Activos Financieros Mantenidos para Negociar en PYMES: Concepto, Contabilización y Fiscalidad
Para las PYMES que se adentran en el mundo de las inversiones financieras, es esencial contar con un sistema contable robusto que clasifique y valore adecuadamente cada tipo de activo. Dependiendo del tipo de inversión realizada y del objetivo perseguido por la misma se clasificará en una u otra partida, lo que incidirá directamente en la forma de contabilizarlas, así como en su fiscalidad.
¿Qué son los Activos Financieros Mantenidos para Negociar?
Bajo la denominación de Activos Financieros Mantenidos para Negociar se encuadran aquellos activos financieros en los que invierte la empresa con el fin de rentabilizar sus excedentes de tesorería y cuya permanencia en el balance depende principalmente de la consecución del objetivo de rentabilidad definido en el momento de realizar la inversión. Estos activos están recogidos en la Norma de Valoración 8ª del PGC Pyme de Activos financieros.
Son activos mantenidos para negociar aquellas partidas que se compran con el fin de venderlas en el corto plazo. Esto implica una valoración inicial al coste. Que a priori se considere que la inversión es a corto plazo no implica que el activo no se pueda mantener en el balance de la empresa más de un ejercicio.
Condiciones para la Clasificación
Para que un activo financiero se considere "mantenido para negociar", debe cumplir las siguientes condiciones:
- Su origen o adquisición se formalice con el propósito de venderlo en el corto plazo. Tomemos por ejemplo, valores representativos de deuda o instrumentos de patrimonio, cotizados, que se adquieren para venderlos en el corto plazo.
- Sea o forme parte de una cartera de instrumentos financieros identificados y gestionados conjuntamente de la que existan evidencias de actuaciones recientes para obtener ganancias en el corto plazo.
- Se constate que es un instrumento financiero derivado (futuros, opciones, warrants, swaps…), siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura.
Pueden ser activos (valores representativos de deuda como bonos o préstamos a cobrar), acciones o participaciones (incluidos futuros, opciones de compra, swaps o warrants), o los dividendos a recibir.
Valoración y Registro Contable
Valoración Inicial
Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán inicialmente por su valor de coste. Éste se corresponderá con el precio de la transacción más el importe de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, se hubiesen adquirido, si estamos hablando de instrumentos de patrimonio.
El valor de coste equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. Todos los costes de transacción que les sean directamente atribuibles (Comisiones, corretajes, impuestos y cualquier otro gasto de formalización) se reconocerán en la cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio en cuestión. En concreto a una partida de la cuenta (669) Otros gastos financieros. Aquellos intereses explícitos y dividendos devengados y no vencidos en el momento de la adquisición deberán ser descontados de la valoración inicial y contabilizarse respectivamente en las siguientes cuentas: Intereses a corto plazo de valores representativos de deudas (546) o Dividendos a cobrar (545).
Valoración Posterior y Cambios de Valor
Con posterioridad, los activos financieros incluidos así catalogados se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. La valoración posterior se realizará normalmente a final de cada año. Los cambios de valor se contabilizarán como beneficio o pérdida e irán a la cuenta de Pérdidas y Ganancias (PyG).
Si su valor es superior al valor de compra tendrá un beneficio, contabilizado en la cuenta (763) Beneficios por valoración de activos y pasivos financieros por su valor razonable. Si su valor es menor que al inicio, habrá una pérdida, contabilizándose en la cuenta (663) Pérdida por valoración de activos y pasivos por valor razonable.
Venta de Activos Financieros
Cuando se venden estos activos, se puede obtener una ganancia si se recibe una contraprestación mayor que su valor contable o registrado en ese momento. De la misma forma, si se recibe una cuantía menor a su valor se obtendrá una pérdida. Éstos se contabilizarán en la cuenta (666) Pérdidas participaciones y valores representativos de deuda en caso de obtener una pérdida y en la (766) Beneficios en participaciones y valores representativos de deuda en caso de beneficio.
Activos financieros mantenidos para negociar | | UPV
Asientos Contables Clave
A continuación, se presentan los asientos contables esenciales para los activos financieros mantenidos para negociar:
1. Por la compra de los activos y gastos asociados:
XXX Inversiones financieras C/P instrumentos de patrimonio (540)XXX Otros gastos financieros (669) A Bancos C/C (572) XXX
O, si hay desembolsos pendientes:
XXX Inversiones financieras en instrumentos patrimonio (540)XXX Otros gastos financieros (669) A Desembolsos pendientes particip. patrimonio C/P (549) XXX
Y, en el momento de pagar las cantidades pendientes:
XXX Desembolsos pendientes participac. patrimonio C/P (549) A Bancos C/C (572) XXX
2. Al final de cada ejercicio, por el ajuste del valor razonable (beneficio):
XXX Inversiones financieras C/P instrumentos patrimonio (540) A Beneficios valoración por su valor razonable (763) XXX
3. Al final de cada ejercicio, por el ajuste del valor razonable (pérdida):
XXX Pérdida por valoración de activos por valor razonable (663) A Inversiones financieras instrumentos Patrimonio (540) XXX
4. En el momento de la venta (si se vende por un valor menor al registrado, pérdida):
XXX Bancos C/C (572)XXX Pérdidas participaciones y valores repr. de deuda (666) A Inversiones financieras C/P instrumentos patrimonio (540) XXX
En caso de beneficio en la venta, la cuenta sería la (766).
Ejemplo Práctico: Compra, Valoración y Venta de Acciones
La empresa SuperContable compra el 10 de junio de 20X4 3.000 acciones de RCR al precio de 20 euros/acción, con unos gastos financieros ocasionados de 100 euros, y con intención de venderlas en el corto plazo. El 31/12/20X4, el valor de las acciones es de 18 euros/acción. El 10 de abril de 20X5, SuperContable vende las acciones a otra empresa por un valor de 22 euros/acción, generándose unos costes de 50 euros.
Dado que la intención de la empresa es la de enajenar las acciones compradas en el corto plazo, éstas deben valorarse contablemente como mantenidas para negociar.
A 10/06/20X4 por la compra:
60.000,00 Inversiones financieras en instrumentos patrimonio (540) (3.000 acc. x 20 €)100,00 Otros gastos financieros (669) A Desembolsos pendientes particip. patrimonio C/P (549) 60.100,00
En el momento de pagar las cantidades pendientes:
60.100,00 Desembolsos pendientes participac. patrimonio C/P (549) A Bancos C/C (572) 60.100,00
A 31/12/X4 por el ajuste del valor razonable de las acciones:
Valor de compra: 20 €/acción. Valor a 31/12/X4: 18 €/acción. Pérdida: (20-18) x 3.000 = 6.000 €
6.000,00 Pérdida por valoración de activos por valor razonable (663) A Inversiones financieras instrumentos Patrimonio (540) 6.000,00
En el momento de la venta, a 10/04/20X5:
Valor contable tras ajuste: (60.000 - 6.000) = 54.000 €. Precio de venta: 22 €/acción. Costes de venta: 50 €.
Valor en libros por acción al 31/12/X4: 18 €/acción. Precio de venta: 22 €/acción. Beneficio por acción: (22-18) = 4 €. Beneficio total: 4 € x 3.000 = 12.000 €.
65.950,00 Bancos C/C (572) (3.000 * 22 - 50€ gastos de venta)50,00 Otros Gastos Financieros (669) (Gastos de la venta) A Inversiones financieras instrumentos Patrimonio (540) 54.000,00 (Valor en libros) A Beneficios en participaciones (766) 12.000,00
Implicaciones Fiscales de los Activos Financieros Mantenidos para Negociar
La fiscalidad de estos activos es un aspecto crucial para las PYMES. Las correcciones valorativas que pongan de manifiesto incrementos de valor se integrarán en la Base Imponible del ejercicio en que se generen. Hay que recordar que si el porcentaje de participación en el capital de la sociedad es superior al 5% o la inversión inicial supera los 20 M €, dichos incrementos de valor estarán exentos de gravamen, según el Artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Por otro lado, las correcciones valorativas por deterioro y, en su caso, su reversión, se registrarán como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. Sin embargo, las correcciones valorativas por deterioro son consideradas a efectos del impuesto sobre sociedades como un gasto fiscal no deducible, por lo que a la hora de presentar el modelo 200 no podemos olvidar realizar el correspondiente ajuste extracontable positivo. Al igual que el correspondiente ajuste extracontable negativo en el caso de que se produzca la reversión del deterioro. El importe de la corrección valorativa será la diferencia entre su valor en libros y el importe recuperable (el mayor entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión).
En la estimación del deterioro de esta clase de activos se tomará en consideración el patrimonio neto de la entidad participada corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración. En la determinación de ese valor, y siempre que la empresa participada participe a su vez en otra, deberá tenerse en cuenta el patrimonio neto que se desprende de las cuentas anuales consolidadas elaboradas aplicando los criterios incluidos en el Código de Comercio y sus normas de desarrollo. Los activos mantenidos para negociar que sean de empresas de grupo, multigrupo y asociadas, deben detallar el importe de las correcciones valorativas por deterioro en las participaciones, diferenciando las del ejercicio con las acumuladas.
El porcentaje de retención aplicable sobre los rendimientos del capital mobiliario será del 19%. La cuenta Gastos de administración cartera (669-) recogerá el importe que nos cobre el banco por esta gestión, en el caso que nos cobre.
Presentación en la Memoria Anual
Los activos financieros están recogidos en la memoria en los puntos "3. Normativa de registro y valoración" y "5. Activos financieros".
3. Normativa de Registro y Valoración
En este punto se deben especificar los criterios utilizados para valorar los activos financieros. Para ello, se debe indicar:
- Criterios para la calificación y valoración de las distintas categorías de activos financieros, así como el reconocimiento de cambios de valor razonable, y las razones por las que se emplea un instrumento jurídico en concreto.
- Criterios para determinar el deterioro y el registro de la corrección de valor, así como su reversión y baja definitiva de los activos deteriorados.
- Criterios para registrar la baja de los activos financieros.
- Criterios para determinar los ingresos y gastos procedentes de las distintas categorías de activos financieros, como los intereses, primas, dividendos, etc.
5. Activos Financieros
En este punto se debe hacer un análisis de movimientos durante el ejercicio y las correcciones valorativas por riesgo de crédito de los distintos activos financieros clasificados anteriormente en el punto 3 de la memoria. Cuando los activos se valoren por el Valor Razonable (como es este caso), se debe indicar:
- Si este valor se determina tomando como referencia los precios cotizados en el mercado de activos o utilizando modelos y técnicas de valoración, detallando en qué están basados.
- Si el valor razonable y las variaciones de valor que se registran en la cuenta de pérdidas y ganancias.
- La naturaleza de los instrumentos financieros derivados y las condiciones que afecten, además de la certidumbre de los flujos futuros efectivos.
Comparativa de Valoración de Activos Financieros (Extracto)
Es fundamental distinguir los activos financieros mantenidos para negociar de otras categorías, ya que su tratamiento contable difiere significativamente.
| Categoría de Activo Financiero | Valoración Inicial | Tratamiento Costes de Transacción | Valoración Posterior | Registro Cambios de Valor |
|---|---|---|---|---|
| Activos Financieros Mantenidos para Negociar | Valor razonable (precio de adquisición) | A P&G (cuenta 669) | Valor razonable | A P&G (cuentas 763/663) |
| Instrumentos de Patrimonio No Gestionados Activamente | Coste + gastos de transacción | Sumados al coste inicial | Valor razonable | A P&G (cuentas 763/663) |
| Valores Representativos de Deuda a Coste Amortizado (No para negociar) | Valor justo + gastos de transacción | Sumados al valor justo inicial | Coste amortizado | Intereses en P&G |
Los valores representativos de deuda, como bonos o pagarés, se contabilizan como activos financieros a coste amortizado cuando no se destinan a la negociación activa. Estos se registran inicialmente a su valor justo, sumando cualquier costo de transacción. Si el activo tiene un vencimiento inferior a un año y se valoró inicialmente por su valor nominal, se mantendrá así, salvo deterioro. Con posterioridad, estos instrumentos se valorarán por su coste amortizado, registrando los intereses devengados en la cuenta de pérdidas y ganancias.
