Duración y Elementos Esenciales del Contrato de Franquicia
El contrato de franquicia es un documento legal que regula la relación entre el franquiciador y el franquiciado durante un periodo de tiempo determinado, normalmente cinco años. Este documento puede generar ciertas dudas al principio ya que, los futuros franquiciados quieren conocer con detalle a qué se compromete cada una de las partes.
Así, el contrato de franquicia es clave en la relación entre franquiciado y franquiciador, ya que define los derechos y obligaciones de las dos partes implicadas.
Este contrato de franquicia debe adecuarse a la legislación nacional del país en el que se opera, especialmente a la Ley de Ordenación del Comercio Minorista; al Real Decreto 201/2010, que regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y a la Ley de Defensa de la Competencia.
El Contrato de Franquicia
El Contrato de Franquicia como Eje Básico en las Relaciones de Franquicia
El contrato de franquicia es la pieza fundamental que va a regular la relación jurídica entre el franquiciador y el franquiciado. En algunos casos, antes de la firma final del contrato, se firma entre las partes un precontrato de franquicia o de reserva de zona.
Precontrato de Franquicia
Suele ser habitual en muchas enseñas la disposición de un documento contractual. A modo de opción de compra de la franquicia para el potencial franquiciado, permite a las partes avanzar en la realización de ciertas operaciones y análisis, con anterioridad al otorgamiento del contrato con el que se pretenda regular el definitivo acuerdo.
Este documento puede recibir varios nombres; precontrato, contrato de reserva o acuerdo de intención. No significa para el franquiciado más que una posibilidad preferente de adhesión a la red, mediante la explotación de un centro operativo en un mercado que habrá de establecerse con anterioridad.
En el acto de otorgamiento del precontrato, el adquirente abonará al franquiciador una cantidad a cuenta del derecho de entrada. Todo ello siempre y cuando el franquiciador cumpla con lo dispuesto en Real Decreto 201/2010, de 26 febrero, en su artículo 3, de Información precontractual al potencial franquiciado.
Contrato de Franquicia
El contrato de franquicia va a ser el documento final que regule los derechos y obligaciones de franquiciado y franquiciador durante toda la vigencia de la relación. En este documento se plasma la voluntad de los firmantes de entablar una relación empresarial a través del sistema de franquicia.
El franquiciado deberá exigir que el documento que firme regule de forma clara e inequívoca las obligaciones que el sistema de franquicia impone al franquiciador y cumplir con las exigencias de la normativa.
Esta regulación es aplicable sólo a los acuerdos de franquicia, y permite el establecimiento de cláusulas cuyo contenido, en otro tipo de acuerdos distintos a los de franquicia, podría devenir nulo por ser contrario a las normas de defensa de la competencia.
Esta exención es únicamente aplicable a lo que la propia normativa define como acuerdo de franquicia y que, necesariamente, debe incluir:
- La cesión de la marca al franquiciado
- La transmisión del Know-How (Saber Hacer)
- La prestación de asistencia continuada al franquiciado durante toda la vigencia del contrato
La ausencia de cualquiera de estos tres elementos impide la calificación del acuerdo en cuestión como de franquicia.
Por todo esto, es necesario que ambas partes sometan a un riguroso estudio el contrato con anterioridad a su otorgamiento. Este es el mejor medio de evitar sorpresas desagradables en el futuro. La relación contractual de la franquicia nace para durar en el tiempo, y un conflicto no contemplado podría acarrear un perjuicio grave para ambas partes.
Deberá ajustarse, el Contrato de Franquicia al Derecho Nacional, al Derecho Comunitario y al Código Deontológico. El contrato reflejará los intereses de los miembros de la red de Franquicia, protegerá los derechos de propiedad industrial e intelectual del Franquiciador, y mantendrá la identidad común y la reputación de la red de Franquicia.
El Franquiciador y los Franquiciados son conscientes de que colaboran en un sistema en el que están unidos sus intereses (tanto a corto como a más largo plazo). La flexibilidad del sistema y el sentido de las responsabilidades de cada uno han sido la base del éxito de la Franquicia.
Las relaciones entre las partes deberán permitir, por tanto, seguir las evoluciones necesarias para mejorar el funcionamiento de la red de franquicia y la satisfacción del consumidor. El Franquiciador establecerá en el contrato escrito, de forma completa y precisa, los derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes.
El contrato deberá reflejar la estrategia de la red de franquicia. El contrato no impondrá a las partes interesadas restricciones que no sean necesarias para alcanzar los objetivos. El equilibrio del contrato se apreciará de forma global en función del interés de la red de franquicia. El marco contractual permitirá la expresión de un diálogo permanente y propiciará las soluciones de conciliación.
Todo contrato y todo acuerdo contractual por los que se rijan las relaciones entre Franquiciador y Franquiciado serán redactados o traducidos por un traductor jurado en la lengua oficial del país en el que se establece la franquicia. Las copias del contrato firmado se remitirán inmediatamente al Franquiciado.
Puntos Esenciales del Contrato de Franquicia
El contrato de franquicia establecerá sin ambigüedades las obligaciones y responsabilidades respectivas de las partes, así como cualquier otra cláusula material de la colaboración. Los puntos esenciales del contrato de franquicia son los siguientes:
- Los derechos del Franquiciador.
- Los derechos del Franquiciado.
- Los bienes y/o servicios proporcionados al Franquiciado.
- Las obligaciones del Franquiciador.
- Las obligaciones del Franquiciado.
- La duración del contrato, fijada de modo que permita al Franquiciado amortizar las inversiones específicas de la franquicia.
- Las condiciones de renovación del contrato, si procede.
- Las posibilidades en que podrá efectuarse la cesión o la transferencia de los derechos derivados del contrato, así como las condiciones de prioridad del Franquiciador.
- Las forma de utilización por el Franquiciado de los símbolos pertenecientes al Franquiciador: distintivo, marca, marca de servicio, logotipo y todos los demás símbolos característicos.
- El derecho del Franquiciador de hacer evolucionar su concepto de franquicia.
- Las cláusulas de rescisión del contrato.
- Las cláusulas que prevean la recuperación, por el Franquiciador, de cualquier elemento material o inmaterial que le pertenezca, siempre en el caso de finalización del contrato antes del plazo previsto.
Además de estos puntos esenciales, es importante considerar otros aspectos relevantes que se detallan a continuación:
- Condiciones de la franquicia: Recoge aspectos como la inversión requerida, canon de entrada exigido, royalties mensuales, etc. Es importante que especifique la zona en la que va a estar ubicada la franquicia y si existe exclusividad geográfica.
- Transmisión del know-how: Es la formación del franquiciado y la transmisión de ese conocimiento y experiencia previa, algo fundamental para el funcionamiento de la franquicia.
- Derechos de uso de marca: Debe detallar aspectos relacionados con la cesión de marca, de qué manera el franquiciado puede hacer uso de ella y qué acciones requerirán de una aprobación expresa por parte del franquiciador, así como otras prácticas que no podrá realizar. La empresa franquiciadora vela porque el uso de su marca se haga de forma adecuada, teniendo en cuenta sus estrategias de comunicación.
- Soporte al franquiciado: El contrato debe especificar de qué manera el franquiciador dará apoyo al franquiciado, ya no solo en la transmisión del know-how, sino en el acceso a programas informáticos de gestión, comunicación de novedades, soporte en la gestión de la franquicia, resolución de dudas, apoyo continuado, etc.
Podemos clasificar las franquicias en función de múltiples criterios. El más importante tiene que ver con el el propósito comercial y las características de la franquicia que va a operar. Franquicia comercial: El franquiciador proporciona todo lo que necesita el franquiciado para que pueda expandir su negocio.
Debe existir un reconocimiento expreso de los derechos de propiedad industrial del franquiciador (logotipos, marca, símbolos y demás signos distintivos del negocio). Franquiciador y franquiciado son partes patrimonial y jurídicamente independientes. El elemento esencial del contrato de franquicia es la transmisión por el franquiciador al franquiciado de un know how o saber hacer. La normativa lo define como el conjunto de conocimientos derivados de la experiencia del franquiciador relativos a la explotación del negocio.
Es habitual regular la obligación del franquiciado de aprovisionarse de forma exclusiva a través del franquiciador o de proveedores autorizados por este. Deberá especificarse con claridad el territorio donde operar y sus condicionantes.
La duración habitual del contrato de franquicia es de 3 a 5 años. Aunque los acuerdos de franquicia se realizan con carácter “intuitu personae” es necesario incluir cláusulas de cesión del contenido objeto del contrato de franquicia.
Revisión y Adaptación del Contrato
Es importante reconocer que el contrato de franquicia puede necesitar ajustes en el futuro para adaptarse a las necesidades cambiantes del negocio. Es fundamental que el contrato establezca claramente cómo se pueden realizar estos cambios y cuál sería su impacto en las operaciones del franquiciado. Esto puede incluir procedimientos específicos para proponer y negociar cambios, así como la notificación adecuada y el tiempo de implementación.
El contrato de franquicia puede incluir disposiciones detalladas sobre la resolución de disputas, como la mediación o el arbitraje. La mediación implica la intervención de un tercero imparcial que ayuda a las partes a llegar a un acuerdo mutuo, mientras que el arbitraje implica la presentación de disputas ante un árbitro neutral que emite una decisión vinculante.
En España, existen disposiciones legales destinadas a proteger los derechos de los franquiciados, como la Ley de Contratos de Franquicia (Ley 7/1996, de 15 de enero). La revisión minuciosa del contrato de franquicia es una etapa crucial en el proceso tanto para el franquiciante como para el franquiciado.
Contar con el respaldo de un equipo legal experto como el de DIG Abogados es fundamental para garantizar la seguridad y la conformidad legal en el ámbito de las franquicias.
Entrar en el mundo de las franquicias es una excelente opción para emprendedores que desean beneficiarse del reconocimiento de una marca establecida. Sin embargo, antes de lanzarse a esta aventura, es esencial comprender plenamente el contrato de franquicia, ya que este documento establece los cimientos de la relación entre el franquiciante (dueño de la marca) y el franquiciado (operador de la franquicia). Es crucial conocer la duración del contrato de franquicia y las condiciones para su renovación.
