El Epígrafe IAE y la Consultoría de Recursos Humanos en España
El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es un tributo que deben pagar las entidades o profesionales por desarrollar una actividad empresarial en España. Toda persona física o jurídica que desarrolle una actividad profesional, empresarial o artística en España tiene la obligación de darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Los epígrafes del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) son códigos numéricos que sirven para clasificar el tipo de ocupación que va a tener un autónomo o una empresa. Tiene importancia porque, en función del epígrafe del IAE elegido, la actividad puede tributar de una forma u otra.
En el momento en el que te das de alta en Hacienda, vía modelo 036 ó 037, tienes que especificar la actividad, o actividades, que vas a desarrollar. El epígrafe en el que finalmente enmarques tu actividad condicionará tus demás impuestos, por ejemplo el régimen y el tipo de IVA aplicable.
En principio, el listado es muy concreto. Pero ¡cuidado! porque una misma actividad puede llegar a calificarse como profesional y también como empresarial. Las actividades profesionales son aquellas que desarrolla una persona física de forma individual, directa y personal. Y las actividades empresariales son las que se ejercen en el entorno de una organización, con una infraestructura creada, por ejemplo con un local y un equipo contratado. Sí, sabemos que estos conceptos son en ocasiones confusos.
Para comenzar, cualquier actividad estará exenta en sus dos primeros años de vida. Y solamente tendría que darse de alta en el IAE, a través del modelo 840, si alcanza un volumen de facturación igual o mayor a un millón de euros. Se empieza a pagar a partir del tercer año.
Por lo tanto, la respuesta a la cuestión es que todas las empresas y autónomos tienen que darse de alta en el IAE.
¿Cómo darse de alta en el IAE?
Para darse de alta en el IAE es necesario presentar ante la Agencia Tributaria el modelo 840 de declaración del Impuesto de Actividades Económicas. El modelo 840 está disponible en dicha sede online.
- En la zona superior derecha debe marcarse la opción Alta. Alta por haberse modificado las condiciones que permitían a una empresa o profesional estar exento del pago de este impuesto.
- En segundo lugar, debemos seleccionar la clase de cuota. Existen tres opciones, ‘Municipal’, ‘Nacional’ o ‘Provincial’. Se refiere al ámbito geográfico en el que se realizan las actividades. Por ejemplo, si se trata de una franquicia que opera con diferentes oficinas en varias zonas de España.
- Es necesario describir la actividad y habrá que elegir aquí el grupo o epígrafe correspondiente.
- Después es necesario especificar los diferentes elementos tributarios entendidos como los módulos de la actividad que marcarán las cuotas dentro del IAE.
- Por último, se debe incluir la información de superficie y dirección física de todos y cada uno de los locales que componen la actividad, en el caso de que procediera por pertenecer a cuota provincial o nacional.
Aunque la verdadera clave para darse de alta de forma correcta está en la elección del epígrafe IAE. Elegir mal el epígrafe puede traerte problemas fiscales, legales y administrativos.
La mejor forma para elegir el epígrafe adecuado es utilizar la herramienta para tal fin que tiene activa la Agencia Tributaria en su página web. Si se trata de una profesión común el sistema la reconocerá tras escribirla en esa caja y nos dirá cuál es el epígrafe que le corresponde.
Sin embargo, esta cuestión puede ser algo más compleja cuando se trata de profesiones o actividades empresariales relacionadas con Internet, venta online y nuevas tecnologías. Para estos casos, se recomienda contar con una asesoría que, a raíz de su experiencia previa, podrá encuadrar adecuadamente este tipo de profesiones. También puedes preguntar a la propia Agencia Tributaria, para que te asesoren sobre cuál sería el epígrafe adecuado.
Una duda común en este tema es: ¿quién está obligado a pagar el IAE? Y, sin embargo, parece que no es común darnos con empresas o actividades que afronten en su día a día el IAE.
¿Y qué pasa si me equivoco de epígrafe? ¿Y si realizo varias actividades?
Lo primero que debes saber es que puedes darte de alta en tantos epígrafes IAE como necesites, aunque no tengan que ver entre ellos, para abarcar todas las actividades económicas que desarrollas. También hay epígrafes IAE más generalistas que actúan como contenedor para las que no están contempladas de manera específica. Son los epígrafes N.c.o.p.
Pero, si aun así te has equivocado ¡cuidado! porque se abre un abanico de posibilidades a tener en cuenta. Recuerda que el IAE es un impuesto local, que gestionan los ayuntamientos, y la Agencia Tributaria tan solo utiliza la información consignada en él sobre la actividad a desarrollar a efectos del control de otros impuestos como el IRPF o en IVA. Por tanto, la tributación por IAE y sus posibles sanciones corresponden a la administración local. En caso de estar tributando de forma incorrecta, la regla es que si el contribuyente corrige su error sin recibir requerimiento de la Agencia Tributaria, pague lo que debe con un pequeño recargo.
Para simplificar tu declaración te recomendamos elegir una sola actividad, aunque no siempre se puede. Aún así, te recomendamos que si eliges más de una actividad trates de que tengan los mismos regímenes fiscales a efectos de IVA e IRPF. Recuerda que no todas las actividades están incluidas en el listado oficial de epígrafes IAE, pero que existen diversos cajones de sastre tipo "otras actividades ...
Sí, puedes modificar tu epígrafe del IAE si cambias de actividad o amplías tu negocio. Deberás presentar el modelo 036 o 037 para ello.
IAE y CNAE: ¿Cuál es la diferencia?
Existen diferencias entre el IAE y el CNAE. El listado CNAE es una clasificación distinta que tiene fines estadísticos y que está realizada por el Instituto Nacional de Estadística (INE). El IAE y el CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) son sistemas diferentes, pero se pueden relacionar.
El IAE y las Actividades Profesionales
La normativa establece que los autónomos que queden encuadrados dentro de la sección 2ª de las Tarifas establecidas en el IAE sí tendrán que pagar este Impuesto. Por lo tanto, será necesario consultar qué actividades se encuentran en dicho apartado.
Los epígrafes del IAE que corresponden a actividades profesionales están obligados a practicar retención de IRPF en sus facturas. Se debe aplicar una retención del 15% (o 7% si es el primer año de actividad). Por ejemplo, si tu actividad se incluye en epígrafes como consultoría, periodismo, diseño gráfico, abogacía, etc. deberás retener en tus facturas.
Epígrafes IAE relacionados con la selección y suministro de personal
Hay varios epígrafes del IAE que pueden estar relacionados con la búsqueda "selección personal". A continuación, se listan quince de ellos:
| Código | Epígrafe |
|---|---|
| 849.8 | Multiservicios intensivos en personal |
| 652.3 | Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de artículos para la higiene y el aseo personal |
| 652.1 | Farmacias: Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal |
| 849.6 | Servicios de colocación y suministro de personal |
| 752.4 | Servicios de limpieza, desinfección y similares a cargo de personal ajeno al barco |
| 653.3 | Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos) |
| 255.2 | Fabricación de jabones de tocador y otros productos de perfumería y cosmética |
| 651.4 | Comercio al por menor de artículos de mercería y paquetería |
| 652.2 | Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos |
| 691.1 | Reparación de artículos eléctricos para el hogar |
| 859 | Alquiler de otros bienes muebles n.c.o.p. |
Epígrafe 849.6: Servicios de colocación y suministro de personal
Este epígrafe clasifica los servicios de colocación y suministro de personal, con independencia de cuál sea la modalidad de contratación, temporal o indefinida.
Actividades incluidas en este epígrafe:
- Seleccionar y contratar personal para empresas.
- Seleccionar personal directivo para empresas.
- Servicios de colocación de personal.
- Suministrar (por empresa) camareros a otras empresas de catering.
- Contratar azafatas, traductores e intérpretes para organizar ferias, congresos y convenciones, intérpretes y acompañantes para viajes.
- Ceder monitores para fomentar y organizar las actividades extraescolares deportivas de colegios e institutos, si estas entidades son las que organizan las clases y disponen los medios.
La cuota de este epígrafe es de 334,66 euros.
Correspondencia CNAE-2009:
- 7810. Actividades de las agencias de colocación.
- 7820. Actividades de las empresas de trabajo temporal.
No hay un límite máximo de epígrafes en los que un autónomo pueda darse de alta en el IAE. Puedes conocer tu código de IAE consultando la tabla oficial de la Agencia Tributaria.
