Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores: Requisitos para Facturar sin Ser Autónomo en España
La duda sobre si es posible facturar sin ser autónomo es común entre muchos emprendedores y trabajadores independientes. El coste mensual del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) hace que muchos se pregunten si hay una forma legal de evitar esta obligación.
En España a día de hoy se pueden emitir facturas por trabajo realizado sin darse de alta como autónomo. Sí, es legal emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones. A continuación encontrarás cuáles son estos requisitos y cómo se pueden hacer facturas en esos casos.
Es posible emitir facturas sin estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) bajo ciertas condiciones. La clave radica en la habitualidad de la actividad económica. Si la actividad es esporádica y los ingresos no constituyen tu fuente principal de sustento, podrías facturar sin ser autónomo. Es fundamental que la actividad no sea recurrente ni constituya tu principal fuente de ingresos.
Si estás pensando en facturar sin ser autónomo, es importante que conozcas bien los límites legales, los riesgos que debes evitar y cómo hacerlo correctamente.
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Requisitos para Facturar sin Ser Autónomo
Para emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo en la Seguridad Social, lo primero que debemos hacer es inscribirnos en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, a través del Modelo 037. Es un trámite gratuito y esencial para emitir facturas.
El Modelo 037 es la versión simplificada del Modelo 036 y se utiliza para darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda.
Estos son los principales requisitos para facturar sin ser autónomo:
- Alta en Hacienda: Debes estar dado de alta en el registro de Actividades Económicas (Hacienda) a través del Modelo 036 o 037.
- Actividad Esporádica: La actividad económica que facturas debe ser ocasional y no habitual.
Básicamente deberás emitir una factura con tu NIF y datos personales. Este documento deberás guardarlo.
Cualquier persona que esté en edad legal de trabajar puede emitir una factura sin ser autónomo. El modelo 037 puede ser presentado sin ser autónomo, siendo obligatorio en tales casos para emitir facturas legales al no poderse hacer sin la inscripción en el IAE.
Sin embargo, darse de alta en la Agencia Tributaria es siempre necesario para facturar profesionalmente, pues eludir impuestos se considera una falta grave.
La normativa no distingue entre trabajadores por cuenta ajena y autónomos en cuanto a la obligación de registrar actividades económicas. Si llevas a cabo una actividad económica que se realiza de forma habitual y no es meramente ocasional, debes registrarte como autónomo.
Puedes ser trabajador por cuenta ajena y, al mismo tiempo, realizar actividades económicas por cuenta propia. Si estás pensando en emprender o en realizar trabajos freelance, lo más recomendable es darse de alta de autónomos.
De este modo, aseguras el cumplimiento de todas las normativas y evitas posibles complicaciones futuras. Si tienes dudas sobre el proceso para darte de alta de autónomos o sobre cómo facturar sin ser autónomo, puedes consultar con un asesor.
¿Qué se considera actividad habitual?
El Estatuto del Trabajo Autónomo no establece una cantidad de dinero a partir de la cual se exima u obligue a un profesional a darse de alta como autónomo. El límite para facturar sin ser autónomo se basa más en el tiempo dedicado a la actividad que en la cantidad ganada.
Para que facturar sin ser autónomo no sea considerado fraude, es crucial que la actividad no sea la principal fuente de ingresos y no sea recurrente.
¿Y qué se considera habitual? Esta duda también la han tenido otros profesionales autónomos que han llevado la cuestión a los tribunales. Esta duda también la han tenido otros profesionales autónomos que han llevado la cuestión a los tribunales. Podrías plantearte esta opción si solo vas a realizar actividades esporádicas.
Tampoco se puede facturar como persona física si hay cierta habitualidad. Si, por ejemplo, tenemos la intención de abrir un establecimiento diariamente, tampoco podremos facturar si no estamos dados de alta como autónomos en la Seguridad Social. El principio es el mismo que en el caso anterior.
Tampoco se pueden emitir facturas si se está cobrando el paro y no nos damos de alta como autónomo. De hecho, existen medidas específicas por parte de la Seguridad Social que permiten cobrar la prestación por desempleo durante un máximo de nueve meses, al mismo tiempo que se emprende un nuevo negocio o actividad.
Ejemplos de Actividades Esporádicas
Imaginemos un trabajo de diseño de una página web. Podremos facturar el servicio si el proyecto es puntual, es decir, lo facturo este mes, pero no el que viene.
Por ejemplo, un aficionado a la fotografía que realiza el reportaje de boda de unos amigos puede facturar sin estar dado de alta en el RETA, aunque sí en el IAE, siendo esta actividad legal y esporádica.
Límite para Facturar sin Ser Autónomo: El SMI
El límite para facturar sin ser autónomo se basa más en el tiempo dedicado a la actividad que en la cantidad ganada.
Si has escuchado que se puede facturar sin ser autónomo hasta 3000 euros, esto no es del todo cierto, pero tampoco es falso. El límite real está en el tiempo durante el que se ejerce la actividad.
Tal y como comentábamos en el apartado anterior, no existe un umbral económico que permita facturar menos de 3.000 € sin ser autónomo de manera legal. Si trabajas de forma recurrente, aunque los ingresos sean bajos, podrías estar incurriendo en una irregularidad al no estar dado de alta en el RETA.
Por otro lado, si la actividad es totalmente puntual y aislada, puedes darte de alta en Hacienda mediante el Modelo 037, emitir la factura correspondiente y declarar los impuestos que correspondan. En definitiva, el criterio clave no es cuánto facturas, sino con qué frecuencia lo haces.
| Concepto | Importe (2025) |
|---|---|
| Salario Mínimo Interprofesional (SMI) Mensual | 1.184 € (en 14 pagas) |
| Salario Mínimo Interprofesional (SMI) Anual | 16.576 € |
Actualmente, el SMI se encuentra en 1.184 € mensuales en 14 pagas (16.576 euros anuales). Para poder facturar sin ser autónomo es necesario no superar los 16.576€ brutos al año correspondientes al SMI. Revisa tu caso. Piensa que tienes todo el derecho a facturar como persona física siempre que no exista una actividad recurrente con ingresos y siempre que lo facturado esté por debajo del salario mínimo interprofesional.
Obligaciones fiscales al facturar sin ser autónomo
Igualmente, tendrás que cumplir con las obligaciones tributarias. En todas las facturas que emitas, deberás computar el IVA y el IRPF. Así, de forma trimestral, tendrás que liquidar el IVA que hayas acumulado con la venta de tus productos o servicios, así como el IRPF.
Aunque no seas autónomo, cualquier ingreso económico tiene sus correspondientes obligaciones fiscales:
- IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Se declara trimestralmente con el modelo 303 y se hace el resumen anual con el modelo 390.
- IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): Si facturas a empresas o profesionales, la factura debe llevar un 15% de retención de IRPF.
El hecho de no estar registrado en la Seguridad Social no te exime de pagar los impuestos relacionados con tu actividad. Sin embargo, es posible que tu actividad profesional esté exenta de tributar IVA. Aunque no son numerosos, existen casos así.
Riesgos y Sanciones por Incumplimiento
Si facturas sin cumplir con los requisitos legales, puedes enfrentarte a sanciones severas.
Si la Seguridad Social determina que el trabajo se realiza de manera recurrente, podrías ser sancionado por no estar registrado como autónomo. Por tanto, si planeas facturar, aunque sea una cantidad pequeña, asegúrate de cumplir con la normativa para evitar sanciones.
En este caso, la Seguridad Social puede llegar a reclamarte una gran cantidad de dinero en concepto de multas, sanciones y cuotas atrasadas. Lo más habitual es que tengas que pagar todas las cuotas atrasadas, más un 20% de recargo y de la propia multa.
Asimismo, deberás tener muy presente que si estás cobrando el subsidio por desempleo no podrás emitir facturas sin darte de alta como autónomo. De lo contrario, perderías el derecho a la prestación. Por eso es mejor capitalizar el desempleo y utilizarlo para el inicio de tu actividad.
Sanciones económicas
Las sanciones económicas pueden oscilar entre 300 y 3.000 euros.
Si te pillan al hacer factura sin ser autónomo, esto último puede ser un pago voluntario, con un recargo máximo del 20%, o un pago exigido por la Seguridad Social, hasta un 35% si se paga fuera del plazo impuesto por este mismo organismo.
Alternativas para Facturar Legalmente
Si cuentas con unos ingresos habituales por parte de algún cliente pero no puedes darte de alta como autónomo, tienes la posibilidad de que una empresa o una agencia de contratación te conviertan en empleado, y así en vez de ser autónomo, serás asalariado. Evidentemente, serías un empleado por cuenta ajena, pero te evitarías ese trámite.
Un contrato mercantil determina los términos en los que se va a realizar la prestación de un servicio entre un trabajador y quien contrata dicho servicio. Sin embargo, dichos acuerdos también están sometidos a un alta previa en el régimen de autónomos por parte de quien los va a ejecutar.
Como ya hemos mencionado, si ofreces servicios esporádicos una de tus opciones es establecer acuerdos de colaboración, ya sea con empresas o con particulares. Esta alternativa no precisa estar dado de alta como autónomo. Pero recuerda: deben ser trabajos puntuales, no habituales.
Cooperativas de Facturación: ¿Son una Opción?
Algunas personas optan por cooperativas de trabajo asociado para facturar sin estar dados de alta como autónomos. Sin embargo, estas cooperativas están bajo el radar de la Inspección de Trabajo por su potencial uso fraudulento para evitar el pago de cuotas.
Durante un tiempo, muchos trabajadores decidieron utilizar cooperativas de trabajo para facturar sin ser autónomo. En estos casos, el interesado se da de alta en la cooperativa mediante el abono de una cuota menor que la cotización mensual a la Seguridad Social.
Entre las acciones que ha establecido la justicia para estos casos se encuentra la solicitud del pago retroactivo de las cuotas para aquellos profesionales que hayan utilizado esta metodología como fórmula para eludir el pago de las mismas. Además de intereses de demora, recargos y sanciones.
Durante un tiempo, se promovieron las cooperativas de facturación y se llegó incluso a legislar a su favor como una herramienta clave para quienes deseaban facturar sin registrarse como autónomos. El Ministerio de Trabajo ha estado persiguiendo estas prácticas durante años, y cada vez con más determinación. Aunque han surgido algunas cooperativas, o similares, para este propósito, lo más prudente es evitarlas.
No es posible facturar sin ser autónomo utilizando empresas pantalla o cooperativas de trabajo asociado. Es completamente ilegal realizar un trabajo y que sea una empresa o autónomo que sí está dado de alta el que realice la factura en tu lugar. En este caso, existe el agravante de que las sanciones podrían recaer tanto en la persona que ha realizado la acción como en la empresa o autónomo que ha servido de tapadera.
Recomendaciones Finales
Facturar sin ser autónomo puede ser una opción en ciertos casos, pero es crucial entender bien las normativas para evitar problemas legales y financieros.
Si tu actividad se lleva a cabo de manera habitual, es obligatorio registrarse como autónomo, incluso si estás teniendo pérdidas. No debemos recurrir a terceros para facturar nuestros servicios.
Dado que hoy en día la cotización se basa en los ingresos reales del profesional, y solo se cobra por los días efectivamente trabajados (antes se cobraba todo el mes de cotización, con independencia de la fecha de alta y baja), lo más seguro en este caso es darse de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social.
Valora pros y contras de darte de alta como autónomo. Evidentemente, si el servicio que estás prestando es algo puntual y que se agotará rápidamente, ni que decir tiene que no es una opción. Pero ¿y si puede convertirse en algo habitual?
Consulta con un asesor fiscal. Cada caso es un mundo, por lo que, ante la duda, lo mejor es que hables con un experto. Un asesor fiscal o laboral no solo te explicará qué puedes hacer o no, sino que te dará las mejores opciones para tu situación. ¿No tienes uno de confianza?
