Procedimiento de Alta y Modificación de Datos de Terceros Acreedores en Organismos Autónomos
Para la percepción de pagos de la Tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos, las personas físicas o jurídicas deben darse de alta en la Base de Datos de Terceros Acreedores. Este proceso es fundamental para garantizar la correcta materialización de los pagos a los interesados.
Solicitud de Alta de Tercero: Requisitos y Documentación
El procedimiento de alta de tercero, pago y modificación de datos bancarios requiere la presentación de documentación específica. Es un paso esencial para asegurar la correcta identificación del acreedor y la validez de la cuenta bancaria.
Documentación Obligatoria
- Impreso de solicitud de alta de tercero del OACNIF.
- Documento acreditativo de la representación, en su caso.
- NIF del representante, en su caso.
- Deberá aportar OBLIGATORIAMENTE la documentación acreditativa de los datos bancarios.
Acreditación de Titularidad Bancaria
Para personas físicas, se requiere cualquier documentación del banco que acredite la titularidad de la cuenta bancaria del acreedor (p.ej., extracto bancario, certificado de titularidad).
Formas de Acreditar Representación
En caso de presentación presencial como representante, las formas de acreditar la representación incluyen:
- Poder notarial.
- Designación de persona representante mediante APUD ACTA, en virtud de la cual se confiere la capacidad de representación a una persona física.
Consulta y Modificación de Datos de Terceros Acreedores
Si desea comprobar si ya figura en la Base de Datos de Terceros Acreedores, así como la información que consta en ella, lo puede realizar desde la propia Sede Electrónica mediante el procedimiento "4001-Consulta de datos de Terceros Acreedores y del IBAN". Para ello, deberá hacer uso del "Certificado Digital de Persona Física" o el “Certificado cualificado de representante”, en su caso.
Si, como resultado de tal consulta, averigua que ya está dado/a de alta, pero desea modificar determinados datos bancarios y/o identificativos, deberá acceder al procedimiento/trámite: ¨5539-Modificación de datos de Terceros Acreedores: Trámite automático”.
Modalidades de Presentación de Solicitudes
Desde la publicación de la "Orden de 17 de enero de 2019 (BOC N.º 17 de 25/01/19)", que regula los procedimientos de alta y modificación telemática de los datos bancarios y personales identificativos para la percepción de pagos de la tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias, la presentación de las solicitudes, tanto de Alta como de la Modificación de los datos de los terceros, es "obligatoria" que se realice "de forma electrónica" para ciertos sujetos.
Presentación Electrónica Obligatoria
La presentación de la solicitud de Alta de los datos identificativos y bancarios a través de la sede electrónica es "obligatoria" para los sujetos que enumera el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). Esta presentación se ha de realizar con el "Certificado digital de representante".
De acuerdo con lo establecido en el apartado 2, del artículo 14, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como lo señalado en el apartado 2, del artículo 2, de la Orden de 17 de enero de 2019, será obligatoria la presentación electrónica y telemática, de la solicitud de las altas y modificaciones de los datos de terceros, para las siguientes personas físicas:
- Que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para la realización de aquellos trámites y actuaciones con las Administraciones públicas en ejercicio de su actividad profesional.
- El personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para los trámites y actuaciones que realicen con ella por razón de su condición de empleado o empleada del sector público, excluido el alta o modificación de los datos bancarios para el pago de las nóminas.
Para la tramitación electrónica, solo se requiere la cumplimentación de la solicitud que se obtiene cuando se realiza el trámite electrónico, no siendo necesario aportar ninguna documentación adicional.
Presentación Presencial
Las Personas Físicas pueden optar por presentar la comunicación de sus datos bancarios y personales identificativos para el "alta" en la base de datos de Terceros Acreedores, a efectos de la percepción de pagos de la tesorería de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos, bien de forma "Electrónica", o bien de forma "Presencial".
El formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado, así como la documentación a aportar deberán ser presentados en los lugares previstos en el apartado ¨Medios de presentación¨/Presencial. En la pestaña ¨Documentación¨, se encuentra disponible la solicitud para su descarga, así como el detalle de la documentación a aportar.
Verificación de Titularidad Bancaria
Al objeto de garantizar la correcta materialización de pagos a la persona interesada, la titularidad de la cuenta bancaria podrá ser comprobada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.
