Guía de normas de registro y valoración: Cartera de negociación y activos financieros
Las normas de registro y valoración desarrollan los principios contables y otras disposiciones contenidas en el Marco Conceptual de la Contabilidad. Su objetivo es proporcionar criterios para el registro y valoración de las distintas transacciones y elementos patrimoniales de la empresa desde una perspectiva general.
Clasificación y valoración de activos financieros
Un instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra. Los activos financieros, a efectos de su valoración, se incluyen principalmente en las siguientes categorías:
- Activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias.
- Activos financieros a coste amortizado.
- Activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto.
- Activos financieros a coste.
Activos financieros mantenidos para negociar
El concepto de negociación generalmente refleja compras y ventas activas y frecuentes con el objetivo de generar una ganancia por las fluctuaciones a corto plazo en el precio. Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán inicialmente por su valor razonable, que será el precio de la transacción, y posteriormente se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación.
| Cartera | Criterio de valoración | Destino de variaciones de valor |
|---|---|---|
| Negociación | Valor razonable | Cuenta de Pérdidas y Ganancias |
| Disponible para la venta | Valor razonable | Patrimonio Neto (Grupos 8 y 9) |
| Coste amortizado | Coste amortizado | Resultado financiero (intereses) |
Activos financieros disponibles para la venta
Aunque su valoración presenta elementos comunes con la cartera de negociación, en la cartera de activos financieros disponibles para la venta se cargarán o abonarán las variaciones de valor contra el patrimonio neto. No obstante, las correcciones valorativas por deterioro se registrarán en la cuenta de Pérdidas y ganancias. En el momento de la baja del instrumento, se deben trasladar todas las variaciones en el valor razonable hacia la cuenta de Pérdidas y ganancias, incluidas las que se hubieran incorporado en el patrimonio neto.
Los activos financieros
Tratamiento del deterioro de valor
Al menos al cierre del ejercicio, deberán efectuarse las correcciones valorativas necesarias siempre que exista evidencia objetiva de que el valor de un activo financiero se ha deteriorado. La pérdida por deterioro será la diferencia entre su valor en libros y el valor actual de los flujos de efectivo futuros estimados. Para instrumentos de patrimonio donde no se disponga de datos para calcular el valor razonable con fiabilidad, el tratamiento otorgado es el de coste, diferenciando la falta de información de la existencia de un deterioro real.
