Regulación de la Distancia entre Negocios del Mismo Rubro y Formas de Emprendimiento en España
La regulación de la distancia entre negocios del mismo rubro, así como las normativas urbanísticas y las distintas formas jurídicas para emprender, son aspectos cruciales para el desarrollo de la actividad económica y la planificación urbana. Diversos ayuntamientos en España están revisando sus Planes Generales de Ordenación Urbanística (PGOU) para adaptarse a las necesidades actuales y fomentar la diversificación comercial.
Flexibilización de Usos y Adaptación de Normativas Urbanísticas
Los locales comerciales podrán compatibilizar más de una actividad para optimizar su uso y adaptarlos a las necesidades del momento. Esta es otra de las normas que se han revisado para actualizarlas a la realidad en la modificación del PGOU que está tramitando el Ayuntamiento al objeto de simplificar procedimientos urbanísticos, ahorrar costes a los ciudadanos y favorecer la actividad económica. El objetivo es que los negocios tengan posibilidad de diversificar su oferta y sean así más competitivos.
Este artículo relativo a los criterios de ocupación dentro de un mismo edificio es otra de las más de 30 normas urbanísticas rectificadas y actualizadas en el expediente de modificación del Plan General de Ordenación Urbanística que está tramitando el Ayuntamiento, y que ya se encuentra en la recta final, después de que el Pleno de marzo aprobase el documento con las aportaciones resultantes de las alegaciones admitidas.
Nuevas Posibilidades en la Modificación del PGOU
- Entre otras cuestiones importantes que incorpora esta modificación del PGOU, figura también la posibilidad, de acuerdo con la legislación autonómica, de implantar apartamentos turísticos en edificios que alberguen viviendas particulares, pudiéndose compatibilizar ambos usos, tal y como dispone la normativa de turismo autonómica.
- Esta cuestión permitiría, por ejemplo, “destinar a uso turístico edificios existentes en el centro histórico y reservarse sus propietarios una parte para vivienda propia, con lo que se podrían abrir nuevas e interesantes posibilidades para la recuperación del patrimonio histórico”.
- Otros asuntos a destacar son las facilidades que se ofrecerán a partir de ahora para la implantación de oficinas de servicios y despachos profesionales compartiendo espacio con las viviendas, adaptándose, así a nuevas formas de negocio.
- Asimismo, se simplificarán procedimientos de licencias para determinadas obras en fachadas que no tengan trascendencia sobre la configuración interior del edificio.
- La modificación del PGOU permitirá también que los titulares de vados no tengan que soportar el coste de reponer el acerado cuando soliciten su baja; únicamente será obligatorio restablecer el acerado cuando se solicite la baja en la placa de vados y se elimine toda posibilidad de volver a utilizar ese acceso rodado al garaje, es decir, cuando se modifique el hueco de acceso de forma que el garaje ya no pueda volver a tener su uso habitual de estacionamiento.
La Derogación de Ordenanzas sobre Distancias Mínimas
La necesidad de revisar estas normativas se evidencia en casos como el de un Municipio que presentó un proyecto en el Concejo Deliberante solicitando la derogación de tres ordenanzas. Dos de ellas establecen las distancias mínimas entre negocios de motos y de supermercados, y la otra, determina la zona en que pueden asentarse las entidades bancarias.
El secretario de Gobierno, Emmanuel Estrada Dubor, aclaró que ninguna "está generando los fines para los cuales se crearon". Las ordenanzas en cuestión, aprobadas entre 2014 y 2016, establecen que no pueden instalarse comercios que sean una competencia directa en un perímetro que varía entre 300 y 800 metros, dependiendo de la longitud del local.
Un caso particular de una empresa del rubro motocicletas, a la que el Municipio negó la habilitación por tener otro comercio del mismo rubro a pocos metros, llevó a que los comerciantes recurrieran a la Justicia. Se les otorgó una medida precautoria intimando al área municipal para que le otorgara la habilitación. Este local será habilitado por orden judicial y solo debe cumplir con los requisitos ordinarios, como la salida de emergencia, matafuegos, libreta sanitaria, entre otros trámites.
Esta excepción no beneficia al resto de los comerciantes, ya que "las medidas de amparo son específicamente para el que la solicita". En base a esta medida judicial, la Municipalidad envió el proyecto de derogación de todas esas ordenanzas, ya que "las normativas no están generando los fines para los cuales se crearon", lo que puede generar "posibles daños y perjuicios que le cueste al erario público municipal algún costo muy grande".
Jurisprudencia y Competencias Municipales
La potestad planificadora y reguladora de actividades de la Administración afecta indudablemente, en ocasiones, al derecho de los propietarios del suelo afectado y de los titulares de establecimientos comerciales. Estas facultades tienen perfecta cobertura constitucional y están ancladas en el art. 33 (que habla de la función social de la propiedad) y en el art. 45 (referido al medio ambiente, la calidad de vida y la utilización racional de los recursos).
La concepción dinámica de la estructura jurídica urbana impide hablar de derechos adquiridos en el sentido clásico del término, estando dentro de las competencias municipales la regulación de las actividades de los establecimientos públicos y la determinación de las mismas en función de los usos del suelo, sin que en el presente litigio se aprecie que exista ninguna regulación comercial sino de carácter urbanística y de actividades calificadas, para lo que existe la preceptiva cobertura competencial.
Sin embargo, la jurisprudencia ha establecido límites a esta potestad. Un recurso de casación contra una sentencia de la Sección 3.ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 26 de octubre de 2005, examinó si una Ordenanza, además de ser urbanística, albergaba también una regulación de la actividad comercial que no tenía cabida dentro de las atribuciones del Ayuntamiento. La Sala de lo Contencioso-Administrativo determinó que: “no podemos compartir el parecer de la Sala de instancia pues la Ordenanza que estamos examinando no es una regulación urbanística que, como otras de esa índole, puede tener alguna incidencia en el ejercicio de la actividad comercial; se trata más bien de una reglamentación que, al fijar distancias mínimas entre una determinada clase o categoría de establecimientos comerciales, desborda el ámbito de ordenación urbanística e invade el terreno propio de una regulación de la actividad comercial, materia ésta para cuya reglamentación el Municipio carece de atribuciones.”
Ninguno de los preceptos constitucionales y legales que invoca la sentencia ofrece un contenido o mandato específico en el que pueda sustentarse la competencia del Ayuntamiento para regular la actividad comercial. Tal atribución competencial tampoco encuentra encaje en ninguno de los apartados del artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Por lo tanto, se estimó el recurso de casación, declarando la nulidad de la Ordenanza en cuanto a la fijación de distancias mínimas entre establecimientos comerciales del mismo tipo.
Calidad y competitividad en el comercio local
Emprendimiento para Dos o Más Autónomos: Opciones y Consideraciones
La pregunta sobre cómo pueden dos autónomos montar un negocio juntos es muy común. Se puede poner un negocio a nombre de dos personas porque es totalmente legal en España. Dos personas pueden emprender juntas sin necesidad de crear una sociedad, actuando como autónomos y firmando un contrato de colaboración. Sin embargo, existen diferentes formas legales para que dos personas monten una sociedad: Sociedad Civil, Limitada, entre otras. La elección depende del tipo de actividad, confianza entre socios y nivel de formalidad deseado.
Sociedad Civil (SC)
La sociedad civil es la mejor fórmula para que dos o más autónomos empresarios, profesionales o artistas se agrupen y pongan en marcha un negocio juntos. Es la forma más ágil y sencilla para que dos autónomos trabajen en el mismo negocio.
Ventajas de la Sociedad Civil:
- No se precisa de un proceso de constitución complejo ni capital inicial fijo.
- Suele ser un tipo de sociedad ideal para poner en marcha actividades profesionales y/o empresariales que no resulten de una gran magnitud.
- La sociedad civil es la que centraliza toda la gestión fiscal, administrativa, laboral, contable. Así mismo es imprescindible que este tipo de sociedades cuenten con un mínimo de dos socios.
- Será la sociedad civil la que venda y emita los tiques o facturas, y compre y pague los gastos como el alquiler, la luz o el agua, centralizando y simplificando la gestión administrativa, fiscal y laboral.
Desventajas de la Sociedad Civil:
- La principal desventaja es la responsabilidad ilimitada de los socios, es decir, responden con su patrimonio personal ante las deudas de la sociedad.
Sociedad Limitada (SL)
Una Sociedad Limitada con dos socios autónomos es una forma de empresa donde ambos son dueños y trabajadores a la vez. La S.L. sería el “paraguas legal” del negocio, protegiéndolos de ciertos riesgos. Lo interesante es que combina la seguridad de una sociedad con la flexibilidad del autónomo. Una Sociedad Limitada con Dos Socios es una de las formas más seguras de emprender, ya que la responsabilidad se limita al capital aportado. Es ideal para proyectos con inversión, equipo o riesgo.
Actuaciones para constituir la Sociedad Limitada:
- Ambos socios deben realizar aportaciones y acordar estatutos.
- Firmar escritura ante notario.
- Inscribir la sociedad en el Registro Mercantil.
Pros de una Sociedad Limitada frente a otras formas jurídicas:
- Responsabilidad limitada: Protección del patrimonio personal frente a deudas de la empresa.
- Imagen corporativa: Mayor credibilidad y profesionalidad frente a clientes y proveedores.
- Facilidad para obtener financiación: Más opciones de crédito y atracción de inversores.
Contras de una Sociedad Limitada frente a otras formas jurídicas:
- Mayor complejidad administrativa: Más obligaciones legales, contables y fiscales.
- Costes más elevados: Gastos de constitución y mantenimiento de la sociedad.
- Menor flexibilidad: Toma de decisiones más estructurada y formal.
- Fiscalidad menos favorable para ingresos bajos: Puede resultar menos ventajoso en niveles de ingresos reducidos.
Los socios autónomos pagan IRPF por lo que cobran de la empresa, ya sea como sueldo o dividendos o por factura. La base mínima de cotización para autónomos societarios es más alta que para autónomos individuales. Es importante saber que no se puede estar en el Régimen General si se es administrador con control de la sociedad.
Consideraciones adicionales:
- Responsabilidades de los socios en una Sociedad Limitada: Si eres administrador, la cosa cambia un poco. Debes actuar con diligencia, lealtad y transparencia. Ser socio te protege, pero ser administrador implica más responsabilidad.
- Reparto de beneficios y toma de decisiones: Cómo se reparten los dividendos y cómo deciden dos socios se establece en los estatutos de la sociedad.
- Ejemplos prácticos: Imagina que dos socios autónomos, uno encargado del desarrollo y otro del marketing, trabajan desde casa y facturan a través de la S.L.
Riesgos de Trabajar Juntos sin Ser Sociedad Civil
El principal riesgo cuando están 2 autónomos trabajando en el mismo local, sin ser una sociedad civil, es que el local esté en propiedad o en alquiler a nombre de uno de los autónomos (1er. autónomo) y lo comparta normalmente con otro autónomo (2do. autónomo). Aquí el primer problema es que, ante una inspección de trabajo, el inspector tome al segundo autónomo como falso autónomo y le impongan al 1er. autónomo una multa de 3.126€ (como mínimo), aplicando el Real Decreto 306/2007, de 2 de marzo.
Calidad y competitividad en el comercio local
El Fenómeno del Coworking
El coworking es, en esencia, una estrategia de resistencia elegante frente a un mercado costoso e impredecible. No se trata solo de escritorios llamativos y salas de reuniones con nombres creativos. Es un terreno donde conviven la eficiencia y la necesidad: empresas distintas, con culturas y ritmos propios, que aprenden a compartir el Wi-Fi, el café, los silencios… y a veces hasta el estrés. Es una solución práctica a una pregunta incómoda: ¿cómo puedo permitirme seguir creciendo sin hundirme en los gastos fijos?
El espacio de trabajo compartido en donde se reparten gastos comunes entre empresas es una forma en que dos autónomos pueden trabajar juntos y compartir los gastos, lo que ayuda a reducir la carga económica individual.
¿Se pueden tener dos empresas con la misma actividad en España?
Se pueden tener dos empresas dedicadas a la misma actividad en España, es completamente legal. Sin embargo, hay que tener en cuenta algunas consideraciones:
- Cada empresa debe operar de forma independiente, con su propia contabilidad y estructura. No se pueden mezclar recursos ni personal entre ellas.
- Debes estar atento a las leyes de competencia.
Un autónomo puede tener dos empresas con actividades económicas diferentes o incluso ser autónomo y autónomo societario a la vez sin problema alguno. No hay ninguna limitación en este sentido.
Apoyo al Comercio de Proximidad
El comercio de proximidad necesita un proyecto de futuro en el que se impliquen las administraciones. En 2020, existían aproximadamente 500.000 establecimientos de proximidad en España, según datos de la Confederación Española de Comercio, que asegura que estos negocios suponían ya entonces más del 5% del PIB español. Por eso, el fomento de este tipo de negocios locales debe ser una prioridad para las administraciones que demostraron durante la pandemia de la COVID-19 que desde la política se puede apoyar, y mucho, a estos dinamizadores.
Actualmente, siguen siendo muchos los consistorios, como el barcelonés, que están diseñando diversas estrategias políticas que definan nuevas regulaciones y normativas. En Barcelona, el distrito de l'Eixample es, sin duda, una de las zonas con más locales comerciales. En sus calles hay más de 14.000 establecimientos de los que un 30% son locales de restauración, alimentación y ocio nocturno. Esta normativa municipal, por lo tanto, evitará molestias a los vecinos debido a los establecimientos que ahora proliferan, luchará contra la especulación y, al mismo tiempo, evitará la pérdida de comercios de proximidad y la gentrificación. Para ello, se establece una distancia mínima entre locales y un máximo de cierto tipo de establecimientos en un radio concreto.
Los ciudadanos también tienen en sus manos el poder de ayudar a esos establecimientos que llenan de vida -social y económica- las calles de las ciudades. Comprar en tiendas de proximidad es, sin duda, más sostenible y ecológico y pone en valor la cercanía y el trato personal. De hecho, varios informes aseguran que las decisiones de compra tienen que ver poco con el precio y sí con otras motivaciones como la confianza.
Marco Legal Relevante
- Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo
- Real Decreto Legislativo (Ley General de la Seguridad Social)
- Ley del Impuesto sobre Sociedades
- Real Decreto Legislativo (Estatuto de los Trabajadores)
- Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista
- Reglamento (CE) n.º 2790/1999 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 81 del Tratado CE a determinadas categorías de acuerdos verticales y prácticas concertadas.
- Real Decreto 553/2019, de 27 de septiembre.
Es fundamental que tanto emprendedores como administraciones locales se mantengan informados sobre el cambiante panorama normativo para garantizar un desarrollo económico justo y sostenible.
