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Comunicación

La compatibilidad entre ser alcalde y empresario: un debate constante

by Admin on 18/05/2026

La figura del alcalde, como líder de la administración municipal, conlleva una serie de responsabilidades y atribuciones que, en ocasiones, entran en el debate público cuando se combinan con actividades empresariales. La legislación vigente establece ciertos parámetros para la compatibilidad de estas funciones, generando discusiones sobre la ética y la dedicación al cargo público.

La perspectiva legal y las justificaciones de los ediles

El alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, explicó ayer que la petición de compatibilidad que ha realizado para compaginar su labor en la alcaldía, por la que cobra una percepción bruta anual de 68.300 euros, con la atención a "ocupaciones marginales retribuidas", tal y como consta en el escrito, en el que incluye sus empresas, sus televisión conferencias y otras, "es una obligación legal", señaló y además que la legislación le concede ese derecho.

Jácome justificó que hace lo mismo que lo que hace unos días criticó al portavoz del PSOE, Rafael R.Villarino, "porque él si viola la ley, al pedir compatibilidad para ser profesor asociado universitario de Psicología, cuando no ejerce la psicología, sino que es político". "Si no lo hubiera solicitado tendría que pedir compatibilidad cada vez que me siente en un consejo de administración o vaya a una tertulia", argumentó, y aseguró que compaginará ambas cosas "sin restar tiempo a la Alcaldía".

En el mismo sentido, Manuel Pose Miñones, ex regidor, señaló que "Soy empresario desde el año 1972 y es cierto que tengo participaciones en varias empresas, pero eso es totalmente compatible, legalmente, con el cargo de alcalde".

Atribuciones del alcalde y la administración municipal

El Alcalde es Presidente del Ayuntamiento y de la Comisión permanente, representante legal de ambos organismos y Jefe de la Administración municipal. Como Presidente del Ayuntamiento y de la Comisión permanente, tiene el Alcalde, entre otras, las siguientes atribuciones: publicar, ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión permanente y del Ayuntamiento pleno o suspenderlos con arreglo a la ley; representar al Ayuntamiento y establecimientos que de él dependan, y conferir mandato para ejercer dicha representación.

Los Ayuntamientos de Municipios cuya población sea superior a 20.000 habitantes tendrán una Comisión permanente, constituida por el Alcalde y los Tenientes de Alcalde, la cual representará al Ayuntamiento pleno, en los intervalos de sus sesiones, para el cumplimiento y ejecución de sus acuerdos, siendo el órgano constante en orden a la preparación de expedientes, ejercicio de funciones que no admitan intermitencia, y resolución de los casos urgentes.

La Ley de 13 de julio de 1940 establece un régimen municipal transitorio para los Ayuntamientos de localidades adoptadas por el Caudillo, y según esta ley, la Administración del Municipio adoptado estará a cargo del Alcalde y del Ayuntamiento, del que formarán parte, además del Alcalde, que lo presidirá, de cuatro a diez Concejales, según la escala de población que establece; pudiendo el Alcalde delegar las funciones atribuidas al mismo en Concejales del Ayuntamiento, por ramas de servicios o por Distritos, tornando estos gestores administrativos la denominación de Concejales-Delegados.

Gestión de bienes municipales y limitaciones

Constituye el patrimonio municipal el conjunto de bienes, derechos y acciones pertenecientes al Municipio. Los bienes municipales se clasifican en bienes de uso público y patrimoniales, y éstos, en propios y comunales. Son de uso público los que determina el párrafo 1.° del artículo 344 del Código civil.

Según el art. 105 de la ley Municipal vigente, corresponde a la exclusiva competencia del Ayuntamiento pleno la adquisición y enajenación de bienes y derechos del Municipio, y conforme al 106, es de la competencia de la Comisión Permanente la enajenación y adquisición de bienes en precio total no superior a 25.000 pesetas en los Municipios mayores de 100.000 residentes, y no superiores a 15.000 en los demás.

Período de administración ordinaria

Para que durante estos veinte días que transcurren desde la celebración de las elecciones hasta la constitución de la nueva corporación municipal no haya un vacío de poder y la actividad del ayuntamiento no se vea interrumpida, la LOREG prevé el llamado período de administración ordinaria (también conocido como prorrogatio), durante el cual los concejales salientes deben seguir ejerciendo sus competencias hasta la toma de posesión de los concejales entrantes en la sesión constitutiva.

Durante este período todos los concejales salientes (incluso los que no han sido reelegidos) lo serán en funciones para la administración ordinaria. Ambas finalidades son igual de importantes, porque tan perjudicial puede resultar para el interés público la adopción de acuerdos ajenos a la administración ordinaria, como la no adopción de acuerdos que obedezcan a necesidades propias de la actividad cotidiana de la corporación.

El problema estriba en determinar qué se entiende por “administración ordinaria”, ya que, como se ha apuntado, el artículo 194.2 de la LOREG no contiene una definición.

Declaraciones y acciones del alcalde de Ourense

Jácome realizó estas declaraciones en una entrevista en el programa Ourense na Onda, en Onda Cero Ourense y a preguntas de Paco Sarria, el alcalde salió al paso de alguna de las críticas que ha tenido en estas últimas semanas por sus supuestas contradicciones e incluso desveló proyectos.

Nuevos contenedores

Señaló que en unos meses estarán funcionando los contenedores subterráneos ya reparados. No comparte ese modelo y anunció que "presentaremos otros modelos de contenedores que van a ser revolucionarios".

Coches oficiales

La providencia que emitió para que los coches oficiales vayan al parking municipal al final de jornada es porque "me informaron de que algunos funcionarios lo llevaban para casa, así no gastaban su coche ni la gasolina".

Asesores

Cree que "suena a chiste oír que contratamos a 27 personas como asesores; es mi staff personal para trabajar en distintas áreas y proyectos; y cuando cese como alcalde, se irán conmigo", señaló. Afirma que "lo que hizo el PSOE fue distinto, metió a cien enchufados como interinos y ahí siguen". Apoya lo de traer un equipo propio, "porque respeto el sistema americano, no el de que un señor que gana una plaza de funcionario y está ahí toda la vida sin ver si es rentable", señaló.

Oficina de denuncias

Su intención es eliminar la de la Policía Local pues ya hay la de la Policía Nacional. "Es una aberración", señaló, y cree que sirve para que esos policías locales "no pasen frío en la calle al no tener que patrullar".

Crisis interna del PP

Dijo desconocer la crisis interna del PP, por la cual el sector baltarista presiona para que Jesús Vázquez deje su escaño en el concello. "¿Cuándo salió eso? Ni idea".

Incompatibilidades de los funcionarios públicos

tags: #alcalde #puede #ser #empresario

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