Solicitud del Código de Cuenta de Cotización (CCC) para Empresario Individual: Requisitos y Trámites
La inscripción es el acto administrativo por el que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social.
Este número es considerado como primero y principal Código de Cuenta de Cotización (CCC). Al Código de Cuenta de Cotización Principal se vincularán todos aquellos otros que puedan asignársele a un empresario.
Es importante señalar que el empresario debe solicitar un Código de Cuenta de Cotización (modelo TA-7) en cada una de las provincias donde ejerza actividad, así como en determinados supuestos en que sea necesario identificar colectivos de trabajadores con peculiaridades de cotización.
¿Qué es el Código de Cuenta de Cotización (CCC)?
Consiste en inscribirse en el Sistema de la Seguridad Social de forma que se asigna un número que te identificará como empresario y al que se asociarán los trabajadores que contrates dentro de una misma provincia. A ese número se le denomina Código de Cuenta de Cotización o CCC.
Empresario Individual (Persona Física)
Si eres empresario individual (persona física) tienes que tener un número de Seguridad Social (NUSS) que te identifique en tus relaciones con la Seguridad Social. Puedes realizarlo a través del servicio Solicitar el número de la Seguridad Social existente en Importass, con o sin identificación electrónica. Si no tienes medios de identificación electrónica, indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.
Empresario Colectivo (Sociedades, Entidades sin Personalidad Jurídica, ….)
Si eres empresario colectivo (sociedades, entidades sin personalidad jurídica, ….), la única opción es la de realizar el alta con tu identificación electrónica a través del servicio de la SEDESS de Empresario Colectivo.
Identificación de Empresa. Si vas a contratar a un trabajador/a para tu hogar familiar podrás solicitar tu alta como empleador cuando procedas a dar de alta a la persona trabajadora en la Seguridad Social a través del servicio Alta en empleo de hogar existente en el Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la App IMPORTASS . Si no tienes medios de identificación electrónica indícalo y sigue las indicaciones al entrar en el servicio.
¿Cómo Solicitar la Inscripción?
Para terminar su solicitud puede dirigirse a la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima a su domicilio de actividad. Si dispone de un certificado digital puede tramitar la solicitud que corresponda de los correspondientes servicios situados en "Empresas", en función de que se trate de un empresario individual o un empresario colectivo.
El empresario que por primera vez vaya a contratar trabajadores deberá solicitar su inscripción como empresa, antes del inicio de la actividad, en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme establece la Ley General de la Seguridad Social, en su Artículo 138 y el Artículo 5 del Real Decreto 84/1996.
La solicitud se realizará en el modelo TA-6.
La inscripción se realiza en el mismo momento de presentación de la solicitud.
La inscripción es única y válida para todos los regímenes del Sistema de la Seguridad Social, para todo el territorio nacional y para toda la vida de la persona física o jurídica titular de la empresa.
Tanto del número de inscripción como de los demás números o códigos de cuenta de cotización, se entregará un justificante al empresario y se procederá a realizar la correspondiente anotación en el Registro de Empresarios de la Tesorería.
En dicho Registro figurarán los empresarios que empleen a trabajadores por cuenta ajena incluidos en los siguientes regímenes:
- Régimen General.
- Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
- Régimen Especial de la Minería del Carbón
En el Registro de Empresarios se incluirán igualmente los datos relativos a los centros docentes en que se encuentren matriculados estudiantes comprendidos en el campo de aplicación del Seguro Escolar.
El Registro de Empresarios constará de los datos necesarios para desarrollar la gestión del Sistema de la Seguridad Social y producirá los efectos establecidos en este Reglamento.
Documentación Necesaria
Para la solicitud, generalmente se requiere:
- Official application form.
- An original or a copy of the identification document of the owner of the company, individual employer or head of household.
- Document issued by the Ministry of Finance assigning the Financial Identification Number of the Economic Activity of the Company according to CNAE -09.
Obligaciones Adicionales del Empresario con la Seguridad Social
Además de la inscripción, como empresario, tienes otras obligaciones con la Seguridad Social:
- Comunicar mi baja como empresario: Cuando se produzca la finalización de tu actividad como empresario debes comunicarlo a la TGSS después de haber dado de baja todos tus trabajadores.
- Comunicar cualquier variación de los datos identificativos o de la actividad de la empresa: A través del Sistema RED podrás modificar entre otras cosas, el domicilio de la actividad.
- El pago de las cotizaciones sociales correspondientes: Debes comunicar mensualmente a la TGSS los conceptos retributivos que perciben cada uno de tus trabajadores.
La TGSS, previa solicitud de la empresa liquidará y pasará al cobro las cotizaciones sociales, calculadas en función de las bases de cotización de tus empleados y las variaciones comunicadas, de la información de que dispone y de la proporcionada por otras entidades.
Aspectos Importantes a Considerar
- Ámbito Geográfico: The employer must apply for a Contribution Account Code at each of the provinces and for each of the schemes in which they conduct their activity.
- Modificación de Datos y Cierre de Empresa: Modification of data and company closure.
- Sucesión en la Titularidad o la Actividad: Succession in the ownership or the activity.
Finalmente, cuando solicites la inscripción debes hacer constar la entidad con la que vas a asegurar las contingencias derivadas del trabajo y enfermedades profesionales como la prestación económica en caso de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes o no laborales. Estos riesgos pueden asegurarse con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con el Instituto Social de la Marina (ISM) si estás encuadrado en el Régimen Especial del Mar o con distintas entidades colaboradoras con la Seguridad Social.
Tabla resumen de obligaciones
| Obligación | Descripción |
|---|---|
| Inscripción como empresario | Solicitar antes de contratar trabajadores. |
| Comunicar baja | Informar al finalizar la actividad. |
| Comunicar variaciones | Informar cambios en datos o actividad. |
| Pago de cotizaciones | Pagar mensualmente las cotizaciones sociales. |
