Ayudas para la Reindustrialización de PYMES en la Comunitat Valenciana
La reindustrialización se ha convertido en una prioridad estratégica para la economía valenciana en un contexto marcado por la competencia internacional, la transición tecnológica y la necesidad de generar empleo estable y de calidad. La Generalitat Valenciana ha puesto en marcha diversas convocatorias de ayudas dirigidas a PYMES industriales con el objetivo de impulsar inversiones productivas en la Comunitat Valenciana.
Definición y Requisitos para PYMES Industriales en la Comunitat Valenciana
A los efectos de estas convocatorias, se considerará que una empresa desarrolla o va a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva si el proyecto de inversión industrial se ejecuta o se va a ejecutar en uno o varios establecimientos productivos situados en un mismo municipio de la Comunitat Valenciana, con independencia de dónde se encuentre el domicilio social de la empresa.
Se considerarán como PYMES a las empresas que empleen a menos de 250 personas y que, además, o bien tengan un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 de euros. La empresa debe disponer de, al menos, un establecimiento industrial nuevo o en producción en cualquier punto de la Comunitat Valenciana, sin importar el domicilio fiscal.
Presupuesto Mínimo Subvencionable
El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 euros, IVA excluido. Para los sectores del deporte, la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, el presupuesto mínimo será de 10.000 euros, IVA excluido.
Convocatorias de Ayudas y Plazos
Las ayudas para PYMES industriales en la Comunidad Valenciana están dirigidas a PYMES industriales que busquen financiar proyectos de inversión y modernización. Las empresas de Valencia y toda la comunidad pueden acceder a subvenciones siempre que su CNAE esté convocado y cumplan los requisitos.
A continuación, se detallan algunas de las convocatorias más relevantes y sus plazos:
Convocatoria INPYME 2026
Resolución de 9 de febrero de 2026: Convocatoria anticipada de las ayudas para apoyar las inversiones para la reindustrialización realizadas por las PYMES de varios sectores industriales de la Comunitat Valenciana. (DOGV núm. 10301)
Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día 16 de febrero de 2026 a las 9:00, hasta el día 10 de marzo de 2026 a las 23:59, ambos incluidos.
Nota de interés: En caso de que la solicitante no tenga de alta la cuenta bancaria en PROPER, es necesario realizar el trámite de alta hasta el 9 de marzo de 2026.
Convocatoria INPYME 2025
Resolución de 13 de marzo de 2025: Convocatoria para el ejercicio 2025 de las ayudas para apoyar las inversiones para la reindustrialización realizadas por las PYMES de diversos sectores industriales de la Comunitat Valenciana.
Nota de interés: En caso de que la solicitante no tenga de alta la cuenta bancaria en PROPER, es necesario realizar el trámite de alta hasta el 10 de abril de 2025.
Resolución de 7 de julio de 2025: Redistribución definitiva por sectores de los créditos asignados estimativamente.
Resolución de 29 de julio de 2025: Resolución de la convocatoria.
Resolución de 14 de noviembre de 2025: Aumento de crédito inicial y declaración de disponibilidad de crédito.
Resolución de 24 de noviembre de 2025: Resolución de concesión complementaria de ayudas.
Convocatoria INPYME 2024
Resolución de 15 de febrero de 2024: Convocatoria para el ejercicio 2024 de las subvenciones para apoyar las inversiones productivas realizadas por las PYMES de diversos sectores industriales de la Comunitat Valenciana.
Resolución de 4 de septiembre de 2024: Incremento adicional del crédito inicial.
Resolución de 19 de septiembre de 2024: Redistribución definitiva por sectores de los créditos asignados estimativamente.
Resolución de 27 de septiembre de 2024: Resolución de la convocatoria.
Resolución de 27 de noviembre de 2024: Incremento adicional del crédito autorizado y resolución de concesión adicional de ayudas.
Otras Convocatorias de Ayudas (2025 y 2026)
Además de las convocatorias INPYME, existen otras ayudas para apoyar la reindustrialización y modernización en la Comunitat Valenciana:
Para Asociaciones Empresariales
Resolución de 20 de febrero de 2026: Convocatoria para el ejercicio 2026 de las ayudas para apoyar actividades no económicas desarrolladas por asociaciones empresariales que impulsen la reindustrialización de la Comunitat Valenciana.
RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2025: Convocatoria para el ejercicio 2025 de subvenciones para apoyar actividades no económicas desarrolladas por asociaciones empresariales que impulsan la reindustrialización de la Comunitat Valenciana (INENTI 2025).
RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2024: Convocatoria para el ejercicio 2024 de subvenciones para apoyar actividades no económicas desarrolladas por asociaciones empresariales que impulsen la reindustrialización de la Comunitat Valenciana.
Para Entidades Gestoras de Áreas Industriales
Resolución de 8 de abril de 2026: Convocatoria para el ejercicio 2026 de las ayudas para apoyar aquellas actuaciones desarrolladas por entidades gestoras de áreas industriales de la Comunitat Valenciana que impulsen la modernización y la mejora de la gestión de estas infraestructuras industriales.
Resolución de 4 de abril de 2025: Convocatoria para el ejercicio 2025 de las ayudas para apoyar las actuaciones desarrolladas por entidades gestoras de áreas industriales de la Comunitat Valenciana que impulsan la modernización y la mejora de la gestión de estas infraestructuras industriales.
Resolución de 16 de abril de 2024: Convocatoria para el ejercicio 2024 del Programa de ayudas para apoyar aquellas actuaciones desarrolladas por entidades gestoras de áreas industriales de la Comunidad Valenciana que impulsan la modernización y la mejora de la gestión de estas infraestructuras industriales (INENT2 2024).
Sectores Industriales Elegibles
Para saber si el CNAE de tu empresa es elegible para las ayudas a PYMES en la Comunidad Valenciana, debes revisar las convocatorias oficiales de subvenciones o descargar las bases, donde se especifican los códigos CNAE que están incluidos y los que están excluidos.
La convocatoria INPYME incorpora defensa, construcción industrializada y agroalimentación en zonas despobladas y permite pedir hasta 200.000 euros por empresa.
Tabla de Sectores con Presupuesto Mínimo Diferenciado
| Sector Industrial | Presupuesto Mínimo Subvencionable (IVA excluido) |
|---|---|
| General (otros sectores industriales) | 20.000 euros |
| Deporte | 10.000 euros |
| Biotecnología | 10.000 euros |
| Producción audiovisual | 10.000 euros |
| Producción de videojuegos | 10.000 euros |
| Agroalimentario (en municipios despoblados o con riesgo de despoblación) | 20.000 euros |
Otros sectores relevantes que pueden ser elegibles incluyen:
- Automoción, defensa y seguridad, sector espacial y de la aeronáutica, semiconductores.
- Cerámica, vidrio, construcción industrializada y materiales de construcción no metálicos.
- Cuero y calzado. Envases y embalajes.
En el sector agroalimentario, solo se admiten inversiones si se realizan en municipios despoblados o con riesgo de despoblación (los del anexo IV).
Proceso de Solicitud de Subvenciones
Para solicitar una subvención para PYMES industriales en la Comunidad Valenciana, el proceso se divide en varios pasos clave:
- Revisión de la convocatoria: Verifica los requisitos y si tu CNAE está incluido.
- Preparación de la documentación: Necesitarás presentar un proyecto detallado, presupuestos, certificados de cumplimiento de requisitos y datos financieros de la empresa.
- Registro de la solicitud: A través de las plataformas oficiales, deberás completar la solicitud en los plazos establecidos. La presentación de la misma se deberá realizar en el DOGV (Diario Oficial de la Generalitat Valenciana). Para esa presentación telemática, la persona solicitante deberá disponer de un sistema de firma electrónica.
- Seguimiento del expediente: Una vez enviada la solicitud, es importante hacer un seguimiento de su estado y responder a posibles requerimientos.
Documentación Requerida
La documentación esencial para la solicitud incluye:
NOTA INFORMATIVA del Registro Mercantil, o documento oficial equivalente para el caso de cooperativas y sociedades laborales, con una antigüedad máxima de un mes desde la fecha de presentación de la solicitud, donde se indiquen los siguientes epígrafes registrales relativos a la empresa solicitante: datos generales, capital social, administradores/as/cargos, apoderados/as, inscripciones, depósitos de cuentas.
MEMORIA DESCRIPTIVA (según modelo normalizado MEMDPY) del proyecto de inversión para el que se solicita la ayuda, que contendrá todos los apartados, las descripciones, datos y justificaciones establecidos en el anexo II de la Resolución de convocatoria.
Certificación emitida por auditor/a inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas que contenga una transcripción desglosada de la información en materia de pagos descrita en la memoria de las últimas cuentas anuales auditadas, cuando se desprenda que al menos el 90% de las facturas de proveedores emitidas a la empresa solicitante durante el ejercicio auditado han sido pagadas dentro del plazo máximo establecido en la normativa de morosidad.
En caso de no ser posible la certificación anterior, «Informe de Procedimientos acordados», elaborado por auditor/a inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, que, en base a la revisión de una muestra representativa de las facturas pendientes de pago a proveedores, concluya sin la detección de excepciones al cumplimiento de los plazos de pago de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, o, si se detectasen, que estas no impidan alcanzar el nivel de cumplimiento del 90%.
Las certificaciones expedidas por las administraciones tributarias y por la Seguridad Social tendrán una validez de seis meses desde la fecha de su expedición.
Se considerarán directamente inadmitidas y excluidas de su baremación aquellas solicitudes que no acrediten adecuadamente el cumplimiento de todos los requisitos para obtener la subvención.
Formularios Normalizados
En el trámite telemático, así como en los subapartados "Formularios" y "Qué necesitas saber > Formularios", existen modelos normalizados y rellenables de algunos de los documentos necesarios, como:
- MEMDPY. MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA ACTUACIÓN
- REGASUPY. MODELO NORMALIZADO DE TABLA DE COSTES ESTIMADOS
- DECPYMEL. MODELO DE DECLARACIÓN DE LA CONDICIÓN DE PYME
- IPAPYME. IPAPYME - Informe cumplimiento 13.3bis LGSDRINAG.
Consideraciones Importantes
- Cada empresa solo podrá presentar una solicitud de ayuda para un único proyecto de inversión industrial. Se considerará como un único proyecto de inversión todas las inversiones vinculadas a la actividad industrial realizadas en un mismo municipio, con independencia de que se produzcan o desarrollen en más de un establecimiento productivo.
- Por tratarse de procedimientos de concesión en concurrencia competitiva, la evaluación de las solicitudes se realizará exclusivamente sobre la información aportada durante el periodo de admisión de solicitudes, no admitiéndose las mejoras, adiciones o sustitución de las memorias o de la información aportada posteriormente al último día del plazo de presentación de solicitudes.
- La suma de todas las ayudas de minimis concedidas en España a la misma PYME beneficiaria, calculados como empresa única, de fecha a fecha entre la fecha de concesión de esta subvención y los tres años anteriores, no podrá superar la cantidad de 300.000 euros, que se establece como nuevo límite de ayuda de minimis.
- Solo serán admisibles los gastos que se acredite que han sido efectivamente pagados entre el 1 de enero de 2026 y el plazo máximo de justificación, con independencia de la puesta en funcionamiento de los activos subvencionados.
- Transcurrido el plazo sin que se hubiese notificado resolución expresa, las empresas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.
Modificación de Proyectos y Comunicación de Ayudas
- Si durante la ejecución del proyecto se producen circunstancias imprevisibles en el momento de la solicitud que modifiquen el proyecto presentado, la beneficiaria podrá solicitar electrónicamente la autorización de su modificación.
- Las empresas beneficiarias deberán comunicar cualquier otra ayuda de minimis recibida desde la presentación de la solicitud, así como otras ayudas públicas para los mismos costes.
Publicidad de las Ayudas
La misma información deberá publicitarse en las redes sociales oficiales de las empresas beneficiarias, en caso de disponer de ellas. Para su correcto uso debe distinguirse claramente la relación existente entre la entidad beneficiaria y la Conselleria.
Normativa de Referencia
Las ayudas se rigen por diversas normativas, entre las que destacan:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).
- Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regulan medidas en los procedimientos de contratación administrativa y de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad (DOGV núm. 4907, de 21/12/2004).
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25/07/2006).
- ANEXO I - Definición de PYME, del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
- Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L2023/81820 de 15/12/2023).
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (DOGV núm. 7464, de 12/02/2015).
- Ley 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9323, de 22/04/2022).
- Orden 1/2024, de 30 de enero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulsar la reindustrialización de la economía de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 9781, de 05/02/2024).
