Guía Completa para la Solicitud de Subvenciones para el Establecimiento de Autónomos
La obtención de subvenciones para el establecimiento de autónomos puede ser un proceso complejo, pero con la información adecuada, es posible navegar por los requisitos y trámites de manera efectiva. Esta guía detalla los aspectos clave para la solicitud, desde los requisitos de elegibilidad hasta la justificación y los recursos disponibles.
Requisitos de Elegibilidad y Condiciones
Para optar a las subvenciones destinadas al fomento y consolidación del empleo autónomo, los solicitantes deben cumplir con una serie de condiciones:
- Situación de Empleo: Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo de forma ininterrumpida durante, al menos, los dos meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad.
- Inversión Inicial: Haber realizado, en el periodo entre los cuatro meses anteriores al inicio de la actividad y la fecha de solicitud de la subvención, una inversión en inmovilizado necesaria para el desarrollo de esa actividad por un importe no inferior a 4.500 euros sin incluir impuestos.
- Acreditación Administrativa: Acreditación del alta en el IAE y de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, régimen especial por cuenta propia que corresponda o en la mutualidad profesional correspondiente.
- Cumplimiento de Pagos: Que se halle al corriente de pago en materia de subvenciones, en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023) y que se compromete a comunicar cualquier cambio que pudiese suceder en esta circunstancia hasta el momento de la justificación del total de la subvención concedida.
- Plan de Igualdad: No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
- Volumen de Operaciones (para ciertas actividades): Las empresas en la Sección U: “Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales” deben tener un volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente en 2020, que haya caído más de un 30% con respecto a 2019.
Plazos y Proceso de Solicitud
El proceso de solicitud de subvenciones implica plazos específicos y una correcta presentación de la documentación:
- Plazo de Solicitud: Un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se inicie la actividad.
- Presentación: La mayoría de las entidades ofrecen formularios en línea para facilitar la presentación de la solicitud.
- Requerimiento de Subsanación: Habrá un plazo donde te pueden requerir para subsanar cierta documentación, pero en general, lo que no presentes en el momento inicial, no podrás arreglarlo después.
- Resolución de Solicitudes: Las solicitudes de las ayudas se resolverán según el orden de presentación hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria. Una vez que se agote el crédito disponible, las solicitudes recibidas con posterioridad, serán resueltas desfavorablemente.
- Silencio Administrativo: Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Cuantía de la Ayuda e Inversiones Subvencionables
La cuantía de la subvención y los tipos de inversiones que pueden ser objeto de ayuda son aspectos fundamentales a considerar:
Cuantía de la Subvención
La cuantía base de la ayuda es de 3.500 euros por persona promotora. Esta cuantía puede incrementarse bajo ciertas condiciones:
- Edad: Un 15% adicional si es mayor de 18 años y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud.
- Género: Otro 15 % adicional en el caso de ser mujer.
- Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles: En el supuesto de socios o socias integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, en ningún caso la subvención superará la cantidad de 10.000 € para el conjunto de los socios o socias. Si es necesario aplicar dicho límite, la subvención por socio o socia será el resultado de aplicar el porcentaje de participación de cada una de las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria a los 10.000 €, con el límite de la cuantía de subvención que le correspondería según el apartado anterior.
Inversiones Subvencionables
Podrán ser objeto de subvención las siguientes inversiones en activos fijos directamente relacionados con la actividad:
- Construcciones (incluido el estudio técnico del arquitecto), excepto adquisición de locales.
- Maquinaria.
- Instalaciones.
- Utillaje.
- Mobiliario.
- Equipos para procesos de información.
- Elementos de transporte afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional. Se entenderán únicamente los siguientes:
- Los vehículos mixtos utilizados en el transporte de mercancías.
- Los utilizados en la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
- Los utilizados en la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotes mediante contraprestación.
- Los utilizados por sus fabricantes en la realización de pruebas, ensayos, demostraciones o en la promoción de ventas.
- Los utilizados en los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
- Los utilizados en servicios de vigilancias.
- Vehículos de venta ambulante.
- Contratos de franquicia.
- Aplicaciones informáticas.
- Fondo de comercio.
- Derechos de traspaso.
La persona beneficiaria deberá realizar las inversiones subvencionables por una cuantía mínima de 5.000 euros en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de solicitud de la subvención. Las inversiones subvencionadas deberán permanecer afectas a la actividad empresarial durante un periodo mínimo de dos años desde su adquisición (fecha de la primera factura subvencionada). En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
El abono de la subvención se realizará en un único pago tras la concesión de la misma.
Ayudas para autónomos y pymes en 2026: guía completa y paso a paso
Normativa Reguladora
Las bases reguladoras y las convocatorias de estas subvenciones se establecen en las siguientes órdenes:
- Orden EMC/1253/2025, de 12 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.
- Orden EMC/1491/2025, de 27 de octubre, por la que se modifica la Orden EMC/1253/2025, de 12 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.
- Orden EMC/1877/2025, de 15 de diciembre, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones reguladas en la Orden EMC/1253/2025, de 12 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa para el fomento y consolidación del empleo autónomo.
Justificación de la Subvención
La justificación de la subvención es un paso crucial después de su concesión:
- Publicación y Difusión: En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria, la persona beneficiaria deberá aportar la dirección de la página web o sitio de Internet, así como una impresión de pantalla de la misma, en caso de que existiera, en la que se ha publicado una breve descripción del proyecto subvencionado de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, incluyendo sus objetivos y resultados y destacando la financiación tanto del Gobierno de Aragón, como de la Unión Europea, a través del Programa FSE+ Aragón 2021-2027. En caso de no disponer de esta herramienta de difusión, la persona beneficiaria lo manifestará mediante declaración firmada.
- Inicio del Periodo: Inicio del periodo de presentación de justificación de las ayudas concedidas.
Recursos y Contacto
Si necesitas ayuda y deseas realizar una consulta accede al apartado de Contacto y encontrarás diferentes recursos y soportes para la tramitación.
Recurso de Alzada
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
- Contra qué actos se interpone:
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
- Ante qué órgano se interpone: Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
- Plazo para interponerlo:
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
- Plazo para la Administración para resolverlo: 3 meses. Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
- Recursos posteriores:
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Más información: Título V. Capítulo II.
Información Ficha Terceros
Es fundamental registrar en la base de datos de la Oficina de Control Económico los datos necesarios para realizar los pagos a todos los terceros que mantienen relaciones económicas con la Administración de la C.A.E. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional, deberán presentar un Modelo normalizado de “Alta de tercero” firmado por el acreedor, dónde se indicará el número del documento nacional de identidad o número personal de identificación de extranjero, acreditado mediante el respectivo documento, así como el código de cuenta en la entidad de crédito que designa para recibir los pagos, visado por dicha entidad.
Una subvención parece algo sencillo de conseguir, si bien son pocos los autónomos, no solo que la consiguen, sino que además la justifican correctamente. Al final, si has sido uno de los elegidos, tus tareas no acaban ahí.
