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Guía Completa para la Calificación de Iniciativa Emprendedora: Requisitos y Vías de Apoyo

by Admin on 18/05/2026

Impulsar una iniciativa emprendedora viable requiere no solo una visión clara, sino también el conocimiento de los marcos legales y los apoyos financieros disponibles. En España, existen diversos mecanismos para calificar y respaldar proyectos que demuestren innovación y un interés económico particular.

¿Qué se Califica como Actividad Emprendedora?

Según establece el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado mediante el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en el artículo 113 del ámbito de aplicación “a efectos de lo dispuesto en el artículo 93.1.b).3.º de la Ley del Impuesto, se calificará como actividad emprendedora aquella que sea innovadora y/o tenga especial interés económico para España y a tal efecto cuente con un informe favorable emitido por la Empresa Nacional de Innovación, SME (ENISA), en los términos establecidos en el artículo 70 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Para acogerse al régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español como consecuencia de la realización en España de una actividad económica calificada como actividad emprendedora, se requiere la solicitud de un informe de actividad emprendedora a ENISA, de acuerdo con el procedimiento descrito en el artículo 70 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, en los términos establecidos reglamentariamente.

Proceso de Solicitud y Requisitos Generales

El proceso de solicitud para acceder a diversas ayudas y calificaciones para iniciativas emprendedoras implica una serie de pasos y el cumplimiento de requisitos específicos:

  • Presentación de la Solicitud: Que debe presentarse una única solicitud. El plazo de presentación de solicitudes puede variar, por ejemplo, DESDE el día 12 de MAYO de 2025 HASTA el día 12 de JUNIO de 2025, ambos incluidos.
  • Subsanación de Documentos: Si falta algún documento o requisito, se enviará un escrito a la persona solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Una vez completada, se comprobará y determinará el cumplimiento de los requisitos. Una vez completada la solicitud, se modificarán los datos en su inscripción registral.
  • Presentación Telemática: Para esa presentación telemática, la persona solicitante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación». En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.).
  • Domiciliación Bancaria: Además, debe realizarse el trámite telemático denominado "PROPER: Procedimiento para tramitar las altas, modificaciones y bajas de las domiciliaciones bancarias (Domiciliación bancaria)". Es IMPORTANTE recordar que si no se han presentado los datos de domiciliación bancaria con anterioridad ante la Generalitat Valenciana, o si con posterioridad esos datos han experimentado cualquier variación, debe realizarse este trámite telemático.
  • Silencio Administrativo: Transcurrido el plazo sin que se hubiese notificado resolución expresa, las solicitantes podrán entender DESESTIMADAS sus solicitudes por silencio administrativo.

Requisitos Formales del Proyecto Empresarial

  • Su extensión máxima será de 5 hojas, con letra arial 11, interlineado sencillo.
  • El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto empresarial es de 5.000 euros, IVA excluido.

Programas de Apoyo y Subvenciones para Emprendedores

Existen diversas convocatorias de ayudas y subvenciones destinadas a fomentar el emprendimiento, la innovación y el desarrollo empresarial en diferentes sectores y regiones. A continuación, se detallan algunos de los objetivos y características de estos programas:

Ayudas para la Creación y Consolidación de Empresas

  • Apoyo a Jóvenes Emprendedores: El objetivo es apoyar a jóvenes que lideran proyectos innovadores y viables, de empresas ya constituidas, con una antigüedad máxima de tres años y mínima de uno en la fecha límite de la presentación de las solicitudes, con independencia del sector en el que se promuevan. El premio puede ser de 2.000 euros por categoría.
  • Ayudas al Establecimiento de Trabajadores Autónomos: Destinadas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas y ayuda familiar colaborador. El importe de la subvención puede consistir en un porcentaje del 80% de la inversión subvencionable, con un máximo de 11.000 € por beneficiario.
  • Inversiones en Zonas Rurales (Enfoque LEADER): Se ofrecen ayudas a inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales (Submedida 19.2.3 PDR).
  • Mejora Competitiva de la PYME: El PROGRAMA PARA LA MEJORA COMPETITIVA DE LA PYME EXTREMEÑA, así como AYUDAS DESTINADAS A PROMOVER LA CONTINUIDAD DE LAS PYMES DE EXTREMADURA. Los beneficiarios incluyen autónomos/as, sociedades anónimas, sociedades limitadas, comunidades de bienes y sociedades civiles con centro productivo en la región. La ayuda cubre el 80% de los gastos subvencionables, con límites de 6.000 euros para empresas con menos de 10 trabajadores y 8.000 euros para las de más de 10 empleados.
  • Incentivos Autonómicos a la Inversión Empresarial: Beneficiarios/as son empresas, especialmente pymes de cualquier sector de actividad.
  • Fondo de Garantías y Avales (Fondo Jeremie Extremadura 2): Una de las principales dificultades para lanzar un nuevo proyecto viable al mercado es la falta de garantías o avales. Este fondo, propiedad de la Junta de Extremadura y gestionado por Extremadura Avante S.L.U., ofrece soluciones con un importe máximo de 25.000 euros, duración entre 24 y 72 meses, hasta 1 año de carencia y un tipo de interés de Euribor más el 3,5%.
  • Programa Consolidación de Empresas Sociales: Un total de veinte empresas extremeñas pueden participar para impulsar el crecimiento de su negocio, a través de un diagnóstico y un plan de acción para mejorar la competitividad.

Impulso a la Digitalización e Innovación

  • Comercio Electrónico y TIC: Ayudas destinadas a proyectos de comercio electrónico y TIC en Extremadura. Beneficiarios/as: autónomos/as y pymes, constituidas y que empleen a un máximo de 50 trabajadores.
  • Programa Kit Digital: Ayudas destinadas a la digitalización de empresas del Segmento I (10-50 empleados). El importe máximo de ayuda por beneficiario es de doce mil euros (12.000 €).
  • Teletrabajo y Emprendimiento Digital: Ayudas de hasta 6.000 euros para la implantación del teletrabajo y el emprendimiento digital. Beneficiarios/as: autónomos/as o asimilados/as y Pymes extremeñas, con un máximo de 50 trabajadores/as.
  • Servicios de Asesoramiento en Innovación: La financiación de estas ayudas se aplica a los gastos de contratación de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación dedicados al proyecto de innovación abierta del programa Activa Startups. La intensidad de la ayuda concedida es del 100% del importe bruto de los costes subvencionables del proyecto hasta una cuantía máxima de 40.000 €.

Fomento de la Eficiencia Energética y Energías Renovables

  • Vehículos Eléctricos e Infraestructuras de Recarga: Objeto: actuaciones destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos y al desarrollo de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos.
  • Eficiencia Energética en PYME y Gran Empresa Industrial: Subvenciones para actuaciones de eficiencia energética en PYME y Gran Empresa del sector industrial en Extremadura. Los beneficiarios son empresas cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de una lista específica, que incluye sectores como:
    • 07. Extracción de minerales metálicos.
    • 08. Otras industrias extractivas.
    • 09. Actividades de apoyo a la industria extractiva.
    • 10. Industria de la alimentación.
    • 11. Fabricación de bebidas.
    • 13. Industria textil.
    • 14. Confección de prendas de vestir.
    • 15. Industria del cuero y del calzado.
    • 16. Industria de la madera y corcho, excepto muebles, cestería y espartería.
    • 17. Industria del papel.
    • 18. Artes gráficas y reproducción de soportes grabados.
    • 19. Coquerías y refino de petróleo.
    • 20. Industria química.
    • 21. Fabricación de productos farmacéuticos.
    • 22. Fabricación de productos de caucho y plásticos.
    • 23. Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
    • 24. Metalurgia; Fabricación de hierro, acero y ferroaleaciones.
    • 25. Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
    • 26. Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
    • 27. Fabricación de material y equipo eléctrico.
    • 28. Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.
    • 29. Fabricación de vehículos a motor, remolques y semirremolques.
    • 30. Fabricación de otro material de transporte.
    • 31. Fabricación de muebles.
    • 32. Otras industrias manufactureras.
    • 33. Reparación e instalación de maquinaria y equipo.
    • 35. Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado.
    • 36. Captación, depuración y distribución de agua.
    • 37. Recogida y tratamiento de aguas residuales.
    • 38. Recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
    • 39. Cuantía: La cuantía máxima de ayuda por solicitud es de 600.000 euros, y un máximo de 1.000.000 euros por beneficiario, dependiendo de la actuación y tipo de empresa.
  • Mejora de la Eficiencia Energética en Explotaciones Agrícolas: Actuación 1 - Mejora de la eficiencia energética en edificios, naves e instalaciones auxiliares de las explotaciones agrícolas y ganaderas.
  • Energías Renovables en Extremadura: Subvenciones para actuaciones en energías renovables.

Programas de Empleo y Acción Social

  • Acompañamiento Hacia el Empleo Joven Estable: Programa de acompañamiento hacia el empleo estable de personas jóvenes tituladas de Extremadura. Ayudas destinadas a la contratación laboral de personas jóvenes, menores de 30 años, con titulación universitaria o de formación profesional, durante 6 meses. Beneficiarios/as: empresas, personas trabajadoras autónomas, profesionales colegiados que realicen contrataciones. La cuantía puede ser de 1.150 euros brutos mensuales. Para ello, deben estar inscritas y activas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. El importe de la subvención puede ser de 8.100,00 euros por beneficiario/a.
  • Proyectos de Igualdad y Acción Social: Línea 1. Proyectos de IGUALDAD. Línea 2. Proyectos de ACCIÓN SOCIAL. Las entidades sólo podrán presentar solicitud a UNA de las dos líneas de subvenciones. El importe máximo a conceder a cada entidad beneficiaria es de 5.000,00€.
  • Fomento de la Igualdad de Género en el Empleo: Subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo.
  • Creación de Empleo Rural: El objeto de este Plan consiste en la creación de nuevo empleo a través de las ayudas que se concederán a las EELL, financiando gastos de personal contratado por las entidades locales menores de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres.
  • Conciliación para Personas Trabajadoras Autónomas: Ayudas para la conciliación de personas trabajadoras autónomas.

Apoyo a la Cultura y Creación Artística

Se consideran subvencionables los gastos de creación y difusión artística directamente relacionados con la actividad subvencionada. Los tributos serán subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abone efectivamente. Los costes indirectos habrán de imputarse por el beneficiario al proyecto o la actividad subvencionada en la parte que razonablemente corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas.

Las actuaciones subvencionables pueden incluir:

  1. Producción de obra.
  2. Movilidad de obra producida y/o creadores.
  3. Investigación.
  4. Comisariado de proyectos para la Sala Amadís.
  5. Emprendimiento para la creación emergente.

Internacionalización de Empresas

  • Ayudas para la internacionalización de la actividad económica de Extremadura.
  • Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña.

Desarrollo Rural y Agrario

  • Jóvenes Agricultores: Podrá acceder a la subvención el joven agricultor o agricultora que se establece en una explotación agraria por primera vez como titular de la explotación.

Iniciativas Locales Específicas: El Caso de Avilés

El concejo de Avilés ofrece subvenciones para incentivar las actividades económicas y el uso de locales comerciales por personas físicas, con el fin de iniciar una actividad por cuenta propia de carácter empresarial, comercial o profesional. Como local comercial se entiende aquel ubicado en la planta baja de un inmueble y con acceso directo a la vía pública.

  • Modalidad: Subvención a fondo perdido.
  • Conceptos Subvencionables: La ayuda deberá ser destinada a sufragar gastos derivados del inicio de la actividad, como:
    • Pago del alquiler del local comercial.
    • Certificados de seguridad correspondientes u otros similares.
    • Seguros del local comercial o de responsabilidad civil.
    • Alta en suministros imprescindibles (eléctrico, combustible, telecomunicaciones) y sus primeras facturas.
    • Compra de mercaderías y existencias necesarias.

    No serán subvencionables las inversiones realizadas en activos fijos o en la reforma del local.

  • Requisitos:
    • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social.
    • No ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias ni de la Hacienda Municipal.
    • No concurrir en supuestos que impidan la condición de beneficiario.
    • Disponer de Licencia de apertura/Comunicación previa/Declaración responsable/Cambio de titularidad de inicio de actividad, según proceda, en un local comercial situado en el concejo de Avilés.
  • Cuantía: Se establece una ayuda por un importe máximo de 2.000 euros para cada persona física. En caso de comunidades de bienes o sociedad civil, cada persona física podrá recibir el porcentaje correspondiente con un tope de 2.000 euros por empresa. Estas subvenciones están sometidas al régimen de “mínimis”.
  • Beneficiarios: Personas físicas que hayan iniciado una actividad empresarial entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. Se entenderá como fecha de inicio de la actividad la de la correspondiente alta en Hacienda.
  • Plazo de presentación: El plazo de presentación puede finalizar el día 30 de mayo de 2025.

Organismos y Entidades Gestoras

Diversas consejerías y servicios públicos son responsables de la gestión y promoción de estas ayudas:

  • S.G. Contacto: Buzón oficial S.G.
  • SEXPE (SERVICIO DE ECONOMÍA SOCIAL Y AUTOEMPLEO)
  • CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
  • DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
  • CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
  • SERVICIO DE FOMENTO DEL EMPLEO
  • DIRECCIÓN GENERAL DE EMPRESA
  • CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO
  • Extremadura Avante S.L.U.

Marco Legal de Referencia

Las diferentes ayudas y programas se rigen por un amplio marco normativo, que incluye, entre otros:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
  • Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
  • Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
  • Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
  • Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regulan medidas en los procedimientos de contratación administrativa y de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad.
  • ANEXO I - Definición de PYME, del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
  • Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
  • ORDEN 2/2024, de 29 de febrero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se establecen las BASES REGULADORAS para la concesión de ayudas dirigidas a fomentar el ecosistema de emprendimiento de la Comunitat Valenciana.
  • RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2025, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se efectúa la CONVOCATORIA de subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y la consolidación de su proyecto empresarial, para el ejercicio 2025.

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