Efectos del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL) en España
La figura del Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), introducida en España por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, representa un intento de ofrecer una protección patrimonial a los autónomos frente a las deudas derivadas de su actividad empresarial o profesional. Este concepto intermedio entre el autónomo persona física y la sociedad, aunque innovador, ha generado debate y su implementación no ha logrado el impacto esperado. Actualmente, menos de un centenar de autónomos se han constituido como ERL, lo que sugiere que la figura es aún muy desconocida o no cumple completamente con las expectativas de los emprendedores.
¿Qué es un Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL)?
El artículo 3 de la Ley 14/2013 se refiere al “emprendedor” como una persona física o jurídica que desarrolla una actividad económica, empresarial o profesional. Es un concepto genérico que engloba a los comerciantes del Código de Comercio y a los empresarios que introdujo la Ley 19/1989 en materia de sociedades. La Ley 14/2013, en su Capítulo II, crea la figura específica del "Emprendedor de Responsabilidad Limitada", a la que podrán acceder "todos los emprendedores persona física, cualquiera que sea su actividad".
Diferencia clave con el empresario individual tradicional
La principal diferencia del ERL respecto del empresario individual o autónomo tradicional radica en la responsabilidad por deudas frente a terceros. Mientras que el empresario individual responde de las deudas contraídas frente a terceros con todos sus bienes, presentes y futuros, sin separación entre patrimonio empresarial y personal, el ERL sí puede limitar esa responsabilidad. El Artículo 8 de la Ley 14/2013 señala que se trata de una excepción a lo dispuesto en el artículo 1.911 del Código Civil y el artículo 6 del Código de Comercio, permitiendo al Emprendedor de Responsabilidad Limitada proteger su vivienda habitual y, desde hace poco, también los bienes de equipo productivo afectos a la explotación.
Emprendedor de responsabilidad limitada
Protección de la vivienda habitual del ERL
Una de las ventajas más significativas de ser un ERL es la protección de la vivienda habitual frente a deudas derivadas de la actividad empresarial o profesional. Sin embargo, esta protección está sujeta a una serie de requisitos y limitaciones estrictas:
- El valor de la vivienda habitual no debe superar los 300.000 euros, valorada conforme a lo dispuesto en la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el momento de la inscripción en el Registro Mercantil.
- En el caso de viviendas situadas en poblaciones de más de 1.000.000 de habitantes, se aplicará un coeficiente del 1,5 al valor anterior, es decir, 450.000 euros.
- La vivienda no debe estar relacionada directamente con la actividad empresarial.
- La no sujeción de la vivienda debe inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente al domicilio del emprendedor y, posteriormente, en el Registro de la Propiedad, en la hoja abierta a dicho bien.
Una vez cumplidos estos trámites, la vivienda habitual del empresario no podrá ser embargada por obligaciones personales que se deriven de su actividad empresarial o profesional.
Excepciones a la protección de la vivienda
La limitación de responsabilidad tiene importantes excepciones:
- No podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad el deudor que hubiera actuado con fraude o negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros, siempre que ello conste acreditado por sentencia firme o en concurso declarado culpable.
- Los créditos de derecho público, ya sean deudas tributarias o con la Seguridad Social, no están cubiertos por esta limitación, con algunas particularidades en su ejecución.
- La protección no opera frente a deudas no empresariales o profesionales, ni frente a deudas empresariales o profesionales contraídas con anterioridad a la inscripción de limitación de responsabilidad.
- Las viviendas en propiedad del ERL que no se usen como residencia habitual o si se produce el traslado a otra vivienda habitual que ya no cumpla alguno de los requisitos legales.
Por lo tanto, los acreedores frente a los que la vivienda habitual quedaría protegida serían, básicamente, los proveedores, y posiblemente el personal laboral contratado y los bancos que le financien, aunque este último punto no está del todo claro.
En el caso de deudas de derecho público, la Administración Pública competente podrá realizar actuaciones de cobro. Si entre los bienes embargados se encontrase la vivienda habitual del ERL, su ejecución será posible cuando:
- No se conozcan otros bienes del deudor con valoración conjunta suficiente susceptibles de realización inmediata.
- Entre la notificación de la primera diligencia de embargo y la realización material del procedimiento de enajenación medie un plazo mínimo de dos años. Este plazo no se interrumpirá ni se suspenderá en ningún caso.
Requisitos y trámites para ser ERL
Para adquirir la condición de Emprendedor de Responsabilidad Limitada y beneficiarse de sus efectos, es necesario cumplir con varios requisitos y trámites:
- Ser una persona física que ejerza una actividad profesional o empresarial.
- Inscribirse en el Registro Mercantil correspondiente a su domicilio, indicando el bien inmueble (vivienda habitual) que no quedará afectado por las deudas.
- La no sujeción de la vivienda habitual a las resultas del tráfico empresarial o profesional deberá inscribirse también en el Registro de la Propiedad en la hoja abierta al bien.
- El emprendedor deberá hacer constar en toda su documentación, con expresión de los datos registrales, su condición de "Emprendedor de Responsabilidad Limitada" o mediante la adición a su nombre, apellidos y datos de identificación fiscal de las siglas "ERL".
- El ERL deberá formular, y en su caso, someter a auditoría las cuentas anuales correspondientes a su actividad empresarial o profesional de conformidad con lo previsto para las sociedades unipersonales de responsabilidad limitada, debiendo depositarlas en el Registro Mercantil dentro de los siete meses siguientes al cierre del ejercicio social.
En caso de no depositarse las cuentas en el plazo establecido, el emprendedor perderá el beneficio de la limitación de responsabilidad en relación con las deudas contraídas con posterioridad al fin de ese plazo.
Los trámites pueden realizarse de forma telemática a través de los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE).
Inconvenientes y críticas a la figura del ERL
A pesar de sus beneficios potenciales, la figura del ERL ha recibido críticas por su complejidad y limitaciones:
- Trámite burocrático complicado: Requiere comparecer ante notario mediante acta notarial para declarar la voluntad de convertirse en ERL, además de las inscripciones en el Registro Mercantil y el de la Propiedad.
- Similares obligaciones a una sociedad: Los expertos coinciden en que esta figura tiene casi las mismas obligaciones que una sociedad, pero solo limita la responsabilidad a la vivienda, mientras que un autónomo societario solo responde del capital aportado a la empresa.
- Valoración de la vivienda: La limitación del valor de la vivienda a 300.000 euros (o 450.000 euros en grandes ciudades) deja desprotegidas muchas propiedades, y el requisito de tasación para todos los emprendedores puede generar un gasto innecesario.
- Deudas de derecho público: La falta de protección frente a deudas tributarias y de Seguridad Social es un punto crítico, ya que estas son comunes en la actividad empresarial.
La tabla siguiente resume las principales características y efectos de ser un ERL:
| Característica | Empresario Individual / Autónomo Tradicional | Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL) |
|---|---|---|
| Responsabilidad por deudas | Ilimitada (con todos sus bienes presentes y futuros) | Limitada a la vivienda habitual y bienes de equipo productivo (con condiciones) |
| Separación patrimonio personal/empresarial | No existe | Limitada separación para vivienda habitual y bienes de equipo |
| Capital social mínimo | No requerido | No requerido |
| Inscripción en Registro Mercantil | Opcional (para ciertos casos) | Obligatoria (para la condición de ERL y limitación) |
| Inscripción en Registro de la Propiedad | No aplica | Obligatoria (para la no sujeción de la vivienda) |
| Protección de vivienda habitual | No protegida (puede ser embargada) | Protegida bajo ciertas condiciones (valor, inscripción) |
| Protección frente a deudas públicas | No protegida | No protegida (salvo particularidades en ejecución) |
| Actuación con fraude o negligencia grave | Responsabilidad ilimitada | Pérdida del beneficio de limitación |
| Presentación de cuentas anuales | No obligatoria | Obligatoria (depósito en Registro Mercantil) |
