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Comunicación

Un empresario en busca de la chica ideal: Requisitos y reflexiones sobre el empleo doméstico

by Admin on 03/11/2025

Andy Scott, un empresario británico de 41 años con una fortuna de 25 millones de libras esterlinas, se encuentra en la búsqueda de su pareja ideal.

A pesar de su éxito financiero, el fundador y dueño de una compañía de inversión en Londres no ha logrado encontrar una mujer con quien compartir su vida y, eventualmente, formar una familia.

¿Qué busca Andy en una mujer?

Los requisitos de Andy Scott son bastante específicos y poco convencionales:

  • Orígenes humildes: Andy busca "a alguien que no haya nacido en cuna de oro, a quien no se le haya dado todo, una 'timadora' como yo".
  • Atractivo físico y buena forma: Para Andy es muy importante que la persona se mantenga en forma, pues él entrena box y hace ejercicio cinco veces a la semana: “deben enorgullecerse de su apariencia”.
  • Desconexión digital: Le gustaría encontrar a alguien que no sea adicto a su teléfono y a las redes sociales, que pueda desconectarse y apreciar las cosas importantes de la vida.
  • Integridad y confianza: “La integridad es clave para mí, y la confianza lo es todo”, asegura el empresario.
  • Adaptabilidad: Un camaleón que esté cómoda en todas las situaciones, desde asistir a un baile, poder ir de fiesta toda la noche en la playa, comportarse como un niño, arremangarse la camisa y ayudar con una mudanza”, cosas que dice el millonario no es fácil de encontrar.
  • Amante de la naturaleza: Andy quiere a alguien que le guste la naturaleza, visitar el campo, navegar en un bote.
  • Sencillez: Eso sí, deja claro que esto no siempre es cómodo así que “no quiere princesas”. Alguien que pueda ser feliz en un bikini con flip flops y sin maquillaje.
  • Deseo de formar una familia: Por último, el requisito más importante es alguien que quiera tener hijos y formar una familia, sin dejar de divertirse.

Eso sí, el millonario ha sido muy claro, pues dice que no quiere mantener a la chica al principio de la relación, pues considera que es ahí cuando la dinámica de la pareja se vuelve poco práctica.

Obligaciones legales al contratar personal doméstico en España

Más allá de los requisitos personales de Andy Scott, es importante conocer las obligaciones legales al contratar personal para el hogar en España. Estos son algunos aspectos clave:

  1. Alta en la Seguridad Social: Siempre que una persona vaya a realizar una actividad en el entorno doméstico a cambio de un salario, hay que solicitar el alta independientemente del número de horas que trabaje.
  2. Contrato de trabajo: Si los servicios van a durar más de 4 semanas debes reflejar las condiciones laborales en un contrato escrito y firmado. Si no, salvo que puedas demostrar lo contrario, se considera que el contrato es por tiempo indefinido y jornada completa. El contrato debe incluir:
    • Los datos identificativos de la persona trabajadora.
    • Los datos identificativos de la persona empleadora.
    • Un contrato de trabajo que refleje la jornada y el salario pactado.
    • El IBAN de la cuenta corriente en la que se van a domiciliar los pagos y mandato SEPA (autorización para cargar las cuotas en la cuenta).
  3. Documentación adicional: Además de contar con la documentación indicada en el apartado anterior, debes asegurarte de que pueda trabajar en España. Si es del Espacio Económico Europeo o Suiza, podrá trabajar siempre que tenga el Número de Identificación de Extranjero (NIE).
  4. CCC (Código de Cuenta de Cotización): El CCC es el número que la Seguridad Social asigna al empleador cuando contrata por primera vez a una persona en empleo de hogar. Tiene carácter provincial, es decir, si contratas trabajadores en empleo de hogar en distintas provincias, se asigna un CCC en cada una de ellas al solicitar un alta nueva. Con este número, la persona empleadora podrá ser identificada en los distintos trámites de empleo de hogar.
  5. Mutua Colaboradora con la Seguridad Social: Si se selecciona la mutua, esta asiste a la persona empleada en caso de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, se encargan de la prevención de riesgos laborales, la mejora de las condiciones de trabajo y la salud de las personas trabajadoras.

En el momento en el que el empleador solicite el alta en empleo de hogar te lo comunicaremos mediante un SMS o correo electrónico. Si el empleador te ha dado de alta, pero no has recibido ningún mensaje, accede a tu área personal para comprobar el trámite realizado y revisa tus datos de contacto, teléfono móvil y correo electrónico, para verificar que son correctos.

Cómo tramitar un alta en empleo de hogar con Import@ss

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Descuentos y bonificaciones

Existen ciertos descuentos de los que puedes disfrutar como empleador:

  • Descuento del 20% en la cuota por contingencias comunes por alta en empleo de hogar.
  • Descuento del 80% en la cuota por desempleo.
  • Si eres familia numerosa puedes solicitar la aplicación de un beneficio del 45% en tu cuota por contingencias comunes.

Todos los empleadores que tengan reconocido este beneficio podrán seguir disfrutándolo hasta la fecha de baja de la persona trabajadora. Este beneficio solo se aplica por una de las personas empleadas.

Cotización a la Seguridad Social

La cotización a la Seguridad Social se calcula aplicando unos porcentajes a las bases de cotización. Las bases de cotización vienen determinadas por la totalidad del salario mensual, según la tabla de tramos vigente.

La cuota mensual es la suma de la aportación del empleador y del trabajador. Estas cuotas se calculan a partir de la base de cotización que puedes consultar en la tabla de tramos anterior.

Ejemplo: El salario mensual de María es de 1.184 € (Salario Mínimo Interprofesional), tiene dos pagas extraordinarias al año que suman un total de 2.700 € anuales.

Desde el 1 de enero de 2023, el único responsable de tramitar el alta y de ingresar las cuotas correspondientes al mes de enero y siguientes es el empleador.

Sin embargo, recuerda que en caso de que exista algún cambio en el salario o en la jornada pactados con la persona trabajadora has de comunicarlo a través de tu Área Personal.

El pago de la cuota mensual se efectuará mediante domiciliación bancaria en la cuenta bancaria comunicada por el empleador.

Las cuotas de empleo de hogar se cargan el mes siguiente de haber prestado el servicio. Es decir, si el empleado ha comenzado a trabajar en julio, la cuota correspondiente se carga en el mes de agosto.

¿Qué es la nómina?

Incapacidad Temporal y Vacaciones

Si la baja se debe a una enfermedad común o a un accidente no laboral, el trabajador no recibirá ninguna prestación hasta el cuarto día de la baja médica.

Entre el cuarto y el octavo día de baja, ambos inclusive, tendrá que pagarla el empleador. El noveno y los sucesivos los pagará la Seguridad Social, pero el trabajador deberá hacer la solicitud del pago al Instituto Nacional de la Seguridad Social y aportar un certificado de su empleador.

Si la baja se debe a una enfermedad profesional o a un accidente laboral, la asistencia y la prestación correspondiente será abonada por la Mutua colaboradora seleccionada.

Sí, toda persona empleada tiene derecho a las vacaciones pagadas. Las vacaciones deben ser disfrutadas dentro de cada año natural, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

La persona empleada tiene derecho a disfrutar de 30 días naturales de vacaciones o 2,5 días por mes de trabajo. Además, tendrás que pagar la cuota correspondiente a la Seguridad Social.

Si entras en tu área personal, encontrarás el nombre de cada uno de los empleadores con los que trabajas y la cuota que corresponde por cada uno de tus trabajos.

Baja en el Sistema Especial de Empleo de Hogar

La baja puede solicitarse con una antelación máxima de hasta 60 días a la fecha de finalización de la actividad y hasta 3 días naturales después. Si han pasado más de 3 días, podrás tramitar la baja desde Baja en empleo de hogar hasta 30 días después.

Al dar de baja a una persona empleada tienes que indicar cuál es la causa de la baja:

  • Dimisión o baja voluntaria del trabajador.
  • Baja no voluntaria por otras causas.
  • Baja despido disciplinario individual.
  • Baja por no superar el periodo de prueba.
  • Baja fin contrato temporal o duración determinada.
  • Baja por pase a situación de pensionista.
  • Baja por fallecimiento.
  • Baja por pase a inactividad fijos discontinuos.

Si la baja es por motivos injustificados o por fin de contrato temporal la persona trabajadora tendrá derecho a indemnización.

Además, al dar de baja a una persona trabajadora, cualquiera que sea la causa de la baja e independientemente de la indemnización, tendrá derecho a un finiquito.

Desde el 1 de octubre de 2022, el Sistema Especial para Empleados de Hogar incluye la cotización por desempleo. Por tanto, las personas trabajadoras de hogar sí tienen derecho a esta prestación, cuando cumplan los requisitos establecidos.

Si el cambio lo haces entre el día 1 y 9 del mes, la cuota de hogar se cargará en la nueva cuenta a finales de mes.

Debes comunicar a la Seguridad Social cualquier modificación de la jornada, o el salario en los 3 días siguientes a aquél en que el cambio se produzca. Deberás ajustar el salario de acuerdo al nuevo importe del Salario Mínimo Interprofesional y comunicarlo a la Seguridad Social a través de Modificación de datos laborales en empleo de hogar.

Iniciativas para el Fomento del Empleo en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid está llevando a cabo diversas iniciativas para impulsar el empleo, especialmente entre colectivos vulnerables:

  • Estrategia de Empleo de la Ciudad de Madrid 2024-2027: Dotada con 256 millones de euros, esta estrategia incluye 28 objetivos y 87 medidas destinadas a mejorar la empleabilidad, fruto del consenso con sindicatos y empresarios. Entre las iniciativas destacadas, la creación de un Centro de Especialización en Orientación Profesional (CEOP) en 2025 y una Red de Agencias de Proximidad en los distritos, así como nuevas escuelas de formación en sectores clave, como la Escuela de Empleo Verde y Oficios o la Escuela de Hostelería y Alimentación. También se impulsará la plataforma ‘Salta’ para conectar mejor a las personas con las empresas mediante inteligencia artificial y big data.
  • Subvenciones para mayores de 45 años: El Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha una nueva convocatoria pública de subvenciones destinada a fomentar la inclusión laboral de personas mayores de 45 años desempleadas y empadronadas en el municipio. La medida, enmarcada en la Estrategia de Empleo de la Ciudad de Madrid 2024-2027, busca apoyar a este colectivo a través de proyectos desarrollados por entidades del tercer sector.
  • Programas para jóvenes: Los programas para jóvenes, basados en el modelo de Escuelas de Segunda Oportunidad, se centran en la formación y mentoría para mejorar su empleabilidad.

Estas iniciativas forman parte de un plan más amplio que destinará un total de 256 millones de euros hasta 2027, con el fin de reducir el desempleo en los grupos más vulnerables.

Datos de desempleo en Madrid

El número de desempleados en la ciudad de Madrid ha disminuido un 2,7 % en julio de 2024 respecto al mismo mes del año anterior, con 3.755 parados menos, situándose en 137.898. Esta es la cifra más baja para un mes de julio desde 2008, según datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Los datos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) revelan un descenso de 4.241 personas desempleadas en la ciudad de Madrid durante agosto, lo que representa una caída del 3 % respecto al mismo mes de 2023.

En comparación con julio de este año, el desempleo ha aumentado ligeramente un 0,4 % (579 personas más).

El paro ha caído un 3,1 % entre las mujeres y un 2,8 % entre los hombres respecto a agosto de 2023.

El desempleo afecta en mayor medida a las mujeres, que representan el 57,7 % del total, frente al 42,3 % de los hombres. El paro femenino ha caído un 3,1 % interanual, mientras que el masculino ha descendido un 2 %.

Por sectores, el mayor descenso interanual se produjo en la industria (-5,3 %), seguido por los servicios (-2,6 %) y la construcción (-1,7 %).

Datos de Desempleo en Madrid (Julio 2024)
Grupo Porcentaje del Total Variación Interanual
Mujeres 57.7% -3.1%
Hombres 42.3% -2.0%
Industria N/A -5.3%
Servicios N/A -2.6%
Construcción N/A -1.7%

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