El Plan General Contable para PYMES: Requisitos y Estructura para una Contabilidad Eficiente
El Plan General Contable (PGC) es un conjunto de normas y criterios que regulan la contabilidad empresarial en España. Elaborado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, se trata de un documento legal, adaptado a los procedimientos europeos, que persigue el objetivo de uniformar los criterios contables.
Este documento contiene la normativa contable vigente que se aplica a las empresas en España, por lo que se trata de un manual de referencia y consulta al que recurren todos los profesionales contables para aclarar sus dudas y definir procesos. Su objetivo es garantizar claridad, transparencia y homogeneidad en la información financiera, facilitando así la toma de decisiones de empresarios y gestores, puesto que refleja fielmente la situación económica de una empresa.
Para las PYMES existe una adaptación del Plan General Contable más sencilla de aplicar. Este plan concreto es el PGC de pequeñas y medianas empresas y está diseñado según las necesidades contables de microempresas y pequeños negocios. Con él reducen su carga administrativa sin perder precisión y rigor contable.
¿Qué es el Plan General Contable para PYMES?
El Plan General Contable para PYMES es un documento legal diseñado para recoger la contabilidad de las pequeñas y medianas empresas. Constituye el desarrollo de las normas contables que pueden ser aplicadas por ciertas empresas, delimitadas en el cuerpo de este real decreto.
Este Plan General Contable supone un marco legal y normativo que permite llevar la contabilidad de las PYMES de una forma más ágil, sencilla e, incluso, automatizada. El plan de contabilidad para PYMES pretende simplificar y agilizar la gestión contable, así como abreviar la presentación de las cuentas anuales, permitiendo, además, que los emprendedores tengan una imagen fiel de la situación económica de su empresa y adquieran más control sobre los indicadores financieros.
Las PYMES, en particular, pueden regirse por el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, una normativa contable más específica que se adapta mejor a su funcionamiento y que ha sido actualizada recientemente. La contabilidad de las PYMES tiene sus propias características y unos requerimientos diferentes a los de la gran empresa.
Con el ánimo de simplificar las obligaciones contables de las empresas que no superen el tamaño exigido para obligar a someter sus cuentas anuales a auditoría, la Ley 16/2007, de 4 de julio, no exige a estas empresas la presentación del estado de flujos de efectivo.
Este plan de contabilidad para PYMES, aprobado mediante el Real Decreto 1/2021, es de aplicación voluntaria. Siempre es posible decidirse por la versión general.
Beneficios de aplicar el PGC para PYMES
Implementar el PGC de pequeñas y medianas empresas aportará numerosos beneficios, como:
- Simplificación administrativa: Reduce la carga de trabajo contable.
- Claridad y transparencia financiera: Ofrece una imagen fiel de la situación económica.
- Cumplimiento normativo: Asegura que la empresa se ajusta a la legislación vigente.
- Facilidad de acceso al crédito: La información financiera clara y homogénea facilita la evaluación por parte de entidades financieras.
¿Qué es el Plan General Contable para pymes?
Al definir unos criterios homogéneos para valorar, realizar y presentar las cuentas anuales de las empresas, así como otras operaciones comerciales y financieras, facilita el acceso a una información clara y comprensible que se puede utilizar para comparar el rendimiento de las sociedades, analizar la actividad empresarial y su evolución, así como detectar errores y riesgos financieros. De hecho, su producto, las cuentas anuales, se deposita en el Registro Mercantil, por lo que tiene un carácter público.
Tener la contabilidad al día es fundamental para cualquier empresa. No solo te evitará sanciones administrativas, sino que te permitirá conocer la situación de tu negocio en todo momento para que puedas tomar medidas correctivas a tiempo o aproveches nuevas oportunidades para hacerlo crecer.
Requisitos para aplicar el Plan de Contabilidad en PYMES
El Plan General de Contabilidad para PYMES es opcional, pero puedes aplicarlo, en vez de usar la versión general, si cumples al menos dos de estos requisitos durante dos ejercicios consecutivos:
- No tener más de 50 trabajadores, como media, durante el ejercicio.
- El total de las partidas del activo no puede superar los 4 millones de euros.
- El importe neto de la cifra anual de negocios no debe ser mayor de 8 millones de euros.
En el caso de las microempresas, los criterios para aplicar el Plan General Contable cambian:
- No tener más de 10 trabajadores empleados durante el ejercicio.
- El total de las partidas del activo no debe superar el millón de euros.
- El importe neto de la cifra anual de negocios no debe ser mayor de 2 millones de euros.
Podrán perder la posibilidad de aplicar dicho reglamento aquellas empresas que durante dos ejercicios consecutivos dejen de reunir dos de los requisitos enumerados aquí. Hay que tener muy en cuenta que la empresa que quiera aplicar este plan de contabilidad - siempre que cumpla los requisitos - deberá aplicarlo de forma completa.
Sin embargo, también hay que tener en cuenta que hay empresas que, aunque cumplan los requisitos, no pueden aplicar el PGC PYMES si forman parte de un grupo de sociedades que haya formulado o tuviera que haber formulado cuentas anuales consolidadas.
Requisitos para la aplicación de criterios específicos de microempresas
El artículo 4 de este real decreto desarrolla este mandato, recogiendo las circunstancias que han de cumplir las empresas para que puedan optar por la aplicación de los criterios contables específicos de las microempresas. Estas circunstancias se refieren a la cifra del total de las partidas del activo, que no podrá superar el millón de euros, al importe neto de la cifra de negocios, que no superará los dos millones de euros y al número medio de trabajadores que no podrá ser superior a 10.
Los criterios contables específicos para microempresas son:
- Los arrendatarios de los acuerdos de arrendamiento financiero u otros de naturaleza similar que no tengan por objeto terrenos, solares u otros activos no amortizables, contabilizarán las cuotas devengadas en el ejercicio como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.
- El gasto por impuesto sobre beneficios se contabilizará en la cuenta de pérdidas y ganancias por el importe que resulte de las liquidaciones fiscales del impuesto sobre sociedades relativas al ejercicio.
Estructura del Plan General Contable para PYMES
El Plan General de Contabilidad para PYMES presenta una estructura idéntica al Plan General de Contabilidad, habiendo reducido sus contenidos en las operaciones que se ha valorado que los destinatarios de esta norma llevan a cabo con menor habitualidad y habiendo simplificado algunos aspectos puntuales.
Se estructura en 5 partes:
Primera parte: Marco Conceptual de la Contabilidad
Esta sección es una de las más importantes del Plan General de Contabilidad, ya que recoge los principios contables, así como las normas de contabilidad y los principales elementos de valoración a la hora de realizar las cuentas anuales. En este marco teórico, se especifican los requisitos de información y los elementos de las cuentas anuales, los criterios de registro y de valoración, además de la normativa aceptada que se debe aplicar. En esta primera parte se recogen los documentos que integran las cuentas anuales de la PYME, es decir, el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto y la memoria.
En orden a mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados, como corolario de la aplicación sistemática y regular de las normas contables, se enuncian los mismos principios que en el Plan General de Contabilidad: empresa en funcionamiento, devengo, uniformidad, prudencia, no compensación e importancia relativa.
Segunda parte: Normas de Registro y Valoración para PYMES
Se especifican los principios contables que deben aplicar las PYMES en diferentes supuestos para registrar y contabilizar sus operaciones económicas y financieras. En caso contrario, es decir, en caso de que una PYME realice una operación que no se contempla en este texto, tendrá que remitirse a las normas de registro recogidas en el Plan General de Contabilidad, con la excepción de la norma de registro y valoración de activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta.
Esta sección recoge exactamente:
- Desarrollo de principios contables.
- Inmovilizado material.
- Normas particulares sobre el inmovilizado material.
- Inversiones inmobiliarias.
- Inmovilizado intangible.
- Normas particulares sobre el inmovilizado intangible.
- Arrendamientos y otras operaciones similares.
- Instrumentos financieros.
- Existencias.
- Moneda extranjera.
- IVA, IGIC y otros impuestos indirectos.
- Impuestos sobre beneficios.
- Ingresos por ventas y prestación de servicios.
- Provisiones y contingencias.
- Pasivos por retribuciones a largo plazo al personal.
- Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio.
- Subvenciones, donaciones y legados recibidos.
- Combinaciones de negocios.
- Negocios conjuntos.
- Operaciones entre empresas del grupo.
- Cambios en criterios y estimaciones contables.
- Hechos posteriores al cierre del ejercicio.
Tercera parte: Cuentas Anuales
Este apartado del Plan General Contable explica cómo se deben presentar los resultados que ha obtenido la PYME en su actividad económica en el Registro Mercantil. Aclara los criterios para presentar las Cuentas Anuales, con el fin de asegurarse de que se recoja una información relevante y valiosa que refleje fielmente la situación de la empresa.
Los estados financieros obligatorios que deben quedar reflejados en las cuentas anuales de la empresa son:
- Balance General o de Situación.
- Cuenta de Resultados o de Pérdidas y Ganancias.
- Estado de Cambios en el Patrimonio Neto.
- Memoria Anual del ejercicio.
Estos documentos, que también deben seguir las líneas del Código de Comercio, muestran varios aspectos del negocio, desde el coste histórico de la empresa hasta las inversiones financieras, las deudas contraídas o el estado de cambios en el patrimonio. Cabe aclarar que las cuentas anuales se deben presentar una vez al año en el Registro Mercantil, un mes después de su aprobación por parte de la junta general de la entidad.
En la estructura del Plan General Contable de Pequeñas y Medianas Empresas, tanto el balance y la memoria se podrán presentar abreviados.
Cuarta parte: Cuadro de Cuentas
En esta sección se detalla la información para elaborar el cuadro de cuentas, dividiéndola en una serie de grupos y subgrupos, según los hechos económicos y el tipo de datos contables que se deben registrar en cada cuenta.
El cuadro de cuentas del PGC ordena las cuentas en 7 grupos:
- Grupo 1: Financiación Básica. Incluye desde el capital y fondo social hasta las reservas, subvenciones, deudas o pasivos por fianzas.
- Grupo 2: Inmovilizado. Recoge tanto las inmovilizaciones materiales como las inversiones inmobiliarias, las inversiones financieras o la amortización del inmovilizado.
- Grupo 3: Existencias. Prevé tanto los aprovisionamientos como las materias primas, los productos terminados o en curso y su deterioro.
- Grupo 4: Acreedores y Deudores por operaciones de tráfico. También incluye la información de proveedores, clientes y Hacienda Pública.
- Grupo 5: Cuentas Financieras. Debe reflejar los empréstitos, deudas a corto y largo plazo, inversiones, fianzas y, por supuesto, la tesorería.
- Grupo 6: Compras y Gastos. Se incluyen, además, los gastos de personal, servicios externalizados, tributos y pérdidas.
- Grupo 7: Ventas e Ingresos. También se contabilizan las subvenciones, donaciones y legados.
Cabe aclarar que cada grupo o subgrupo sirve para consolidar la información contable que se ha registrado en las cuentas o subgrupos inferiores.
La diferencia principal entre el PGC y PGC PYMES con respecto al cuadro de cuentas es la supresión en el Plan General Contable de Pequeñas y Medianas Empresas de los grupos 8, llamados gastos imputados al patrimonio neto y grupo 9, ingresos imputados al Patrimonio Neto. La función principal de los dos grupos (8 y 9) es contabilizar aquellos gastos o ingresos que no se imputan a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, sino en el Patrimonio Neto.
Quinta parte: Definiciones y Relaciones Contables
Este apartado especifica dónde deben ir y cómo se trabajan los elementos patrimoniales de la empresa, explicando la relación entre las diferentes cuentas en el momento de registrar las operaciones y los asientos. Indica, por ejemplo, qué cuentas deben colocarse en el “debe” o el “haber”, así como aquellas que son “activo” o “pasivo”.
Plan General Contable vs. Plan General de Contabilidad de PYMES: Diferencias Clave
Aunque el PGC y el PGC PYMES comparten la base de la normativa contable, existen diferencias estructurales diseñadas para adaptar la complejidad a las necesidades de cada tipo de empresa. Tanto el PGC y el PGC PYMES tienen en común la elaboración de las cuentas anuales mediante el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria.
En la siguiente tabla se resumen las principales diferencias:
| Característica | Plan General Contable (PGC) | Plan General de Contabilidad de PYMES (PGC PYMES) |
|---|---|---|
| Ámbito de aplicación | Obligatorio para todas las empresas. | Opcional para PYMES que cumplan requisitos específicos. |
| Estructura del balance | Mayor detalle y desglose. | Simplificada y más accesible. Puede ser abreviado. |
| Estado de Flujos de Efectivo | Obligatorio. | No obligatorio. |
| Cuadro de cuentas | Incluye grupos 8 y 9 (gastos/ingresos imputados al patrimonio neto). | Suprime los grupos 8 y 9. |
| Normas de registro y valoración | Más exhaustivas y complejas. | Simplificadas, eliminando operaciones de escasa realización por PYMES. |
Estas divergencias estructurales reflejan la voluntad de las autoridades contables de proporcionar un marco normativo adaptado a la diversidad empresarial, reconociendo que las PYMES representan un segmento vital en la economía.
