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Comunicación

Guía Completa para Darse de Alta como Autónomo Vendedor Comercial en España

by Admin on 17/05/2026

Convertirse en autónomo es una excelente opción si buscas emprender o si deseas explorar nuevas oportunidades laborales. Sin embargo, el proceso de alta puede parecer un laberinto de tecnicismos y trámites. En esta guía, te explicamos cómo darte de alta como autónomo vendedor comercial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y en Hacienda, sin errores y aprovechando todas las bonificaciones.

Según la RAE, un autónomo es "la persona que trabaja por su cuenta, es decir, no es asalariado de una determinada empresa". Si ampliamos la definición, se entiende por autónomo a la persona física que, carente de un contrato que lo “vincule” a una empresa, lleva a cabo un trabajo (de forma habitual, personal y directa) por el que recibe una remuneración que, en ningún caso, se considera un salario fijo (mensual).

Definiendo tu Actividad como Vendedor Comercial

Lo primero que debes saber para ser comercial autónomo es a qué actividad exactamente te vas a dedicar, es decir, qué es lo que vas a intentar vender con tus servicios. ¿Quieres ser comercial de inmobiliarias? ¿Quieres ser comercial de seguros? ¿O quizás de energías eléctricas? Una vez que tengas claro el sector al que te dedicarás, podrás informar a tu asesor para que te dé de alta en el epígrafe y en las obligaciones correctas.

Códigos IAE y CNAE para Vendedores Comerciales

La Seguridad Social y Hacienda quieren saber a qué te vas a dedicar. Para ello, existen dos clasificaciones principales:

  • El código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) de la Seguridad Social.
  • El epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) de Hacienda.

Los códigos de IAE y CNAE tienen una equivalencia. Saber tu código de IAE no siempre es fácil, ya que hay actividades que no tienen un epígrafe claro. Puedes usar el buscador de IAE de Hacienda si tienes dudas.

Como autónomo, no debes pagar el impuesto de actividades económicas (o IAE) a menos que factures más de un millón de euros anuales, lo cual es poco común para la mayoría de los autónomos.

Como elegir tu epígrafe en el IAE y en el CNAE correctamente

Trámites Clave para Darse de Alta como Autónomo

Darse de alta como autónomo implica dos procesos principales: el alta en Hacienda y el alta en la Seguridad Social.

1. Alta en Hacienda: Declaración Censal (Modelos 036 o 037)

El primer paso es darse de alta como empresario o profesional en la administración tributaria. En Hacienda es necesario presentar la declaración censal (modelos 036 o 037), incluyendo tus datos personales y los de la actividad que vas a desarrollar.

  • El modelo 036 de declaración censal es para cualquier obligado tributario que deba cumplir con la obligación tributaria formal de presentar esta declaración.
  • El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036 y suele ser suficiente para la mayoría de los autónomos.

Detalles a Rellenar en el Modelo 036/037:

  1. Datos Identificativos: NIF, apellidos y nombre. Procede a solicitar el alta en el censo de empresarios o profesionales (casilla 111).
  2. Domicilio Fiscal: Indicar tu domicilio fiscal y, en su caso, el domicilio para las comunicaciones con la administración. Hacienda quiere saber dónde trabajas y si lo haces desde casa, en un despacho u oficina o en un local.
  3. Epígrafe del IAE: Debes indicar en qué epígrafe, o epígrafes, del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) vas a desarrollar tu actividad.
  4. Obligaciones Tributarias:
    • IVA: Si tu actividad está exenta de IVA (servicios educativos reglados, sociales o sanitarios), debes indicarlo aquí (casilla 501).
    • Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI): Si vas a facturar a clientes europeos, deberás solicitar tu inclusión en el ROI para poder facturarles sin IVA (casillas 582 y 584).
  5. Forma de Tributar: Indicar qué opción tributaria has escogido (estimación directa o estimación objetiva) y si vas a efectuar pagos a cuenta o no.

La tramitación del alta en Hacienda no tiene ningún coste como tal. Tanto en el IRPF como en el IVA pagarás en función de lo que factures, de manera que si no facturas nada no tendrás ningún coste en impuestos.

2. Alta en la Seguridad Social: Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

Una vez presentada la declaración censal de alta en la AEAT, y siempre antes del inicio de tu actividad económica, debes presentar tu declaración de alta en RETA de la Seguridad Social. ¡Ojo!, tienes un plazo máximo de 30 días tras el alta en Hacienda. Para ello, cumplimenta el modelo TA.0521. Ahora tienes la opción más cómoda y rápida de hacerte autónomo por internet, en la web Importass de la Seguridad Social.

Datos a Rellenar en el Modelo TA.0521:

  1. Datos Identificativos: Datos personales del trabajador autónomo.
  2. Tipo de Trabajador Autónomo: Seleccionar qué tipo de trabajador autónomo eres, presentándose diferentes opciones.
  3. Datos de la Actividad: Indicar los datos identificativos de la actividad y la forma en que quieres que la administración se comunique contigo.
  4. Base de Cotización: Desde 2023, ya no se elige la base de cotización. En su lugar, se han establecido unos tramos que se han definido en base a los ingresos que se pueden tener. A partir de ese promedio mensual de tus rendimientos netos, tendrás que seleccionar la base de cotización que determinará tu cuota a pagar.
  5. Mutua Colaboradora: Deberás elegir tu mutua. Esta será la encargada de gestionar todas tus prestaciones y bajas. Desde 2007, todos los autónomos tienen la obligación de cubrir contingencias profesionales y accidente de trabajo, además de la incapacidad temporal, con una mutua. Hay hasta 18 mutuas colaboradoras, pero todas ofrecen los mismos servicios y prestaciones.

Recuerda que la fecha de inicio de tu actividad no puede ser anterior a la fecha de alta.

Coste y Bonificaciones del Alta como Autónomo

A diferencia de lo que se piensa, darse de alta como autónomo no tiene coste. No obstante, existe una cuota mensual mínima que hay que abonar a la Seguridad Social, en función de los ingresos del trabajador.

Tarifa Plana para Nuevos Autónomos

Como nuevo autónomo, puedes acogerte a la Tarifa Plana. Es una cuota reducida para nuevos autónomos. La Tarifa Plana para nuevos autónomos es de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de sus ingresos. Los 12 meses siguientes, se tendrá la opción de mantener esa cuota solo si los ingresos que se reciben son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

Si te das de alta por unos días o un mes y te has beneficiado de la tarifa plana, perderás el derecho a esta deducción.

Otras Bonificaciones y Consideraciones

  • Pluriactividad: Si estás dado de alta en el Régimen General y también como autónomo, la Seguridad Social te informa que puedes ahorrarte la cotización por contingencias comunes (28,3% sobre tu base). Es compatible durante los primeros 9 meses de actividad.
  • Compatibilidad con el Paro: Si estás en el paro, puedes compatibilizarlo con ser autónomo durante los primeros 9 meses. Tienes 15 días desde la fecha de alta para hacerlo.
  • Cuota de Autónomo y Regularización: Tu cuota de autónomo se encarece cada año un 0,1 % sobre tu base de cotización, aunque siempre cotices por la misma. Cada año la Seguridad Social regulariza tu cuota de autónomo: si cotizaste más de lo que ganaste, te devolverá la diferencia. Puedes ajustar tu cuota a tus ingresos netos cuando estos varían.

La siguiente tabla resume las cuotas y bonificaciones más comunes para nuevos autónomos:

Periodo Cuota Mensual (Tarifa Plana) Condiciones
Primeros 12 meses 80 € Independientemente de los ingresos
Meses 13 a 24 80 € Si los ingresos son inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

Trámites Adicionales para Autónomos con Local o Contrataciones

Aquellos autónomos que tengan un local abierto al público o contraten trabajadores, deben realizar unos trámites adicionales.

1. Licencia de Apertura

Si vas a tener un local abierto al público necesitarás una licencia de apertura. La solicitud de la Licencia de Apertura se realiza al ayuntamiento de la localidad en la que lo afinques y, si fuese necesario, una licencia de obras para las reformas pertinentes. Existen dos tipos de actividades: las inocuas (aquellas que no generan molestias) y las calificadas (aquellas que son molestas, insalubres, nocivas o peligrosas). A partir de su presentación, podrás abrir al público.

2. Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo

La apertura, instalación, traslado y ampliación de centros de trabajo conlleva la obligación de comunicárselo a la autoridad laboral competente (que suele ser el Departamento de Trabajo de la Consejería de Empleo de la Comunidad Autónoma). Esta obligación se extiende a la reanudación de la actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones importantes.

3. Inscripción en Registros Autonómicos

Dependiendo de la actividad que vayas a realizar, puede darse el caso de que tengas que proceder a la inscripción en algún registro autonómico. Por ejemplo:

  • Actividades de hospedaje o restauración: en la administración autonómica de tu comunidad que tenga las competencias en turismo y/o sanidad.
  • Actividades industriales: en aquella consejería que tenga competencias en industria.

Cómo Pagar Menos Impuestos como Comercial Autónomo

Para pagar menos impuestos como comercial, debes disminuir tus beneficios, y qué mejor modo que incluir todos los gastos posibles en tu contabilidad. Los modelos fiscales son trimestrales y anuales, y siguen un calendario fijo de presentación. Normalmente, habrá que pagar el IRPF y el IVA de manera trimestral, de modo que, si tenemos más beneficios, nos saldrá a pagar más impuestos.

Para poder deducir esos gastos en el IRPF, es crucial que los mismos estén afectos a tu actividad y sean necesarios para el desarrollo de la misma. Por ejemplo, si tienes un móvil específico para la actividad, podrás deducir sus gastos.

Te recomendamos que mantengas tus números actualizados y que conozcas en todo momento lo que tienes que pagar a Hacienda (a pesar de no ser época de trimestre), ya que no es una cuota fija, sino más bien variable.

Verificación del Alta como Autónomo

Si, realizado el proceso, quieres comprobar que el alta como autónomo se ha realizado correctamente:

  • En la Seguridad Social: Basta con entrar en su Sede Electrónica y, una vez en ella, pinchar en ‘Ciudadanos’ - ‘Informes y Certificados’ - ‘Informe de situación actual del trabajador’.
  • En Hacienda: Basta con acceder a la Página Web de la Agencia Tributaria y, acto seguido, pinchar en ‘Información y Gestiones’ - ‘Censo, NIF y Domicilio Fiscal’.

Preguntas Frecuentes al Darse de Alta como Autónomo

¿Es posible darse de alta de autónomo por días?

Sí, es posible darse de alta de autónomo un día al mes (o unos días) y luego solicitar la baja. Sin embargo, existe un límite para altas por periodos inferiores a un mes; en estos casos solo se permiten hasta tres altas a lo largo de un año. Esta práctica facilita el ejercer una actividad por cuenta propia de manera puntual.

¿Qué ocurre si no estoy dado de alta como autónomo y ejerzo una actividad?

El autónomo es responsable de darse de alta si cumple los requisitos indicados y, en caso de no hacerlo, corre el riesgo de que sea la propia Seguridad Social la que proceda al alta a posteriori y con efectos retroactivos. Esto vendría acompañado de recargos e intereses de demora, y puede conllevar una multa que, en función de la gravedad, tendrá un importe u otro. Si te das de alta como autónomo fuera de plazo, la Seguridad Social puede imponerte una sanción económica que oscila entre el 1% y el 20% de la cuota correspondiente a los días de retraso, con un mínimo de 60 euros.

¿Al darse de alta como autónomo se pierde el paro?

Si se trabaja como autónomo 60 meses o menos, se interrumpe el paro que se estaba cobrando, reanudándose tras el cese de la actividad por cuenta propia.

¿Necesito un capital mínimo legal para ser autónomo?

No existe capital mínimo legal para ser autónomo, pero con esta forma legal, te responsabilizas con todos tus bienes de las futuras deudas que puedas contraer.

Opciones para Gestionar el Alta de Autónomo

Cometer errores a la hora de tramitar el alta de autónomos es bastante sencillo. Es muy importante que tengas claro cómo vas a llevar la gestión de los temas fiscales y contables.

1. Alta Online a Través de Importass (Seguridad Social) y la Web de Hacienda

Para abrir tu negocio o empezar como freelance, lo más sencillo es darte de alta como autónomo online, que incluye el alta en Seguridad Social y Hacienda. Puedes hacerlo directamente en la web Importass de la Seguridad Social y en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

2. Alta Online a Través de un Punto PAE (Punto de Atención al Emprendedor)

El alta online de autónomo a través de un punto PAE es la solución más rápida y cómoda para cumplir con el trámite y darte de alta como autónomo online. Son “puntos” que certifica el Ministerio de Industria y que ayudan a la creación de nuevas empresas, aportando la información que necesitan o apoyando en la tramitación de la documentación que requieren para su constitución.

3. Contratar una Asesoría Externa

Nuestra recomendación es que valores tus capacidades y tu disponibilidad de tiempo con la máxima objetividad y, a partir de ahí, decidas si puedes realizar estas tareas por ti mismo (y si te compensa) o si, por el contrario, prefieres contratar una asesoría externa que se encargue de estas gestiones. El coste de contratar una gestoría es una cantidad que se abona si, como profesional, se carecen de los conocimientos que se requieren para realizar el proceso de alta como autónomo.

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