionales y retenedores. En la declaración censal de alta deberán indicarse:

  • Datos identificativos y de la actividad.
  • Datos relativos a los regímenes y obligaciones tributarias respecto al IRPF, IS y del IVA.
  • Comunicar aquellos otros hechos y circunstancias de carácter censal previstos en la normativa tributaria o que determine el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Asimismo, la declaración censal sirve para solicitar la inscripción en el Registro de Grandes Empresas, Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI), Registro de Devolución Mensual (REDEME), y otros registros especiales.

¿Quién Debe Utilizar los Modelos 036 y 037?

Todas las personas o entidades que desarrollen o vayan a desarrollar en territorio español actividades empresariales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención deben presentar su declaración censal. A través de los modelos 036 o modelo 037 realizarán su alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, así como las modificaciones que se vayan produciendo (incluyendo la modificación del domicilio o la baja en el censo).

También deben utilizar estos modelos:

  • Los no residentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente o satisfagan en dicho territorio rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español.
  • Los no establecidos en el territorio de aplicación del IVA que sean sujetos pasivos del mismo, excepto que hubieran resultado exonerados del cumplimiento de obligaciones censales por el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria.

Diferencias entre el Modelo 036 y el Modelo 037

El fin es el mismo, el alta censal, pero el modelo 037 es más corto y facilito de cumplimentar. El modelo 037 es la versión simplificada del modelo 036, aunque es importante señalar que se suprime el modelo 037 desde el pasado 3 de febrero de 2025.

Limitaciones del Modelo 037 (Antes de su Supresión)

Su uso estaba limitado a personas físicas que cumplieran ciertas condiciones:

  • Sean residentes en España.
  • Tengan asignado un Número de Identificación Fiscal (NIF o NIE).
  • No tengan la condición de gran empresa.
  • No actúen por medio de representante.
  • Su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa.
  • No estén incluidos en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido, a excepción del régimen simplificado, régimen especial de la agricultura ganadería y pesca o régimen especial de recargo de equivalencia o figuren inscritos en el registro de operadores intracomunitarios o en el de devolución mensual del IVA.
  • No realicen ninguna de las adquisiciones intracomunitarias de bienes no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • No realicen ventas a distancia.
  • No sean sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
  • No satisfagan rendimientos de capital mobiliario.

Si este era tu caso, podías usar el 037. Sin embargo, con la supresión del modelo 037, el Modelo 036 es el documento que sirve para inscribirse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores para todas las personas o entidades que realicen actividades económicas o abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.

Pasos para Realizar el Alta Censal

Los pasos para darse de alta en Hacienda son los siguientes:

  1. Disponer de un certificado digital: El alta para empresas exclusivamente puede realizarse por vía telemática y para los autónomos, es la vía más rápida. Accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria para realizar el alta en el censo de obligados tributarios con el Modelo 030 y selecciona la opción “Modelo 030. Rellena el modelo de solicitud 030 y adjunta la documentación requerida. Tras firmar y enviar, se te facilitará una hoja respuesta con el CSV (código seguro de verificación) y un PDF adjunto con la copia de la declaración presentada.
  2. Cumplimenta y presenta el Modelo 036: Accede a la web de Hacienda, selecciona el modelo que se adapte mejor a ti y ¡a empezar nuestra actividad! Este es el formulario que se usa en España para registrarse como autónomo. Con este modelo, presentas tu declaración censal y comunicas a la Agencia Tributaria todos tus datos (nombre, NIF, domicilio fiscal y obligaciones fiscales).
  3. Alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas): Si formas parte de las empresas y autónomos que están exentos de la presentación y liquidación del IAE (Impuesto de Actividad Económicas), el alta se realizará a través del modelo 036 que ya hayas presentado. Si por otro lado, eres uno de los afortunados que tiene unos ingresos netos iguales o superiores a 1 millón de euros tendrás que presentar además del alta en Hacienda, el alta en el IAE a través de los modelos 840 y 848.

El modelo 036 podrá presentarse en impreso o por vía electrónica a través de Internet. La presentación telemática se realiza en la sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT), en el área de gestiones relacionadas con el modelo 036, dentro del apartado “Consultar y aportar información”, elige la opción “Modelo 036. Cumplimentación y presentación telemática”. En persona, puedes acudir a una oficina de la Agencia Tributaria.

🖋 Cómo rellenar el MODELO 036 | Alta Autónomos en Hacienda (2025)

Contenido Detallado del Modelo 036

El modelo 036 está formado por 9 páginas y su uso requiere atención. No deberás completarlo de principio a fin, solo las secciones pertinentes para tu caso en particular.

Página 1: Datos Generales

La completarás siempre, ya que es el lugar donde indicas la razón de la presentación del modelo 036. También debes rellenar la causa por la que presentas el modelo 036, es decir, deberás indicar si cumplimentas el documento para solicitar el alta en el censo de empresarios, por si quieres modificar alguno de tus datos o, por el contrario, si causas baja en el mismo.

Página 2: Datos Identificativos

  • Si eres una persona física tendrás que rellenar la página 2.A. En esta sección, en la casilla A1 (Residencia fiscal en España), indica tu condición de residente fiscal (generalmente, "SÍ"). En las casillas A4, A5, A6 y A7 indica tu NIF, apellidos y nombre, respectivamente. Si vas a darte de alta como emprendedor de responsabilidad limitada (o ERL), marca “Alta” en la casilla A9.
  • Si eres una persona jurídica te corresponderá la 2.B y la 2.C. Para establecimientos permanentes de una persona jurídica o entidad no residente, deberás rellenar la 2.C.

Página 3: Representantes

La tercera página es el espacio dedicado a la identificación de tus representantes, en caso de haberlos. De no existir, no tienes por qué rellenarla.

Página 4: Actividad y Domicilio

Aquí Hacienda quiere saber dónde trabajas. Elige el código y tipo de actividad en la casilla 403. En la casilla 412 escribe la referencia catastral. De la casilla 413 a la 418 has de señalar el tipo de vía (calle, avenida, etc.), el nombre de la calle, número, piso, puerta, provincia y código postal. En la casilla 423, el grado de afectación, es decir, el porcentaje del espacio que vas a usar para trabajar. Por ejemplo, si tu vivienda tiene 100 metros cuadrados y tu habitación de trabajo ocupa 15 metros cuadrados, indica 15 %. La casilla 427 sirve para informar de la baja. La casilla 430 está pensada para comunicar alguna variación (por ejemplo, en el grado de afectación, si has cambiado de habitación para trabajar).

Página 5: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Esta página está subdividida en varios apartados:

  • A. La casilla 500 es relativamente fácil de rellenar.
  • B. Aquí indicarás si antes de empezar a vender, debes comprar materiales (casilla 502 y fecha de comienzo de actividad en 504).
  • C. Regímenes de IVA: Marca la casilla correspondiente para el régimen general (510), recargo de equivalencia (comercio minorista), simplificado (módulos), o criterio de caja.
  • D. ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios): Casilla 582 de alta y 583 de baja. Al inscribirte, podrás aplicar las reglas del IVA intracomunitario.
  • E. Información sobre actividades exentas de IVA.
  • F. Diferimiento del pago del IVA a la importación y llevanza de libros del IVA.

Página 6: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o Impuesto sobre Sociedades (IS)

Esto es algo que debes tener claro al darte de alta. En estimación directa, Hacienda te aplica el IRPF sobre tu beneficio. Si facturas por encima de 600.000 € al año, tributas por estimación directa normal. En estimación objetiva (o módulos), tributas a partir de unos criterios que Hacienda fija por decreto según tu actividad. Para estimación directa, debes marcar la casilla de inclusión o baja cuando tributas por normal (casillas 608 y 617). Y si lo haces por simplificada, las casillas 609, 610, 611, 612 y 619. Para estimación objetiva o módulos, tienes las casillas 604, 605, 606, 607 y 615.

Página 7: Retenciones y Otros Impuestos

Tienes que marcar las casillas sobre las retenciones e ingresos a cuenta que te correspondan, así como otros impuestos o regímenes especiales que te afecten. Si tienes proveedores que te emiten facturas con retención (autónomos), marca la casilla 700 de alta o baja.

Página 8: Socios, Miembros o Participantes

En esta página se especifican los socios, miembros o participantes de la entidad, en caso de haberlos.

Página 9: Baja y Sucesores

Esta página solo puedes rellenarla cuando vas a darte de baja y designar a algún sucesor.

Novedades en el Modelo 036 (a partir del 3 de febrero de 2025)

Desde el pasado 3 de febrero de 2025 se encuentran en vigor una serie de novedades que afectan al modelo 036 de Hacienda:

  • Se añade un nuevo apartado al modelo 036 para comunicar en el Censo de obligados tributarios la titularidad real de las personas jurídicas y entidades. Esta información puede cumplimentarse en la nueva página 10 del modelo 036.
  • Se introduce una nueva casilla en el modelo 036 para poder solicitar la rehabilitación del número de identificación fiscal o NIF.
  • Se modifica el apartado de datos de teléfonos y direcciones electrónicos para recibir avisos de la Agencia Tributaria (AEAT), Tribunales Económico Administrativos y Dirección General de Tributos (DGT).
  • Se suprime el modelo 037, es decir, el modelo simplificado de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

Consideraciones Adicionales

Si no tienes número de identificación fiscal (NIF), previamente debes darte de alta en el censo de obligados tributarios. Si alguno de tus datos necesita ser actualizado, puedes presentar un nuevo modelo 036 para modificar tu información censal. Por ejemplo, si presentas el modelo 036 para modificar tu actividad, el plazo general es de 1 mes desde el comienzo de la nueva situación.

El certificado del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es independiente del modelo 036 y también es diferente al alta en la cotización a la Seguridad Social como trabajador autónomo. El autónomo tendrá que seleccionar el epígrafe que representa el tipo de actividad económica que va a desarrollar.

Aunque presentar el modelo 036 de declaración censal es gratis, siempre es recomendable contratar a un gestor, en especial si te estás dando de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, ya que equivocarse u omitir información relevante puede salir caro.

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