Subvenciones para PYMES en Castilla y León: Impulso a la Digitalización, Investigación e Innovación
Las ayudas a empresas en Castilla y León son un conjunto de medidas económicas que tienen como objetivo apoyar el desarrollo empresarial y la creación de empleo en esta comunidad autónoma. Estas ayudas pueden ser de diferentes tipos, como subvenciones, préstamos, bonificaciones o incentivos fiscales, y se dirigen a distintos sectores y actividades económicas.
¿Quién puede acceder a las ayudas a empresas en Castilla y León?
Si estás buscando ayudas para empresas en Castilla y León, debes saber que estas están disponibles para cualquier persona física o jurídica con domicilio fiscal o social en esta región, o que esté realizando inversiones o actividades económicas en ella. Por supuesto, también es esencial cumplir con los criterios específicos establecidos en cada convocatoria. Estos requisitos pueden variar dependiendo del tipo de ayuda y su objetivo.
Igualmente, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o iniciativas que motivan la concesión de la subvención. En estos casos, cada miembro de la agrupación tendrá igualmente la consideración de beneficiario.
Tipos de Proyectos Subvencionables
Proyectos de Digitalización
Los proyectos de digitalización están incluidos en los ámbitos de la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León para el periodo 2021-2027. La tipología de estas ayudas corresponde al objetivo 3 “Agenda Digital para Castilla y León: Aprovechar las ventajas de la Digitalización”, eje de actuación 3.2. Para ser subvencionables, deben suponer un incremento sustancial en el nivel de digitalización de la empresa en relación con su actividad y tamaño.
Los proyectos no deben haber concluido materialmente o haber sido ejecutados íntegramente, con independencia de que se hayan efectuado todos los pagos relacionados, a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención. Se dividen en:
- a) Proyectos individuales para la digitalización. Destinado a Pymes que deciden afrontar el reto de su digitalización, con la posibilidad de definición de la manera de abordar su recorrido de digitalización de la mano de un experto y, además, digitalizar uno o varios de sus procesos.
- b) Proyectos individuales y en colaboración para la trasformación digital avanzada.
La cuantía de la subvención para estos proyectos será con carácter general de 2.000 euros.
Ayudas para autónomos y pymes en 2026: guía completa y paso a paso
Proyectos de I+D e Innovación
Las subvenciones con destino a facilitar la financiación de los planes estratégicos en materia de I+D, que vayan a ser acometidos por empresas para centros de trabajo de Castilla y León y que se declaren de especial interés por la Junta de Castilla y León, a iniciativa del ICECYL, en base al fuerte impacto que puedan tener sobre el tejido social, económico y/o industrial de la Comunidad. La subvención máxima del Plan estratégico se limita a 3.000.000 €.
Los proyectos están incluidos en los ámbitos de la Estrategia de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León para el periodo 2021-2027.
Otros Proyectos Subvencionables
- Establecimientos de alojamiento en la modalidad de albergue en régimen turístico conforme a lo establecido en la normativa de Turismo de Castilla y León vigente.
- La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que haya cerrado o que habría cerrado si no hubiera sido adquirido, y que es comprado por un inversor no vinculado con el vendedor.
Quedan excluidas del ámbito de los proyectos subvencionables los referidos a inversiones de sustitución.
Determinación de la Ayuda
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido que se determinará como un porcentaje en función de los costes del proyecto de inversión y los criterios de valoración.
Plazos y Notificaciones
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación. En el caso específico de proyectos individuales y en colaboración para la trasformación digital avanzada, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 MESES contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro electrónico del ICECYL. Para la publicación de resoluciones en el «Boletín Oficial de Castilla y León», el plazo máximo será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
La notificación se realizará electrónicamente por comparecencia, mediante aviso a través del correo electrónico que conste en la solicitud.
Justificación y Requerimientos
La solicitud de prórroga del plazo de justificación y su concesión deberán producirse antes del vencimiento del plazo de que se trate. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido.
Transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma ante el órgano administrativo competente, éste requerirá a la empresa para que en el plazo improrrogable de quince días sea presentada. Si la empresa beneficiaria no presentara la justificación en este plazo se requerirá a la empresa beneficiaria para que sea presentada en el plazo improrrogable de 15 DÍAS. La falta de presentación de la justificación en el plazo establecido en este apartado llevará consigo la iniciación del procedimiento para determinar el incumplimiento, y en su caso, el reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
| Tipo de Plazo | Duración | Detalle |
|---|---|---|
| Resolución y notificación (general) | 6 MESES | Desde la entrada de la solicitud en registro electrónico. |
| Resolución y notificación (ICECYL digitalización) | 6 MESES | Desde la entrada de la solicitud en registro electrónico del ICECYL. |
| Publicación en BOCYL | 6 MESES | Desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de solicitudes. |
| Requerimiento de justificación | 15 DÍAS improrrogables | Tras no presentar la justificación en plazo. |
