Guía Completa para Darse de Alta como Fotógrafo Profesional o Empresarial
Si estás pensando en montar tu negocio de fotografía y quieres saber cómo ser fotógrafo freelance profesional, estás en el sitio adecuado, ya que te contaremos cómo empezar a serlo, lo que vas a pagar y otros secretos para que no se te escape nada de nada.
La fotografía es la profesión preferida de muchos españoles. Muchas personas estudian fotografía para dedicarse profesionalmente a ella y cumplir con su sueño. España cuenta con un gran número de fotógrafos profesionales, pero hay que saber que no es fácil vivir de esta profesión a tiempo completo. Alrededor del 60% solo consigue permanecer en el mercado durante un año, y solo el 2% de los que comenzaron en el 2016 seguirán ejerciendo en el 2026. Además, la gran parte de los fotógrafos se dedican a la fotografía social, es decir, bodas, bautizos, comuniones, otros eventos… Trabajo hay, sin embargo, tendrás que estar seguro de querer ser autónomo antes de lanzarte a la profesión que te apasiona.
POV: Una semana en la vida de un fotógrafo y filmmaker freelance trabajando en España
Conviértete en Fotógrafo Autónomo: Especialízate y Fórmate
Antes de intentar vender fotos, hay que formarse. La característica más atrayente de la fotografía es que no requiere una formación particular. Si quieres ser un fotógrafo profesional mañana, es posible con tan solo dos o tres clics hoy en día. Pero cuidado, el que no requiera ser como Louis Lumière, no quiere decir que todo el mundo pueda llegar a ser fotógrafo profesional. No obstante, formarse en la especialidad que elijas también es esencial: fotógrafo de prensa, de animales, medioambiental, de estudio, de moda…
¿Te encanta el trabajo de un fotógrafo que has descubierto en Internet? No dudes en ponerte en contacto con él: «Me encanta lo que haces, me gustaría poder llegar a hacer lo mismo, ¿Ofreces formación?». ¡Olvídate de la timidez! Cuando lo que se quiere es llegar a ser fotógrafo profesional, hay que dirigirse hacia los demás, comunicarse y tener un poco de descaro. No hay más secretos, una vez que conozcas la base técnica y/o si no se tiene el tiempo o los medios para formarse a tiempo completo junto a profesionales, hay que ¡PRAC-TI-CAR! Sal con tu cámara y fotografía todo lo que puedas. ¿Cómo llegar a ser un buen fotógrafo? ¡Practicando y practicando!
El Proceso Administrativo para el Fotógrafo Profesional
El registrarse o darse de alta en las administraciones públicas como fotógrafo independiente es un paso obligatorio para realizar tu carrera legalmente, esto implica comprometerse a cumplir cuestiones fiscales.
Hay varias opciones que un fotógrafo puede tener a la hora de declarar su actividad. Antes de ver las ventajas y los inconvenientes de los diferentes estatus, es importante remarcar que muchos fotógrafos ganan menos de 15.000€ al año. Hay que tener en cuenta esta cantidad y pensar que se necesitan años antes de triunfar y de ganarse la vida. De hecho, muchos fotógrafos tienen una segunda actividad, solo unos pocos se dedican a la fotografía a tiempo completo.
Ten claro que para dedicarte a la profesión de tus sueños cuentas con varias opciones:
- Ser autónomo (también llamado trabajador por cuenta propia).
- Ser trabajador por cuenta ajena.
- Pluriactividad (combinación de las dos opciones anteriores).
1. Ser Autónomo
En España, a diferencia de otros países, ser autónomo no es tan sencillo, ya que hay que hacer varios trámites, además de los pagos mensuales y trimestrales derivados de este régimen especial, por lo que algunos creen que tiene más desventajas que ventajas. A continuación, te explicamos los pasos obligatorios para poder ser autónomo en España.
Alta en Hacienda
Lo primero que debes tener en cuenta es que si quieres trabajar por tu cuenta como fotógrafo freelance, deberás darte de alta en Hacienda. Tu epígrafe empresarial será el 973.1 según AEAT. El primer documento más importante de las Altas para cualquier persona que quiera convertirse en fotógrafo autónomo. Para ser autónomo, lo primero que tendrás que hacer es darte de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas), tasa que grava el ejercicio de la actividad profesional. Este trámite se realiza en la Agencia Tributaria y con él se establece un código con el que se clasifican las diferentes actividades empresariales y profesionales. En función de la actividad, el código será diferente.
En la Agencia Tributaria también tendrás que cumplimentar el impreso 036 en el que se especifica el régimen fiscal y la actividad profesional que se va a realizar. Siempre pueden haber excepciones o actividades más específicas y complejas que se deben tener en cuenta cuando inscribas tu epígrafe en el Alta de Hacienda.
Códigos IAE Asociados al CNAE 74.20
Al registrarte en Hacienda, deberás seleccionar uno de estos epígrafes IAE:
El código IAE 973 corresponde a los servicios fotográficos y fotocopias, una actividad económica que engloba la prestación profesional de servicios relacionados con la fotografía comercial y la reproducción de documentos. Esta clasificación es fundamental para todos aquellos profesionales que desarrollen su actividad en el ámbito de la fotografía profesional, ya sea para eventos, retratos, publicidad o cualquier otro fin comercial o personal.
El código IAE 973 identifica a los profesionales y empresas que ofrecen servicios fotográficos profesionales, incluyendo la toma de fotografías para eventos sociales como bodas, comuniones y bautizos, así como sesiones de retratos en estudio, fotografía publicitaria y comercial, y servicios de fotocopiado y reproducción de documentos. Este código engloba tanto la actividad de fotógrafos profesionales independientes como la de estudios fotográficos con empleados, y también incluye los servicios complementarios de revelado, edición digital, impresión fotográfica y encuadernación de trabajos fotográficos. La actividad puede desarrollarse en un local fijo, como un estudio fotográfico, o de forma itinerante acudiendo al domicilio del cliente o a eventos diversos.
Necesitan este código todos los fotógrafos profesionales que ofrecen servicios de fotografía de forma habitual y con ánimo de lucro, incluyendo fotógrafos de eventos, fotógrafos de estudio, fotógrafos publicitarios y comerciales, así como profesionales que ofrecen servicios de fotocopiado y reproducción de documentos. También deben registrarse bajo este código aquellos que combinen servicios fotográficos con actividades complementarias como la edición digital, la impresión de fotografías, la venta de revelados, o la prestación de servicios de fotocopiadora en establecimientos como tiendas de reprografía. Es obligatorio darse de alta en este código si la actividad fotográfica se realiza de forma profesional y regular, independientemente de que sea la única actividad o se combine con otras.
Consulta nuestra guía sobre qué es el CNAE para entender mejor la clasificación.
| Código IAE | Descripción |
|---|---|
| 493 | Fotógrafos (actividad principal) |
| 973.1 | Laboratorios de revelado y copia fotográfica |
| 973.2 | Otros servicios fotográficos |
La elección dependerá de tu actividad principal. Si eres fotógrafo profesional, usa el 493. Si tu negocio es principalmente revelado, usa 973.1. Para otros servicios especializados (digitalización, escaneo 3D, etc.), usa 973.2.
CNAE 74.20: Servicios de Fotografía
El CNAE 74.20 es la clasificación estadística de actividades económicas que agrupa todas las actividades de fotografía. Ambos códigos están relacionados y un fotógrafo profesional debe tener registrados tanto el CNAE como el IAE correspondiente.
Este código CNAE está diseñado para:
- Fotógrafos autónomos que trabajan por cuenta propia
- Pequeñas empresas de fotografía con empleados
- Estudios fotográficos especializados
- Laboratorios fotográficos de revelado e impresión
- Reporteros gráficos y fotoperiodistas
- Fotógrafos artísticos que comercializan sus obras
- Profesionales de servicios digitales fotográficos
Si tu actividad principal es fotografiar, revelar, editar o procesar imágenes de forma profesional, necesitas registrarte con el CNAE 74.20.
Diferencias Importantes: Lo Que NO Incluye el CNAE 74.20
Es fundamental conocer qué actividades NO están incluidas en este código:
- ❌ Impresión de fotos desde móviles o tarjetas (CNAE 18.12) - Esto es impresión industrial
- ❌ Revelado de películas cinematográficas o televisivas (CNAE 59.12) - Producción audiovisual
- ❌ Cartografía y análisis espacial (CNAE 71.12) - Servicios técnicos especializados
- ❌ Topografía fotogramétrica (CNAE 71.12) - Ingeniería técnica
- ❌ Fotomatones automáticos (CNAE 96.99) - Máquinas expendedoras
Si tu actividad incluye alguno de estos elementos, deberás registrarte con el código CNAE correspondiente.
Ejemplos Prácticos de Actividades CNAE 74.20
- Ejemplo 1: Fotógrafo de Bodas
María es fotógrafa autónoma especializada en bodas y eventos. Realiza sesiones fotográficas, edita las imágenes y entrega álbumes digitales. Su actividad corresponde al CNAE 74.20 con IAE 493. - Ejemplo 2: Laboratorio de Revelado
Carlos gestiona un pequeño laboratorio que ofrece revelado, impresión y ampliación de fotografías de clientes. Su negocio está clasificado en CNAE 74.20 con IAE 973.1. - Ejemplo 3: Reportero Gráfico
Ana trabaja como reportera gráfica para medios de comunicación y agencias de noticias. Sus actividades de fotografía periodística están incluidas en CNAE 74.20. - Ejemplo 4: Servicios de Digitalización
José ofrece servicios de digitalización de fotografías antiguas, escaneo de objetos en 3D y transferencia de contenidos de vídeo a medios digitales.
Obligaciones Fiscales 2026
Como profesional del CNAE 74.20 durante 2026, tienes las siguientes obligaciones:
Impuestos y Declaraciones
Tendrás de inicio dos impuestos que presentar trimestralmente:
- IRPF (modelo 130): que será el 20% de tu beneficio. El valor que debas tributar en IRPF iría acorde a los tramos de la comunidad autónoma donde ejerzas tu carrera, ya que cada zona no cobra lo mismo. Otro detalle a saber sobre el impuesto a IRPF son sus retenciones en las facturas.
- IVA fotografía (modelo 303): que será el 21% de lo que le cobres a tus clientes. Cada trimestre, debes presentar la declaración del IVA. Se trata de rellenar el modelo 303 con la relación del IVA soportado y el repercutido durante los últimos 3 meses; es decir, el IVA que abonaste al comprar bienes o servicios para desarrollar tu actividad y el IVA que te han abonado tus clientes al pagarte por tus labores.
Otros puntos importantes:
- Modelo 100 (Renta anual): Declaración anual de la renta, generalmente en junio.
- Modelo 303 (IVA): Si tu volumen de negocio es superior a 600.000€.
- Libro de ingresos y gastos: Registro obligatorio de todas las operaciones económicas.
- Facturas: Emisión de facturas por servicios prestados.
Ejemplo de Retenciones y Gastos Deducibles
Aquí te compartimos un ejercicio de lo que se le podría descontar a un fotógrafo autónomo en sus ingresos brutos después de pagar los impuestos:
Diego es un nuevo fotógrafo autónomo que reside en la comunidad de las Islas Baleares, y recibe beneficios de 30.000 euros al año por su labor. Así las cosas, Diego debe restar de sus ingresos brutos aprox. 5.206€ de IVA, 5.026€ de IRPF y 720€ de Seguridad Social (30.000€ - 5.206€ - 5.026€ - 720€).
Existen gastos deducibles que, como autónomo, puedes deducirte en el cobro de los impuestos y pueden reducir lo que pagarás a Hacienda. Deducibles quiere decir que esos gastos puedes considerarse inherentes a tu profesión y necesarios para poder ofrecer tus servicios de forma adecuada. Puedes deducir gastos relacionados con la actividad (equipo fotográfico, software, alquiler de estudio, etc.). Debes mantener las facturas y justificantes durante 4 años para poder acreditarlos ante Hacienda.
2. Alta en Seguridad Social (RETA)
Otro trámite es el alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Lo que se conoce como cuotas de autónomos, que son las cotizaciones que haces a SS mes a mes y que si eres nuevo podrás acceder a la bonificación de la tarifa plana de 80€ durante el primer año. Se realiza en la Seguridad Social y, a partir de ahí, ya podrás empezar a facturar los trabajos que realices para tus clientes y pagar la llamada “cuota de autónomos” que varía cada año.
¿Qué es la cuota de autónomos?
La cantidad será diferente en función de tu base de cotización. Para que te hagas una idea, tendrás que pagar 344,71 euros/mes de cuota de autónomos para una base mínima de 1152,90 euros/mes. La cotización como autónomo es aproximadamente 294€ mensuales en 2026 (puede variar según base elegida). Base de cotización: será la referencia para percibir una pensión en el futuro.
Tarifa Plana
Se trata de una tarifa cuya cuantía va creciendo con el paso de los meses, desde el primer mes hasta el treinta. La Ley de Fomento del Trabajo Autónomo redondeó la cantidad resultante en el descuento hasta los 50 euros.
Requisitos para poder beneficiarse de esta cuota:
- No ser administrador de una sociedad mercantil.
- No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, aunque hayan pasado más de cinco años.
- No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).
Variaciones de la Tarifa Plana (Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017)
- 6 primeros meses: 50 euros/mes.
- Meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre (137,50 euros/mes).
- Meses 13 al 18: 30% de reducción durante el siguiente semestre (192,50 euros/mes).
- Meses 19 hasta el 30: Se mantiene la reducción del 30% (192,50 euros/mes).
¡Atención! Lo anterior se aplica a los jóvenes menores de 30 años, aunque los requisitos son parecidos para personas que superen esta edad, te recomendamos que te informes bien en función de tu situación.
Cambios con la Nueva Ley de Autónomos (a partir del 1 de enero de 2018)
- 12 meses: Reducción del 80% en la cuota.
- Seis meses siguientes (del mes 13º al 18º de actividad): Se aplica el 50% de reducción sobre las bases de cotización y tipos vigentes.
- Seis meses de vigencia (del mes 19º al 24º): Se aplica un 30% de reducción en la cuota, haciendo un total de dos años de bonificación.
3. Contabilidad y Asesoría
Una vez inicies y te des de alta, tendrás que comenzar a registrar tus ingresos y gastos. Además de las obligaciones con la Seguridad Social, también tendrás las propias con Hacienda, derivadas de la fiscalidad del autónomo (IAE, alta censal, IRPF, IVA…).
Mantener registros organizados de ingresos y gastos. Conservar facturas de clientes y proveedores durante 4 años.
Otro pago que tendrás que tener en cuenta, salvo que seas un experto contable o con conocimientos en este tema, es el relacionado con los servicios de una asesoría. En el 90% de los casos, los autónomos, independientemente de la profesión, contratan los servicios de una asesoría que será la encargada de ocuparse de los aspectos legales y financieros como empresario; desde resolver dudas que puedan surgir, hasta preparar las facturas para los clientes o hacer las declaraciones trimestrales del IVA, etc. Pero no todo son desventajas o complicaciones, en función del sexo y de la edad, la cuota de autónomos podrá ser más o menos elevada. ¡El proceso administrativo a la hora de crear una empresa puede ser un verdadero quebradero de cabeza!
Se recomienda acudir a una gestoría cuando se va a iniciar la actividad fotográfica profesional, especialmente si es la primera vez que se realiza un trámite de alta en la Agencia Tributaria, ya que los gestores pueden asegurar que toda la documentación se cumplimenta correctamente y se presentan todos los modelos necesarios de forma simultánea. También es aconsejable contar con asesoramiento gestor cuando la actividad fotográfica se combina con otras actividades económicas, cuando se prevé contratar empleados, o cuando se va a constituir una sociedad mercantil, ya que en estos casos los trámites son más complejos y requieren coordinación con múltiples organismos. Finalmente, los gestores pueden asesorar sobre las mejores opciones de régimen fiscal (estimación directa, módulos o simplificado) y sobre las obligaciones contables, de facturación y de declaración de impuestos que corresponden a esta actividad.
2. Ser Trabajador por Cuenta Ajena
Quiere decir que tendrás un contrato de trabajo con una determinada empresa y de una duración determinada. Actualmente, los tipos de contratos con los siguientes:
- Indefinido: Aquel que se caracteriza por no tener un límite de tiempo en cuanto a la duración del contrato.
- Contrato temporal: Aquel en el que existe una fecha de finalización concreta.
- De formación y aprendizaje: Aquel cuyo su principal objetivo es favorecer la integración de los jóvenes en el mundo laboral, por lo que existe una actividad laboral retribuida y, por otro lado, el trabajador se beneficia de una formación reglada.
- En prácticas: Aquel por el que el trabajador, de cualquier edad, se beneficia de una práctica profesional, la cual se corresponde con su nivel formativo.
Diferencias entre Autónomo y Trabajador por Cuenta Ajena:
- El trabajador por cuenta ajena recibe un salario mensual con cantidades más o menos iguales.
- El trabajador depende de la empresa para la que trabaje (horarios, descansos, vacaciones, tareas a desempeñar, etc.).
3. Pluriactividad
Actualmente, es compatible tener un contrato por cuenta ajena y ejercer una actividad por cuenta propia, es decir, puedes tener un contrato de trabajo con una empresa y al mismo tiempo ser autónomo. En algunos casos, sobre todo cuando se está empezando en un sector profesional y no se tienen muchos clientes o el volumen de trabajo no es muy alto, puede ser la mejor opción.
En resumen: Hacer fotos como fotógrafo profesional requiere una cierta experiencia y, a menudo, prepararse con cursos u otro tipo de formación, antes de poder lanzarse a la profesión totalmente solo. Puedes escoger diferentes estatus para convertirte en fotógrafo profesional: ser autónomo, estar contratado por cuenta ajena o la pluriactividad.
Ser autónomo puede ser la vía que escojas si quieres empezar en esta profesión, ya que podrás facturar a tus clientes sin ningún problema. Por otro lado, tendrás que hacer frente a diversos pagos mensuales y trimestrales, por lo que, si tu cartera de clientes no es muy amplia o estable, deberías calcular los ingresos y los gastos para poder analizar tu situación. Otra opción es ser trabajador por cuenta ajena o la pluriactividad, con las ventajas y desventajas de ambas modalidades.
En definitiva, infórmate con más detalle sobre las opciones que tienes para ser fotógrafo profesional y considera si te merece la pena o no ser autónomo o si, por el contrario, es mejor que alguien te contrate como fotógrafo. Si tienes más dudas sobre cómo darte de alta como fotógrafo autónomo en España, puedes contactarnos o solicitar una asesoría online gratuita.
