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Comunicación

Subvenciones Kit Digital: Requisitos y Cómo Digitalizar tu Pyme en España

by Admin on 17/11/2025

El programa Kit Digital se ha posicionado como una iniciativa clave para impulsar la digitalización de las pequeñas y medianas empresas (pymes) en España. Este programa se enmarca en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la agenda España Digital 2026 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.

Con un presupuesto de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea mediante los fondos NextGenerationEU, el Kit Digital tiene como objetivos modernizar el tejido productivo español, favorecer su crecimiento y su presencia en nuevos mercados.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció la primera convocatoria del plan Kit Digital el 24 de noviembre de 2021, que fue detallada por la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño. Los primeros bonos digitales se entregaron a más de 2.000 empresas en abril de 2022.

¿Qué Puedes Hacer con el Bono Digital?

Las empresas podrán acceder a un catálogo de soluciones digitales que se va actualizando y adaptando a las necesidades de su tamaño. Además, estas soluciones están incorporando tecnologías de Inteligencia Artificial. Algunas soluciones son incompatibles entre sí.

  • Mejorar mi página web y su presencia básica o avanzada en Internet
  • Gestionar las redes sociales
  • Favorecer la creación de webs de compraventa de productos y/o servicios
  • Reforzar la ciberseguridad
  • Detectar incidentes de ciberseguridad en tiempo real
  • Garantizar las comunicaciones seguras
  • Ampliar la gestión de los clientes con o sin inteligencia artificial asociada
  • Utilizar la inteligencia empresarial y analítica en los procesos con o sin inteligencia artificial
  • Ofertar servicios y herramientas mediante una oficina virtual
  • Implantar la factura electrónica
  • Generar una plataforma de Marketplace (centro comercial en línea) que agrupe varias tiendas en el mismo sitio web, a las que el consumidor pueda acceder para comprar sus productos.
  • Proporcionar puestos de trabajo seguros con el fin de potenciar o mejorar tu productividad

¿A Cuánto Asciende la Ayuda?

Con la ayuda del Kit Digital podrás contar con un mínimo de 3.000 euros y hasta 29.000 euros para invertir en la digitalización de tu empresa, en función del segmento al que pertenezca.

La cuantía de la ayuda para las empresas pertenecientes al segmento III era, en su origen, de 2.000 euros, pero con la modificación de la orden de bases del Programa Kit Digital se amplió a 3.000 euros. Este aumento tiene carácter retroactivo, es decir, las empresas que ya hayan pedido la ayuda e, incluso, hayan consumido su bono digital de 2.000 euros, pueden solicitar la ampliación de 1.000 euros a partir de junio de 2024.

Tanto si la entidad solicita el bono por primera vez como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses desde su concesión.

La cuantía de las ayudas, el bono digital, para la convocatoria de los sectores IV y V será de 25.000 euros para aquellas empresas de entre 50 y menos de 100 empleados y de 29.000 euros para las empresas cuyo número de empleados sea de entre 100 y menos de 250 empleados.

En sus tres años de recorrido, a través de las diferentes convocatorias, Kit Digital ha concedido más de 750.000 bonos digitales a pequeñas empresas, microempresas, autónomos del país para digitalizar sus negocios.

Desde la apertura en marzo de 2022 del primer formulario de ayudas de Kit Digital, Red.es ha elaborado y lanzado un total de cinco convocatorias. La buena acogida de Kit Digital desde su lanzamiento lo sitúa como el programa de ayudas a la digitalización de pymes más demandado de la historia de España logrando llegar a todo el territorio.

Su capilaridad está siendo tan amplia que el 100% de las provincias españolas cuenta con alguna ayuda de Kit Digital y más del 90% de los municipios tiene alguna empresa o autónomo que se ha beneficiado del bono digital.

Cómo Solicitar y Obtener el Kit Digital | Guía Completa Paso a Paso 💼

¿Cómo Solicitar el Kit Digital?

El sistema permite reducir la carga burocrática, disminuye el número de documentos a presentar y acorta los plazos de concesión. Además, con el fin de facilitar al máximo el acceso a las ayudas, y evitar el incremento de carga de trabajo en los potenciales beneficiarios, se ha habilitado la figura del “representante voluntario”. Cualquier tercero, sea persona física o jurídica, debidamente autorizado, puede solicitar la ayuda por cuenta de la empresa. Para solicitar el Kit Digital, sigue estos pasos:

  1. Regístrate en la plataforma Acelera pyme y realiza el test de diagnóstico digital para comprobar tu nivel de digitalización.
  2. Consulta las soluciones de digitalización disponibles que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio y el catálogo de agentes digitalizadores que te ofrecen esos servicios.
  3. Presenta la solicitud de ayuda en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es) si cumples los requisitos requeridos.
  4. Una vez concedido el bono, elige un agente digitalizador autorizado y firma un acuerdo para que gestione las soluciones digitales que hayas elegido.

Bajo el lema "cero papeles", Red.es ha diseñado un sistema de tramitación que utiliza herramientas de robotización e inteligencia artificial automatizado. Este sistema está permitiendo que las comprobaciones puedan hacerse en tan solo 3 minutos, frente a las 3 horas requeridas con anteriores procedimientos.

¿Cuáles son los Requisitos?

Para poder acceder al Kit Digital, es fundamental cumplir con una serie de requisitos. A continuación, se detallan los criterios que deben cumplir las empresas interesadas:

  • Ser una empresa de hasta 250 trabajadores, pequeña empresa, microempresa o autónomo.
  • Cumplir los límites financieros que definen las categorías de empresa
  • Estar en situación de alta con la antigüedad mínima que se establece en cada convocatoria
  • No estar considera una empresa en crisis
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No superar el límite de ayudas de pequeña cuantía

Convocatorias y Plazos

Cinco convocatorias del programa Kit Digital están activas en paralelo. Los proyectos están incluidos en los ámbitos de la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León para el periodo 2021-2027. La tipología de estas ayudas corresponde al objetivo 3 “Agenda Digital para Castilla y León: Aprovechar las ventajas de la Digitalización”, eje de actuación 3.2.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el “Boletín Oficial de Castilla y León”, el 8 de noviembre de 2024, y finalizará el 31 de diciembre de 2025 (ambos días incluidos), o el día en que se publique el extracto de una convocatoria que la sustituya.

Los proyectos no podrán haber concluido materialmente o haber sido ejecutados íntegramente, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados, a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención.

El plazo de presentación de solicitudes será DESDE el día 25 de AGOSTO de 2025 HASTA el día 8 de SEPTIEMBRE de 2025, ambos incluidos (la Resolución de bases reguladoras y convocatoria se ha publicado en el DOGV núm.

Documentación Necesaria

La solicitud debe presentarse en modelo normalizado y anexos, a los que se acompañará la documentación administrativa y técnica que se indica a continuación:

  • Formulario web que se rellena en la solicitud.
  • Declaración responsable de las ayudas de MINIMIS concedidas por cualquier proyecto a la empresa o entidad solicitante, incluidos los costes para los que se solicita apoyo, durante los 3 años previos, con indicación de importe, organismo, fecha de concesión y régimen de ayudas en que se ampara; o, en su caso, declaración responsable de no haber recibido ninguna.

En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.).

Resolución y Notificación

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro electrónico del ICECYL. La notificación se realizará electrónicamente por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud.

La presentación de la documentación justificativa se realizará, como máximo, en el plazo de 2 MESES desde la finalización del plazo de ejecución de la actividad subvencionada. La falta de presentación de la justificación en este plazo llevará consigo la iniciación del procedimiento para determinar el incumplimiento y, en su caso, el reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

La solicitud de prórroga del plazo de justificación y su concesión deberán producirse antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido.

Marco Legal

El Kit Digital se rige por diversas leyes y reglamentos, entre los que destacan:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

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