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Comunicación

Iniciativa para el Emprendimiento y el Apoyo Empresarial desde la Conselleria

by Admin on 18/05/2026

La actual coyuntura económica de la Comunitat Valenciana demanda la adopción de medidas extraordinarias y urgentes por parte de las administraciones públicas para potenciar la iniciativa empresarial y dinamizar la economía. Las pequeñas y medianas empresas (pyme), junto con las microempresas, constituyen más del 95% del tejido productivo de nuestra comunidad y son el motor principal en la creación de empleo, riqueza y bienestar social.

El Consell, en línea con el sector empresarial, reconoce la importancia crucial de una administración y gestión eficaces y eficientes para el crecimiento, el empleo, la prosperidad y el bienestar. Esto se logra a través de la racionalización de procedimientos y trámites, y la optimización de recursos.

El futuro de las pymes: el motor económico de Europa - real economy

Decreto Ley 2/2012: Medidas Urgentes de Apoyo

Las exigencias de la situación llevaron a la adopción de una norma con rango legal. En virtud de ello, a propuesta del conseller de Presidencia y previa deliberación del Consell, en la reunión del 13 de enero de 2012, se adoptó el Decreto Ley 2/2012, del Consell, de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas y pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana.

Ámbito Subjetivo de Aplicación

El capítulo I de la norma se refiere al ámbito subjetivo de aplicación, incluyendo a microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme). También delimita los conceptos de emprendedor, joven emprendedor y joven empresa innovadora.

Dentro de la categoría de pyme, se considera pequeña empresa aquella que tiene menos de 50 trabajadores, y un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supera los 10 millones de euros.

Simplificación Administrativa

El capítulo II incluye medidas de simplificación administrativa. Destaca el establecimiento del régimen de la declaración responsable del emprendedor para la solicitud de inicio de la actividad económica, un documento jurídico fundamental para el principio simplificador de la ley, en línea con la normativa europea.

Si la documentación incluye el certificado de un Organismo de Certificación Administrativa (OCA) referido en el punto d del apartado 2 del Artículo 5, la apertura del establecimiento podrá realizarse de manera inmediata y no precisará de otorgamiento de licencia municipal. En caso de no presentarse un certificado por un OCA, el ayuntamiento inspeccionará el establecimiento para acreditar la adecuación de este y de la actividad al proyecto presentado por el titular o prestador, en el plazo máximo de un mes desde la fecha del registro de entrada. Esta apertura no exime al consistorio de efectuar la visita de comprobación.

No podrán ser objeto de declaración responsable y requerirán en todo caso de licencia municipal las obras que afecten a elementos catalogados o en trámite de catalogación.

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable, o la no presentación ante la administración competente de esta, determinará la imposibilidad de iniciar las obras o de realizar los actos correspondientes desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar.

Régimen de Licencia Ambiental y Comunicación Previa

Las actividades de titularidad pública o privada no sometidas a autorización ambiental integrada y que figuren en la relación de actividades que se aprobará reglamentariamente, quedan sometidas al régimen de la licencia ambiental para su construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial de instalaciones.

La comunicación previa irá acompañada de la documentación que reglamentariamente se determine y que garantice que la instalación se ajusta al proyecto aprobado, así como a las medidas correctoras adicionales impuestas, en su caso, en la autorización o licencia ambiental. En todo caso contendrá una certificación del técnico director de la ejecución del proyecto en la que se especifique la conformidad de la instalación o actividad a la autorización ambiental integrada o a la licencia ambiental y una declaración responsable en la que el titular de la actividad manifestará su compromiso de respetar las condiciones de funcionamiento que hubiesen sido impuestas en la autorización ambiental integrada o en la licencia ambiental mientras dure el ejercicio de la actividad.

Medidas Fiscales, Financieras y de Apoyo al Emprendimiento

El capítulo III incorpora medidas fiscales, financieras y de apoyo al emprendimiento. En especial, se establece la exención del pago de las tarifas que se recogen en ella para los sujetos pasivos que inicien sus actividades empresariales o profesionales en 2012 y 2013, siempre que el devengo se produzca en el primer año de actividad. Se prevé la bonificación del cincuenta por ciento de la cuota para el supuesto de que este se produzca en el segundo año de actividad de la empresa.

Además, se introduce la posibilidad de que las empresas puedan solicitar la compensación de las deudas que mantengan con la Generalitat con los créditos reconocidos por esta a su favor por actos administrativos, ya tengan origen tributario o no tributario.

La Administración autonómica promoverá acuerdos periódicos con las distintas entidades financieras privadas e instituciones de ámbito estatal o europeo con el fin de facilitar el acceso al crédito a los emprendedores.

Apoyo a Jóvenes Emprendedores

En el caso de tratarse de jóvenes emprendedores, conforme al apartado 3 del artículo 2, las medidas de apoyo a los emprendedores, microempresas y pyme, previstas en esta ley, serán compatibles con los programas de apoyo a las iniciativas empresariales, promovidas por el Institut Valencià de la Joventut.

Estructura y Coordinación

La norma se cierra con una serie de últimas disposiciones que, fundamentalmente a través de la modificación de diversas normas legislativas, pretenden homogeneizar, adecuar y concretar las mismas en relación con el contenido de la ley, en especial, en materia urbanística, fiscal, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, universitaria o medioambiental.

Consejo Valenciano del Emprendimiento

Se crea el Consejo Valenciano del Emprendimiento, como máximo órgano de coordinación y consulta en materia de impulso de las políticas de apoyo a las personas emprendedoras.

Seguimiento y Evaluación

El seguimiento, control y evaluación de las acciones planificadas y que deban ejecutarse como consecuencia de las medidas de simplificación y reducción de cargas administrativas dispuestas o derivadas de esta ley se llevará a cabo en el seno de la Comisión Interdepartamental para la Modernización Tecnológica, la Calidad y la Sociedad del Conocimiento en la Comunitat Valenciana (Comisión CITEC), creada por el Decreto 112/2008, de 25 de julio, del Consell.

Fomento del Emprendimiento en la Educación

La conselleria competente en materia de educación impulsará la introducción de la cultura del emprendimiento como generadora de riqueza para la sociedad, la iniciativa ética y responsabilidad social empresarial, la creatividad, la innovación, el liderazgo, la cultura del esfuerzo y el trabajo en equipo, en todas las etapas educativas no universitarias.

La Generalitat, a través de la conselleria competente en materia de formación superior en coordinación con la que tenga atribuida la competencia de apoyo a la empresa y al emprendedor, impulsará la cultura y el espíritu del emprendimiento y la figura del emprendedor en el ámbito de la educación superior en la Comunitat Valenciana.

En todo caso, será considerado como mérito o criterio de evaluación positivo en las correspondientes convocatorias u otros actos administrativos de gestión y adjudicación o reconocimiento de aquellas ayudas, becas, premios y subvenciones, la presencia de medidas o actuaciones que promuevan o garanticen el emprendimiento y la generación de empleo.

Proyectos Educativos para el Emprendimiento

La Diputación de Pontevedra, en colaboración con la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, dota a los centros educativos participantes de formación, recursos y herramientas que posibilitan el desarrollo eficaz de las acciones relacionadas con cada uno de los proyectos. Para ello, se realiza un proceso permanente de seguimiento y evaluación que permite analizar los logros, la ejecución diaria del proyecto y su impacto, así como asesorar al profesorado y resolver incidentes y dudas.

"DepoEmprende na escola"

El objetivo principal del proyecto "DepoEmprende na escola" es promover en el alumnado de Educación Secundaria Obligatoria las competencias profesionales relacionadas con la autonomía, la iniciativa y el espíritu emprendedor, a la vez que se favorece la adquisición de las competencias clave.

La metodología de "DepoEmprende na escola" es dinámica y participativa, en la cual el alumnado es el protagonista de su propio aprendizaje. El proyecto se desarrolla a través de la creación de una cooperativa, en la cual el alumnado distribuye productos y pone en práctica capacidades de negociación, toma de decisiones, comunicación y resolución de conflictos.

En este proyecto, las nuevas tecnologías tienen un papel fundamental como parte integrante del proceso de enseñanza y aprendizaje con el fin de que el alumnado las utilice de forma eficiente a la hora de comunicarse con otras entidades y personas para la distribución de los productos.

Para la clausura del proyecto, si las circunstancias lo permiten, se organizará una actividad conjunta en la que el alumnado participa y presenta las propuestas elaboradas en los centros participantes durante el curso.

Formación "Aprender a emprender"

La formación "Prepárate para emprender" busca dar a las personas emprendedoras conocimientos y habilidades necesarios para crear, desarrollar y poner en marcha su idea de negocio. Está dirigida a jóvenes interesados en formarse y poner en marcha una iniciativa empresarial.

El programa incluye temas como los tipos de empresa, formas jurídicas, diferencias y pasos para su constitución, así como la validación de la idea de negocio.

Líneas de Ayuda y Fomento

Para impulsar el emprendimiento y el empleo, se han desarrollado líneas de ayuda económica:

  • Línea Emprende: Línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena.
  • Línea Activa: Línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, la consolidación de empresas constituidas por mujeres, o la implantación de medidas innovadoras para la mejora de la competitividad. Estas ayudas están dirigidas a paliar una situación económica adversa y son necesarias para el mantenimiento del empleo por cuenta propia y ajena, así como para alcanzar el necesario equilibrio empresarial y asegurar su pervivencia, consolidación y mejora.
Tipos de Empresas y Emprendedores según el Decreto Ley 2/2012
Categoría Descripción Criterios Adicionales (si aplica)
Microempresas Empresas de tamaño muy reducido. Se incluyen explícitamente en el ámbito de aplicación.
Pequeñas Empresas Empresas con menos de 50 trabajadores. Volumen de negocio anual o balance general anual que no supera los 10 millones de euros.
Medianas Empresas Empresas de tamaño intermedio. Se incluyen en el concepto de PYME.
Emprendedor Persona que inicia una actividad empresarial. Concepto delimitado por la norma.
Joven Emprendedor Emprendedor que cumple con criterios de edad específicos. Concepto delimitado por la norma, compatible con programas del Institut Valencià de la Joventut.
Joven Empresa Innovadora Empresa innovadora de reciente creación. Concepto delimitado por la norma.

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