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Comunicación

Subvenciones del Gobierno Vasco para Autónomos y Pymes: Guía Completa de Ayudas y Requisitos

by Admin on 26/05/2026

Emprender un negocio propio es una experiencia emocionante, pero también está llena de dudas, trámites y decisiones importantes. El Gobierno Vasco, a través de diversas instituciones, ofrece una amplia gama de subvenciones y ayudas destinadas a apoyar a autónomos y Pymes en el arranque, consolidación y crecimiento de sus negocios. A continuación, exploramos algunas de las ayudas más importantes disponibles en el País Vasco, detallando sus objetivos, beneficiarios, cuantías y requisitos.

Ayudas al Emprendimiento y Creación de Negocios

Programa de Ayudas para Autónomos Vascos

Esta subvención está diseñada para apoyar a los autónomos vascos en el arranque y consolidación de sus negocios. Está dirigida a personas físicas, empresarios o profesionales individuales, socios de una Comunidad de Bienes o Sociedades Civiles. Los beneficiarios podrán subvencionar una amplia variedad de gastos, como el pago de la cuota de autónomo, campañas publicitarias, diseño de páginas web, cursos de formación o alquiler de locales, entre otros.

Importe y Condiciones

  • El importe de la ayuda será de 2.500€ por persona.
  • No haber sido sancionado por discriminación de cualquier clase y cumplir con la normativa pertinente.
  • Haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o por razón de sexo.
  • No haber sido sancionado por contaminar.
  • Cumplir con la cuota establecida de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
  • No haber sido subvencionado con anterioridad por la misma actividad e incurrir en una sobrefinanciación.
  • No tener deudas con el Estado, el País Vasco y/o Seguridad Social.

Programa de Fomento de Iniciativas Emprendedoras de la Diputación Foral de Bizkaia

La Diputación Foral de Bizkaia, a través de su programa de Fomento de Iniciativas Emprendedoras, ofrece ayudas económicas para personas que quieran iniciar una actividad profesional por cuenta propia. Estas subvenciones están diseñadas para quienes se dan de alta como autónomos y cumplen una serie de requisitos.

Existen diferentes modalidades:

  1. Ayudas para quienes se dan de alta como autónomos.
  2. Ayudas destinadas a personas que constituyen una empresa, ya sea como autónomos o como sociedad limitada.
  3. Ayudas para la adquisición de un negocio ya existente.

La cuantía de la ayuda será de 3.500 euros por persona promotora. Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si es mayor de 18 años y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud y en otro 15% adicional en el caso de ser mujer. En el supuesto de socios o socias integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, en ningún caso la subvención superará la cantidad de 10.000 € para el conjunto de los socios o socias.

Si es necesario aplicar dicho límite, la subvención por socio o socia será el resultado de aplicar el porcentaje de participación de cada una de las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria a los 10.000 €, con el límite de la cuantía de subvención que le correspondería según el apartado anterior.

Inversiones Subvencionables

Podrán ser objeto de subvención las siguientes inversiones en activos fijos directamente relacionados con la actividad:

  • Construcciones (incluido el estudio técnico del arquitecto), excepto adquisición de locales.
  • Maquinaria, instalaciones, utillaje, mobiliario.
  • Equipos para procesos de información.
  • Elementos de transporte afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional. Se entenderán únicamente los siguientes:
    • Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
    • Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
    • Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
    • Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.
    • Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
    • Los utilizados en servicios de vigilancias.
    • Vehículos de venta ambulante.
  • Contratos de franquicia, aplicaciones informáticas, fondo de comercio, derechos de traspaso.

La persona beneficiaria deberá realizar las inversiones subvencionables por una cuantía mínima de 5.000 euros en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de solicitud de la subvención. Las inversiones subvencionadas deberán permanecer afectas a la actividad empresarial durante un periodo mínimo de dos años desde su adquisición (fecha de la primera factura subvencionada). En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Las solicitudes de las ayudas se resolverán según el orden de presentación hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria. El abono de la subvención se realizará en un único pago tras la concesión de la misma. Las ayudas de la Diputación se gestionan a través del portal oficial portaldeempleodebizkaia.eus.

Otras Opciones para Emprendedores

  • Si tienes derecho a prestación por desempleo, puedes solicitar que te lo paguen en un solo abono para invertirlo en tu negocio.
  • Otra alternativa es seguir cobrando el paro hasta 270 días (9 meses) mientras inicias tu actividad.

Ayudas Excepcionales de Lanbide para Autónomos

El Consejo de Gobierno ha dado luz verde a un nuevo programa de Lanbide - Servicio Vasco de Empleo de ayudas de carácter excepcional para empresarios/as individuales y autónomos/as. En total, el Gobierno Vasco destinará 3 millones de euros a esta novedosa línea de ayudas que pretende paliar la situación a la que se han visto abocadas miles de personas en Euskadi, que han tenido que bajar sus persianas. Podrán ser objeto de subvención las cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el que, en su caso, corresponda de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias.

Ayudas para Pymes de Base Tecnológica y/o Innovadoras

Gauzatu Industria 2025

La ayuda, Gauzatu Industria 2025, pretende impulsar la creación y desarrollo de Pymes de Base Tecnológica y/o Innovadoras. Su objetivo es favorecer el crecimiento de las empresas para conseguir la recuperación de empleo y mejorar su calidad. Esta ayuda se tramitará a través de internet.

Beneficiarios y Cuantía

Está dirigida a Pymes que tengan una base tecnológica y/o innovadoras y cumplan los requisitos para beneficiarse de activos fijos de inversión. La forma en la que se recibe esta ayuda es en anticipos proporcionales a las inversiones hasta un 35%, reintegrables con carácter fijo, durante 5 años. Aunque tienen dos límites, de 200.000€ por empleo generado y de 150.000€ por mantenimiento del empleo, sin poder superar el 1.500.000€.

Requisitos Específicos

Las industrias vinícolas deben estar inscritas y actualizadas en el registro correspondiente, y en asociaciones o consorcios de exportación.

Esta ayuda es aplicable a Pymes industriales extractivas y empresas cuya actividad principal incluya sistemas de protección ante ciberataques para entornos IT/OT en empresas industriales.

Video resumen: Euskadi Horizonte 2026: ecosistema de ayudas a la empresa vasca

Ayudas a la Contratación y Conciliación Familiar

Contratos de Relevo

Los beneficiarios de esta ayuda serán personas físicas o jurídicas que realicen contratos de relevo, ya sea a jornada completa o por tiempo indefinido, siempre que presten servicios en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La cuantía de la ayuda será de 8.400 euros por cada contrato de relevo, con un posible incremento del 10% si la persona contratada es una mujer. Su tramitación será electrónica y tendrás tres meses para presentarla desde el día siguiente a la realización del contrato.

Requisitos

  • No haber sido sancionado por discriminación de cualquier clase, y cumplir con la normativa pertinente.
  • Haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual o por razón de sexo.
  • Cumplir con la cuota establecida de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad.
  • Cumplir con el régimen de ayudas “minimis”.
  • Haber comunicado a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) su intención de contratar bajo esta convocatoria, indicando el tipo de contrato, la duración y el puesto a ocupar.

Ayudas para la Conciliación de la Vida Laboral y Familiar

Esta ayuda pretende apoyar la contratación de personas desempleadas para sustituir a personas trabajadoras por cuenta propia o ajena que se hayan acogido a una excedencia o reducción de jornada para cuidar de hijos o familiares. Las solicitudes se atenderán por orden de llegada, y siempre que cumplan los requisitos, se irán concediendo hasta agotar el presupuesto disponible.

Ayudas al Fomento de la Cultura

Subvenciones para Espacios Culturales

Los espacios deben contar con infraestructuras adecuadas para organizar proyectos que faciliten la creación, producción y el diálogo entre artistas y sociedad. Podrás optar a un máximo de 120.000€ sin superar el 70% del presupuesto aceptado.

Requisitos

  • Tener la condición de arrendataria del inmueble.
  • Destinarlo a la creación cultural, investigación o experimentación.

Inversiones Subvencionables

Se subvencionarán inversiones en construcción, mejora de inmuebles, compra de maquinaria, sistemas de energía para autoconsumo y gastos administrativos asociados. También se incluyen la adquisición de software, patentes, licencias y el registro de marcas colectivas.

Requisitos Comunes para Acceder a las Subvenciones

Para la mayoría de las subvenciones del Gobierno Vasco, es fundamental cumplir con una serie de requisitos generales:

  • Acreditación del alta en el IAE y de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, régimen especial por cuenta propia que corresponda o en la mutualidad profesional correspondiente.
  • Que se halle al corriente de pago en materia de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023) y que se compromete a comunicar cualquier cambio que pudiese suceder en esta circunstancia hasta el momento de la justificación del total de la subvención concedida.
  • No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.

Recurso de Alzada: Un Mecanismo Administrativo

El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.

¿Contra qué actos se interpone?

  • Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
  • Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.

¿Ante qué órgano se interpone?

Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.

Plazos para interponerlo

  • 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
  • 3 meses, si el acto recurrido es presunto.

Plazo para la Administración para resolverlo

3 meses. Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:

  • El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
  • El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.

¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

  • Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
  • Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.

Más información: Título V. Capítulo II.

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