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Comunicación

Impulsa tu Negocio: Ayudas y Apoyo para Emprendedores en Barakaldo

by Admin on 14/05/2026

Si estás pensando en desarrollar nuevos proyectos para tu empresa para los que necesitas hacer inversiones, contratar personal o algún servicio de consultoría, no debes olvidar que las instituciones ofertan subvenciones a fondo perdido, préstamos con bonificación en el tipo de interés y programas de consultoría de los que te puedes beneficiar.

El Rol Fundamental de Inguralde en el Ecosistema Emprendedor de Barakaldo

Inguralde ha demostrado ser un pilar clave en el fomento del emprendimiento local. Barakaldo apoyó la creación de 110 empresas en 2023 a través de los servicios de formación, asesoramiento y tutorización de Inguralde.

El presidente de Inguralde ha hecho hincapié en el doble objeto del punto PAE. Por un lado, prestar servicios de información y asesoramiento a las personas emprendedoras en la definición de sus iniciativas empresariales y durante los primeros años de actividad de la empresa. Otros de los servicios destacados de Inguralde en 2023 ha sido el de la tutorización. Asimismo, también es relevante el trabajo de Inguralde como canal de acceso a las ayudas de la Diputación Foral de Bizkaia al autoempleo.

Sectores de Actividad de las Empresas Creadas en 2023

Los datos recogidos en el ejercicio 2023 reflejan que, por sectores de actividad, las empresas creadas que prestan servicios a cliente final suponen el 38,18% del total, seguidas de la hostelería, con el 20,91%, y en tercer lugar, el comercio y las empresas que ofrecen servicios a otras empresas con un 17,27% cada uno.

Sector de Actividad Porcentaje de Empresas Creadas (2023)
Servicios a cliente final 38,18%
Hostelería 20,91%
Comercio 17,27%
Servicios a otras empresas 17,27%

Requisitos Generales para Acceder a las Ayudas

Podrán formular solicitud para acceder a esta convocatoria las personas emprendedoras que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en el servicio público correspondiente: a estos efectos se considerará como persona desempleada cuando esté trabajando con un contrato a tiempo parcial con una jornada de trabajo no superior al 30%, así como a las personas que se encuentren en situación de excedencia.
  • No hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social manteniendo este cumplimiento hasta la justificación total de la ayuda o subvención concedida. En las subvenciones reguladas en el artículo 3.4, la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social se verificará automáticamente por el órgano gestor, con anterioridad a la concesión de la subvención y a la realización de cada uno de los pagos. No obstante, la entidad solicitante podrá oponerse expresamente a esta verificación, debiendo aportar entonces certificados actualizados que acrediten esta condición.
  • No hallarse al corriente en el pago de obligaciones de reintegro en materia de subvenciones en los términos previstos en el artículo 4 de la Orden de 13 de febrero de 2023, del consejero de Economía y Hacienda (BOPV de 17 de febrero de 2023).
  • No tener un plan de igualdad vigente, siendo una empresa obligada a ello según la normativa del Estado.
  • No haber establecido medidas para prevenir y combatir el acoso sexual, acoso por razón de sexo y las violencias sexuales, en los términos establecidos por la legislación del Estado en materia de igualdad de mujeres y hombres, en el caso de empresas de más de 50 trabajadores.
  • Cometer, incitar o promocionar LGTBIfobia, incluyendo la promoción o realización de terapias de conversión.
  • Haber sido sancionada por infracción grave o muy grave prevista en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, o en la Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi mediante resolución firme en vía administrativa, hasta no haber ejecutado las medidas correctoras pertinentes y haber satisfecho la sanción.
  • No cumplir la cuota establecida legalmente de reserva de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad, o en su defecto, haber adoptado las medidas alternativas correspondientes para su cumplimiento.
  • Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 9.4.p) de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones, no manifestar su compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial en los términos del artículo 49 de la misma Ley 20/2023.

Los requisitos previstos en este artículo, salvo los señalados en el apartado 1.e) párrafo segundo, serán acreditados mediante la declaración responsable que forma parte del formulario de solicitud, así como del formulario de solicitud.

Compromisos de las Personas Beneficiarias

Para ser beneficiarias de estas ayudas, las personas promotoras deberán comprometerse a:

  • Dedicarse en exclusiva al análisis y desarrollo de su idea empresarial, así como la puesta en marcha de la empresa o negocio. Se entenderá que la persona cumple el requisito de dedicación exclusiva siempre que no trabaje más del 30 % de la jornada o más de 27 días a jornada completa durante todo el período subvencionado. A estos efectos, se computará como días de trabajo los días de alta en la Seguridad Social.
  • Asistir a todas las actuaciones de asesoramiento y apoyo para la generación y desarrollo de la idea empresarial y de apoyo para la implantación de la empresa o negocio, definidas por las entidades colaboradoras participantes en la gestión de esta convocatoria.
  • Darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el plazo máximo de 3 meses desde la finalización del proceso subvencionado de tutorización y acompañamiento para la puesta en marcha del negocio. El titular de dicha alta podrá adoptar cualquier forma jurídica siempre y cuando la persona promotora acredite, si es el caso, su relación societaria con el mismo y el objeto social coincida con el del proyecto tutorizado. En el supuesto que las personas emprendedoras no causen alta en el IAE en el plazo señalado perderán el derecho al segundo pago de la subvención.
  • Domiciliar, social y fiscalmente, la actividad empresarial en la CAPV y radicar en la misma el centro de trabajo.
  • No recibir ninguna otra ayuda para el mismo fin.

Requisitos Específicos para Ayudas al Autoempleo de la Diputación Foral de Bizkaia

A esta convocatoria podrán presentarse aquellas personas que hayan participado en actividades formativas y hayan recibido asesoramiento sobre sus ideas empresariales en las entidades colaboradoras acreditadas, como es el caso de Inguralde, en ese mismo periodo de tiempo. Los requisitos para acceder a estas ayudas incluyen la necesidad de haberse dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos o mutualidad equivalente en el periodo de vigencia de la convocatoria. Además, la persona interesada debe estar en una de estas cuatro situaciones:

  1. Desempleo (la persona promotora ha de figurar inscrita como demandante de empleo en Lanbide - Servicio Vasco de Empleo).
  2. Mejora de empleo (siempre y cuando el contrato de trabajo no supere el 40% de la jornada laboral establecida en convenio).
  3. Afectada por un ERTE o un ERE.
  4. Estar realizando prácticas no laborales.

Proceso de Solicitud y Gestión de Datos

El LUGAR DE PRESENTACIÓN de las solicitudes es en Inguralde: C/ Aldapa, 3 A, Barakaldo.

La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP en su artículo 28 establece que los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. El servicio/departamento competente en la materia, podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello de forma motivada.

El tratamiento de los datos de carácter personal queda legitimado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al propio Ayuntamiento de Barakaldo u Organismos dependientes, en los términos previstos en el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016. La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente normativa, se realizará conforme a la información que se recabe por medios telemáticos de las diferentes Administraciones Públicas.

En el caso de que desee oponerse a la consulta de sus datos, puede ejercitar este derecho solicitando mediante registro electrónico, su oposición. Debe indicar en la solicitud la lista de trámites en los que desea hacer constar su oposición. Tenga en cuenta, que en los trámites en los que ejerza su derecho de oposición, deberá aportar toda la documentación necesaria para su tramitación.

tags: #ayudas #emprendedores #barakaldo

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