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Comunicación

AENOR y el Sello PYME Innovadora: Impulso a la Investigación, Desarrollo e Innovación en Empresas Españolas

by Admin on 22/05/2026

El Sello de PYME Innovadora es un reconocimiento por parte del Ministerio de Ciencia e Innovación para distinguir a las empresas que tienen un carácter innovador. Este tipo es un reconocimiento público a un esfuerzo, una ventaja o una cualidad especial que diferencia esa empresa de las demás. El Sello Pyme Innovadora es la certificación oficial del Ministerio que reconoce ya a más de 3.200 pequeñas y medianas empresas que están comprometidas con la innovación, otorgándoles prestigio, además de ventajas fiscales y acceso a determinadas ayudas públicas.

Este sello se crea por la Orden ECC/1087/2015, de 5 de junio, y forma parte de medidas y acciones para impulsar la modernización, digitalización y desarrollo de las empresas. Por lo tanto, se trata de un paso más en la puesta en marcha de la llamada “Ley de la Pequeña Empresa”. En el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, se recogen los términos bajo los que el Ministerio reconoce que una pyme es innovadora.

Aquellas que cumplan con los requisitos pueden aprovechar y combinar una serie de incentivos fiscales que, sin el sello, serían incompatibles y no se podrían aplicar a la vez. Obtener el Sello Pyme Innovadora es gratuito, pero eso no quiere decir que se regalan a cualquiera.

Beneficios del Sello PYME Innovadora

El Sello Pyme Innovadora ofrece una serie de ventajas significativas para las empresas que lo obtienen. Estas son las primeras ventajas que vas a disfrutar con este sello y por las que seguramente te decidas a solicitarlo:

  • Ventajas económicas y fiscales: Las pymes agraciadas disfrutan de una contratación favorable con las administraciones públicas y mayor acceso a subvenciones y ayudas públicas. Es un sello que te hará ganar notoriedad, pero que también contribuirá a tu crecimiento, ya que las bonificaciones e incentivos fiscales que acompañan al sello son lo que cualquier negocio agradece en su etapa de crecimiento.
  • Incentivos fiscales compatibilizados: Permite compatibilizar incentivos, como la deducción fiscal en el Impuesto de Sociedades por actividades de I+D+i y la bonificación por personal dedicado a la I+D+i en la Seguridad Social.
  • Bonificaciones a la Seguridad Social por personal investigador: Reduce en un 40% la cuota de contingencias comunes de la Seguridad Social de las personas dedicadas a I+D+i un 85% de su tiempo que la empresa tenga en plantilla. Con ello, las empresas podrán, por primera vez, compatibilizar en un mismo personal investigador la bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social del personal investigador con la deducción fiscal de los gastos en I+D+i del Impuesto sobre Sociedades, según recoge el Real Decreto 475/2014 sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.
  • Deducciones Fiscales por I+D+i: Permiten rebajar el Impuesto de Sociedades hasta un 42% de la inversión realizada por la empresa en I+D y hasta un 12% de la inversión realizada por la empresa en IT (Innovación Tecnológica).
  • Acceso a financiación y contratación pública: Las empresas pueden participar en la contratación pública a través de la denominada Compra Pública de Innovación (CPI), lo cual contribuye a generar negocio y a hacer crecer tu cartera de clientes. También da la opción de participar en ciertas ayudas de financiación, como la Línea de financiación ICO.
  • Mejora de imagen y prestigio: Se puede utilizar el sello con fines publicitarios y comerciales, para mejorar la imagen de la marca. Por eso, un gran escaparate para darte a conocer en tu sector es contar con el Sello Pyme Innovadora que otorga el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Más allá de estas ventajas económicas, la apuesta por la innovación es una garantía para el futuro de cualquier pyme.

¿Cuándo se considera a una PYME innovadora?

Si quieres obtener el sello, lo primero que debes revisar son los requisitos, para asegurarte de que tu empresa puede optar a solicitarlo. Se considera a una Pyme de carácter innovador cuando cumple alguno de los siguientes requisitos o características:

  1. Cuando la pyme ha recibido financiación pública durante los últimos tres años a través de:
    • Convocatorias públicas en el marco del séptimo Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación.
    • Ayudas para la realización de proyectos de carácter de I+D+i del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI).
    • Convocatorias del 7º Programa Marco de I+D+i o del Programa Horizonte 2020 ofrecidas por la Unión Europea.
  2. Cuando la pyme haya demostrado su carácter innovador mediante su propia actividad:
    • Por el hecho de disponer de una patente propia de explotación en un período no superior a cinco años.
    • Por el hecho de haber obtenido, en los tres años anteriores al ejercicio del derecho de bonificación, un informe motivado vinculante positivo a efectos de la aplicación de las deducciones fiscales sobre el Impuesto de Sociedades.
  3. Cuando la pyme haya demostrado su capacidad de innovación mediante alguna de las siguientes certificaciones oficiales:
    • Joven Empresa Innovadora (JEI) según la Especificación de AENOR EA0043.
    • Pequeña o microempresa innovadora, según la Especificación AENOR EA0047.
    • Certificación conforme a la norma de la UNE 166.002 denominada “Sistemas de gestión de la I+D+i”.

Para conseguir la acreditación de Pyme Innovadora, las empresas deben cumplir con los 27 requisitos que se indican en la especificación AENOR EA 0047. El requisito imprescindible para conseguir el sello de Pyme Innovadora es, lógicamente, ser creativa e innovar, algo que debe ser capaz de demostrar con hechos, no sólo sobre el papel.

AENOR es la primera entidad acreditada por ENAC conforme a la Especificación EA0043 para certificar a una organización como Joven Empresa Innovadora. Esta acreditación se suma a la ya obtenida para certificar a las PYMEs Innovadoras. Ambas certificaciones permiten a las empresas acceder al Registro Oficial de PYME Innovadora del Ministerio de Economía y Competitividad.

El gerente de I+D+i de AENOR, Gerardo Malvido, explica: "En el campo de la I+D+i, la certificación acreditada aporta garantía y seguridad a todas las partes implicadas en dichos procesos: empresas, centros tecnológicos, universidades, Administración Pública, etc. La acreditación de Joven Empresa Innovadora (JEI) se suma a otros esquemas de certificación acreditada desarrollados por AENOR que tienen por objeto potenciar la competitividad de las organizaciones, en este caso, con especial atención a las empresas de reciente creación."

El Sello de Joven Empresa Innovadora (JEI)

El sello de Joven Empresa Innovadora está dirigido a organizaciones con una antigüedad inferior a seis años. Este certificado está dirigido a empresas de reciente creación (con una antigüedad inferior a los 6 años desde el inicio de su actividad) y que tengan una firme apuesta en materia de I+D+i, con unos gastos en esta materia que representen, al menos, el 15% de los gastos totales.

En lo referente a la obtención del certificado de Joven Empresa Innovadora, se establece como requisito definir la estrategia de innovación, e identificar las principales actuaciones a realizar en materia de I+D+i, dirigidas a garantizar la solvencia y liquidez del proyecto empresarial. Además, las pymes que quieran obtener esta acreditación deberán demostrar que cuentan con menos de 250 trabajadores, su volumen de negocio anual no supera los 50 millones de euros y sus gastos en I+D+i representan un 15% de los gastos totales en los dos ejercicios anteriores.

¿Cómo solicitar el Sello PYME Innovadora?

La expedición del sello de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora, así como la creación y regulación del funcionamiento del Registro, se establece en la orden que publicó el Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO) el 5 de junio. En dicha orden se dispone que, para acceder al nuevo sello, es necesario aparecer en el registro como PYME Innovadora. Para ello, una de las vías posibles de acceso al sello es estar certificado como PYME Innovadora o Joven Empresa Innovadora por una entidad acreditada por ENAC.

Las pymes que cumplan los requisitos necesarios para estar dentro del Registro Público de Pymes Innovadoras y que no se encuentren todavía en listas publicadas, podrán solicitar integrarse en el listado mediante una Solicitud de Alta como Pyme Innovadora, aportando la documentación que acredite que cumplen con alguna de las circunstancias establecidas en la Orden Ministerial ECC/1087/2015 del 5 de junio. La Solicitud de registro no tiene coste alguno para las empresas y el procedimiento de inscripción se realiza por el Registro Público de Pymes innovadoras dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación.

La empresa debe de estar dada de alta en el RUS (Siglas que denominan al Registro Unificado de Solicitantes) para poder iniciar la solicitud del sello.

Información requerida durante el proceso de solicitud:

  • Datos de la empresa solicitante.
  • Datos de la persona de contacto solicitante.
  • Información general de la empresa: número de empleados, facturación y cuentas anuales, escritura de constitución, CIF, estatutos, etc.
  • Aportar alguno de los documentos que acrediten que tu empresa es innovadora, por ejemplo: documentación sobre la concesión de alguna de las ayudas públicas de I+D+i mencionadas, patente propia de explotación, copia de la resolución del informe motivado vinculante positivo o la copia de la certificación oficial reconocida por el MINECO.
  • Firma electrónica.

Una vez que las pymes hayan obtenido alguno de estos sellos, se inscribirán automáticamente y sin coste en el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora, dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad. Una vez hecho todo el proceso, deberemos esperar la resolución del Ministerio, que puede tardar desde una semana hasta 4 meses. Cuando se obtiene la resolución en firme, se podrá realizar la descarga del sello. Una vez tu solicitud sea revisada, se te notificará la resolución y, en caso de haberte sido concedido el Sello de Pyme Innovadora, te harán llegar un enlace con el que lo podrás descargar para que lo puedas utilizar tanto en tu sede física, como en tus documentos o en tus comunicaciones comerciales y publicitarias.

Duración y Renovación del Sello

Algo que se debe de tener muy en cuenta es que la concesión de este certificado no es permanente. El sello tiene caducidad. Caduca a los 3 años y puedes irlo renovando siempre que sigas cumpliendo con los requisitos. El proceso de renovación es similar al de la solicitud inicial. La permanencia en el Registro es voluntaria, de modo que aquellas empresas que lo deseen podrán darse de baja en cualquier momento. En el caso de que no hagas la renovación a tiempo, la empresa se dará de baja automáticamente del registro.

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