Guía Completa del IVA para Personas Físicas con Actividad Empresarial en España
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es uno de los tributos más relevantes en España, afectando tanto a empresas como a autónomos y consumidores. En esta guía completa te explicamos qué es el IVA, cómo se aplica y cómo se gestiona según tu perfil.
¿Qué es el IVA y cómo funciona?
El IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. Por tanto, aunque lo cobra la empresa o profesional, el IVA no es un ingreso propio, sino dinero que se recauda para el Estado. Hacienda pone especial atención en el IVA, ya que representa una parte esencial de los ingresos del Estado. Si te preguntas cómo funciona el IVA, es más fácil de lo que piensas. Saber cómo funciona el IVA es clave para llevar tu negocio de forma legal y rentable.
Definición de "Empresario o Profesional" a Efectos del IVA
Para que las entregas de bienes o prestaciones de servicios estén gravadas por el Impuesto sobre el Valor Añadido han de estar realizadas por un EMPRESARIO O PROFESIONAL; si la operación la realiza un PARTICULAR NO HAY SUJECIÓN AL I.V.A., habrá sujeción al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Así, empresario o profesional es aquél que realiza de forma habitual actividades empresariales o profesionales, salvo que las efectúe a título gratuito.
Así se entiende la realización de actividades empresariales o profesionales como la ordenación por cuenta propia de los dos factores de producción, capital y trabajo, con el fin de intervenir en la producción o distribución de bienes y servicios (fabricar, comerciar, construir, promover actividades agrícolas, forestales, ganaderas, etc.). Además, el elemento esencial para este concepto de actividades empresariales o profesionales es que se dé por cuenta propia, excluyendo, por tanto, el trabajo dependiente o el trabajo realizado por funcionarios.
Quiénes se consideran Empresarios o Profesionales
- Se presume que realiza una actividad empresarial quien de acuerdo con el Código de Comercio se anuncia.
- También quien está obligado a tributar en el I.A.E.
- Las Sociedades Mercantiles siempre son empresarios.
- Aquellos que se dedican a explotar un bien para obtener ingresos más o menos continuos en el tiempo (arrendadores de bienes; quien arriende un bien y lo haga esporádicamente, a efectos de I.V.A. será empresario).
- Quien realiza urbanización de terrenos o promoción y construcción de edificaciones cuando lo haga para adjudicarlo a terceros.
- Quien realice adquisiciones de bienes o servicios con la intención, confirmada por elementos objetivos, de destinarlos al desarrollo de actividades empresariales o profesionales, aún cuando todavía no se hayan comenzado éstas.
Uno de los requisitos fundamentales para darse de alta como autónomo es elegir el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que más se aproxima a tu actividad. Toda persona, física o jurídica, que realice cualquier tipo de actividad económica en España tiene que darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Para poder elegir el epígrafe lo primero que tienes que hacer es definir si tu actividad es empresarial, profesional o artística (relacionadas con el cine, el teatro y el circo, el baile, la música, el deporte y los espectáculos taurinos).
Las actividades profesionales son aquellas que desarrolla una persona física de forma individual, directa y personal. Y se entiende por actividad empresarial, la que se ejerce en el seno de una organización, normalmente con una infraestructura creada. ¿Qué pasa si tienes que darte de alta en un epígrafe empresarial y en otro profesional porque desarrollas dos actividades económicas a la vez?
✅ Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales 2023 | Lo que debes saber
El IVA para Autónomos y Empresas
Si eres autónomo o empresa, puedes deducir el IVA soportado en muchos de tus gastos, siempre que estén relacionados con tu actividad. El IVA no se aplica igual para todos. Dependiendo del sector, la forma jurídica y el volumen de facturación, las obligaciones y oportunidades varían.
Los autónomos que venden productos desde un establecimiento deben aplicar el 21 % de IVA (tipo general en la mayoría de casos), emitir facturas simplificadas si la venta es al consumidor y conservar todos los justificantes de compra.
Particularidades para Profesionales y Exenciones
Los profesionales autónomos aplican un 15% de retención del IRPF en sus facturas a otras empresas y a otros autónomos. Los profesionales, además, no tienen obligación de incluir retención en las facturas emitidas a particulares.
Muchos profesionales como psicólogos, logopedas, médicos o profesores particulares están exentos de IVA según el artículo 20 de la Ley del IVA. La mayoría de las actividades exentas de declarar el IVA son realizadas en los sectores de educación, cultura, organismos públicos y sanidad. Te recomendamos que busques en cuál de esos epígrafes encaja tu actividad y de ese modo te asegures al 100% de qué obligaciones tributarias te corresponden. La sede electrónica de la Agencia Tributaria facilita este buscador, que te permitirá conocer las obligaciones tributarias correspondientes a tu perfil tributario y a la actividad económica que desarrollas.
IVA en Operaciones Internacionales y Comercio Electrónico
Desarrolladores, diseñadores, copywriters y consultores deben aplicar IVA según el país de su cliente. Este es uno de los errores más frecuentes entre autónomos que facturan al extranjero. Si vendes dentro de España, aplicas el IVA normal.
En 2025, los ecommerce deben prestar atención al umbral de ventas a distancia en la UE. Si vendes productos a particulares en otros países europeos, puedes acogerte al régimen OSS (One Stop Shop), que te permite declarar el IVA en un único país miembro. Además, si haces dropshipping desde China o EE. UU., las importaciones están sujetas a IVA y aduanas. Cuando compras productos fuera de la UE, pagas IVA en la aduana.
IVA en el Arrendamiento de Bienes
El IVA también aparece en muchas operaciones no empresariales que pueden confundirse con transacciones personales. Por ejemplo:
- Alquiler de vivienda: Exento de IVA.
- Alquiler de local comercial o nave: Sujeto a IVA al 21 %.
Rumores sobre el IVA en 2025: ¿Qué hay de cierto?
En los últimos meses, han circulado en redes y algunos medios muchos bulos en torno a si este 2025 las personas autónomas tendrán o no que declarar el IVA. El inicio de estos rumores proviene de una normativa europea (2020/285) que insta a los países de la UE a introducir normativas que eximan a pequeños/as emprendedores/as a repercutir este impuesto en sus transacciones y por lo tanto, a no tener que declararlo trimestralmente. Pero estamos ya en 2025 y, de momento, no se ha trasladado a la normativa española y por lo tanto, no podemos saber cómo se traducirá.
Si usas el régimen general, deberás pagar el IVA aunque no te hayan pagado. En caso de errores, debes presentar una declaración complementaria cuanto antes.
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