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Comunicación

Guía Completa para Darse de Alta como Autónomo en España

by Admin on 20/05/2026

Emprender un negocio es un proyecto que merece ser evaluado y planificado cuidadosamente. Para aquellos que tienen la idea de convertirse en empresarios a corto plazo, es importante conocer en detalle el proceso a seguir para darse de alta como autónomo. En este artículo, explicaremos en profundidad los requisitos a cumplir, su coste, las formas de realizarlo (presencial, online, etc.) y los pasos necesarios para convertirse en autónomo.

Según la RAE, un autónomo es “la persona que trabaja por su cuenta, es decir, no es asalariado de una determinada empresa”. Ampliando la definición, se entiende por autónomo a la persona física que, carente de un contrato que lo “vincule” a una empresa, lleva a cabo un trabajo (de forma habitual, personal y directa) por el que recibe una remuneración que, en ningún caso, se considera un salario fijo (mensual).

¿Qué es y cómo hacerse autónomo?

Desde el punto de vista de la Agencia Tributaria, ser autónomo significa desarrollar una actividad por cuenta propia. Esto implica figurar en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, tener un Impuesto de Actividades Económicas (IAE) vinculado a tu sector y facturar directamente a tu nombre. En la práctica, esto supone que dejas de ser un trabajador asalariado para cotizar en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) y pagar la cuota de autónomos, es decir, un pago mensual obligatorio que te da acceso a sanidad, bajas y jubilación.

Darse de alta conlleva asumir obligaciones fiscales (IVA, IRPF) y laborales desde el primer día. El proceso para hacerse autónomo se resume en dos trámites fundamentales que deben hacerse a la vez:

  • Alta en la Seguridad Social (RETA): Debe tramitarse dentro de los 60 días anteriores al inicio de la actividad. Es el momento de comunicar tu previsión de ingresos para que se te asigne el tramo de cuota correspondiente.
  • Alta en Hacienda: Se realiza mediante el modelo 036 antes de empezar a facturar. Es vital que la fecha de inicio coincida con la de la Seguridad Social para no perder el derecho a bonificaciones como la Tarifa Plana.

Para evitar errores, se recomienda darse de alta en Hacienda y en Seguridad Social en el mismo momento, y así la cotización del autónomo se hará efectiva desde la fecha de inicio de la actividad económica. Tanto la Seguridad Social como Hacienda verificarán que las altas estén tramitadas, las cuales deben comunicarse antes del inicio de la actividad.

Aquí tienes un resumen de los conceptos clave para darte de alta de autónomo en 2026:

Trámite Requisito Plazo
Modelos de Hacienda Presentación del Modelo 036. Debe realizarse antes o el mismo día del inicio real de la actividad.
Alta Seguridad Social Inscripción en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Hasta 60 días naturales antes de la fecha de inicio de actividad.
Sincronización La fecha de inicio debe ser la misma en Hacienda y Seguridad Social.
Bonificaciones Tarifa Plana de 80€/mes (debe solicitarse en el momento del alta RETA).

En 2026, la cuota no es fija, sino que se ajusta a tus rendimientos netos reales. Debes elegir un tramo de cotización basado en tu previsión de beneficios mensuales. Si al final del año has ganado más o menos de lo previsto, la Seguridad Social regularizará tus pagos automáticamente.

¿Qué hay que hacer para darse de alta como autónomo la primera vez?

Si es la primera vez que vas a emprender un negocio, te explicamos cuáles serán los pasos que deberás seguir para obtener el alta como autónomo, prestando atención a los plazos de presentación, ya que podrían sancionarte. Los trámites principales que debes realizar para darte de alta como autónomo por primera vez son:

  • Alta de Seguridad Social (RETA): Es el primer paso legal.
  • Alta en Hacienda: Comunicación de tu actividad y régimen de impuestos.
  • Licencias municipales: Solo si abres un local físico (licencia de apertura y/o obras).
  • Comunicación de apertura de centro de trabajo en tu comunidad autónoma: Si vas a tener empleados o un local destinado a la actividad.

Requisitos previos para darse de alta como autónomo

Para realizar el trámite y darte de alta como autónomo tienes dos opciones:

  1. Acudir a un Centro de Atención al Emprendedor (PAE): Allí, mediante el modelo DUE (Documento Único Electrónico), se tramitan de forma conjunta y gratuita tanto el alta en Hacienda como en la Seguridad Social, y no tendrás problemas con el cumplimiento de los plazos. Los PAE son “puntos” que certifica el Ministerio de Industria y que ayudan a la creación de nuevas empresas, aportando la información que necesitan o apoyando en la tramitación de la documentación que requieren para su constitución, entre otros aspectos.
  2. Por tu cuenta: En este caso, debes tramitar primero el alta en la Seguridad Social (RETA), que puedes presentar hasta 60 días antes de la fecha de inicio de tu actividad económica. Asegúrate de que esta fecha coincida con la que declares en Hacienda mediante el modelo 036. Además, al darte de alta en el RETA, es obligatorio declarar tu previsión de rendimientos netos mensuales para que se te asigne el tramo de cotización correspondiente.

Al darte de alta en el RETA, es obligatorio declarar tu previsión de rendimientos netos mensuales para que se te asigne el tramo de cotización correspondiente. Para ello, necesitarás:

  • CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas): el código equivalente para la Seguridad Social.
  • Fecha de inicio y domicilio: el lugar físico (o fiscal) donde desarrollarás tu trabajo.
  • Estimar tus rendimientos netos anuales: es decir, cuánto esperas ganar realmente (ingresos menos gastos).
  • Tramo de cotización: con esa estimación, el sistema te obligará a seleccionar una base de cotización dentro de los tramos vigentes.
  • Mutua colaboradora: debes elegir qué entidad cubrirá tus riesgos (accidente laboral, enfermedad común o cese de actividad).
  • Cuenta Bancaria (IBAN): donde se domiciliará tu cuota mensualmente. Si no eres el titular de la cuenta, necesitarás el DNI del titular y su autorización expresa.

Pasos de cómo hacerse autónomo

Darse de alta como autónomo requiere completar dos procesos telemáticos que, aunque se realizan en plataformas distintas, están totalmente conectados. Es vital que la fecha de inicio coincida en ambos para evitar sanciones o perder bonificaciones como la Tarifa Plana. Para formalizar tu situación legal como autónomo en España, deberás seguir estos dos pasos que veremos a continuación en detalle:

Alta autónomo en Seguridad Social (RETA)

Este es el primer trámite obligatorio y sirve para definir tu base de cotización según tus ingresos reales.

  1. Lo primero es dirigirte a la sede electrónica de la web de Seguridad Social y haz clic en Ciudadanos/Afiliación, Inscripción y Modificaciones. Una vez allí, selecciona «Alta en trabajo autónomo» y después haz clic en «Obtener acceso».
  2. Después lo que tienes que hacer es hacer clic en el Botón de «Solicitar alta» en la nueva pestaña que se te ha abierto.
  3. Una vez hayas hecho clic, te redirige a la pantalla de «Identificación» donde deberás seleccionar el método con el que deseas acceder.
  4. A partir de este momento comienza tu solicitud de alta. Haz clic en «Aceptar y continuar».
  5. En una nueva pantalla, tendrás que seleccionar las fechas en las que se va a realizar la actividad.
  6. Después, deberás confirmar el día desde el que vas a empezar a cotizar. Selecciona la opción correspondiente.
  7. A continuación, tendrás que seleccionar qué tipo de actividad vas a realizar. Escribe la actividad en el recuadro y selecciona la que se corresponda con las opciones que se muestran.
  8. En el siguiente paso, tendrás que decir en qué organismo declaras el IAE (Impuesto de Actividades Económicas). Elige una de las opciones del despegable e introduce el código IAE correspondiente.
  9. Lo próximo es seleccionar cuál será tu domicilio de actividad. Rellena todos los campos que aparecen.
  10. Ahora deberás introducir la información específica relativa a tu cuota y cotización.
  11. En este momento deberás rellenar tus datos de contacto.
  12. Para finalizar, debes proporcionar una domiciliación bancaria.
  13. Antes de confirmar la solicitud para el alta, confirma que todos los datos son correctos.

Para comprobar que el alta como autónomo se ha realizado correctamente en la Seguridad Social, basta con entrar en su Sede Electrónica y, una vez en ella, pinchar en ‘Ciudadanos’ - ‘Informes y Certificados’ - ‘Informe de situación actual del trabajador’. En este último caso, y tras la finalización del proceso, se puede obtener el Certificado de Alta de Autónomos (accediendo al apartado de ‘Informes y certificados’) o un duplicado de este documento (si se requiere).

Alta de autónomo en Hacienda (Censo de Empresarios)

Este es el segundo paso para comunicar tu actividad profesional y configurar cómo pagarás el IVA y el IRPF. Al igual que en Seguridad Social, el alta en el censo de empresarios debes hacerlo obligatoriamente por vía telemática. Tendrás que rellenar el modelo 036 para comunicar el inicio de tu actividad y el régimen fiscal correspondiente.

  1. Primero: dirígete a la web de la Agencia Tributaria.
  2. Segundo: comienza a rellenar el modelo 036.
    • Apartado 1: En este apartado habrá que indicar la causa de esta presentación, es decir, para el caso del alta inicial habría que marcar la casilla “Alta”.
    • Apartado 2: Se rellenan los datos relativos al domicilio fiscal y al domicilio de notificaciones.
    • Apartado 3: En este punto deberás elegir cómo vas a pagar tus impuestos personales según tu actividad (IAE). Es una decisión clave, ya que determinará cómo calculas tus beneficios:
      • Estimación directa simplificada: Es la opción mayoritaria para los nuevos autónomos. Aquí pagas impuestos sobre el beneficio real de tu negocio (Ingresos - Gastos deducibles). Es la más justa si estás empezando y tus ingresos son variables.
      • Estimación objetiva (módulos): Solo disponible para ciertas actividades (como hostelería, peluquerías o pequeños comercios). En este régimen pagas una cantidad fija basada en indicadores (metros del local, potencia eléctrica, número de empleados), independientemente de lo que factures.
    • Apartado 4: Impuesto sobre el Valor Añadido: aquí habrá que marcar la fecha del inicio de actividad y el régimen aplicable a la tributación del IVA.
    • Apartado 5: Se indicarán las retenciones e ingresos a cuenta y la declaración de la actividad económica que vamos a comenzar.

Para realizar la comprobación en Hacienda, basta con acceder a la Página Web de la Agencia Tributaria y, acto seguido, pinchar en ‘Información y Gestiones’ - ‘Censo, NIF y Domicilio Fiscal’.

🚫 Los 6 ERRORES al darte de ALTA como AUTÓNOMO

Trámites municipales y centros de trabajo

Estos trámites locales son el último paso cuando tu negocio necesita un local físico o empleados. Aunque no aplican a todos los autónomos (solo si abres tienda, taller o consulta con público, o contratas personal), son clave para evitar multas de hasta 3.000€ y cumplir desde el día uno.

  1. Si vas a abrir un local al público, pide la licencia de apertura en tu Ayuntamiento. Necesitas planos, memoria técnica de un profesional y pagar tasas (suelen ser 100-1.000€). Puede tardar 1-3 meses, así que lánzalo antes de inaugurar. A partir de su presentación podrás abrir al público. No hace falta si trabajas online, desde casa sin visitas o en coworking -cada municipio tiene sus reglas en su sede electrónica. Si se va a abrir un local, el siguiente paso tras darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y Hacienda, es la solicitud de la Licencia de Apertura.
  2. Si contratas empleados o usas un local exclusivo para tu actividad, comunica la apertura de centro de trabajo a la autoridad laboral de tu comunidad en 30 días. Es gratis, se hace online con datos básicos (dirección, CNAE, plantilla) y sirve para que la Inspección sepa dónde cotizas riesgos laborales. La apertura, instalación, traslado y ampliación de centros de trabajo conlleva la obligación de comunicárselo a la autoridad laboral competente. Esta obligación se extiende a la reanudación de la actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones importantes. Los freelancers sin equipo ni local público lo saltan directamente.

Ahora te damos dos ejemplos: fisioterapeuta con consulta física necesita los dos; programador freelance desde casa, ninguno.

¿Cuándo es obligatorio darse de alta como autónomo?

La obligatoriedad de hacerse autónomo surge cuando quieres emprender un negocio o ejercer una actividad profesional por cuenta propia, que se convertirá en tu fuente principal de ingresos. Una de las cosas que debes tener clara es la actividad que vas a desarrollar, que puede ser empresarial (por ejemplo, montar un restaurante o tienda de ropa) o profesional (en este caso desarrollar tu carrera como abogado, según tu formación).

Según la Seguridad Social, eres autónomo cuando la actividad se realiza de forma habitual, continuada y personal a título lucrativo. Esta afirmación genera controversia en casos como tener un trabajo remunerado habitual y recibir encargos esporádicos. Si los ingresos de estos superan el Salario Mínimo Interprofesional anual (15.876€ en 2026), debes darte de alta en RETA (doctrina del Tribunal Supremo). Si no, basta con el alta censal en Hacienda (modelo 036). Por tanto, la base para saber si debes ser autónomo es el volumen de ingresos y la habitualidad de la actividad.

Cotización en 2026: ¿Cuánto cuesta la cuota de autónomos?

Cuando te des de alta como autónomo, tienes que definir tu base de cotización según una previsión mensual de tus rendimientos netos. A partir de ese promedio mensual, tendrás que seleccionar la base de cotización que determinará tu cuota a pagar. A la base de cotización se le aplica un tipo general del 31,50%, y que es el resultado de los tipos específicos por las que cotizan las siguientes prestaciones obligatorias:

  • Contingencias comunes: 28,30%.
  • Contingencias profesionales: 1,3%.
  • Cese de actividad: 0,9%.
  • Formación profesional: 0,1%.
  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI): 0,8%.

Tras darse de alta como autónomo en la Seguridad Social, y desde 2023, ya no se elige la base de cotización. En su lugar, se han establecido unos tramos que se han definido en base a los ingresos que se pueden tener (empezando, en un primer tramo, por los que “perciban” una cantidad inferior a 670 € y terminando, en un último tramo, por los que alcancen, mensualmente, los 6.000 € o los superen).

Las cuotas van de 200€ a 1.600€ mensuales según tramo (mínimo 200€ para ingresos hasta 670€; máximo 1.606€ para más de 6.000€). Si decides solicitar la tarifa plana cotizas por la base mínima de 80€/mes el primer año (unos 88€ con MEI), independientemente de ingresos.

Como nuevo autónomo puedes acogerte a la tarifa plana de 80 euros, la bonificación más célebre entre las que aplica la Seguridad Social. La tarifa plana para nuevos autónomos es de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de sus ingresos, y siempre que sus ingresos no superen el Salario Mínimo Interprofesional.

A diferencia de lo que se piensa, darse de alta como autónomo no tiene coste. La cuota de autónomos se trata de una cantidad que se paga a final de mes, y desde el primer día en el que se trabaja por cuenta propia, y que puede domiciliarse (a través de la entidad bancaria o, también, de la Tesorería General de la Seguridad Social). Su cálculo se realiza, en cada caso, partiendo de la base de cotización que le corresponda al autónomo (que depende de lo que ingrese y de los 15 tramos que, desde 2023, están activos).

¿Cuáles son los errores más frecuentes al hacerse autónomo?

Son muchos los errores que pueden llegar a cometer los autónomos en el momento que deciden emprender y darse de alta en Hacienda y Seguridad Social. Entre ellos destacan:

  • Tramitar primero el alta en Hacienda y después en la Seguridad Social: Como hemos visto, el orden correcto es RETA primero (hasta 60 días antes) y Hacienda al mismo tiempo o después, pero siempre antes de iniciar la actividad, para no perder tarifa plana ni bonificaciones.
  • No beneficiarse de las ayudas o bonificaciones por emprender una actividad por cuenta propia como la tarifa plana de 80€ o bonificaciones para mujeres, mayores de 45, etc.
  • Realizar compras de materiales antes de estar dado de alta en Hacienda, impidiendo deducir gastos.

El autónomo es responsable de darse de alta si cumple los requisitos indicados y, en caso de no hacerlo, corre el riesgo de que sea la propia Seguridad Social la que proceda al alta a posteriori y con efectos retroactivos.

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