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Comunicación

Negociaciones y Definición del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

by Admin on 20/05/2026

1. El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España: Un Vistazo al 2026

El nuevo incremento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI 2026) en España ya ha sido aprobado, tras un largo debate en el que la patronal no ha estado presente en la firma. La subida del Salario Mínimo para 2026 es de un 3,1% más respecto a 2025. Por lo tanto, en 2026 el SMI queda establecido en 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas, lo que supone 37 euros más al mes. En total corresponde a 17.094 euros al año.

El 16 de febrero de 2026 se ha firmado este Acuerdo entre Gobierno y organizaciones sindicales, que establece el SMI 2026 en 1.221 euros mensuales en 14 pagas. Esta decisión del Gobierno ha contado con el apoyo de los sindicatos, a pesar de que la cifra que reclamaban para esta subida del salario mínimo interprofesional la situaron en un 7,5%.

El acuerdo se ha sellado con el compromiso por parte de Trabajo, de que el Gobierno apruebe nuevas reglas de absorción y compensación, con la intención de evitar por decreto que las empresas puedan absorber la subida del SMI con la eliminación de los pluses salariales.

El SMI 2026 sube 37€ mensuales, es decir, el trabajador percibe 1.221 € mensuales brutos distribuidos en 14 pagas, o 1.424,50 € mensuales en 12 pagas, para un total de 17.094 euros brutos al año. En el cómputo anual, el incremento con respecto al SMI 2025 ha sido de 518 euros.

¿Es bueno subir el SALARIO MÍNIMO?

2. Claves de la Negociación del SMI en España

La cifra del SMI no es aleatoria. Se basaba en cálculos para mantener el salario mínimo alineado con las recomendaciones de la Carta Social Europea y, además, contemplaba un escenario en el que el SMI pasase a tributar por IRPF. El Gobierno encargó a la comisión de expertos que preparase dos escenarios distintos precisamente por este motivo: cuánto debía subir aportando al IRPF y cuánto sin tributar, y que en ambas situaciones no perdiese poder adquisitivo y quedase emparejado con el 60% del salario medio neto del país.

2.1. El Debate sobre la Tributación por IRPF

Tras la decisión de Hacienda sobre dejar exento el SMI ampliando la actual deducción (de 340 euros al año a 600 euros), Trabajo planteó la subida del 3,1%. Aunque la ministra de Trabajo no concretó cuál será la fórmula para evitar que quienes cobran el SMI paguen IRPF, reconoció que lo esperable sería que se repitiera el método empleado en 2025. Según los cálculos realizados por la economista y asesora fiscal del REAF, Raquel Jurado, la propuesta de Trabajo situaría la deducción en 591 euros (295 procedentes de la cuota estatal y la misma cuantía de la autonómica).

La ley, explica Jurado, especifica que dicha deducción se aplica para "los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo, derivados de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatutaria". Es decir, para las personas que estén trabajando. La economista explica, no obstante, que el coeficiente que se aplica para definir el tramo máximo de deducción, que se sitúa ahora en el 0,2, podría cambiar. Los expertos del Gobierno le sugirieron que si quería que el salario mínimo tributara, la subida debiere acercarse al 4,7%, ya que parte de la subida se la llevarían las arcas públicas.

2.2. Propuestas de los Agentes Sociales

Actualmente, el sueldo más bajo se situaba en 1.184 euros. La cifra propuesta por Trabajo, que eleva el SMI a 1.221 euros al mes, queda lejos de la planteada por la patronal, que limitaba el incremento al 1,5% para este año. Los sindicatos, por su parte, reclamaron una subida del 7,5%, a 1.273 euros brutos al mes, para que el SMI tributase por primera vez. Una propuesta que quedó por encima del incremento planteado por el comité de expertos, que aconsejó a Trabajo subir el salario mínimo 56 euros en caso de pagar IRPF y 37 si este sigue exento.

2.3. La Ley de Desindexación y los Complementos Salariales

El Ministerio de Trabajo retomó las negociaciones con patronal y sindicatos para llegar a un acuerdo sobre el SMI de 2026. Una de las principales dudas a resolver es si Trabajo ha convencido a Hacienda para compensar las subidas en los contratos públicos. La cartera quería cerrar hace dos semanas las conversaciones para pactar la subida del salario mínimo; sin embargo, decidió darse más tiempo para cumplir una de las principales reclamaciones de CEOE.

La Ley de desindexación impide que los precios se ajusten de forma automática en función de índices como la inflación o los salarios. La norma se aprobó en 2015 en aras de una mayor competitividad y para favorecer la recuperación de la economía tras la crisis financiera. Desde hace años la patronal denuncia que cuando sube el SMI, las empresas contratistas no pueden ajustar los precios de sus contratos con la Administración.

Las centrales ven margen para un acuerdo con el Gobierno, siempre que les aseguren que las compañías no podrán absorber o compensar complementos para mermar parte del incremento a sus trabajadores. Hasta ahora, en tanto que la ley lo permite, las compañías podían restar parte de la subida del salario mínimo a sus empleados con complementos. Por ejemplo, si un empleado cobra el SMI y un plus de antigüedad de 20 euros, la empresa le podía descontar esos 20 euros de la subida y dejarlo a salario mínimo 'pelado', ya que cumplía con la normativa, en tanto que no le pagaba menos de lo que establece este umbral.

3. Evolución Histórica del Salario Mínimo en España

La evolución del Salario Mínimo Interprofesional en España ha sido constante, buscando siempre el cumplimiento de las recomendaciones europeas y la mejora del poder adquisitivo de los trabajadores. En 2019, el SMI se situó en los 1.000 € mensuales (33,33 €/día), con una subida del 11,11%, cumpliendo el compromiso de cumplir con la Carta Social Europea. El acuerdo llegó a los 950 € mensuales.

La subida a los 950€/mes que se produjo en 2020, de un 5,5%, a diferencia de la experimentada en el año 2019 (de un 22,3%), no era tan drástica, pero fue una mejora y un acercamiento a lo que la Unión Europea demanda para que se asemeje al salario medio europeo.

Tras la subida del 8% en 2023, el SMI en 2024 aumentó un 5%, lo que establecía el salario mínimo en 1.134 € al mes. En 2025, el salario mínimo se situó en 1.184 €/mes en 14 pagas, tras alcanzar previamente un acuerdo con los sindicatos y la publicación en el BOE del Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero.

Tabla: Evolución del Salario Mínimo Interprofesional en España

Año SMI Mensual (14 pagas) SMI Anual Bruto Incremento Anual (%)
2019 1.000 € 14.000 € 11,11%
2020 950 € 13.300 € 5,5%
2023 1.080 € 15.120 € 8%
2024 1.134 € 15.876 € 5%
2025 1.184 € 16.576 € 4,4%
2026 1.221 € 17.094 € 3,1%

4. Implicaciones y Aspectos Relevantes del SMI 2026

4.1. Afectación y Aplicación del Nuevo Salario Mínimo

Esta subida sólo afecta de manera directa a los trabajadores que ingresen un importe inferior a 17.094 euros brutos anuales. Si tu salario mensual es superior a la nueva cifra, no notarás ningún cambio en tu nómina. No será necesario hacer ningún trámite para percibir este cambio en tu nómina, sino que se aplicará automáticamente.

Efectivamente, el cálculo del salario mínimo se hace en base a jornadas completas. Para otro tipo de jornadas se debe calcular de forma proporcional.

El sueldo mínimo es una cuantía bruta, no neta.

En España es común publicar el SMI dividido en 14 pagas. Para 2026, el salario mínimo está establecido en 1.221 €/mes, es decir, serían 17.094 € al año. Se puede prorratear una paga durante todo el año y después tener una paga completa en verano o como la empresa estime oportuno.

4.2. Impacto en los Contratos de Formación

La subida del SMI en 2026 influye en los contratos de formación en alternancia. Partiendo de los 1.221€ y sabiendo que en el primer año dedicas 65% de tu jornada al trabajo efectivo en la empresa, el salario sería de 793,65€/mes. Por lo tanto, si el salario mínimo en 2026 es de 1.221€, el salario del contrato de formación no podrá ser inferior a 793,65€ en el primer año y 1.037,8€ en el segundo año.

Al tratarse del único contrato bonificado, y teniendo en cuenta que solo se paga por la formación, puede ser una alternativa rentable para aquellas empresas que no pueden asumir la subida del SMI. A su vez, la empresa puede aplicar una reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

5. El Proceso de Negociación del Salario Mínimo en Colombia

Diciembre se caracteriza por ser el mes de la negociación para definir el salario mínimo en Colombia para el año entrante. El pasado 28 de noviembre se instalaron las mesas de negociación para discutir el aumento del Salario Mínimo, y el 1.º de diciembre se realizó la instalación de la mesa de concertación entre el Gobierno, empresarios y centrales obreras.

El próximo lunes 11 de diciembre se retomarán las mesas de negociación entre el Gobierno Nacional, los sindicatos y las empresas. En estas conversaciones estará también el Banco de la República y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) para realizar un balance sobre los datos del índice inflacionario y del Producto Interno Bruto (PIB). En los diálogos se encuentran conversando los representantes de los sindicatos, los gremios de empresarios y el Ministerio de Trabajo. Ellos deben velar por proteger los intereses de cada uno de los entes.

5.1. Propuestas y Factores Económicos

Mientras que desde el Gobierno, el ministro del Interior habló de llevar a 1,8 millones de pesos la suma del salario mínimo y el auxilio de transporte, lo que equivale a un incremento de 10,9 por ciento, desde los sindicatos hablan de un aumento de dos dígitos (de 10 por ciento para arriba) y aseguran que este año no hay ni la más mínima posibilidad de acuerdo.

Con estas señales, uno de los gremios más importantes, Fenalco, que reúne al comercio, decidió no participar en la negociación. Los empresarios, por su parte, aseguran que un incremento de dos dígitos y superior a la inflación sería inconveniente e incrementaría la informalidad en el país. Fenalco recalcó que, en caso de llegar a concretarse un incremento del “salario mínimo del 11 por ciento, como lo ha sugerido el alto Gobierno, reajuste de más del doble de la inflación esperada para este año (5,2 %) y casi tres veces la proyectada para 2026 (alrededor del 4 %), la remuneración mínima total a cargo de las empresas ascenderá a la suma de 2.800.499 pesos”.

Fedesarrollo planteó que el salario mínimo tenga un aumento de entre el 6,5 y 7,2 por ciento, un porcentaje que haría que los trabajadores pasen de devengar 1.423.500 pesos a aproximadamente 1.523.145. La discusión está marcada por temas que anualmente son importantes para definir la cifra, entre ellos: inflación y productividad laboral.

Los datos fundamentales de noviembre de 2025 indican que la inflación anual se situó en 5,30 por ciento, mientras que la productividad laboral por hora trabajada creció 0,57 por ciento. Entre tanto, la productividad laboral por persona empleada tuvo una reducción del 0,32 por ciento. Con base en la suma de estas cifras, los expertos estiman que la discusión debe comenzar alrededor del 6 por ciento. Aunque el Banco de la República proyecta que la inflación cierre 2025 en 5,1 por ciento y se reduzca a 3,6 por ciento en 2026, el repunte reciente ha encendido las alarmas.

Luis Fernando Mejía, director ejecutivo de Fedesarrollo, señaló que esta situación “reduce el poder adquisitivo de las familias, especialmente de las de menores ingresos”. Debido a esta persistencia de los precios, el Banco de la República ha mantenido su tasa de interés de referencia en 9,25 por ciento. Según Mejía, las cifras recientes le dan la razón al banco, ya que los “riesgos de presiones inflacionarias asociadas con el alto déficit fiscal y el aumento del 11% en el salario mínimo se han venido materializando”.

Expertos estiman que el ajuste del salario mínimo, sumando la inflación (5,3 por ciento) y los cambios de la productividad, debería girar entre el 6,5 por ciento y el 7,2 por ciento. Mejía advirtió que una inflación alta hace más difícil la negociación. Por un lado, los trabajadores buscan compensar lo perdido, pero por otro, un aumento muy elevado puede alimentar nuevas presiones inflacionarias. Estimó que un aumento razonable estaría entre el 6 y el 7 %, un rango que “mantendría el poder adquisitivo y sería coherente con la situación macroeconómica actual”. El director de Fedesarrollo alertó sobre el riesgo de repetir aumentos por encima del 10 por ciento, como en años recientes. “Un ajuste excesivo incrementa los costos laborales, encarece los servicios y puede llevar a un traslado de esos costos a los precios, especialmente en sectores intensivos en mano de obra”, afirmó. Este punto es clave, pues el aumento del salario mínimo no ocurre en el vacío. Se suma a otros factores, como la reforma laboral, que también impactan los costos de contratación del empleo formal, lo que podría tener un “efecto adverso sobre la formalidad y la senda de reducción de la inflación”.

5.2. El Cronograma de Negociación Colombiano

La mesa de negociación para el acuerdo salarial se convoca teniendo en cuenta las últimas estadísticas del Dane. El primer vencimiento legal para las negociaciones será el 15 de diciembre, mientras que la fecha límite para la expedición del decreto del mínimo será el martes 30 de diciembre.

Luego de las presentaciones en la mesa de concertación del Dane, el Ministerio de Hacienda y el Banco de la República, con proyecciones de inflación, se espera la presentación de propuestas de incremento del mínimo para el 2026. El miércoles y el jueves 11 y 12 de diciembre serán jornadas de concertación entre las 8 y las 11 de la mañana. El lunes 15 de diciembre habrá nueva jornada de concertación entre las 8 a. m. y las 4 p. m.

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