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Comunicación

La Obligación de Darse de Alta como Autónomo para Agentes Comerciales en España

by Admin on 26/05/2026

La obligatoriedad de darse de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social genera numerosas dudas entre quienes realizan una actividad económica con ingresos reducidos o bajo un contrato mercantil. Preguntas como "¿quién dice la verdad?" al escuchar opiniones contradictorias sobre la necesidad de ser autónomo, especialmente cuando se han ofrecido contratos mercantiles, son muy comunes.

La clave para entender esta situación a menudo reside en el nivel de ingresos que se refleje en ese contrato y en la naturaleza de la actividad. En este artículo, abordaremos todo lo que un agente comercial debe tener en cuenta antes de iniciar su actividad.

¿Cuándo es Obligatorio Darse de Alta como Autónomo?

Saber cuándo es obligatorio darse de alta como autónomo en España es fundamental, aunque la normativa a veces presente matices. En general, la respuesta corta es que siempre que se tenga una actividad es obligatorio darse de alta como autónomo. No obstante, existen particularidades.

Si eres mayor de 18 años y vas a realizar de manera habitual una actividad económica sin un contrato de trabajo que te vincule a una empresa, tienes que darte de alta en la Seguridad Social como trabajador autónomo. Darse de alta en autónomos o el alta de autónomo es el proceso por el cual notificas oficialmente que vas a iniciar una actividad por tu cuenta.

Diferencias entre Alta en Hacienda y Seguridad Social

El proceso de alta como autónomo consiste fundamentalmente en dos trámites:

  1. El alta en Hacienda: Se hace a través de los modelos 036 o 037. Sirve para inscribir tu actividad en un epígrafe, para poder emitir facturas y para pagar impuestos como autónomo. El alta en la Agencia Tributaria (Hacienda) es obligatoria siempre que ejerzas una actividad económica, es decir, para emitir facturas. Para comunicar el inicio de la actividad es necesario rellenar el formulario y entregarlo en Hacienda por vía presencial u online, a través de la web de la Agencia Tributaria. Hay que tener en cuenta que el modelo 037 -que es la versión simplificada del 036- está solo disponible para autónomos persona física.
  2. El alta en la Seguridad Social: Se hace con el modelo TA.0521 y, en este caso, te inscribirás en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). La Seguridad Social define al autónomo como quien realiza cualquier actividad económica a título lucrativo y de manera habitual. La obligatoriedad de darse de alta como trabajador autónomo en la Seguridad Social genera numerosas dudas, especialmente a aquellos que realizan trabajos esporádicos.

En resumen, recuerda que el día que comiences a realizar tu actividad como trabajador autónomo tienes que estar de alta tanto en la Seguridad Social como en Hacienda. El plazo para hacer los trámites con Hacienda y la Seguridad Social es bastante amplio. Para la Seguridad Social, un autónomo es quien realiza cualquier actividad económica a título lucrativo y de manera habitual. O sea, que hay que precisar qué se entiende por a título lucrativo y de manera habitual para determinar si es necesario darse de alta.

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El Criterio de "Habitualidad" y la Reforma de 2023

La Seguridad Social no ha precisado explícitamente qué se entiende por "habitual", pero por las sentencias adoptadas por los Tribunales, en la práctica se entendía como indicador de habitualidad el superar el umbral del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el año natural. La Sala del Tribunal Supremo de lo Social, en su sentencia de 29 de octubre de 1997, introdujo el criterio del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como referencia para determinar la actividad habitual en actividades profesionales.

Sin embargo, con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales en 2023, las condiciones han cambiado, y conceptos como rendimientos netos, actividad habitual y volumen de ingresos son ahora determinantes. La reforma estructural aprobada por el Gobierno en 2023 cambió el sistema de cotización de los autónomos, basándolo en sus ingresos reales. Desde la entrada en vigor de la reforma de 2023, los autónomos cotizan según sus rendimientos netos mensuales.

Aunque durante las negociaciones se barajó la posibilidad de eximir del pago a aquellos autónomos cuyos ingresos anuales no superaran el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), esta propuesta no prosperó. Esto ha generado dudas sobre si la jurisprudencia del TS, que consideró el SMI como referencia para la actividad habitual, sigue siendo válida. Aun así, esto no exime completamente del alta en el RETA.

Infografía: Pasos esenciales para darse de alta como autónomo en España.

Agentes Comerciales y Contrato Mercantil: ¿Siempre Autónomo?

La interpretación que puede hacer la Seguridad Social en cada caso es más variable. Si has ido a entrevistas donde te han ofrecido un contrato mercantil, y te han dicho que no estás obligado a ser autónomo hasta facturar una cierta cantidad (como 7.000 euros en 6 meses), es importante ser cauteloso. Porque además, si emites facturas, probablemente sí debas darte de alta en Hacienda. La clave está en el nivel de ingresos que se refleje en ese contrato.

Un vecino asesor laboral te dirá que no hagas caso a nadie, que si tienes un contrato mercantil, obligatoriamente tienes que ser autónomo. Esta es la visión más segura y legalmente respaldada, ya que la realización de una actividad económica por cuenta propia y de manera habitual implica la obligación de registrarse en el RETA, independientemente del volumen de ingresos, especialmente tras la reforma de 2023. En esos casos, lo normal es que te des de alta solo en la medida en que estés consiguiendo el nivel de ingresos obligatorio.

Sin duda, lo primero que debes saber para ser comercial autónomo es a qué actividad exactamente te vas a dedicar, es decir, qué es lo que vas a intentar vender con tus servicios (¿quieres ser comercial de inmobiliarias? ¿quieres ser comercial de seguros? ¿o quizás de energías eléctricas?). Una vez teniendo claro el sector al que nos vamos a dedicar, ya le puedes comentar a tu futuro asesor a lo que te vas a dedicar, para que este te dé el alta en el epígrafe y en las obligaciones correctas.

Trámites y Obligaciones Fiscales del Autónomo Comercial

Una vez que has decidido ser comercial autónomo, tendrás que tener en cuenta ciertas obligaciones. El segundo organismo que tenemos que tener en cuenta es Hacienda. Si las cuotas de autónomos se pagan de manera mensual, Hacienda lo haremos de manera trimestral, teniendo en cuenta siempre los beneficios que hayamos tenido a lo largo de este período.

Normalmente, habrá que pagar el IRPF y el IVA de manera trimestral, de modo que, si tenemos más beneficios, nos saldrá a pagar más impuestos. Mediante el modelo 303, los autónomos tendrán que declarar trimestralmente (cada tres meses) el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Pago de Impuestos y Gastos Deducibles

Como truco final, desde Asesoría Fiscália te recomendamos que mantengas tus números actualizados y que conozcas en todo momento lo que tienes que pagar a Hacienda (a pesar de no ser época de trimestre), que como bien ya sabes no es una cuota fija, si no más bien variable.

¿Cómo puedo pagar menos impuestos siendo comercial? Pues la respuesta es sencilla, incluyéndote gastos afectos a tu actividad y que son necesarios para el desarrollo de la misma. Para pagar menos impuestos como comercial, debemos disminuir nuestros beneficios, y qué mejor modo que incluir todos los gastos posibles en nuestra contabilidad. Por ejemplo, si tienes un móvil específico para la actividad, este podría ser un gasto deducible.

Infografía: Ejemplos de gastos deducibles para autónomos que pueden reducir la base imponible.

Alternativas y Casuísticas Especiales

Si realizas una actividad profesional o actividad empresarial con ingresos reducidos, existen alternativas que te permiten cumplir parcialmente con tus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. La elección de la solución adecuada dependerá de tus circunstancias personales y profesionales, así como del riesgo que estés dispuesto a asumir.

Aquí presentamos algunas de las situaciones o "matices" a considerar:

Tarifa Plana para Nuevos Autónomos

Si eres nuevo en todo esto, estás de suerte, ya que podrás acogerte a la tarifa plana para los nuevos autónomos, es decir, solo pagarás 85€ los primeros 12 meses de tu actividad. En el trámite de alta, siempre que cumplas los requisitos exigidos, podrás solicitar la aplicación de alguno de los beneficios, como la tarifa plana.

Alta y Baja Temporal

Desde la reforma de la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, puedes darte de alta y de baja hasta tres veces en un año. Si tu actividad económica es estacional, como ocurre con un negocio en verano o en periodos concretos del año, puedes darte de alta solo durante los meses de actividad. Para acogerse a esta opción, los rendimientos netos obtenidos durante esos meses deben ser claramente inferiores al SMI mensual. Pero ahora no está claro del todo, ya que la Jurisprudencia del TS respaldaba esta opción si los ingresos no alcanzaban el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), pero con la entrada en vigor del sistema de cotización por ingresos reales en 2023, esta interpretación resulta ambigua.

Autónomo Dependiente (TRADE)

Si eres autónomo dependiente y trabajas principalmente para un solo cliente, una opción válida es negociar un contrato laboral con esa empresa. A cambio, deberás renunciar a una parte de tus ingresos para que el empleador pueda cubrir las cotizaciones correspondientes.

¿Trabajar sin Estar Dado de Alta? (Riesgos)

Circulan muchas leyendas urbanas acerca de que existe un mínimo legal, por debajo del cual no es necesario ni facturar, ni darse de alta en la Seguridad Social, ni en Hacienda. Suelen ser bulos de la cultura "chanchullera". Es cierto que el riesgo de ser detectado puede ser menor si la actividad realizada es puntual, de pequeño volumen y dirigida a clientes particulares. Sin embargo, un pago debe estar soportado por una factura.

Además, si alguien te subcontrata como freelance, podrá exigirte para pagarte la factura el certificado de contratistas y subcontratistas que emite Hacienda, siendo imprescindible para conseguirlo estar dado de alta en Hacienda. Para Hacienda, siempre que exista una actividad económica es razón para darse de alta. Esto para la Seguridad Social... Aunque existen excepciones: en caso de contar con un establecimiento de venta al público, un despacho profesional, un blog con banners y/o cobro por enlaces de texto o una tienda online, la Seguridad Social establece que es necesario darse de alta.

Hay gente que defrauda a Hacienda no pagando el IVA de operaciones con clientes por debajo de esos 3.000 €, porque para Hacienda resulta más difícil detectar esas operaciones, pues como se dice en el argot, «no se cruzan datos». Otros optan por darse de alta y de baja de autónomo periódicamente (por ejemplo el último mes de cada trimestre o semestre), acumulando todas las facturas generadas durante ese período. No deja de ser una práctica igualmente defraudatoria, pues estamos realizando una actividad habitual a la que le damos apariencia de intermitente, y que requiere no especificar el objeto de las facturas, ni hacer referencia a fechas concretas de prestación de servicios o entregas de bienes.

Si crees que puede interesarte, date un voltio por nuestra guía de alta de autónomo por días. La respuesta legal es que no, siempre tendrás que estar inscrito en la Agencia Tributaria. Ahora bien, teniendo esto superclaro y dando por hecho que no ser autónomo se refiere a no estar dado de alta en la Seguridad Social, entonces sí. En teoría, si hablamos de lo estrictamente legal no se puede. Otra cosa es la realidad de lo que pase.

Y la realidad es que muchos autónomos pueden darse de alta en Hacienda y no en la Seguridad Social, por lo que pagan impuestos de autónomos pero no la cuota de autónomos. Las consecuencias negativas de esto es, por una parte, que no estás cotizando y, por tanto, no tienes derecho a prestaciones públicas como la jubilación o la baja. La otra pega es que es posible que con los cruces de datos de ambas instituciones descubran que has estado trabajando de autónomo sin estar en el RETA y te obliguen a pagar todas las cuotas pendientes desde tu alta en Hacienda. Es algo lioso.

Infografía: Consecuencias y riesgos de no cumplir con la obligación de darse de alta como autónomo.

Tabla Resumen: Alta en Hacienda vs. Seguridad Social

Organismo Trámite Modelos Obligatoriedad Frecuencia Pago
Agencia Tributaria (Hacienda) Alta de Actividad Económica 036 / 037 Obligatoria siempre al ejercer una actividad económica para emitir facturas. Trimestral (IRPF, IVA)
Seguridad Social Alta en RETA TA.0521 Obligatoria al realizar una actividad económica a título lucrativo y de manera habitual. Mensual (Cuota de autónomos)

Recomendaciones Finales

Además de tu destreza para ser comercial autónomo, tendrás que tener en cuenta la rentabilidad de tu actividad. Por eso, siempre es recomendable empezar tu aventura con alguien que sepa cómo guiarte, un asesor fiscal de autónomos que se encargue de darte de alta en autónomos, en el RETA, solicitar la tarifa plana… En resumen, de quitarte del medio todos los trámites de autónomos que hay (que son muchos).

La Seguridad Social ha dedicado un apartado en su página web a explicar cuándo un trabajador debe darse de alta como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), tratando de resolver una de las cuestiones que tiene en vilo a muchos profesionales.

tags: #agente #comercial #alta #regimen #autonomos #obligacion

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